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Documento BOE-A-2006-12165

Orden ECI/2167/2006, de 26 de junio, por la que se modifica la Orden ECI/1857/2006, de 1 de junio, sobre composición de los Tribunales de los procedimientos selectivos de ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Profesores Técnicos de Formación Profesional y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, así como procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por funcionarios de carrera de los mencionados Cuerpos.

Publicado en:
«BOE» núm. 160, de 6 de julio de 2006, páginas 25362 a 25362 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2006-12165

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ECI/1857/2006, de 1 de junio, (B. O.E del 14), modificada por Orden ECI/2009/2006, de 19 de junio (B.O.E del 24) se hacia publica la composición de los Tribunales que debían juzgar los procedimientos selectivos de ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, así como procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por funcionarios de carrera del mencionado Cuerpo. Teniendo en cuenta que conforme al artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones P blicas y del Procedimiento Administrativo Común (L.R.J.A.P.A.C), dos miembros del Tribunal de la especialidad de Dibujo, del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, con sede en la Ciudad de Ceuta, han manifestado causas de abstención, Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Hacer pública la nueva composición del Tribunal Titular de esta especialidad cuyos miembros son: Presidente: D. Luis Antonio Salcedo Sigüenza.

Vocales: D.ª Angeles del Canto Nieto. D. Ramón Vidal Madrigal. D. Antonio Marco Palacios. D. Miguel Hernández García.

Segundo.-Las actuaciones de los miembros del Tribunal en los que han concurrido motivos de abstención no supone, conforme al artículo 28.3 de la citada Ley L.R.J.A.P.P.A.C, la invalidez de los actos en los que hayan intervenido.

Tercero.-Esta orden es definitiva en la vía administrativa y contra la misma los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 90.4. de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de Julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de Julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo Órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 26 de junio de 2006.-La Ministra de Educación y Ciencia, P.D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Subsecretario de Educación y Ciencia, Fernando Gurrea Casamayor.

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