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De conformidad con lo establecido en los artículos 385.2, 387 y 388 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el artículo 28, 2 c) y 3 e) del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, que aprueba el texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado y demás disposiciones concordantes, por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial adoptado en su reunión del día 28 de junio del año 2006,
Vengo en declarar la jubilación forzosa por incapacidad permanente para el ejercicio de sus funciones judiciales, del Magistrado don Fernando Javierre Jiménez, con destino en la Audiencia Provincia de Valencia, con los derechos pasivos que le correspondan por esta causa y no cesando en su actual destino hasta el día siguiente al de la publicación de este Real Decreto en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 7 de julio de 2006.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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