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Documento BOE-A-2006-12045

Corrección de errores de la Resolución de 5 de junio de 2006, de la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la edición de libros españoles escritos en lenguas cooficiales para las bibliotecas públicas, correspondientes al año 2006.

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 4 de julio de 2006, páginas 25191 a 25191 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2006-12045

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la inserción de la Resolución de 5 de junio de 2006, de la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la edición de libros españoles escritos en lenguas cooficiales para las biblioteca públicas, correspondientes al año 2006, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 145, de 19 de junio de 2006, se procede a su rectificación:

En la página 23286, columna izquierda, parte expositiva, donde dice: «Distintas Comunidades Autónomas han reconocido en sus estatutos la cooficialidad de sus lenguas vernáculas junto a la castellana, así la lengua catalana en Cataluña y Baleares (Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía de Cataluña y Ley Orgánica 2/1983, de 25 de febrero, del Estatuto de Autonomía para las Illes Balears). La lengua gallega en Galicia (Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, por la que se aprueba el estatuto de Autonomía de Galicia) y la lengua euskera o vascuence en el País Vasco y Navarra (Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para el País Vasco y Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra)»; debe decir: «Distintas Comunidades Autónomas han reconocido en sus estatutos la cooficialidad de sus lenguas vernáculas junto a la castellana, así la lengua catalana en Cataluña y Baleares (Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía de Cataluña y Ley Orgánica 2/1983, de 25 de febrero, del Estatuto de Autonomía para las Illes Balears), la lengua gallega en Galicia (Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de Galicia), la lengua euskera o vascuence en el País Vasco y Navarra (Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para el País Vasco y Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra) y la lengua valenciana en la Comunidad Valenciana (Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril, de Reforma de la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana)».

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