Visto el expediente de indulto de don Vicente Manuel Verdegue Jado, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Vizcaya, sección primera, en sentencia de 27 de diciembre de 2004, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 1.200 euros, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2002, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de julio de 2006,
Vengo en conmutar a don Vicente Manuel Verdegue Jado la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 14 de julio de 2006.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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