En ejercicio de las competencias asignadas en el artículo 15 de la Ley Orgánica 2/1979, del Tribunal Constitucional, con arreglo a lo previsto en el Acuerdo de 4 de abril de 2006 (Boletín Oficial del Estado del 18), del Pleno del Tribunal Constitucional, por el que se convocan becas de formación jurídica relacionadas con la doctrina constitucional, y a propuesta de la Comisión de Estudio y Valoración a que se refiere la base sexta, apartado 1, de dicho Acuerdo, he resuelto:
Conceder las becas de formación jurídica relacionadas con la doctrina constitucional a las solicitantes que se relacionan a continuación: Doña María José Fernández Ostolaza,
Doña Andrée Viana Garcés, Don Rafael Molina Yeste, y Doña Raquel Oyana Okenve Ramos.
Aprobar la relación de suplentes, que queda integrada por los siguientes solicitantes, por orden decreciente de la puntuación obtenida:
Doña Lidia García González,
Don Joaquín Sarrión Esteve, Doña Rebeca Ferreira Matías, Doña Carmen María Espino García, Don Diego Mauricio Ardila Roa, Doña Neyda Román Ferrel, Doña Rebeca Pacheco Delgado, y Doña Yolanda Fernández Jarillo.
Frente a la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posible interposición con carácter potestativo de recurso de reposición ante esta Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de dicha publicación. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno.
Madrid, 17 de julio de 2006.-La Presidenta del Tribunal Constitucional, María Emilia Casas Baamonde.
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