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Documento BOE-A-2006-12737

Resolución de 23 de junio de 2006, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se convocan subvenciones a las organizaciones no gubernamentales de desarrollo para la realización de proyectos de cooperación para el desarrollo, correspondiente al año 2006.

Publicado en:
«BOE» núm. 167, de 14 de julio de 2006, páginas 26699 a 26715 (17 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2006-12737

TEXTO ORIGINAL

Según lo previsto en las bases tercera y duodécima de la Orden AEC/1303/ 2005, de 27 de abril (Boletín Oficial del Estado n.º 113, de 12 de mayo de 2005), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a organizaciones no gubernamentales de desarrollo para la realización de intervenciones en materia de cooperación internacional para el desarrollo, y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo II del Título I de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Boletín Oficial del Estado n.º 276, de 18 de noviembre), y los principios de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado n.º 285, de 27 de noviembre) procede efectuar la correspondiente convocatoria y la determinación de los proyectos de cooperación para el desarrollo que podrán ser objeto de financiación, sus requisitos y prioridades, así como los créditos presupuestarios a los que deben imputarse las correspondientes subvenciones. En atención a lo expuesto, previo informe favorable de la Abogacía del Estado en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, he tenido a bien disponer:

Primero. Convocatoria.-La Agencia Española de Cooperación Internacional, con cargo a los créditos 12.103.143A.484 y 12.103.143A.486 de los Presupuestos Generales del Estado y por unos importes de 24.721.090 y 5.716.383,35 euros respectivamente, convoca la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de proyectos de cooperación para el desarrollo correspondiente al año 2006.

Segundo. Objeto y finalidad.-1. Estas subvenciones tienen por objeto la financiación de proyectos en materia de cooperación internacional para el desarrollo que realicen las organizaciones no gubernamentales de desarrollo en colaboración con la política de cooperación española. Se entenderá por proyecto de cooperación para el desarrollo un conjunto de acciones diseñadas para lograr un objetivo específico de desarrollo en un periodo determinado, en un país y para una población beneficiaria predefinida, cuyos efectos deben ser perdurables una vez finalizada su ejecución. Los proyectos son un instrumento de financiación anual, pudiendo extenderse la duración de su ejecución a un periodo de mayor duración hasta un máximo de 24 meses. Las ampliaciones superiores a 3 meses sobre la fecha prevista de finalización en la formulación del proyecto deberán ser autorizadas por la AECI. 2. La finalidad de las subvenciones es el cumplimiento de los objetivos de desarrollo que se contemplan en el Plan Director de la Cooperación Española 2005-2008, en el Plan Anual de Cooperación Internacional para el año 2006, así como en las prioridades que define la Agencia Española de Cooperación Internacional en esta convocatoria. 3. Del crédito presupuestario total asignado a esta convocatoria se reservará un 3 por 100 para las subvenciones a proyectos de Educación para el Desarrollo y Sensibilización, que se imputará en su totalidad al crédito presupuestario 12.103.143A.486. Si no se alcanzase el máximo, el remanente resultante se acumulará a los fondos destinados al resto de proyectos. 4. Del crédito presupuestario total asignado a esta convocatoria se reservará un 4% para proyectos de cooperación que tengan como objetivo general el Aumento de las capacidades y de la Autonomía de las mujeres y cuyos objetivos específicos se vinculen de forma directa al mismo, que se imputará en su totalidad al crédito presupuestario 12.103.143A.486. Si no se alcanzase el máximo, el remanente resultante se acumulará a los fondos destinados al resto de proyectos Tercero. Prioridades sectoriales, geográficas y líneas específicas.-La presente Convocatoria a Proyectos de Desarrollo se inscribe en la Política Española de Cooperación al Desarrollo definida en el Plan Director 2005-2008 y en la orientación que fija el Plan Anual de Cooperación Internacional 2006. Las prioridades de esta Convocatoria, sin perjuicio de las que se señalan más adelante sobre prioridades geográficas y sectoriales, serán las siguientes:

Educación: Derecho Humano, erradicación de la pobreza y desarrollo: La mejora del acceso universal a la educación.

El fortalecimiento de los sistemas públicos de educación, facilitando la participación social en la definición de las políticas públicas. Apoyo al acceso y finalización de estudios de educación primaria con especial atención a las niñas. Fortalecimiento de la comunidad escolar, en la que se integran todos los actores del sistema educativo. Mejorar la formación ambiental en la educación, en torno a la incidencia ambiental en la salud.

Salud como derecho humano y el fortalecimiento de los sistemas públicos de salud:

Fortalecimiento institucional de los sistemas públicos de salud.

Apoyo al nivel de atención primaria, bajo los principios de acceso universal, equitativo y sostenible. Mejora de la salud sexual y reproductiva y reducción de la mortalidad materna. Mejora de la salud infantil. Lucha contra enfermedades prevalentes y olvidadas (VIH/SIDA, Tuberculosis, Malaria, Leishmaniasis, mal de Chagas,...). Apoyo a los sectores mas vulnerables.

Soberanía alimentaría, desarrollo productivo, el agua como derecho, y sostenibilidad medioambiental:

Lucha contra el hambre, en el marco de las estrategias nacionales de reducción de la pobreza.

Apoyo de los sistemas productivos locales en torno a su organización (asociación, sociedades, cooperativas, etc.) y en la participación social en la definición de políticas públicas de desarrollo; comercialización (local, regional e internacional); producción diversificada (para reducir la vulnerabilidad del sector exportador a un sólo producto y como complemento de la dieta básica); procesos limpios que tengan en cuenta la generación de residuos y su reutilización, el consumo de agua y el uso de energía renovable; mercado limpio (posibilitar la comercialización de productos orgánicos). Generación de fuentes de trabajo y apoyo a iniciativas de emprendedores en zonas periurbanas. Reducción del número de personas sin acceso al agua potable y al saneamiento básico. Mejora en el tratamiento de aguas residuales y residuos sólidos con fines de reutilización, con tecnologías apropiadas. Apoyo y Mejora en los Sistemas de Gestión de agua potable y saneamiento. Apoyo a la educación y capacitación comunitaria en el uso eco-eficiente del agua y en los sistemas de gestión de agua, saneamiento y depuración. Conservación y gestión sostenible de la biodiversidad y los ecosistemas vulnerables. Facilitar el acceso a tecnologías ambientales adecuadas, priorizando el uso de energías renovables en los sistemas productivos.

Aumento de las capacidades y la autonomía de las mujeres:

Apoyo a la creación de servicios públicos para las mujeres.

Apoyo a medidas integrales para la prevención y tratamiento de la violencia de género. Apoyo a la educación, formación y capacitación profesional de las mujeres. Fortalecimiento de políticas e instituciones nacionales y municipales en materia de igualdad de género y promoción de paridad en la representación social y política. Promoción de oportunidades para las mujeres en el ámbito económico que contemplen la perspectiva de género en su formulación. Actividades de formación y sensibilización que contribuyan a un cambio de actitudes en las relaciones de género en el país o territorio. Promoción de los derechos sexuales y reproductivos. Especial referencia a VIH/Sida.

Derechos Humanos, prevención de los conflictos y construcción de la paz:

Estrategias preventivas frente a la violencia.

Intervención en situaciones post conflicto.

En todas las intervenciones se considerará el impacto positivo que tengan en los valores y objetivos que reflejan las Prioridades Horizontales del Plan Director de la Cooperación Española.

Dentro de las líneas específicas que señala el Plan Director en la presente convocatoria se programan las siguientes:

1) Fortalecimiento de redes y consorcios específicos de la sociedad civil a nivel nacional, regional y continental. a) Apoyo a la creación y sostenimiento de redes y acuerdos entre ONGD con objetivos vinculados a logro de los ODM y el Plan Director.

b) Encuentros vinculados al fortalecimiento de redes y acuerdos entre ONGD. c) Creación, fortalecimiento y consolidación de redes virtuales de ONGD. d) Procesos e intercambios formativos entre cooperantes de diversas ONGD. e) Planes comunes de sensibilización y educación para el desarrollo a través de Redes.

2) Apoyo a la gobernabilidad y la democracia

a) Descentralización y fortalecimiento de las administraciones locales.

b) Fortalecimiento de los procesos y de los mecanismos institucionales del diálogo social. c) Apoyo a la sociedad civil y sus procesos de autoorganización, especialmente en los sectores sociales mas vulnerables. d) Apoyo a los procesos de fortalecimiento de los agentes sociales (organizaciones empresariales, cooperativistas, sindicatos).

3) Cultura y Desarrollo:

3.1 Cooperación con los pueblos indígenas: a) Elaboración de planes educativos que incorporen los modelos de educación indígena. Acciones y proyectos de educación intercultural bilingüe. Intercambio de experiencias en materia de educación indígena e intercultural.

b) Apoyo a los sistemas indígenas de salud. Apoyo a los sistemas de salud intercultural. c) Proyectos y acciones de autodesarrollo indígena. Apoyo a la elaboración y ejecución de los planes de vida definidos por los propios pueblos indígenas y en defensa de sus propios derechos. Apoyo a los procesos de titulación de tierras a favor de los pueblos indígenas, así como al control efectivo de sus territorios y recursos naturales. Apoyo a la aplicación de modelos indígenas de gestión, manejo y conservación de la biodiversidad. d) Apoyo a los procesos de empoderamiento de las mujeres indígenas. e) Acciones y programas de apoyo a la participación plena y efectiva de los pueblos indígenas en los procesos de decisión locales, nacionales, regionales e internacionales, relevantes para la consolidación del reconocimiento jurídico de sus derechos y para el ejercicio de éstos. Acciones de acompañamiento y atención a comunidades indígenas desplazadas. f) Proyectos de fortalecimiento del uso, manejo y control de los medios de comunicación y de las nuevas tecnologías de la información, por parte de los pueblos indígenas.

3.2 Políticas culturales vinculadas a objetivos de desarrollo:

g) Asistencia técnica, asesoría y capacitación para una mejor gobernabilidad de las políticas culturales públicas.

i) Formación de responsables políticos a nivel local y regional. ii) Formación de directivos de las administraciones públicas. iii) Elaboración de planes estratégicos. iv) Desarrollo legislativo y normativo. v) Fomento a la participación de la ciudadanía. h) Fomento de nuevos emprendedores en el campo del desarrollo de proyectos culturales. i) Asistencias técnicas a proyectos de impacto socio económico. ii) Apoyo al desarrollo de productos culturales y a su difusión. iii) Viveros / Semilleros de microempresas. iv) Asesoramiento técnico para la generación de microempresas culturales. v) Incorporación a mercados comerciales más amplios. i) Fortalecimiento de medios de comunicación autóctonos -comunitarios. j) Recuperación de la memoria colectiva: estudios, bienes culturales intangibles, actividades culturales y festivas con impacto social y económico en la comunidad. k) Consolidación de estructuras de difusión cultural con impacto local. l) Establecimiento de estrategias conjuntas entre el sector de la cultura y el turismo. m) Actividades que refuercen el dialogo intercultural, el desarrollo de los derechos culturales y el mantenimiento de la diversidad cultural. n) Fomento de capacidades del sector cultural en general: a partir de estrategias de formación y capacitación de agentes culturales de la sociedad civil en colaboración con instituciones educativas.

4) Educación para el desarrollo y sensibilización social:

El Plan Director de la Cooperación al Desarrollo señala que un modelo de cooperación actualizada e innovador, debe incorporar necesariamente la dimensión de educación para el desarrollo y sensibilización de la sociedad española como una parte esencial de trabajo por la erradicación de la pobreza. La Orden de Bases que regula la presente convocatoria señala en su cláusula tercera podrá reservar fondos para ámbitos o actividades específicas de la cooperación al desarrollo que, por su naturaleza, requieran un tratamiento diferenciado, figurando entre ellas la Sensibilización y la Educación al Desarrollo en España.

Dentro de este ámbito los proyectos que se presenten deben orientarse hacia:

1) Generación de procesos educativos y formativos en Educación para el Desarrollo vinculados al sistema educativo.

2) Sensibilización alrededor de la lucha contra la pobreza y el hambre. 3) Difusión y sensibilización sobre los OdM. 4) Visión del desarrollo en corresponsabilidad Norte-Sur. 5) Defensa de los principios horizontales de la Cooperación Española:

i) Defensa de los Derechos Humanos.

ii) Equidad de Genero. iii) Sostenibilidad Medioambiental. iv) Respeto a la diversidad cultural.

La combinación de Prioridades Geográficas y Sectoriales para la presente Convocatoria son:

1. América del Sur: a) Bolivia: Se priorizarán los siguientes sectores y líneas estratégicas de intervención: En los sectores de Salud, Educación y Soberanía Alimentaria se priorizarán el área metropolitana y Mancomunidad del Gran Potosí, Mancomunidad de Municipios de la Cuenca del Caine, Zona Centro-Norte del Departamento de Chuquisaca y zonas rurales de Beni y Pando. En Salud y agua potable, además, las zonas de Apolobamba, Valles Altos/Cochabamba y zona Sur del Departamento de La Paz.

Fortalecimiento de los sistemas públicos de educación, incluida la educación intercultural bilingüe. Apoyo al acceso y finalización de estudios de educación primaria. Capacitación básica de jóvenes y adultos. Fortalecimiento institucional de los sistemas públicos de salud. Mejora de la salud sexual y reproductiva y reducción de la mortalidad materna. Mejora de la salud infantil. Lucha contra el VIH/SIDA, ETS, tuberculosis, malaria y Chagas. Salud intercultural. Incremento de la producción local familiar diversificada. Pequeñas estructuras de transformación y redes de comercialización local. Potenciación y apoyo de manera sostenible de los procesos comunitarios de acceso y control de la tierra, agua, semillas y bosques. Gestión de recursos naturales en Apolobamba, Sud Lipez/Potosí, Zona de Gran Chiquitanía, zona fronteriza con Brasil-Bajo-Paraguá, Pantanal y Tarija. Promoción de una representación de las mujeres y participación paritaria en todos los espacios sociales y políticos. Fortalecimiento de las políticas y mecanismos nacionales y locales que propicien la equidad de género. Se prestará especial atención a las intervenciones que orienten su trabajo post-emergencia en zonas afectadas por las inundaciones de principios de año, preferentemente las orientadas a recuperar la capacidad productiva local y el sector de agua potable y saneamiento básico, en los Departamentos de La Paz, Santa Cruz y Beni.

b) Ecuador:

En la Costa se priorizarán las provincias de Manabí y Guayas. En la Sierra, las provincias de Chimborazo, Cañar, Azuay, Loja y Pichincha. En el Oriente las provincias de Sucumbíos y Orellana. Adicionalmente la provincia Insular de Galápagos.

Se priorizarán los siguientes sectores y líneas estratégicas de intervención:

Gobernanza democrática. Fortalecimiento del Estado de Derecho Nacional. Desarrollo de la Administración al servicio de la ciudadanía y buena gestión de los asuntos públicos.

Cobertura de las necesidades sociales. Fortalecimiento de las capacidades para la soberanía alimentaria de las instituciones y población en el ámbito territorial. Mejora del acceso universal a la educación. Contribución a la equidad educativa. Mejora de la salud infantil. Lucha contra enfermedades prevalentes (VIH/SIDA, Malaria y Tuberculosis) y olvidadas. Derechos de la infancia. Promoción de Tejido económico y empresarial. Apoyo a la micro y pequeña empresa, en el ámbito de los sectores productivos priorizados en el Plan Director. Se priorizarán asimismo Proyectos de codesarrollo en zonas con gran incidencia de emigración, promoviendo la articulación de las comunidades vinculadas al fenómeno migratorio en origen y destino.

c) Paraguay:

Zonas geográficas prioritarias: Departamentos de Concepción, Amambay, San Pedro, Canindeyú, Guaira, Caazapá, Itapúa, Central y la ciudad de Asunción. La Región Occidental (Chaco Paraguayo) es considerada zona prioritaria para actuaciones específicas con comunidades indígenas especialmente vulnerables.

Se priorizarán los siguientes sectores y líneas estratégicas de intervención:

La mejora del acceso universal a la educación y la calidad de la misma, así como las posibilidades de promover la continuidad y flexibilidad del sistema educativo: Infraestructura, equipamiento y formación del profesorado.

Proyectos tendentes a la mejora de la salud sexual reproductiva y reducción de la mortalidad materna e infantil. Proyectos tendentes a favorecer el acceso a agua potable y saneamiento básico de las poblaciones rurales y urbano marginales en los Departamentos priorizados. El Apoyo a la micro y pequeña empresa en el ámbito de los sectores productivos priorizados en el Plan Director. Proyectos de desarrollo agropecuario sustentable relacionados con la seguridad alimentaria, la diversificación agrícola, producción sustentable de recursos, comercialización, etc. Proyectos relacionados con la apertura o el fortalecimiento de servicios de atención a mujeres en situación de especial vulnerabilidad.

d) Perú:

Zonas de actuación prioritaria: Lima, Callao, Piura, Cajamarca, Ayacucho, Huancavelica, Puno, Cusco, Apurimac y Loreto.

Se priorizarán los siguientes sectores y líneas estratégicas de intervención:

Promoción de la democracia representativa y participativa, a través del fortalecimiento de los derechos humanos, protección y defensa de los derechos de las mujeres, de los pueblos indígenas, infancia y personas con discapacidad. A nivel nacional y en regiones priorizadas en el DEP-Perú

Educación básica de personas jóvenes y adultas en áreas rurales y no castellano parlantes; formación profesional y ocupacional; educación bilingüe, formación de docentes y acciones que contribuyan a la permanencia de la niña en la escuela y a la integración de personas con discapacidad. Extensión de los programas y servicios públicos de salud sexual y reproductiva y de planificación familiar. Prevención de ETS y VIH/SIDA enfermedades prevalentes (malaria, tuberculosis, dengue,.) Promoción y apoyo a iniciativas económico productivas de colectivos desfavorecidos a través de la formación y acceso a los mercado, con especial atención a los colectivos de mujeres. Fomento de actividades productivas tradicionales, no agresivas y sostenibles, generadoras de ingresos en las poblaciones locales. Respaldo a los Pueblos Indígenas en la defensa de sus territorios, medio ambiente y patrimonio cultural y a la participación de sus organizaciones en los espacios de toma de decisiones. A nivel nacional. Apoyo a la implementación de los mecanismos nacionales en materia de género y al cumplimiento de los acuerdos internacionales suscritos por el país. A nivel nacional.

e) Colombia:

Las prioridades geográficas serán: Antioquía, Bogotá D.C, Bolivar, Cauca, Chocá, Magdalena, Atlántico y valle del Cauca.

En cuanto a las prioridades sectoriales: lucha contra la pobreza e inequidad; cobertura de las necesidades sociales básica; fortalecimiento de la gestión social e institucional del medio ambiente, consolidación de la participación ciudadana en la construcción de la paz; empoderamiento de las mujeres; codesarrollo.

f) Argentina:

Las prioridades geográficas serán las provincias septentrionales del país y la provincia Buenas Aires, así como las localidades aisladas con marcadas necesidades sociales básicas en otras provincias del país.

En cuanto a las prioridades sectoriales: fortalecimiento de los sistemas de salud para la atención y educación en salud reproductiva y sexual; prevención del VIH/SIDA; apoyo a campañas de vacunación, apoyo a la producción local familiar y su inserción en la comercialización local, en zonas rurales y con comunidades indígenas; saneamiento ambiental y control y tratamiento de aguas, apoyo a iniciativas de desarrollo sostenible que contemplen el cuidado del medio ambiente y de la biodiversidad en su conjunto, en las zonas norte, noroeste y sur del país; promoción de la igualdad de oportunidades que permitan generar un espacio para la capacitación y formación de derechos para la mujer y su inserción laboral, especialmente en el medio urbano.

2. América Central:

a) República Dominicana: Se priorizarán las siguientes zonas: alta prioridad región de Enriquillo (provincias de Pedernales, Independencia, Bahouroco y Barahona); otras zonas prioritarias: En el Suroeste, la Región de El Valle (provincias de Elías Piña, San Juan de la Maguana y Azúa) y En la Zona Este las provincias de El Seybo, Hato Mayor, San Pedro de Macorís y La Altagracia. Además se priorizarán las zonas peri urbanas de Santo Domingo y Santiago.

Se priorizarán asimismo los proyectos binacionales entre República Dominicana y Haití en los sectores abajo mencionados. Se priorizarán los siguientes sectores y líneas de intervención:

Apoyo a la educación inicial y básica, con especial atención a las niñas.

Mejora de la salud de la salud sexual y reproductiva, lucha contra las enfermedades prevalentes y olvidadas y fortalecimiento institucional de los sistemas públicos de salud, especialmente a través de la formación de recursos humanos. Fortalecimiento de las capacidades para la soberanía alimentaria de la población. Acceso al agua potable y saneamiento básico. Protección de colectivos en riesgo de mayor vulnerabilidad. Apoyo a la micro y pequeña empresa y fortalecimiento de los sectores productivos Apoyo a la mejora de la sostenibilidad medioambiental. Apoyo a los procesos de autonomía de las mujeres.

b) El Salvador:

Se priorizarán las siguientes zonas: Departamento de Ahuachapán y por extensión la región occidental, La Unión y por extensión la región oriental y la zona metropolitana de San Salvador.

Se priorizarán los siguientes sectores y líneas de intervención:

Apoyo al fortalecimiento institucional a los sistemas públicos de salud mejora de la salud sexual y reproductiva, mejora de la salud infantil y lucha contra las enfermedades prevalentes y olvidadas.

Apoyo a la producción familiar diversificada para la mejora nutricional y el desarrollo agrario. Acceso y gestión del agua potable y saneamiento básico. Tratamiento de residuos, conservación y gestión sostenible de la biodiversidad y los ecosistemas vulnerables. Apoyo a los procesos de participación ciudadana y desarrollo institucional y municipal y apoyo a las mancomunidades para la gestión de servicios integrados en Ahuachapán. Aumento de las capacidades económicas a través de la micro y pequeña empresa. Apoyo a las capacidades y autonomía de las mujeres. Apoyo a grupos de jóvenes delincuentes o en riesgo.

c) Honduras:

Se priorizarán las siguientes zonas: Francisco Morazán, Comayagua, La Paz, Intibucá, Lempira, Copán, Ocotepeque, Santa Bárbara, Cortés, Atlántida, Yoro, Valle y Choluteca.

Se priorizarán los siguientes sectores y líneas de intervención:

Apoyo a la mejora de la salud infantil, lucha contra las enfermedades prevalentes y olvidadas y mejora de la salud sexual y reproductiva y reducción de la mortalidad materna

Fortalecimiento de la soberanía alimentaria en los ámbitos micro y local. Apoyo a los derechos infantiles y atención a la juventud. Microfinanzas, apoyo a servicios de desarrollo regional y fortalecimiento de las capacidades comerciales. Mejora de las oportunidades de las mujeres en el ámbito económico.

d) Guatemala:

Se priorizarán las siguientes zonas: Departamentos de San Marcos y Quetzaltenango, departamento de Sololá y de Chiquimula y por su alta concentración de población indígena Alta y Baja Verapaz y Quiché.

Se priorizarán los siguientes sectores y líneas de intervención:

Contribuir a la continuidad y flexibilidad del sistema educativo.

Apoyo a políticas públicas que garanticen el derecho a la salud para toda la población. Fortalecimiento de la soberanía alimentaria en los ámbitos micro y local. Apoyo a la micro y pequeña empresa en sectores como agricultura, artesanía, turismo, pesca e industria. Reducción de la vulnerabilidad de personas en situación de pobreza. Apoyo a los derechos y procesos de auto desarrollo de los pueblos indígenas. Promoción de la equidad de género.

e) Nicaragua:

Se priorizarán las siguientes zonas: Leon, Chinandega, Matagalpa, Jinotega, Managua, Río San Juan, y RAAN y RAAS.

Se priorizarán los siguientes sectores y líneas de intervención:

Derecho a la alimentación, soberanía alimentaria y lucha contra el hambre.

Fortalecimiento de los sistemas públicos de educación. Atención primaria de salud, especialmente materno-infantil, salud reproductiva y prevención de VHI/SIDA Habitabilidad básica Acceso al agua potable y saneamiento básico. Apoyo a los sectores productivos, especialmente el café. Apoyo a las capacidades de sostenibilidad medioambiental. Aumento de las libertades y capacidades culturales con los pueblos indígenas.

f) Haití:

Se priorizarán las siguientes zonas: Departamentos de Centro, Sudeste y Nordeste.

Se priorizarán los siguientes sectores y líneas de intervención:

Apoyo a la educación inicial y básica.

Gestión del agua potable, a través de abastecimiento y saneamiento Seguridad alimentaria. Aceso a medicamentos esenciales. Apoyo al sistema nacional de atención primaria especialmente en mejora de la salud materno-infantil y salud sexual y reproductiva, y prevención del VIH/SIDA. Habitabilidad básica. Prevención de desastres naturales. Apoyo al aumento de las capacidades y autonomía de las mujeres

3. Magreb y Oriente Medio:

a) Mauritania: Apoyo al acceso y finalización de estudios de educación primaria con especial atención a las niñas y Continuidad y flexibilidad del sistema educativo.

Mejora de la salud infantil. Mejora en el tratamiento de aguas residuales y residuos sólidos con fines de reutilización, con tecnologías apropiadas. Saneamiento y depuración: Apoyo a la educación y capacitación comunitaria. Apoyo a la sociedad civil y sus procesos de autoorganización, especialmente en los sectores sociales más vulnerables. Promoción de oportunidades para las mujeres en el ámbito económico que contemplen la perspectiva de género en su formulación.

b) Marruecos:

Educación: Apoyo al acceso y finalización de estudios de educación primaria con especial atención a las niñas. Fortalecimiento de la comunidad escolar, en la que se integran todos los actores del sistema educativo.

El fortalecimiento de los sistemas públicos de educación y protección de la infancia. Soberanía alimentaria: Apoyo de los sistemas productivos locales en torno a su organización (asociación, sociedades, cooperativas, etc.) y en la participación social en la definición de políticas públicas de desarrollo. Generación de fuentes de trabajo y apoyo a iniciativas de emprendedores en zonas periurbanas. Codesarrollo: Fortalecimiento de redes y consorcios específicos de la sociedad civil a nivel nacional, regional y continental. Cultura y Desarrollo: Fomento de capacidades del sector cultural en general: a partir de estrategias de formación y capacitación de agentes culturales de la sociedad civil en colaboración con instituciones educativas.

c) Argelia:

Soberanía alimentaría, desarrollo productivo, el agua como derecho, y sostenibilidad medioambiental.

Generación de fuentes de trabajo y apoyo a iniciativas de emprendedores en zonas periurbanas (especialmente en jóvenes). Aumento de las capacidades y la autonomía de las mujeres. Fortalecimiento de redes y consorcios específicos de la sociedad civil a nivel nacional, regional y continental. Cultura y Desarrollo (especialmente en la zona de Orán): Políticas culturales vinculadas a objetivos de desarrollo.

d) Túnez:

Salud como derecho humano y el fortalecimiento de los sistemas públicos de salud: Mejora de la salud sexual y reproductiva y reducción de la mortalidad materna.

Soberanía alimentaría, desarrollo productivo, el agua como derecho, y sostenibilidad medioambiental:

Mejora en el tratamiento de aguas residuales y residuos sólidos con fines de reutilización, con tecnologías apropiadas.

Conservación y gestión sostenible de la biodiversidad y los ecosistemas vulnerables. Facilitar el acceso a tecnologías ambientales adecuadas, priorizando el uso de energías renovables en los sistemas productivos. Generación de fuentes de trabajo y apoyo a iniciativas de emprendedores en zonas periurbanas (especialmente en jóvenes). Aumento de las capacidades y la autonomía de las mujeres. Fortalecimiento de redes y consorcios específicos de la sociedad civil a nivel nacional, regional y continental. Apoyo a la gobernabilidad y la democracia. Cultura y Desarrollo: Políticas culturales vinculadas a objetivos de desarrollo.

Apoyo de los sistemas productivos locales:

Organización (asociación, sociedades, cooperativas, etc.).

Participación social en la definición de políticas públicas de desarrollo. Comercialización (local, regional e internacional). Producción diversificada para reducir la vulnerabilidad del sector exportador a un sólo producto y como complemento de la dieta básica.

e) Población Saharaui:

Educación: Derecho Humano, erradicación de la pobreza y desarrollo: Fortalecimiento de la comunidad escolar, en la que se integran todos los actores del sistema educativo.

El fortalecimiento de los sistemas públicos de educación, facilitando la participación social en la definición de las políticas públicas.

Salud como derecho humano y el fortalecimiento de los sistemas públicos de salud:

Fortalecimiento institucional de los sistemas públicos de salud.

Apoyo al nivel de atención primaria, bajo los principios de acceso universal, equitativo y sostenible.

Soberanía alimentaría, desarrollo productivo, el agua como derecho, y sostenibilidad medioambiental:

Apoyo de los sistemas productivos locales en torno a su organización (asociación, sociedades, cooperativas, etc.) y en la participación social en la definición de políticas públicas de desarrollo; comercialización local; producción diversificada (para reducir la vulnerabilidad del sector exportador a un sólo producto y como complemento de la dieta básica); procesos limpios que tengan en cuenta la generación de residuos y su reutilización, el consumo de agua y el uso de energía renovable; mercado limpio (posibilitar la comercialización de productos orgánicos).

Generación de fuentes de trabajo y apoyo a iniciativas de emprendedores. Apoyo y Mejora en los Sistemas de Gestión de agua potable y saneamiento. Apoyo a la educación y capacitación comunitaria en el uso eco-eficiente del agua y en los sistemas de gestión de agua, saneamiento y depuración.

Aumento de las capacidades y la autonomía de las mujeres:

Apoyo a la educación, formación y capacitación profesional de las mujeres.

Promoción de oportunidades para las mujeres en el ámbito económico que contemplen la perspectiva de género en su formulación.

f) Territorios Palestinos:

Soberanía alimentaría: Mejora del tratamiento de aguas residuales y residuos sólidos con fines de reutilización, con tecnologías apropiadas.

Apoyo y Mejora en los sistemas de gestión de agua potable y saneamiento. Facilitar el acceso a tecnologías ambientales adecuadas, priorizando el uso de energías renovables en los sistemas productivos.

Aumento de las capacidades y la autonomía de las mujeres:

Promoción de oportunidades para las mujeres en el ámbito económico que contemplen la perspectiva de género en su formulación.

Estrategias preventivas frente a la violencia:

Fortalecimiento de la sociedad civil.

Cultura y desarrollo: Políticas culturales vinculadas a objetivos de desarrollo:

Fomento de nuevos emprendedores en el campo del desarrollo de proyectos culturales

Recuperación de la memoria colectiva Actividades que refuercen el dialogo intercultural, el desarrollo de los derechos culturales y el mantenimiento de la diversidad cultural.

g) Jordania:

Soberanía alimentaría: Mejora del tratamiento de aguas residuales y residuos sólidos con fines de reutilización, con tecnologías apropiadas.

Apoyo y Mejora en los sistemas de gestión de agua potable y saneamiento. Facilitar el acceso a tecnologías ambientales adecuadas, priorizando el uso de energías renovables en los sistemas productivos.

Aumento de las capacidades y la autonomía de las mujeres:

Apoyo a las medidas integrales para la prevención y tratamiento de la violencia de género.

Apoyo a la creación de servicios públicos para las mujeres. Promoción de oportunidades para las mujeres en el ámbito económico que contemplen la perspectiva de género en su formulación.

h) Egipto:

Salud como derecho humano y fortalecimiento de los sistemas públicos de salud. Fortalecimiento institucional de los sistemas de salud pública.

Fortalecimiento de redes y consorcios específicos de la sociedad civil a nivel nacional, regional y continental.

i) Siria:

Salud como derecho humano y fortalecimiento de los sistemas públicos de salud. Fortalecimiento institucional de los sistemas de salud pública.

Apoyo a la gobernabilidad y la democracia.

Descentralización y fortalecimiento de las administraciones locales.

j) Líbano:

Soberanía alimentaria, desarrollo productivo, el agua como derecho, y sostenibilidad medioambiental. Apoyo a los sistemas productivos locales en torno a su organización (asociación, sociedades, cooperativas, etc.) y en la participación social en la definición de políticas públicas de desarrollo.

Derechos humanos, prevención de los conflictos y construcción de la paz.

Intervención en situaciones de post conflicto.

4. África Subsahariana:

a) Angola: Educación: Mejora acceso universal a la educación.

Salud:

Apoyo al nivel de atención primaria.

Lucha contra enfermedades prevalentes y olvidadas.

Soberanía Alimentaria, desarrollo productivo, agua como derecho y sostenibilidad medio ambiental:

Lucha contra el hambre.

Reducción del numero de personas sin acceso al agua potable y saneamiento básico.

Aumento capacidades y autonomía de las mujeres:

Promoción de oportunidades en el ámbito económico.

Derechos Humanos, prevención de conflictos y construcción de la paz:

Intervención en situaciones post-conflicto.

Apoyo a la sociedad civil y sus procesos de auto-organización. Fortalecimiento de redes y consorcios especificos de la sociedad civil a nivel nacional. Apoyo a la Gobernabilidad y la democracia Defensa de los principios horizontales de la cooperación española.

b) Mozambique:

Prioridades geográficas: Cabo Delgado.

Maputo. Gaza.

Prioridades sectoriales:

Apoyo a la gobernabilidad y la democracia.

Salud. Educación. Desarrollo Rural.

c) Namibia:

Educación: Acceso universal a la educación.

Calidad de la educación. Continuidad y flexibilidad del sistema educativo. Educación primaria. Educación profesional.

Estas líneas prioritarias en los sectores de concentración de pesca, agricultura y turismo:

Salud: Lucha contra enfermedades prevalentes y olvidadas (VIH/SIDA)

Soberanía Alimentaria, desarrollo productivo y rural, el agua como derecho y sostenibilidad medio ambiental:

Lucha contra el hambre (Carácter integral).

Apoyo sistemas productivos locales (Carácter integral). Reducción número de personas sin acceso al agua potable y al saneamiento básico (Carácter integral). Líneas prioritarias:

Fortalecimiento soberanía alimentaria a nivel familiar y comunitario.

Fortalecimiento capacidades para la soberanía alimentaria de instituciones y de población de ámbito nacional y regional. Sectores prioritarios:

Pesca:

Acuicultura continental. Reasentamiento/desarrollo rural. Desarrollo capacidades económicas población rural. Aumento capacidades y autonomía de las mujeres:

Promoción de oportunidades en el ámbito económico.

Apoyo a educación, formación y capacitación profesional de las mujeres. Descentralización y fortalecimiento administraciones locales. Apoyo a la sociedad civil y sus procesos de auto-organización. Cooperación con pueblos indígenas. Refuerzo dialogo intercultural. Defensa de los principios horizontales de la cooperación española.

d) Senegal:

Prioridades sectoriales: Salud.

Educación. Pesca. Soberanía alimenticia y desarrollo rural. Derechos Humanos, prevención de conflictos y construcción de la paz: intervención en situaciones post-conflicto.. Fortalecimiento institucional. Agua y saneamiento básico. Codesarrollo. Cultura y desarrollo. Turismo. Prioridades horizontales:

Conservación y gestión sostenible de los recursos naturales.

Promoción de la mujer.

Prioridades geográficas:

Saint Louis.

Casamance (Ziguinchor y Kolda).

e) Guinea Bissau:

Prioridades sectoriales: Salud.

Educación. Pesca. Gobierno y sociedad civil.

Prioridades geográficas:

Mansoa.

Nhiakar. Bissora. Sao Domingos. Bolama.

f) Níger y Malí:

Soberanía alimentaria (lucha contra el hambre, apoyo sistemas productivos locales, agua potable, mejora tratamientos residuales y saneamiento).

Salud básica (salud sexual y reproductiva mujer, nutrición niños menores 5 años, formación matronas, doctores rurales...). Cultura y desarrollo (recuperación patrimonio histórico, capacitación.)

g) Etiopía:

Prioridades sectoriales: Soberanía Alimentaria: Apoyo a los sistemas productivos locales agrícolas y ganaderos en áreas rurales. Fortalecimiento de las capacidades productivas y de comercialización.

Agua y Saneamiento:

Mejora del acceso y calidad del agua potable y saneamiento. Apoyo a los sistemas de conservación y gestión del agua de forma sostenible.

Salud:

Fortalecimiento de los sistemas públicos de salud. Educación para la Salud. Mejora de los servicios de Atención Primaria de Salud, con especial atención a la salud sexual y reproductiva.

Educación:

Mejora del acceso y finalización de los estudios de Educación Primaria. Formación Profesional.

Prioridades Horizontales:

Conservación y gestión sostenible de los recursos naturales y apoyo a actividades de regeneración medioambiental. Promoción de la Equidad de Género.

h) Sudán:

Prioridades geográficas: Darfur y Sur de Sudán: Prioridades sectoriales: Necesidades sociales básicas: agua, y saneamiento básicos, educación y salud básica.

i) Guinea Ecuatorial:

Educación: Fortalecimiento de los sistemas públicos de Educación (especialmente en cuanto a la formación del profesorado)

Fortalecimiento de la comunidad escolar, en la que se integran todos los actores del sistema educativo.

Salud:

Fortalecimiento Institucional de los sistemas públicos de salud, sobre todo mediante el apoyo directo a los diferentes planes nacionales y la formación de recursos humanos.

Apoyo al nivel de atención primaria, bajo los principios de acceso universal equitativo y sostenible. Lucha contra enfermedades prevalentes y olvidadas (SIDA y malaria especialmente). Soberanía alimentaria:

Reducción del número de personas sin acceso al agua potable y al saneamiento básico.

Apoyo y mejora en los sistemas de gestión de agua potable y saneamiento.

Aumento de las capacidades y la autonomía de las mujeres:

Apoyo a la educación, formación y capacitación profesional de las mujeres.

Apoyo a la gobernabilidad y la democracia:

Descentralización y fortalecimiento de las administraciones locales.

j) Sao-Tomé y Príncipe:

Soberanía alimentaria, desarrollo productivo, el agua como derecho y sostenibilidad medioambiental: Apoyo a los sistemas productivos locales (sector pesca).

Apoyo al sector turismo Acceso al agua potable y saneamiento básico.

k) Cabo Verde:

Soberanía alimentaria, desarrollo productivo, agua como derecho y sostenibilidad ambiental, especialmente: Apoyo a sistemas productivos locales.

Mejora en tratamiento de aguas residuales y residuos sólidos con fines de reutilización, con tecnologías apropiadas. Apoyo y mejora en sistemas de gestión de agua potable y saneamiento. Conservación y gestión sostenible de biodiversidad y ecosistemas vulnerables.

Aumento de capacidades y autonomía de las mujeres, especialmente:

Apoyo a medidas integrales para la prevención y tratamiento de la violencia de género.

Apoyo a la educación, formación y capacitación profesional de las mujeres. Apoyo a sectores más vulnerables.

l) República Democrática del Congo:

Prioridades Sectoriales: Educación.

Salud. Apoyo a la mujer.

Zonas Geográficas:

Este del País: Ituri, Kivu Norte y Sur de Katanga.

5. Asia:

a) Filipinas: Prioridades Geográficas: Región V (Bicol): Provincias de Camarines Norte, Camarines Sur, Albay, Sorsogon, Catanduanes y Masbate; y

Región XIII (Caraga): Provincias de Agusan del Sur, Agusan del Norte, Surigao del Sur, Surigao del Norte. Además de en esta zonas, la cooperación española se podrá extender a la Región III, concretamente a las provincias de Pampanga, Nueva Ecija, Tarlac, Bulacan y Aurora. Las zonas montañosas del archipiélago, Comunidades de Reforma Agraria y dominios Ancestrales de las Comunidades Indígenas serán prioritarias en protección del Medio Ambiente.

Prioridades Sectoriales:

Gobernanza democrática participación ciudadana y desarrollo institucional: Promoción de la democracia representativa y participativa y del pluralismo político: Fortalecimiento de la Sociedad Civil.

Fortalecimiento de los partidos políticos, sindicatos y asociaciones empresariales. Apoyo a la reforma constitucional. Desarrollo de la Administración al servicio de los ciudadanos y la buena gestión de asuntos públicos. Descentralización y Fortalecimiento de Adminsitraciones Locales, Municipalidades y Gobiernos Provinciales.

Cobertura de las Necesidades Sociales Básicas:

Educación: Acceso Universal a la educación.

Fortalecimiento de los sistemas publicos de educación. Apoyo a la Educación Primaria. Formación Ocupacional y Calificación Profesional. Apoyo a la Formación Superior y Especializada.

Salud:

Fortalecimiento de los sistemas publicos de salud.

Mejora de la salud sexual y reproductiva. Prevención y tratamiento de enfermedades evitables tales como el SIDA/VIH y la tuberculosis. Mejora de la salud infantil. Protección de colectivos en situación de mayor vulnerabilidad:

Apoyo a los sectores más vulnerables: niños, ancianos, jóvenes, mujeres y discapacitados.

Acceso al agua potable y saneamiento básico.

Promoción del tejido económico y empresarial:

Apoyo a la micro y pequeña empresa y a la empresa de economía social: Promoción de un ambiente económico favorable.

Apoyo a la competitividad y productividad agrarias. Fortalecimiento de los sectores productivos:

Agricultura.

Silvicultura. Industria (particularmente la agroalimentaria). Pesca. Turismo. Comercio.

Medio Ambiente:

Conservación y Gestión sostenible de la Biodiversidad y ecosistemas vulnerables.

Producción sostenible de recursos básicos

Cultura y Desarrollo:

Cooperación Cultural al desarrollo: Promoción.

Cooperación académica.

Genero y Desarrollo: Promoción de una mayor representación de las mujeres.

Mejora de las oportunidades de las mujeres en el ámbito económico.

Prevención de conflictos y construcción de la paz:

Apoyo al gobierno filipino en todas aquellas iniciativas tomadas hacia el proceso de creación y mantenimiento de la paz así como de prevención del conflicto.

b) Vietnam:

Prioridades Geográficas: Altiplano del Norte: Thai Nguyen, Yen Bai, Hoa Binh y Quang Ninh, Dien Bien, Son La, Lai Chau y Lao Cai.

Costa Norte Centro: Thanh Hoa, Nghe An, Ha Tinh y Thue Thien Hue; Mesetas Centrales: Lam Dong y Dak Lak.

Priodades Sectoriales:

Desarrollo rural.

Turismo. Formación profesional.

c) Timor Oriental:

Prioridades Geográficas: Dili.

Distritos de Baucau. Lautem. Viqueque.

Prioridades Sectoriales:

Educación. Salud. Seguridad Alimentaria. Capacitación Agrícola.

d) Países afectados por el Tsunami:

Prioridades Geográficas: Sri Lanka: zona Sur y Este.

Indonesia: Sumatra Norte, Aceh, Isla de Nias e Isla de Java.

Prioridades Sectoriales:

Salud como derecho humano y el fortalecimiento de los sistemas públicos de salud: Fortalecimiento institucional de los sistemas públicos de salud.

Apoyo al nivel de atención primaria, bajo los principios de acceso universal, equitativo y sostenible. Apoyo a los sectores más vulnerables.

Habitabilidad:

Proyectos de construcción o rehabilitación de viviendas

Soberanía alimentaria, desarrollo productivo, al agua como derecho y sostenibilidad medioambiental.

Apoyo de los sistemas productivos locales en torno a su organización (asociación, sociedades, cooperativas, etc.) y en la participación social en la definición de políticas públicas de desarrollo; comercialización (local, regional e internacional); producción diversificada (para reducir la vulnerabilidad del sector exportador a un sólo producto y como complemento de la dieta básica); procesos limpios que tengan en cuenta la generación de residuos y su reutilización, el consumo de agua y el uso de energía renovable; mercado limpio (posibilitar la comercialización de productos orgánicos). Generación de fuentes de trabajo y apoyo a iniciativas de emprendedores en zonas periurbanas.

Reducción del numero de personas sin acceso al agua potable y al saneamiento básico. Apoyo y Mejora en los Sistemas de Gestión de agua potable y saneamiento.

Aumento de las capacidades y la autonomía de las mujeres:

Apoyo a la educación, formación y capacitación profesional de las mujeres.

Apoyo a la gobernabilidad y la democracia.

e) Bangladesh:

Prioridades Geográficas: Norte, Dhaka capital. Zonas turísticas en su caso.

Prioridades Sectoriales:

Aumento de las capacidades económicas.

Fortalecimiento de los sectores productivos. Turismo.

Aumento de las capacidades humanas.

Apoyo a los sectores más vulnerables. f) Camboya:

Prioridades geográficas:

Sin especificar.

Prioridades sectoriales:

Prevención de los conflictos y construcción de la paz. Acciones encaminadas al desmantelamiento de las minas antipersona y ayuda a las poblaciones afectadas.

Aumento de las capacidades humanas.

Apoyo a los sectores más vulnerables.

Aumento de las capacidades y la autonomía de las mujeres.

Mejora de oportunidades de las mujeres en el ámbito económico.

Formación en valores ciudadanos.

6. Europa:

a) Albania: Soberanía alimentaría, desarrollo productivo, el agua como derecho, sostenibilidad medioambiental. Apoyo de los sistemas productivos locales en torno a su organización (asociación, sociedades, cooperativas, etc.) y en la participación social en la definición de políticas públicas de desarrollo; comercialización (local, regional e internacional); producción diversificada (para reducir la vulnerabilidad del sector exportador a un sólo producto y como complemento de la dieta básica); procesos limpios que tengan en cuenta la generación de residuos y su reutilización, el consumo de agua y el uso de energía renovable; mercado limpio (posibilitar la comercialización de productos orgánicos). Generación de fuentes de trabajo y apoyo a iniciativas de emprendedores en zonas periurbanas.

Conservación y gestión sostenible de la biodiversidad y los ecosistemas vulnerables.

Aumento de las capacidades y la autonomía de las mujeres. b) Bosnia y Herzegovina:

Derechos Humanos, prevención de los conflictos y construcción de la paz.

Aumento de las capacidades y la autonomía de las mujeres. Soberanía alimentaría, desarrollo productivo, el agua como derecho, y sostenibilidad medioambiental.

Apoyo de los sistemas productivos locales en torno a su organización (asociación, sociedades, cooperativas, etc.) y en la participación social en la definición de políticas públicas de desarrollo; comercialización (local, regional e internacional); producción diversificada (para reducir la vulnerabilidad del sector exportador a un sólo producto y como complemento de la dieta básica); procesos limpios que tengan en cuenta la generación de residuos y su reutilización, el consumo de agua y el uso de energía renovable; mercado limpio (posibilitar la comercialización de productos orgánicos). Generación de fuentes de trabajo y apoyo a iniciativas de emprendedores en zonas periurbanas.

c) Serbia y Montenegro (incluido Kosovo):

Derechos Humanos, prevención de los conflictos y construcción de la paz.

Cuarto. Beneficiarios.

1. Podrán acceder a la condición de beneficiario de estas subvenciones las organizaciones no gubernamentales de desarrollo que cumplan los siguientes requisitos: a) Estar legalmente constituidas. La entidad debe estar constituida, al menos, con cinco años de anterioridad a la fecha de publicación de esta convocatoria.

Si la ONGD hubiera sufrido modificación en su forma jurídica de Asociación o Fundación, se respetará la antigüedad siempre que esta circunstancia esté acreditada en los estatutos de la nueva entidad. b) Carecer de fines de lucro. c) Gozar de capacidad jurídica y de obrar en España. d) Estar inscritas en el correspondiente Registro de ONGD, conforme a lo establecido en el Artículo 33 de la Ley 23/1998 de Cooperación Internacional para el Desarrollo y en la Base Décima, letra e, de la Orden AEC/1303/2005, a la fecha de publicación de esta convocatoria. e) Si la ONGD accede por primera vez al sistema de subvenciones regulado en las bases generales deberá haber realizado, al menos, cinco proyectos de cooperación para el desarrollo en alguna de las áreas geográficas y sectores contemplados en la Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo. f) Si la ONGD ha recibido subvenciones con anterioridad, deberá justificarse suficientemente el cumplimiento de las obligaciones contenidas en la base decimocuarta de la Orden de bases.

2. Asimismo, podrán acceder a la condición de beneficiario de estas subvenciones las agrupaciones de organizaciones no gubernamentales de desarrollo sin personalidad jurídica. Cada una de las ONGD que las integran deberá reunir los requisitos exigidos a las ONGD en el punto 1 de este apartado cuarto y, además, estarán sometidas a las obligaciones que para las mismas establece el apartado 3 del artículo 11 de la Ley General de Subvenciones.

3. No podrán ser beneficiarias de las subvenciones de esta convocatoria:

Las organizaciones no gubernamentales de desarrollo que hubieran sido excluidas de las convocatorias dirigidas a ONGD reguladas por la Orden de bases de 31 de enero de 2001, por incumplimiento de los compromisos relacionados con el seguimiento y justificación.

Las organizaciones no gubernamentales de desarrollo en las que concurra alguna de las circunstancias contenidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

Quinto. Solicitud, documentación y subsanación de errores.

1. Solicitud. 1.1 Modelo y presentación de solicitudes: Las solicitudes se formalizarán en un solo ejemplar y en el modelo que se recoge en el Anejo I de esta resolución, debiendo relacionarse en el mismo todos los proyectos para los que la entidad solicita subvención.

Las solicitudes se dirigirán a la Presidenta de la Agencia Española de Cooperación Internacional y podrán ser presentadas en el Registro General de la Agencia Española de Cooperación Internacional (Avda. Reyes Católicos n.º 4, 28040 Madrid), así como en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la resolución del Ministerio de Administraciones Públicas de 1 de septiembre de 1997 (B.O.E. de 4 de septiembre). Cualquier información sobre esta convocatoria podrá ser obtenida en la Subdirección General de Cooperación Multilateral y Horizontal a través de los siguientes medios:

Teléfonos: 91/5.83.85.39 y 5.83.84.08.

Fax: 91/5.83.84.59. Correo electrónico: sgcmyh_ongd@aeci.es.

1.2 Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 31 de julio de 2006. 2. Documento de formulación.

La solicitud deberá acompañarse de un documento de formulación PR1 por cada uno de los proyectos para los que se solicita subvención.

El contenido mínimo del documento de formulación PR1 es el siguiente:

Tipo de proyecto.

Entidad solicitante. Título del proyecto. País. Sector y subsector CAD. Línea Estratégica del Plan Director 2005-2008. Socio local y otras entidades participantes. Otros integrantes, en el caso de agrupación de ONGD. Año de presentación. Duración total de ejecución. Financiación (coste total, aportación AECI, aportación ONGD/agrupación española, otras aportaciones). Subcontrataciones previstas. Descripción resumida del proyecto. Solvencia institucional (experiencia y capacidad de gestión de la entidad solicitante, experiencia de la contraparte local, experiencia de colaboración contrastada). Diseño de la intervención (formulación del proyecto, documentación acreditativa de las acciones que se pretenden realizar, adecuación de la identificación de los problemas y necesidades que se pretenden abordar -árbol de problemas y árbol de objetivos-, coherencia de la lógica de la intervención -matriz, cronograma, presupuesto y sistema de seguimiento y evaluación-, contribución al desarrollo en el área de ejecución, descripción y participación de la población beneficiaria, adecuación de principios horizontales). Enfoque de desarrollo (viabilidad, pertinencia de la acción, complementariedad y sinergias con la política española de cooperación y con las políticas públicas locales, sostenibilidad). Nombre y cargo de la persona que ha cumplimentado el documento. Fecha de elaboración. Relación de anexos. Los documentos de formulación se presentarán vía on line a través de la página web de la AECI, en la dirección www.aeci.es/proyectosongd, cumplimentando el modelo de formulario allí establecido y una vez completado, se ejecutará la opción de enviar. Los documentos de formulación deberán estar grabados y enviados antes de la finalización del plazo de presentación establecido en la presente convocatoria, no haciéndose responsable la AECI de los problemas técnicos de envío que puedan producirse por saturación del servidor en fechas próximas a dicha finalización, por lo que se recomienda no dejar su cumplimentación para los últimos días del plazo establecido para el envío de la totalidad de la documentación. Para completar los documentos de formulación enviados on line es necesario imprimirlos en soporte papel y una vez firmados por el solicitante, remitirlos junto con la solicitud y el resto de la documentación preceptiva, dentro del plazo previsto en la presente convocatoria.

3. Documentación que deberá acompañarse a la solicitud.

La solicitud y el documento de formulación deberán acompañarse de un ejemplar de la documentación que a continuación se indica: a) Documentación acreditativa de la personalidad del solicitante, así como poder bastante en derecho para que actúe en nombre y representación de la ONGD.

b) Original o copia con el carácter de auténtica o fotocopia compulsada de los Estatutos debidamente legalizados c) Fotocopia compulsada de la tarjeta de identificación fiscal. d) Justificante de la inscripción de la entidad en el Registro de ONGD antes de la fecha de publicación de la convocatoria. e) Organigrama, número de socios, colaboradores y/o donantes, relación de personal contratado y tipo de relación laboral, dependencias en España y en otros países y pertenencia a redes internacionales. f) Memoria de las actividades realizadas, especificando con detalle los ingresos recibidos en el año anterior, tanto públicos como privados. g) Documentación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones fiscales y de seguridad social, en los términos establecidos en las Órdenes del Ministerio de Economía y Hacienda de 28 de abril de 1986 y 25 de noviembre de 1987. Las certificaciones han de ser expedidas con fecha posterior a la de la publicación de la convocatoria. La certificación acreditativa de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria podrá ser sustituida por un certificado telemático, de acuerdo con lo establecido en los artículos 13 y siguientes del Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, por el que se regulan los registros y las certificaciones telemáticas, así como la utilización de los medios telemáticos para la sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos. Los interesados que elijan esta opción, deberán cumplimentar el modelo que figura como Anejo II a esta convocatoria, que se remitirá junto con la solicitud y el resto de la documentación, por el que prestarán su consentimiento para que el certificado telemático correspondiente sea requerido por la AECI a la Agencia Estatal de Administración Tributaria. En el caso de que la entidad no se halle sujeta o esté exenta de la obligación de presentar declaración a efectos fiscales o no esté obligada a darse de alta en la Seguridad Social, deberá presentar declaración responsable del representante de la entidad en la que conste que la misma no está obligada a darse de alta a efectos fiscales o de seguridad social, además de las certificaciones administrativas correspondientes, referidas a la falta de constancia de la entidad en los respectivos registros de contribuyentes a la Hacienda Pública y de afiliados y en alta en la Seguridad Social. h) Documentación acreditativa del pago del Impuesto de Actividades Económicas mediante la presentación del último recibo abonado o del documento de alta si ésta se hubiera producido en el último año y no se hubiera emitido el recibo correspondiente. Si la entidad está exenta de esta obligación deberá presentar el justificante de la exención. En los demás supuestos, se deberá aportar declaración responsable del representante de la entidad justificando los motivos. i) Las entidades que no hayan sido subvencionadas anteriormente con cargo a esta convocatoria, deberán acreditar la fecha legal de su constitución, así como los cinco proyectos de cooperación para el desarrollo ejecutados mediante certificación expedida por el financiador en la que se indique el nombre del proyecto, el país, el año de ejecución, los recursos financieros y los financiadores o, si los proyectos han sido ejecutados con fondos propios, mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la ONGD. j) Declaración responsable de quien ostente la representación legal de la entidad de que no se encuentra incursa en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley de Subvenciones. No será necesario presentar la documentación exigida en este punto 3, apartados a), b), c) y d) cuando la misma no haya sufrido modificación y estuviera en poder de cualquier órgano de la Administración actuante, en cuyo caso el solicitante podrá acogerse a lo establecido en el apartado f) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, siempre que se haga constar, por escrito, que dichos documentos no han sufrido modificación, así como la fecha y la dependencia en que fue presentada y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan. En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerir al solicitante su presentación o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a que se refiere el documento, con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución. Si el solicitante es una agrupación de ONGD sin personalidad jurídica deberá presentar, además, los siguientes documentos:

Documento acreditativo que recoja la voluntad de las partes de concurrir conjuntamente a la convocatoria, el nombre de las ONGD integrantes en la Agrupación, la ONGD líder y su representante o apoderado. Así mismo, acreditará los objetivos para los que se constituye la agrupación, los campos de actuación, los niveles de participación y los compromisos asumidos por cada miembro de la agrupación en cuanto a la ejecución del proyecto y el importe de la subvención a aplicar por cada uno de ellos. Por último, se recogerá el compromiso de la agrupación de no llevar a cabo su disolución hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley General de Subvenciones. En caso de resultar subvencionada, la Agrupación deberá elevar este documento a escritura pública.

Memoria de las actuaciones en que las entidades han participado conjuntamente, el número de años de colaboración y explicación del grado de participación de las ONGD en cada uno de los proyectos, indicándose, además, el grado de complementariedad entre las entidades para la constitución de la agrupación. Documento acreditativo del representante o apoderado único designado por la agrupación, ONGD líder, así como el poder bastante en derecho para actuar en su nombre y representación.

3. Subsanación de errores.

Es preceptivo el envío de las solicitudes, documento de formulación y el resto de la documentación mediante el procedimiento antes descrito para su admisión a trámite.

Si la solicitud de iniciación no reuniera los datos de identificación, tanto de la subvención solicitada como de la entidad solicitante y/o cualquiera de los previstos en el artículo 70 de la LRJ-PAC, se requerirá al interesado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.1 de la citada Ley, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, para que, en un plazo de diez días hábiles, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que habrá de dictarse en los términos previstos en el artículo 42 de la misma Ley, en su redacción dada por la Ley 4/1999. Sin perjuicio de lo anterior, en cualquier momento del procedimiento podrá instarse a la entidad solicitante para que cumplimente cualquier requisito o trámite omitido, de acuerdo con lo previsto en el artículo 76 de la LRJ-PAC, concediéndose a tal efecto un plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la notificación, con expreso apercibimiento de que, de no hacerlo así, se le podrá declarar decaída en su derecho a dicho trámite; sin embargo, se admitirá la actuación del interesado y producirá efectos legales, si se produjera antes o dentro del día en que se notifique la resolución en la que se tenga por transcurrido el plazo. Sexto. Financiación y tipo de gastos.-El importe de la subvención se fijará atendiendo al presupuesto del proyecto y a la documentación aportada por el solicitante y a las disponibilidades presupuestarias de la AECI. Si la cuantía propuesta por la Comisión de Valoración fuera inferior a la solicitada, se instará del beneficiario la reformulación de su petición con el fin de ajustar los compromisos y las condiciones a la subvención otorgable. Las subvenciones reguladas en esta resolución son compatibles con otras ayudas que tengan la misma finalidad, teniendo en cuenta que el importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada. El importe de la subvención a conceder por la AECI a los proyectos de cooperación para el desarrollo no podrá exceder el 80 por 100 de su coste total. La cantidad restante se sufragará con las aportaciones de la entidad solicitante, de su contraparte local, de la población beneficiaria o de otros financiadores, públicos o privados. En el caso de subvenciones superiores a 800.000 euros, la ONGD realizará una aportación de fondos propios del 2 por 100 de la cantidad que exceda esta cuantía. Como aportaciones locales se aceptarán valorizaciones siempre que estén suficientemente acreditadas e intrínsecamente vinculadas, de manera exclusiva o proporcional, a la intervención a desarrollar. Estas valorizaciones serán objeto de control como el resto de las aportaciones. La financiación de la AECI puede sufragar los siguientes gastos:

Gastos directos. Son los gastos vinculados a la ejecución de la intervención y financian la consecución de los objetivos. Su relación habrá sido detallada y presupuestada en la formulación de la intervención.

Los gastos directos subvencionables son:

a) Identificación de la intervención en el terreno. Se podrá imputar hasta un máximo de 20.000 euros por proyecto, siempre que se haya realizado dentro de los cinco meses anteriores a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria.

b) Las evaluaciones externas finales exigidas para los proyectos de cooperación para el desarrollo que hayan recibido una subvención superior a los 350.000 euros, así como otras no obligatorias, si estuvieran descritas en el documento de formulación del proyecto presentado junto a la solicitud de subvención. c) Las auditorías externas finales, si estuvieran descritas en el documento de formulación del proyecto presentado junto a la solicitud de subvención. d) Terrenos e inmuebles (incluye compra o alquiler). En los gastos imputados a terrenos deberá especificarse el régimen de propiedad y la titularidad. Se incluirá en la subpartida «alquiler de la vivienda del expatriado» el importe presupuestado de la misma, siempre que esté contemplado en el documento de formulación del proyecto. e) Construcción y/o reforma de inmuebles e infraestructuras (incluye mano de obra y traslado de trabajadores en su caso, materiales y su transporte, desescombrado, informes técnicos obligatorios, licencias, tasas, seguros obligatorios, dirección de obras). En los gastos imputados a construcción de inmuebles deberá especificarse el régimen de propiedad y la titularidad. f) Equipos, materiales y suministros. Se considera como equipamiento la adquisición de elementos de inmovilizado, distintos de terrenos y edificios, afectos a la actividad subvencionada (maquinaria, mobiliario, equipos informáticos (hardware y software), material de oficina, elementos de transporte y otro equipamiento), incluyendo los gastos derivados del envío de los equipos, así como de su instalación y puesta en funcionamiento. Podrán ser subvencionados los gastos de amortización de bienes inventariables, siempre que se refieran exclusivamente al periodo subvencionable y la subvención no haya contribuido a la compra de los bienes. La amortización se calculará teniendo en cuenta las normas de contabilidad generalmente aceptadas. g) Personal:

Personal expatriado. Es el personal de la ONGD española sometido a la legislación española que presta sus servicios en el país donde se ejecuta la intervención objeto de la subvención y cuyas funciones y tareas están directamente relacionadas con aquélla.

Personal local. Es el personal de la ONGD española o de sus socios locales, o de otra organización de la agrupación beneficiaria, sometido a la legislación laboral del país donde se ejecuta la intervención objeto de la subvención y en el que presta sus servicios, de acuerdo con el régimen laboral correspondiente a sus funciones y desempeño, estando sus funciones y tareas directamente relacionadas con la intervención. Personal en sede. Es el personal de la ONGD española sometido a la legislación española que presta sus servicios en España, con independencia de que por razón de sus funciones deba desplazarse, ocasional o regularmente, a los países de ejecución y cuyas funciones y tareas se dirigen a la puesta en marcha y seguimiento del proyecto subvencionado.

En todos los casos, la imputación de los gastos podrá ser total o parcial atendiendo a la dedicación al proyecto.

Los gastos de personal subvencionables son los salarios, los seguros sociales a cargo de la entidad, así como cualquier otro seguro suscrito a favor del personal o su familia en primer grado. h) Servicios técnicos y profesionales necesarios para la realización de capacitaciones, seminarios, diagnósticos, informes, publicaciones, control de gestión u otras necesidades contempladas en el documento de formulación del proyecto. i) En el supuesto de intervenciones que tengan un componente de crédito, el Fondo Rotatorio no podrá superar el 10 por 100 de los gastos directos subvencionados. j) Funcionamiento en el terreno (electricidad, agua, comunicaciones, mantenimiento y seguridad). Se podrá imputar hasta un máximo del 1 por 100 del importe total subvencionado. Pueden corresponder tanto al socio local como a la ONGD española siempre que tenga abierta una oficina para la ejecución del proyecto en el país de ejecución. No se considera a estos efectos como oficina la vivienda del expatriado. k) Viajes, alojamientos y dietas. Incluye los gastos vinculados a la movilidad del personal y los beneficiarios necesaria para la ejecución del proyecto (gastos de viaje, dietas y alojamientos, así como el combustible, los seguros y el mantenimiento de los vehículos específicamente identificados en el documento de formulación del proyecto y vinculados a éste). l) Los gastos financieros, de asesorías jurídicas o financieras, notariales y registrales si son indispensables para la ejecución del proyecto y que no deriven de malas prácticas o incumplimientos legales por parte de la ONGD y/o sus contrapartes. Incluye los gastos derivados de las transferencias bancarias de los fondos al país de ejecución. m) Los tributos. Siempre que la ONGD los abone efectivamente. En ningún caso podrán imputarse a la subvención los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.

Los gastos indirectos. Son los gastos propios del funcionamiento regular de la ONGD y de su socio local y sirven de sostén para la posible ejecución de la intervención. Este gasto debe imputarse dentro del periodo de ejecución del proyecto de cooperación para el desarrollo. El importe máximo de los gastos indirectos no podrá exceder del 12 por 100 del total de la subvención concedida.

En ningún caso, serán subvencionables los siguientes gastos:

1. Los intereses deudores de las cuentas bancarias.

2. Los intereses, los recargos y las sanciones administrativas y penales. 3. Los gastos de procedimientos judiciales. 4. No se financiarán indemnizaciones.

La subvención de la AECI tampoco podrá ser utilizada para gastos y atenciones protocolarias al no considerarse estos gastos como vinculados a la ejecución de las intervenciones ni al funcionamiento regular o fortalecimiento de las ONGD o sus socios locales (almuerzos, recepciones, regalos, flores, entradas a espectáculos, etc.)

Las ONGD podrán subcontratar con terceros la ejecución parcial del proyecto subvencionado, previa autorización de la AECI, y hasta un máximo del 15 por 100 del presupuesto subvencionado, sin que lo puedan ser aquellas actuaciones que tenga que realizar directamente la ONGD beneficiaria. Si se hubiera autorizado la subcontratación, se aportará documentación acreditativa de que la entidad con la que se contrata se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social, así como declaración responsable de quién ostente su representación legal de que la entidad no se encuentra incursa en alguna de las prohibiciones establecidas por el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y que en la misma no concurre ninguna de las causas previstas en los apartados b), c), d) y e) del apartado 7 del artículo 29 del mismo texto legal. Los proyectos de cooperación para el desarrollo están sometidos a las limitaciones de cuantía establecidas en la Orden de bases, y son las que a continuación se detallan:

El importe máximo que podrá concederse a las ONGD que no hayan sido subvencionadas anteriormente por la AECI será de 80.000 euros.

La subvención máxima por proyecto no podrá ser superior a los 900.000 euros. El importe total de financiación que podrá recibir un beneficiario no podrá superar los 5 millones de euros al año, incluyendo todos los instrumentos de cooperación de la AECI, excepto la ayuda humanitaria. Séptimo. Instrucción del procedimiento.-El órgano competente para la instrucción del procedimiento, así como para la elaboración de la correspondiente propuesta de resolución, es la Comisión de Valoración, que está constituida de la siguiente forma:

Presidente: El Secretario General de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

Vicepresidente primero: El Director General de Cooperación con Iberoamérica. Vicepresidente segundo: El Director General de Cooperación con África, Asia y Europa Oriental. Vocales:

El Director General de Política Exterior para Iberoamérica.

El Director General de Política Exterior para el Mediterráneo, Oriente Próximo y África El Director General de Política Exterior para Asia y Pacífico. El Director General de Política Exterior para Europa y América del Norte. El Director General de Relaciones Culturales y Científicas. El Director del Gabinete de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional. El Jefe del Gabinete Técnico de la AECI. El Subdirector General de Cooperación Multilateral y Horizontal. Secretario: Un funcionario de la Subdirección General de Cooperación Multilateral y Horizontal.

La Comisión de Valoración se reunirá dentro de los cinco meses siguientes a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Octavo. Criterios objetivos de valoración.-La Comisión de Valoración formulará su propuesta de resolución teniendo en cuenta los criterios objetivos de valoración que se determinan en la base undécima de la Orden de bases, que en esta convocatoria tienen la ponderación que a continuación se detalla:

Se ha establecido un sistema de factores valorables en cascada, que partiendo de los rubros considerados fundamentales en la aprobación de un proyecto se nos permita desagregar por componentes y subcomponentes que faciliten la objetividad y transparencia de la misma.

Tres son los criterios globales que intervienen en la valoración del Proyecto:

Solvencia Institucional: Hace referencia a la capacidad de la ONGD y de la propuesta institucional que hace (contrapartes, apoyos institucionales y apoyos técnicos) el solicitante para desarrollar y ejecutar el proyecto con un alto grado de eficacia.

Recoge el criterio d) de la base undécima de la Orden de Bases y aporta 100 puntos.

Valoración del Proyecto:

Es el análisis de la calidad técnica y metodológica del proyecto así como del proceso de elaboración y de ejecución previsto.

Recoge los criterios b), c), e) y g) de la base undécima de la Orden de Bases y aporta 100 puntos.

Complementariedad con la Cooperación Española:

Refleja la adecuación a los objetivos del Plan Director y de los instrumentos de planificación e intervención de la AECI, así como la pertinencia, viabilidad y sostenibilidad del mismo.

Recoge los criterios a) y f) de la base undécima de la Orden de Bases y aporta 100 puntos.

La valoración integrada se produce mediante una fórmula de agregación ponderada en la cual se da el siguiente peso a cada uno de los criterios:

Solvencia Institucional: 25 %.

Valoración del Proyecto: 25 %. Complementariedad: 50%.

Cada uno de los criterios se divide en diversos componentes.

El criterio de Solvencia Institucional tiene cuatro componentes que tienen la siguiente valoración:

Experiencia y capacidad de gestión de la entidad solicitante: 55 %.

Experiencia de la contraparte local: 25%. Experiencia de colaboración contrastada: 10%. Si estamos ante una agrupación de ONGDs: 10 %.

La Valoración del Proyecto tiene cuatro componentes:

Formulación del proyecto: 50 %.

Contribución al desarrollo en el área de ejecución: 15 %. Participación de la población beneficiaria: 15 %. Adecuación de los principios horizontales: 20 %.

En relación a la complementariedad con la estrategia de la cooperación española aparecen cuatro componentes con las siguientes ponderaciones:

Viabilidad:15 %.

Pertinencia: 15 %. Complementariedad: 55 %. Sostenibilidad: 15 %.

En los proyectos de Educación al Desarrollo y Sensibilización y Fortalecimiento de redes y consorcios se tienen los mismos criterios de valoración y ponderación pero se modifica la estructura de componentes y el peso de los mismos de acuerdo a la siguiente distribución:

El criterio de Solvencia Institucional tiene dos componentes con sus correspondientes ponderaciones: Experiencia y capacidad de gestión de la entidad solicitante: 84,62 %.

Si estamos ante una Agrupación de ONGD, 15,38 %. La Valoración del Proyecto tiene tres componentes:

Formulación del proyecto: 53,33 %.

Participación de la población beneficiaria: 20 %. Adecuación de los principios horizontales: 26,67 %.

En relación a la complementariedad con la estrategia de la cooperación española aparecen tres componentes con las siguientes ponderaciones:

Viabilidad: 17,65 %.

Pertinencia: 17,65 %. Complementariedad: 64,70 %.

Noveno. Resolución del procedimiento.-El órgano competente para la resolución del procedimiento, con la subsiguiente concesión o denegación de las subvenciones, es la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, sin perjuicio de la delegación de competencias establecida a favor del Secretario General de la Agencia Española de Cooperación Internacional (Resolución de 29 de diciembre de 2000, Boletín Oficial del Estado n.º 37, del 12 de febrero de 2001).

Las resoluciones serán motivadas y se dictarán en el plazo máximo de seis meses, contados desde la fecha de publicación de la presente resolución de convocatoria. Dentro de ese mismo plazo, se realizará la notificación de las Resoluciones mediante publicación en el Boletín Oficial del Estado de las subvenciones concedidas, entendiéndose denegadas las solicitudes que no figuren contempladas entre las anteriores. Excepcionalmente, podrá acordarse una ampliación del referido plazo máximo de resolución, en los términos y con las limitaciones establecidos en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, comunicándose dicho acuerdo a las entidades solicitantes. Estas resoluciones pondrán fin a la vía administrativa, según establece la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, pudiéndose interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiendo interponer simultáneamente ambos recursos. Transcurrido el plazo máximo fijado sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, se podrá entender desestimada la solicitud, de acuerdo con lo previsto en el apartado 5 del artículo 25 de la Ley General de Subvenciones. Los documentos de formulación de proyectos que no resulten subvencionados estarán a disposición de las entidades solicitantes en la Subdirección General de Cooperación Multilateral y Horizontal de la AECI, para que puedan ser retirados durante un plazo máximo de dos meses, contado desde la fecha de la publicación de la resolución de concesión. Transcurrido dicho plazo se procederá a su destrucción. Décimo. Pago.-El pago de las subvenciones concedidas a los proyectos de cooperación para el desarrollo se realizará a partir de la fecha de su aceptación por parte del beneficiario y previa fiscalización por la Intervención Delegada, y su abono se efectuará en un solo pago anticipado y sin exigencia de garantía. La entidad deberá ingresar la cantidad percibida en una cuenta bancaria abierta para todas las subvenciones concedidas por la AECI con cargo al sistema de subvenciones regulado en la Orden de bases. Una vez recibidos los fondos, la ONGD deberá transferirlos de manera inmediata a una cuenta bancaria abierta específicamente a nombre del proyecto. Asimismo, los fondos que se trasladen al exterior deberán depositarse en una cuenta corriente a nombre del proyecto subvencionado, excepto en aquellos casos en los que las leyes del país de ejecución no lo permitan. Este extremo deberá ser acreditado documentalmente por la ONGD afectada, que deberá recabar autorización de la AECI, siguiendo el procedimiento establecido para las modificaciones sustanciales. En el caso de las agrupaciones, la AECI realizará el ingreso de la subvención en la cuenta abierta por la ONGD líder. Undécimo. Seguimiento y cumplimiento de objetivos.-Si un proyecto ha sido financiado con un importe superior a 350.000 euros, el beneficiario deberá acreditar la realización de una evaluación final externa en el plazo de seis a nueve meses a contar desde la finalización de las actuaciones, y su coste figurará en el presupuesto del proyecto. Dicha evaluación deberá valorar el grado de cumplimiento del objetivo específico de la intervención y los resultados alcanzados, considerándose preceptiva en el cierre del proyecto e integrante del expediente de justificación, de conformidad con lo previsto en la base decimosexta de la Orden de bases. El informe de la evaluación ha de ser entregado en el plazo máximo de dos meses contados a partir de su realización. En el caso de presentación de evaluación final obligatoria, se considera ampliado el plazo de presentación del Informe Final para su presentación conjunta con el informe de evaluación. Las ONGD que ejecuten proyectos cuya duración se extienda más allá de doce meses deberán presentar un Informe de seguimiento anual. La AECI podrá realizar misiones de seguimiento en el terreno para verificar el grado de cumplimiento de las actuaciones, así como recabar los informes valorativos de las Oficinas Técnicas de Cooperación que estime oportunos. Duodécimo. Justificación.-Con el fin de acreditar la realización de las actividades, el cumplimiento de las condiciones impuestas y la consecución de los resultados planteados para alcanzar los objetivos previstos en el momento de la concesión de la subvención, los beneficiarios deberán presentar en el plazo de seis meses contados a partir de la finalización de las actividades subvencionadas, y en los documentos establecidos al efecto, un informe final de acuerdo con las normas de justificación y control del gasto de proyectos de cooperación al desarrollo, que constará de dos partes:

Justificación económica. Comprenderá toda la documentación que acredite los gastos efectuados con cargo a la subvención concedida y se realizará mediante la forma de cuenta justificativa, o de cuenta justificativa con informe de auditoria, con inclusión de módulos cuando corresponda, conteniendo la declaración de las actividades realizadas y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos realizados.

Justificación técnica. Indicará con el máximo detalle los objetivos alcanzados, los resultados obtenidos, las actividades realizadas, el proceso de transferencia y gestión de las intervenciones tras su finalización, así como el análisis de su sostenibilidad futura, aportando datos relevantes y fuentes de verificación objetivas.

Además de las actividades financiadas con cargo a la subvención recibida, la justificación deberá acreditar igualmente, en la forma establecida por las normas de procedimiento, justificación y control de la AECI, el importe, la procedencia y la aplicación a las actividades subvencionables de los fondos propios aplicados o procedentes de otras subvenciones o recursos aplicados a la intervención. La justificación de gastos reconocida por cualquier otra Administración Pública se considerará válida para la AECI.

El informe final, integrado por la Justificación Económica y la Justificación Técnica, se dirigirá a la unidad gestora, Subdirección General de Cooperación Multilateral y Horizontal, y podrá presentarse en el registro general de la AECI (avda. Reyes Católicos número 4, 28040 Madrid), así como en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Resolución del Ministerio de Administraciones Públicas de 1 de septiembre de 1997 (B.O.E. de 4 de septiembre). Decimotercero. Obligaciones del beneficiario.-Los beneficiarios de las subvenciones vendrán obligadas a:

a) Aceptar por escrito la subvención concedida dentro del plazo de diez días hábiles a partir de la recepción de la notificación de concesión. Si no fuera aceptada en dicho plazo, se entenderá que se renuncia a la misma, salvo que exista una causa de fuerza mayor.

b) Ingresar el importe total de la subvención en una cuenta bancaria abierta específicamente a nombre de cada proyecto subvencionado. c) Gestionar y realizar de forma directa, y en su caso con los socios locales designados en el documento de formulación, el proyecto subvencionado, a excepción de aquellas actividades que deban ser subcontratadas, para cuya tramitación ha se tenerse en cuenta lo establecido en el apartado Sexto de esta resolución de convocatoria. d) Realizar el proyecto que fundamenta la concesión de la subvención en el plazo, la forma, los términos y las condiciones establecidos en la normativa reguladora. e) Iniciar las actividades del proyecto subvencionado en el plazo máximo de dos meses desde la recepción de los fondos, debiendo comunicar en todo caso la fecha de inicio real de la intervención. No podrán iniciarse las actividades propias de la intervención contempladas en el proyecto con anterioridad a la fecha de publicación en el BOE de la resolución de concesión de la subvención. f) Disponer de la preceptiva autorización de la AECI para poder realizar en el proyecto subvencionado las modificaciones a las que se refiere la base decimoséptima de la Orden de bases. g) Presentar en el plazo de 45 días naturales, contados desde el día siguiente a la finalización del periodo anual de ejecución, un informe anual de seguimiento, siempre que el proyecto subvencionado tenga un periodo de ejecución superior a los doce meses. h) Justificar ante la AECI el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinaron la concesión de la subvención, en los términos que establece el apartado duodécimo de esta resolución de convocatoria. i) Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y evaluación que efectúe el órgano concedente y las empresas auditoras contratadas por el mismo, así como al control financiero que corresponde a la Intervención General de la Administración del Estado y al Tribunal de Cuentas. j) Comunicar a la AECI de forma inmediata, y siempre con anterioridad a la justificación de la aplicación de los fondos concedidos, la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la misma actividad subvencionada, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, así como su importe y la aplicación de tales fondos al proyecto subvencionado. k) Incorporar de forma visible en todas las actuaciones derivadas del proyecto subvencionado (placas, letreros, carteles in situ, publicaciones, material de difusión, publicidad, etc.) el logotipo oficial de la cooperación española que figura en el Anejo III, consistente en una letra C de color rojo, en cuyo interior figura un círculo de color amarillo y la leyenda «Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Agencia Española de Cooperación Internacional», y el escudo de España, todo ello en formato duradero y material resistente, para la debida difusión del origen de la subvención. Cuando el beneficiario incluya su propio logotipo, el del «Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Agencia Española de Cooperación Internacional» deberá figurar con el mismo tamaño y en iguales condiciones de visibilidad. l) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control por el órgano concedente y las empresas auditoras contratadas por el mismo, así como de las actuaciones de control financiero que corresponden a la Intervención General de la Administración del Estado y de las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas. Todos los documentos originales de gasto deberán llevar un sello-diligencia en el que figure el año de la convocatoria, el código y el título abreviado del proyecto, así como la referencia a la cofinanciación AECI. m) Aplicar los rendimientos financieros que se generen por los fondos librados a sufragar exclusivamente los gastos directos vinculados con el proyecto subvencionado y en el plazo de ejecución del mismo. En este caso, el beneficiario deberá acreditar dichos rendimientos mediante documento bancario e indicar en el informe de seguimiento o en el informe final los conceptos a los que los ha imputado. n) Si la actividad financiada consiste en la construcción de edificios u otras obras o la adaptación de locales, el beneficiario deberá acreditar la titularidad de la propiedad o derechos sobre el terreno o el inmueble aptos para realizar la actuación y disponer, o estar en condiciones de obtener la respectiva licencia, que permita la realización de las obras para las que se solicita la subvención. o) Destinar las construcciones o los inmuebles adquiridos a los fines concretos para los que se concedió la subvención al menos durante veinte años, no pudiendo ser enajenados o gravados sin la previa autorización de la AECI. En el supuesto de adquisición, construcción, rehabilitación y mejora de bienes inventariables no inscribibles en un registro público, se deberá destinar a los fines concretos para los que se concedió la subvención al menos durante tres años. Una vez que concluyan las actuaciones o se manifieste la imposibilidad sobrevenida de ejecución de la intervención deberán ser transferidos a los beneficiarios del proyecto o entidades públicas que garanticen la continuidad o permanencia de la intervención, sin que pueda disponer libremente de ellos la ONGD española ni los socios locales, cuando éstos últimos no coincidan con los beneficiarios directos. La transferencia se realizará preferentemente a entidades públicas y ha de quedar constancia documental de la adscripción. En el caso de que las entidades públicas no estuvieran en disposición de asumir la transferencia, la ONGD deberá presentar una propuesta alternativa razonada para la aprobación de la AECI. p) Reintegrar las cantidades percibidas en los supuestos recogidos en el apartado decimoquinto de esta resolución de convocatoria. Decimocuarto. Responsabilidad y régimen sancionador.-Los beneficiarios de las subvenciones quedarán sometidos a las responsabilidades y el régimen sancionador que sobre infracciones administrativas en materia de subvenciones establece el Título IV de la Ley General de Subvenciones.

Asimismo, quedarán sometidos a lo dispuesto en el Título IX de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Decimoquinto. Reintegros.-Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y, en su caso, de los ingresos financieros generados por los proyectos e intereses devengados por la subvención, así como la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde el reintegro, en los siguientes casos:

a) Incumplimiento total o parcial de los resultados y actividades comprometidas a realizar en el marco de la intervención.

b) Incumplimiento de la obligación de justificación. c) Obtención de la subvención sin reunir las condiciones requeridas para ello. d) Incumplimiento de los objetivos para los que la subvención fue concedida. e) Si los gastos no se realizan por cualquier causa o bien se modificasen sustancialmente sin autorización expresa de la AECI f) Incumplimiento de las condiciones impuestas con motivo de la concesión de la subvención.

Los incumplimientos totales o parciales a que se refieren los apartados a) y d) deberán entenderse respecto de los resultados que supongan una clara desviación sobre el objetivo específico previsto.

El procedimiento para el reintegro se rige por lo dispuesto en el Capítulo II del Título II de la Ley General de Subvenciones. Para determinar la cantidad que finalmente se ha de reintegrar se tendrán en cuenta los criterios de graduación de los incumplimientos de las condiciones impuestas con motivo de la concesión de la subvención que se contemplan en la base vigesimoprimera de la Orden de bases.

Disposición adicional única.

Para todo lo no previsto en la presente resolución se aplicará con carácter supletorio lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones, la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.

Disposición final.

Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 23 de junio de 2006.-La Presidenta de la Agencia Española de Cooperación Internacional, P. D. (Resolución de 29 de diciembre de 2000), el Secretario General de la Agencia Española de Cooperación Internacional, Juan Pablo de Laiglesia y González de Peredo.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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