El artículo 16 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, establece, para las convocatorias de oposiciones efectuadas por este Ministerio correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2006, dentro del ámbito de la Administración de la Seguridad Social, que desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberán transcurrir un mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales. A la vista de las comunicaciones efectuadas por algunos Presidentes de los Tribunales de Selección de los procesos selectivos referenciados, en las que se pone de manifiesto la dificultad que entraña el mes de agosto para la normal continuidad de los mismos, dada la difícil localización y comunicación que se genera, tanto entre los opositores como entre los miembros del Tribunal, y que implica la imposibilidad de cumplir los plazos establecidos, Este Ministerio, resuelve:
Declarar inhábil el mes de agosto, a efectos del cómputo de plazos en las siguientes convocatorias de pruebas selectivas convocadas por este Ministerio, dentro del ámbito de la Administración de la Seguridad Social, correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2006: Proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Superior de Actuarios, Estadísticos y Economistas de la Administración de la Seguridad Social.
Proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y de promoción interna, en el Cuerpo Superior de Intervención y Contabilidad de la Administración de la Seguridad Social.
Proceso selectivo para acceso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social.
Madrid, 12 de julio de 2006.-El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, P. D. (Orden de 21 de mayo de 1996 y Real Decreto 1600/2004, de 2 de julio), la Subsecretaria de Trabajo y Asuntos Sociales, Aurora Domínguez González.
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