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Documento BOE-A-2006-12786

Resolución de 6 de junio de 2006, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se autoriza la primera modificación no sustancial del contador de líquidos distintos del agua, marca Contacesa, modelo Rx/CEB03/04, fabricado por la empresa «Contace, S. A.».

Publicado en:
«BOE» núm. 167, de 14 de julio de 2006, páginas 26765 a 26766 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-2006-12786

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero.-Se presenta solicitud de autorización para introducir cambios en el modelo de contador de líquidos distintos del agua, marca Contacesa, modelo Rx/CEB03/04, por parte de D. Francisco Javier Galán Sierra, en nombre y representación de la Entidad «Contace, S. A.», con domicilio social en C. M, 21, polígono industrial Európolis, 28203 Las Rozas de Madrid, Madrid.

Segundo.-Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, estima que en la tramitación del expediente se han cumplimentado todos los trámites reglamentarios.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Es competente esta Dirección General de Industria, Energía y Minas de conformidad con la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, reformado por Leyes Orgánicas 10/1994, de 24 de marzo, y 5/1998, de 7 de julio, y el Decreto 115/2004, de 29 de julio, que establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica.

Segundo.-La Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, por el que se establece el Control Metrológico que realiza la Administración del Estado, así como la Orden de 26 de diciembre de 1988 por la que se regula el control de los contadores volumétricos de líquidos distintos del agua y de sus dispositivos complementarios establece los requisitos reglamentarios que deben cumplir este tipo de contadores. Tercero.-El artículo 13.º del mencionado Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, permite a los fabricantes e importadores de sistemas de medida solicitar cualquier modificación de un modelo ya aprobado, debiendo la Administración Pública competente calificar dichas modificaciones como sustanciales o no sustanciales.

Vistos los preceptos y disposiciones legales mencionados, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, resuelve:

Primero.-Autorizar la primera modificación no sustancial de la aprobación de modelo del contador de líquidos distintos del agua, marca Contacesa, modelo Rx-CEB03/04, fabricado por la empresa Contace, S. A., con domicilio social en C. M, 21, polígono industrial Európolis, 28230 Las Rozas de Madrid, Madrid.

Segundo,-A los efectos de esta Resolución se considerará como primera modificación no sustancial la incorporación del aluminio como material de fabricación del cuerpo y las ruedas del contador. Dado que la segunda letra de designación de la opción describe el contador, cuando éste esté fabricado en aluminio la letra de designación será la L. Tercero.-Esta primera modificación no sustancial de aprobación de modelo se efectuará con independencia de la Resolución de aprobación de modelo de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, número 05013, de 27 de septiembre de 2005, pudiendo la entidad solicitante seguir comercializando el contador según el modelo aprobado por la citada Resolución, siempre y cuando no hayan sido alteradas las condiciones metrológicas. Cuarto.-Los contadores correspondientes a la primera modificación no sustancial de aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución deberán cumplir todos los condicionamientos contenidos en el anexo técnico de aprobación de modelo, emitido como complemento al Certificado de Aprobación de Modelo original. Quinto.-Para garantizar un correcto funcionamiento de los contadores se procederá a su precintado una vez realizada la verificación primitiva, según se describe y representa en el Certificado de Aprobación de Modelo. Sexto.-La modificación autorizada en la presente Resolución estará afectada por los mismos plazos de validez que la Resolución de aprobación de modelo de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, número 05013, de 27 de septiembre de 2005.

Contra esta Resolución, podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación, ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 114 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999.

Madrid, 6 de junio de 2006.-El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

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