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Documento BOE-A-2006-14071

Resolución de 21 de julio de 2006, de la Subsecretaría, por la que se dispone la publicación del acuerdo de encomienda de gestión entre la Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente y la empresa Inmobiliaria de Promociones y Arriendos, S. A., para la realización de la inspección técnica del edificio sede del Ministerio de Medio Ambiente.

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 2 de agosto de 2006, páginas 28964 a 28966 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2006-14071

TEXTO ORIGINAL

La Subsecretaria del Ministerio de Medio Ambiente y la Directora General de la empresa Inmobiliaria de Promociones y Arriendos, S. A. (IMPROASA), suscribieron el 29 de mayo de 2006 un acuerdo de encomienda de gestión para la realización de la inspección técnica del edificio sede del Ministerio de Medio Ambiente.

Para general conocimiento se dispone su publicación como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 21 de julio de 2006.-El Subsecretario de la Presidencia, Luis Herrero Juan.

ANEXO Convenio para llevar a cabo un acuerdo de encomienda de gestión entre la Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente y la empresa Inmobiliaria de Promociones y Arriendos, S. A. (IMPROASA), dependiente del Ministerio de Hacienda

En Madrid, 11 de abril de 2006.

REUNIDOS

De una parte, doña Concepción Toquero Plaza, Subsecretaria del Ministerio de Medio Ambiente, en virtud de nombramiento por Real Decreto 718/2004, de 19 de abril.

De otra parte, doña Concesa Mateos Corchero, Directora General de la Empresa Inmobiliaria de Promociones y Arriendos, S. A. (en adelante IMPROASA), en virtud de escritura de poder otorgada el 3 de julio de 2003 ante doña Isabel Griffo Navarro, Notaria del Ilustre Colegio de Madrid, con el n.º 2.195 de su protocolo y doña Mercedes Baldellóu Bonillo, en nombre y representación de la indicada sociedad en virtud de escritura de poder otorgada ante la misma Notaría el 18 de febrero de 2003, con el número 566 de su protocolo. Ambas partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente Convenio y, en su virtud, exponen:

Primero.-La Subsecretaría del Ministerio Medio Ambiente ejerce la representación ordinaria del Ministerio y las funciones atribuidas en el artículo 15 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

En particular, el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de Ministerio de Medio Ambiente, recoge entre otras, el desempeño de las siguientes funciones:

La gestión del régimen interior y de los servicios generales, la gestión, conservación y mantenimiento de los recursos materiales; el mantenimiento ordinario de los edificios y la elaboración y actualización del inventario de bienes inmuebles.

La programación y ejecución de la política patrimonial del departamento, incluyendo el proyecto, control y seguimiento de las obras de construcción, reparación y reforma de los edificios, y la elaboración y actualización de bienes inmuebles.

Segundo.-IMPROASA actúa dentro del ámbito de su objeto social, recogido en sus vigentes Estatutos Sociales.

IMPROASA es una sociedad cuyo capital detenta al 100 por ciento como único accionista, la Dirección General del Patrimonio del Estado, dependiente del Ministerio de Hacienda. Dicha empresa cuenta con una amplia experiencia en el estudio, tasación y regularización técnico-jurídica de activos inmobiliarios de todo tipo, además de haber participado en la actualización del Inventario de Bienes Inmuebles del Estado dependiente del citado Centro Directivo. IMPROASA viene colaborando, siempre exclusivamente, con Entidades Estatales de carácter público, como la Entidad Pública Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA), Organismo Parques Nacionales, Radio Televisión Española, Instituto Nacional de Estadística, la Sociedad Estatal de Salvamento y Seguridad Marítima (SASEMAR), Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de la Seguridad del Estado (GIESE), Instituto de Salud Carlos III, UNED, Oficina Española de Patentes y Marcas, etc., realizando la tasación de inmuebles, informes urbanísticos y asistencia técnica de toda índole en materia inmobiliaria, en todo el territorio nacional. Tercero.-La Subsecretaría de Medio Ambiente carece de los medios técnicos idóneos para desarrollar los trabajos que se pretenden acometer. Teniendo en cuenta lo anterior y por razones de eficacia se ha considerado oportuno encargar su realización a IMPROASA, que dispone de equipos con una alta cualificación e independencia para llevar a cabo dichos trabajos. La Subsecretaría de Medio Ambiente es el órgano de la Administración competente en la materia objeto del presente Convenio. Dicho convenio no supone la cesión de la competencia ni de sus elementos sustantivos, por lo que los actos y resoluciones jurídicas serán dictados por la Subsecretaría de Medio Ambiente, a tenor de las atribuciones que le confiere la normativa vigente (artículo 15.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). IMPROASA está facultada para suscribir este convenio al estar enmarcado en su objeto social.

Y en atención a las circunstancias y fundamentos expuestos, acuerdan:

De conformidad con lo establecido en la letra l) del artículo del 3.1. del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (TRLCAP), modificado por Real Decreto Ley 5/2005, de 11 de marzo, y lo previsto en el marco de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y teniendo en cuenta los principios generales de colaboración y cooperación que deben residir las actuaciones de las Administraciones Públicas, en orden a conseguir la mayor eficacia y la mejor utilización de los recursos de que dispone la Administración General del Estado en relación con las tareas que se enumeran en el anexo I, las partes representadas aprueban el presente documento, cuyo objeto es el Convenio para suscribir un acuerdo de encomienda de gestión por la Subsecretaría de Medio Ambiente a IMPROASA.

Por lo expuesto, ambas partes deciden suscribir el presente Convenio, que se regirá por las siguientes cláusulas:

Primera. Objeto y destino.-El presente Convenio entre La Subsecretaria de Medio Ambiente y la Entidad Pública IMPROASA tiene por objeto encomendar a esta Entidad trabajos de asistencia técnica para la realización de la inspección técnica del edificio (ITE) sede del Ministerio de Medio Ambiente, situado en Madrid, plaza de San Juan de la Cruz, s/n.

Segundo. Justificación de los trabajos.-Dicha actuación es necesaria llevarla a cabo para dar cumplimiento a la Ordenanza Municipal sobre Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones aprobada por el Ayuntamiento de Madrid el 28 de enero de 1999, modificada con fecha 13 de enero de 2004, por necesidad de adaptarla a la ley 9/2001, de 17 de julio, del suelo de la Comunidad de Madrid. Tercero. Obligaciones de la entidad.-La entidad pública empresarial IMPROASA se obliga por el presente Convenio a cumplir acuerdo de encomienda de gestión con las instrucciones de la Subsecretaría de Medio Ambiente. Cuarto. Definición de los trabajos.-Los trabajos a desarrollar en el ámbito del presente Convenio se enmarcan dentro del desarrollo y ejecución de las actividades definidas por la Subdirección General de Régimen Interior y Patrimonio, dependiente de la Subsecretaría. El detalle de los trabajos concretos a realizar se encuentra recogido en el anejo I del presente Convenio. Quinto. Vigencia.-El presente Convenio tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2006. Dentro de este plazo se realizarán todos los trámites para la entrega del Acta en el Registro de Edificios de la Gerencia Municipal de Urbanismo. Paralelamente se entregará un informe con las observaciones que se considere necesario aportar, como consecuencia de la visita realizada al inmueble. Sexta. Importe y forma de pago.-El Importe de los trabajos se fija en la cantidad de diez mil cuatrocientos treinta y cinco euros con treinta y seis céntimos (10.435,36 euros), IVA incluido, con cargo a la aplicación presupuestaria 23.01.4510.212 En este importe se incluye el visado por el colegio profesional y la tramitación del Acta en el Registro de Edificios de la Gerencia de Urbanismo. No se incluye en este importe la inspección de la pocería en caso de ser necesaria ni calas ni pruebas físicas sobre el edificio. Séptima. Seguimiento y dirección de las actuaciones.-El personal técnico de la Subdirección General de Régimen Interior y Patrimonio examinará las actuaciones, una vez mostrada conformidad con las mismas se procederá al abono de la cantidad citada en la cláusula sexta. Octava. Naturaleza del Convenio.-El presente Convenio tiene la naturaleza de las previstas en el artículo 3.1 apartado l) del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, modificado por el artículo 34 del Real Decreto Ley 5/2005, de 11 de marzo, de Reformas urgentes para el impulso a la productividad y para la mejora de la contratación pública y se regirá por sus propios términos y condiciones, aplicándose subsidiariamente los principios del Real Decreto legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas citado, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse. Este convenio no supone cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del órgano o entidad encomendante dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de encomienda. Novena. Modificación y extinción del Convenio.-El presente Convenio podrá modificarse por mutuo acuerdo cuando resulte necesario para la mejor realización de su objeto siguiendo los mismos trámites establecidos para su suscripción. Asimismo, podrá extinguirse por las siguientes causas:

Cumplimiento del presente Convenio.

Cumplimiento del plazo de vigencia, o en su caso, su prórroga. Imposibilidad sobrevenida para su cumplimiento. Por mutuo acuerdo.

Décima. Interpretación del Convenio.-Las controversias sobre la interpretación u ejecución del presente Convenio deberán ser resueltas por el orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.

ANEJO I Trabajos concretos a realizar

Los trabajos a realizar por el adjudicatario en el ámbito del presente convenio serán los siguientes: a) Visita al inmueble, toma de datos, realización de fotografías.

b) Análisis del estado de la seguridad constructiva de:

Estructura y cimentación del edificio.

Fachadas interiores y exteriores y elementos salientes de fachadas. Muros medianeros e interiores. Cubiertas y azoteas. Instalación de fontanería y saneamiento. Humedades, grietas o cualquier otra patología que afecte al edificio.

c) Elaboración del Acta de Inspección Técnica de Edificios.

d) Tramitación del visado del Acta por el Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid. e) Entrega del Acta en el Registro de Edificios de la Gerencia Municipal de Urbanismo. f) Entrega de un informe con las observaciones que se considere necesario aportar, como consecuencia de la visita realizada al inmueble.

Para la realización del trabajo se aportarán los planos de planta del edificio.

Se facilitará el acceso a las distintas dependencias del edificio, realizándose la visita acompañada de un técnico del Área de Obras, conocedor del inmueble.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 21/07/2006
  • Fecha de publicación: 02/08/2006
Materias
  • Edificaciones
  • Empresas públicas
  • Encomienda de gestión
  • Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente

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