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Mediante Resoluciones de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional de fecha 29 de julio de 2005 y 6 de junio de 2005, se concedieron becas de la Convocatoria General de Becas MAE-AECI para ciudadanos extranjeros y españoles para verano 2005 y curso 2005-2006 (Resolución de fecha 26 de agosto de 2004, BOE 11-10-04). Habiéndose producido circunstancias que aconsejan determinadas modificaciones, a propuesta de la Comisión de Evaluación reunida al efecto, esta Presidencia de la AECI, Ha resuelto:
Primero.-Ampliar con cargo al concepto presupuestario 143 A 486.02 la duración de la fecha de la beca concedida a los becarios que a continuación se relacionan, para hacerlas coincidir con la duración de sus estudios, por el periodo que se indica. Programa II.E:
Apellidos y Nombre |
País destino |
Fechas iniciales |
Fechas actuales |
Das Gracas Mauricio Kharem . |
España |
01/10/2005-15/07/2006 |
01/10/2005-30/09/2006 |
Vaz Gomez Bastos Rodrigo . |
España |
01/10/2005-31/07/2006 |
01/10/2005-30/09/2006 |
La dotación económica de estas becas, de acuerdo a las bases de la citada convocatoria consiste en 1.200 euros mensuales, y un seguro médico, no farmacéutico, durante el periodo de vigencia de la beca, por un importe de 17 €/mes.
Estas modificaciones no suponen incremento económico en el expediente de gasto aprobado con anterioridad por Renuncia de D. Cristiano Borba Do Nascimento. Segundo.-Ordenar la publicación en el BOE de las becas reconocidas en esta Resolución en los términos previstos por la Orden Ministerial de 26 de marzo de 1992 y Resolución de 26 de agosto de 2004.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de dicha jurisdicción. Potestativamente podrá interponer contra dicha Resolución, en el plazo de un mes, recurso de reposición, previo al Contencioso-Administrativo, ante el órgano que dicta la resolución, conforme a lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. del 14). Todo ello, sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
Madrid, 25 de mayo de 2006.-La Presidenta de la Agencia Española de Cooperación Internacional, P.D. (Resolución de 29 de diciembre de 2000), el Secretario General de la Agencia Española de Cooperación Internacional, Juan Pablo de Laiglesia.
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