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Documento BOE-A-2006-14350

Resolución de 28 de julio de 2006, de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales, por la que se hace pública la información contenida en el resumen de las cuentas anuales consolidadas del Grupo SEPI del ejerci-cio 2005.

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 5 de agosto de 2006, páginas 29566 a 29583 (18 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2006-14350

TEXTO ORIGINAL

En aplicación a lo dispuesto en el artículo 136.4 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se hace pública la información contenida en el resumen de las cuentas anuales consolidadas del Grupo SEPI correspondientes al ejercicio 2005, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 28 de julio de 2006.-El Presidente de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales, Enrique Martínez Robles.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

SOCIEDADES DEL GRUPO Y ACTIVIDAD DE LA MATRIZ La Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) fue creada por la Ley 5/1996, de 10 de enero, de Creación de determinadas Entidades de Derecho Público (en adelante, «Ley 5/96»), la cual vino a convalidar el contenido de un Real Decreto Ley anterior (RDL 5/1995 de 16 de junio). Según el artículo 10 de la Ley 5/96, SEPI es una Sociedad Estatal de las recogidas en el artículo 6.1.b) del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre (LGP), es decir, una Entidad de Derecho público, con personalidad jurídica propia que, por disposición expresa de la ley, ha de ajustar sus actividades al ordenamiento jurídico privado.

La Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (en adelante, LOFAGE), derogó el artículo 6.1.b) LGP y sustituyó la categoría de Sociedades Estatales que dicho precepto regulaba por la de Entidades Públicas Empresariales definidas en el art. 53 de la LOFAGE y estableció, en su disposición transitoria tercera, un periodo transitorio máximo de dos años para adecuar las entidades de Derecho público del art. 6.1.b) de la LGP a la tipología de Entidad Pública Empresarial. En el caso concreto de SEPI, fue modificada por el Real Decreto-Ley 15/1997, de 5 de septiembre que, en su disposición transitoria segunda, estableció que habría de ser el Consejo de Ministros, a propuesta conjunta de los Ministerios de Economía y Hacienda, de Administraciones Públicas y de Industria y Energía, el que debería fijar la fecha y las condiciones de la referida adecuación. Posteriormente, la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas (LPAP), en su disposición transitoria cuarta, dejó a salvo el régimen jurídico específico de SEPI estableciendo un plazo de un año desde su entrada en vigor, que ya ha transcurrido, para la presentación por el Gobierno ante las Cortes Generales de un proyecto de Ley para la adaptación del régimen jurídico de SEPI a los conceptos y principios de dicha Ley. A partir del Real Decreto 1552/2004, de 25 de junio, SEPI quedó adscrita al Ministerio de Economía y Hacienda. La Ley 20/2006, de 5 de junio, ha supuesto una importante modificación del régimen patrimonial y financiero de la Sociedad y sus empresas. Ha establecido que SEPI y sus Sociedades participadas mayoritariamente, directa o indirectamente, por ésta podrán percibir cualquier tipo de aportación con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. Adicionalmente y como consecuencia de lo anterior, se elimina la exigencia del mantenimiento de unos Fondos Propios mínimos para SEPI. Asimismo se establece garantía explícita para las deudas que SEPI contraiga en los mercados nacionales o extranjeros mediante la emisión y colocación de valores de renta fija. En definitiva, SEPI sigue siendo en el día de la fecha una Entidad de Derecho Público sujeta al derecho privado y con un régimen jurídico específico resultante de la Ley 5/96 y disposiciones complementarias. Según el art. 10.2 de la Ley 5/96 corresponden a SEPI los siguientes objetivos generales:

a) La obtención de mayor rentabilidad de las acciones y participaciones que se le adjudiquen, de acuerdo con las estrategias industriales de sus sociedades participadas.

b) La fijación de criterios para la gestión de sus acciones y participaciones acorde con el interés público. c) La gestión y amortización de la deuda generada por el Instituto Nacional de Industria. d) La ejecución, en el ámbito de las empresas de que sea titular, de las directrices del Gobierno en materia de modernización y reestructuración industrial, los regímenes especiales y derogaciones parciales de las normas comunitarias sobre competencia, de acuerdo con lo previsto en el Tratado de la Unión Europea.

Según el art. 11 de la Ley 5/96, para el cumplimiento de sus objetivos, SEPI realiza las siguientes funciones:

a) Impulsar y coordinar las actividades de las sociedades de las que sea titular.

b) Fijar la estrategia y supervisar la planificación de las sociedades que controle en los términos establecidos en la legislación mercantil aplicable y en aquéllas en cuyo capital participe mayoritariamente de manera directa o indirecta, así como llevar a cabo el seguimiento de su ejecución, velando por el cumplimiento de los objetivos que, respectivamente, tenga señalados. c) La tenencia, administración, adquisición y enajenación de sus acciones y participaciones sociales. d) La realización de todo tipo de operaciones financieras pasivas. e) La realización respecto de las sociedades participadas, directa o indirectamente, de todo tipo de operaciones financieras activas y pa-sivas. f) Las demás funciones que le atribuya el Gobierno en materia de modernización del sector público empresarial español. A este respecto, mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de junio de 1996, por el que se establecieron las bases del Programa de Modernización del Sector Público Empresarial del Estado, SEPI fue designada Agente Gestor del proceso de privatizaciones.

Según el art. 12.1 de la Ley 5/96, SEPI se regirá, en todas sus actuaciones, por el ordenamiento jurídico privado, civil, mercantil y laboral, sin perjuicio de las materias en las que le sea aplicable la Ley General Presupuestaria. Según este mismo precepto, en materia de contratación SEPI rige igualmente su actividad por el derecho privado, con sujeción a los principios de publicidad y concurrencia, sin que le sea de aplicación de Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. A tenor del art. 12.2 de la Ley 5/96, SEPI, tendrá un patrimonio propio distinto al del Estado, constituido por el conjunto de bienes, derechos, obligaciones y las participaciones accionariales de que sea titular.

Según la Disposición Adicional única párrafo 2 de la Ley 5/96, SEPI se subrogó, desde el 1 de agosto de 1995, en la titularidad de los bienes, derechos y obligaciones correspondientes al Instituto Nacional de Industria y al Instituto Nacional de Hidrocarburos, respecto de las sociedades cuyas acciones se le transfirieron en aquél momento (que se enumeran en el Anexo II de la Ley), entre las que se encontraba TENEO, S.A. La misma Ley 5/96, en su art. 12.2. determinó los criterios de valoración de los bienes, derechos, obligaciones y participaciones recibidas que debían registrarse por el valor en libros a la fecha de la transmisión de las entidades transferidas. A partir del 16 de septiembre de 1996, se produjo la cesión y adjudicación de forma global de la totalidad de los activos y pasivos de «TENEO, S.A.» a su único accionista, SEPI. La disolución de «TENEO, S.A.» fue acordada en la Junta General Universal celebrada el día 4 de julio de 1996 para dar cumplimiento al apartado Cuarto del Acuerdo de Consejo de Ministros de 28 de junio de 1996. Mediante el Decreto-Ley 15/1997, de 5 de septiembre se suprimió la Agencia Industrial del Estado transfiriéndose a SEPI todas las participaciones accionariales, bienes, derechos y obligaciones de que aquélla era titular, lo que supuso la entrada en el Grupo SEPI de sociedades como BAZÁN (hoy NAVANTIA) y HUNOSA. Con fecha 1 de enero de 2001 el Ente Público Radio Televisión Española queda adscrito a SEPI (Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social). Asimismo, dicha ley modificó la Ley 5/96, añadiendo un nuevo párrafo al artículo 10, a fin de permitir expresamente la adscripción a SEPI de otras Entidades de Derecho Público, de conformidad con lo previsto en el art. 43.3 de la LOFAGE. El Consejo de Ministros de fecha 25 de mayo de 2001, de acuerdo con la Ley de Patrimonio del Estado entonces vigente, acordó la incorporación a SEPI de participaciones accionariales en distintas sociedades estatales; por lo que se transfirieron a SEPI en ese momento, entre otras, el 100% de la Sociedad Estatal de Participaciones Patrimoniales (SEPPA) así como participaciones mayoritarias en sociedades luego privatizadas como TRASMEDITERRÁNEA o ENAUSA. Asimismo, en septiembre de 2001, se produjo la cesión global de la totalidad de activos y pasivos de SEPPA a su único accionista SEPI. La disolución de SEPPA fue acordada en la Junta General Extraordinaria Universal celebrada el 27 de julio de 2001. El Consejo de Ministros de 21 de febrero de 2003 acordó, igualmente, la incorporación a SEPI de participaciones accionariales en las sociedades estatales MERCASA, TRAGSA y SAECA.

Sociedades del Grupo

El detalle de sociedades incluidas en el perímetro de la consolidación junto con el método de consolidación utilizado, se recoge en el Anexo I para el ejercicio 2005 y en el Anexo II para el ejercicio 2004. Dicho perímetro está constituido por todas aquellas sociedades en las que el Grupo mantiene una capacidad significativa de influencia en la gestión.

BASES DE PRESENTACIÓN Y PRINCIPIOS DE CONSOLIDACIÓN

Imagen fiel

Las cuentas anuales consolidadas al 31 de diciembre de 2005 de SEPI y las sociedades dependientes que componen el Grupo SEPI («Grupo SEPI» o «el Grupo»), han sido preparadas a partir de las cuentas anuales individuales de cada una de las sociedades consolidadas, o en su caso, de las cuentas anuales consolidadas si se trata de empresas que a su vez forman grupo consolidable y se presentan de acuerdo con lo establecido en el Plan General de Contabilidad y las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales consolidadas aprobadas por el Real Decreto 1815/1991, de forma que muestran la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados del Grupo consolidado, así como de los recursos generados y aplicados en el ejercicio por el mismo. Las cifras contenidas en las cuentas anuales están expresadas en miles de euros.

Principios de consolidación

Las cuentas anuales consolidadas adjuntas incluyen las cuentas anuales de SEPI y de las sociedades dependientes, detalladas en los Anexos I y II, para los ejercicios 2005 y 2004, respectivamente, de acuerdo con los métodos de consolidación indicados en dichos Anexos y teniendo en cuenta los siguientes principios:

Métodos de consolidación

La consolidación se ha efectuado por el método de integración global para aquellas sociedades sobre las que SEPI ejerce dominio o considera que podría ejercerlo, de acuerdo con los siguientes criterios:

Sociedades en las que dispone del control de la mayoría de los derechos de voto, bien directamente, o bien a través de otras sociedades dependientes.

Sociedades en las que sin mayoría de derechos de voto ha nombrado la mayoría de los miembros de su Consejo de Administración o Administradores, siempre que no exista una sociedad ajena al Grupo que tenga la mayoría de los derechos de voto.

Mediante el método de integración proporcional se han consolidado las sociedades multigrupo, que se corresponden, a los únicos efectos de la consolidación de cuentas, con aquellas sociedades que son gestionadas por una o varias sociedades del Grupo, que participan en su capital social, conjuntamente con otra u otras ajenas al mismo.

Por el método de puesta en equivalencia se han consolidado aquellas sociedades en que, no siendo dominadas, se ejerce una influencia notable en su gestión, de acuerdo con los requisitos siguientes:

Una o varias sociedades del Grupo participan en el capital social de la sociedad en al menos el 20 por 100, o bien el 3 por 100 si cotizan en bolsa.

Se crea una vinculación duradera, contribuyendo a su actividad.

Si bien, no forman parte del perímetro de consolidación aquellas sociedades asociadas en las que, aún teniendo influencia significativa en las mismas, existe el compromiso firme de recompra de dichas participaciones a un precio previamente estipulado.

Uniones Temporales de Empresas

Algunas sociedades del Grupo llevan a cabo determinados proyectos de forma conjunta con otras sociedades mediante la constitución de Uniones Temporales de Empresas. Las cuentas anuales consolidadas incluyen los efectos de su integración proporcional.

Saldos y transacciones intersocietarias

Todos los saldos, transacciones y resultados entre sociedades del Grupo se han eliminado en el proceso de consolidación. Todas las transacciones internas que impliquen intercambios de activos se presentan en las cuentas consolidadas de acuerdo con el principio de coste para el Grupo, y se difiere el reconocimiento del margen de estas transacciones hasta que dichos activos sean enajenados a terceros o hasta que una de las sociedades participantes en la operación deje de formar parte del Grupo. Esta eliminación se ha efectuado para todas las transacciones intersocietarias realizadas con posterioridad al 31 de diciembre de 1991 dado que esa fue la fecha tomada como base para las valoraciones de las aportaciones iniciales a TENEO, ahora asumidas por SEPI, excepto para aquellos casos en que alguna de las empresas sea proveniente de la desaparición de la AIE y para las empresas procedentes de la Dirección General de Patrimonio. En estos casos las eliminaciones se han efectuado a partir de la fecha de incorporación de dichas empresas al Grupo SEPI.

Variaciones en el perímetro

Durante el ejercicio 2005 las variaciones más significativas en el perímetro de consolidación han sido las siguientes:

Bajas (ver nota 7): - Clínica Castelló, S.A. tras la venta por SEPI en diciembre de 2005 del 100% de su capital social a MAPFRE Caja Salud de Seguros y Rease-guros.

- INISAS, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., venta en diciembre de 2005 del 100% del capital social a la Compañía ADESLAS. La Sociedad Estatal de Participaciones Industriales era titular del 93,81% de INISAS y el 6,19% restante correspondía a la Fundación de Servicios Laborales quién otorgó a SEPI un mandato expreso para la gestión de la venta de las acciones de su propiedad. - SODICAMAN, S.A. A finales del ejercicio 2005 SEPIDES firmó un acuerdo con la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha en el que se establecía la venta de las acciones en tres tramos durante los años 2005, 2006 y 2007. En diciembre de 2005, SEPIDES redujo su participación hasta el 24,48%, pasando SODICAMAN a ser considerada empresa asociada a efectos de estas cuentas consolidadas. - ALDEASA, S.A., tras la aceptación de la Oferta Pública de Adqui-sición de acciones formulada por Retail Airport Finance, S.L. sobre el 100% de las acciones de la sociedad ALDEASA, S.A., transmitiendo SEPI la totalidad de las 1.063.636 acciones de las que era titular. ALDEASA consolidaba en el ejercicio 2004 por el método de puesta en equivalencia.

Modificación en el porcentaje de participación:

RED ELÉCTRICA. Venta en septiembre de 2005 de 11.497.950 acciones de RED ELÉCTRICA DE ESPAÑA, S.A. (REE) representativas del 8,5% de su capital social. La participación de la SOCIEDAD ESTATAL DE PARTICIPACIONES INDUSTRIALES en RED ELÉCTRICA a 31 de diciembre de 2005 asciende al 20%.

Otras modificaciones:

La Sociedad NEW IZAR, S.L. constituida el 30 de julio de 2004 ha modificado su denominación y naturaleza jurídica a lo largo del ejercicio 2005, siendo actualmente NAVANTIA, S.A. Asimismo se materializa en 2005 la segregación de la actividad militar de IZAR a NAVANTIA, mediante la aportación de los activos de los centros del Ferrol, Fene, Cartagena, Puerto Real, San Fernando y Cádiz, así como, de las oficinas centrales de Madrid. Este hecho ha supuesto una variación en la composición de determinadas partidas del balance consolidado adjunto, así como, que determinados saldos que en el ejercicio 2004 correspondían a IZAR, en el ejercicio 2005 pertenezcan a NAVANTIA.

Diferencias de consolidación

Diferencias positivas.-Cuando el coste de la inversión en una sociedad consolidada es superior a su valor teórico contable (según el balance de situación más cercano a la fecha de la compra), surge una diferencia positiva cuyo reflejo en la consolidación es el siguiente:

La parte de esa diferencia positiva que representa el exceso de valor de mercado de ciertos elementos patrimoniales, a la fecha de adquisición de la inversión, sobre el coste contabilizado, se incluye en la consolidación como mayor valor de esos elementos patrimoniales. El citado valor de mercado es el resultante de las peritaciones efectuadas por tasadores independientes.

El importe restante, no asignable a elementos patrimoniales, se contabiliza como fondo de comercio, el cual se amortiza linealmente en un período de cinco años, o de diez años máximo por entenderse que al concluir dicho periodo se habrá obtenido el retorno esperado. En el caso de que se considere que la empresa adquirida no va a generar beneficios futuros, se amortiza en su totalidad en el propio ejercicio.

Diferencias negativas.-Las diferencias negativas de primera consolidación surgen de la comparación entre la inversión en cada una de las sociedades consolidadas y sus respectivos valores teóricos contables resultantes de los balances de situación disponibles más cercanos a la fecha de compra o aportación, cuando éste es superior a aquella.

Las diferencias negativas de consolidación se imputan a resultados únicamente a partir de la evolución desfavorable de los resultados de la sociedad participada que se trate o como consecuencia de la enajenación de dicha participación, y figuran en el pasivo del balance de situación consolidado bajo el epígrafe «Diferencia negativa de consolidación». En los casos en que dichas diferencias sean imputables a determinados riesgos o costes futuros, las mismas son transferidas al correspondiente epígrafe de «Provisiones para riesgos y gastos». No obstante, las diferencias negativas de consolidación surgidas como consecuencia de la primera consolidación de sociedades, cuya pertenencia al grupo es anterior a dicho momento, se registran en el epígrafe «Reservas en sociedades consolidadas» de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 22 y en el apartado 4 del artículo 25 del Real Decreto 1815/1991 de 20 de diciembre.

Homogeneización de principios contables

Los principios y procedimientos de contabilidad utilizados por las sociedades consolidadas han sido homogeneizados en el proceso de consolidación. Únicamente no se ha realizado esta homogeneización en aquellos casos en que la utilización de diferentes criterios y principios contables viene determinada por las peculiaridades sectoriales en que desarrollan su actividad las distintas sociedades consolidadas.

Conversión de cuentas anuales de sociedades extranjeras consolidadas

Las cuentas anuales expresadas en moneda extranjera han sido convertidas a euros, a efectos de la consolidación, aplicando, con carácter general, el tipo de cambio en vigor al cierre del ejercicio, con excepción del «Capital y Reservas» que se han convertido a tipos de cambio históricos y de las cuentas de pérdidas y ganancias para las cuales se ha aplicado el tipo de cambio medio del ejercicio. No obstante, en aquellos casos donde la actividad de la sociedad dependiente es una prolongación de la actividad de la sociedad dominante, se aplica el método monetario-no monetario, tanto a las partidas del balance de situación como a las de la cuenta de pérdidas y ganancias.

Socios Externos

El valor de la participación de los accionistas minoritarios en el patrimonio y en los resultados de las sociedades que integran el Grupo se presenta en el epígrafe «Socios Externos» del pasivo del balance de situación consolidado.

Comparación de la información

Ciertos cuadros explicativos de movimientos habidos en los ejerci-cios 2005 y 2004 que se incluyen en esta memoria, muestran en el epígrafe «Variaciones del Perímetro» el efecto de la incorporación al Grupo o salida del mismo de sociedades que se incorporan o salen del perímetro de consolidación en el ejercicio.

Normas de valoración

Las principales normas de valoración aplicadas en la elaboración de las cuentas anuales consolidadas adjuntas han sido las siguientes:

a. Homogeneización de partidas.-Con el objeto de presentar de forma homogénea las distintas partidas que componen las cuentas anuales consolidadas, se han aplicado a las sociedades incluidas en la consolidación los principios, normas de valoración y estructura de las cuentas más significativas seguidas por la Sociedad Dominante.

b. Gastos de establecimiento.-Corresponden a los gastos de constitución, primer establecimiento y ampliación de capital. Se valoran al precio de adquisición y se amortizan linealmente en un periodo de cinco años. c. Inmovilizaciones inmateriales.-Se incluyen bajo este epígrafe los siguientes conceptos:

1. Gastos de investigación y desarrollo: Estos gastos incluyen los costes incurridos en proyectos de investigación y desarrollo que han sido concluidos con éxito desde el punto de vista de su utilidad para obras concretas. Dichos costes están valorados a su coste de adquisición o de producción y son amortizados en un período máximo de 5 años o en función de la duración de los contratos vinculados a los proyectos.

Los costes incurridos en proyectos que no concluyen con éxito o cuya finalidad en el futuro es dudosa, se cargan a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en el que se advierte que el resultado de la investigación es negativo. En el sector naval, aquellos proyectos de Investigación y Desarrollo vinculados con algún proyecto en construcción, su coste se incluye dentro del presupuesto de la obra y su imputación se realiza en función del grado de avance de la misma. 2. Derechos sobre bienes en régimen de arrendamiento financiero: Los derechos sobre bienes de arrendamiento financiero se registran cuándo por las condiciones económicas del arrendamiento, se desprende que son capitalizables y se amortizan en función de su vida útil estimada. Los gastos financieros relacionados con la operación se llevan a resultados en función de la duración del contrato y de acuerdo con un criterio financiero. 3. Otro inmovilizado inmaterial: Esta constituido fundamentalmente por:

a) Aplicaciones Informáticas. Se contabilizan por el precio de adquisición o coste de producción, amortizándose en un plazo de entre 4 y 5 años.

Cabe señalar el Subgrupo Agencia EFE que incluye bajo este concepto los costes directos, en su mayoría de personal, incurridos en los programas informáticos elaborados por la propia empresa así como los importes satisfechos por los programas adquiridos a terceros. Los gastos de mantenimiento de estas aplicaciones informáticas se imputan directamente como gastos del ejercicio en que se producen. b) Inmovilizado Inmaterial en curso, banco de datos (Agencia EFE) y propiedad industrial. Se amortizan linealmente en un periodo máximo de diez años. c) Derechos sobre inversiones realizados en terrenos o instalaciones cedidos. Incluyen las inversiones realizadas por la sociedad HIPÓDROMO DE LA ZARZUELA, S.A. en el recinto del Hipódromo, el cual fue cedido por Patrimonio Nacional a la sociedad, en virtud del contrato firmado entre ambas entidades con fecha 30 de septiembre de 2003. Los bienes incluidos figuran registrados por el coste de adquisición más el IVA soportado no deducible, así como otros impuestos no recuperables directamente de la Hacienda Pública, y se amortizan utilizándose los mismos años de vida útil estimada para elementos similares del inmovilizado material o del período restante del contrato de cesión, si éste fuera menor.

d. Inmovilizaciones materiales.-Las inmovilizaciones materiales se hallan registradas a su coste de adquisición o producción para el Grupo SEPI. Dicho coste se ha regularizado y actualizado de acuerdo con diversas disposiciones legales.

Los trabajos que el Grupo realiza para su propio inmovilizado se reflejan al coste acumulado que resulta de añadir a los costes externos los costes internos, determinados en función de los consumos propios de materiales de almacén y los costes de fabricación. Los importes capitalizados por estos conceptos se registran en la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada dentro del epígrafe «Trabajos efectuados por el Grupo para el Inmovilizado». Los costes de ampliación, modernización o mejora, que representan un aumento en la productividad, capacidad o eficiencia, o una prolongación en la vida útil de los bienes, se registran como mayor coste de los mismos; mientras que los gastos de mantenimiento, conservación y reparación se cargan a los resultados del ejercicio en que se incurren. Por su especificidad, conviene destacar el inmovilizado de los subgrupos NAVANTIA e IZAR. La Armada cedió a NAVANTIA las factorías de Ferrol, Cartagena y San Fernando con su correspondiente inmovilizado material. Este inmovilizado al ser propiedad del Estado, afecto al Ministerio de Defensa, no figura en el balance de situación, manteniendo la Sociedad un control extracontable del mismo. El inmovilizado de las citadas factorías revertirá a la Armada en el año 2011, salvo que se prorrogue la vigencia del convenio. Los terrenos donde se ubica la factoría de Cádiz y parte de los de Fene (La Coruña), ambos del Subgrupo NAVANTIA y los terrenos donde se encuentra la factoría de Sevilla y parte de los del resto de factorías de IZAR son concesiones administrativas de las respectivas autoridades portuarias. e. Amortización de las inmovilizaciones materiales.-Las sociedades del Grupo amortizan sus bienes de inmovilizado material, de forma general, distribuyendo el coste de los mismos linealmente a lo largo de su vida útil estimada, excepto en aquellos casos en que ésta no es representativa de su recuperación económica, siendo el caso más importante el archivo gráfico de la Agencia Efe cuya amortización se realiza, de acuerdo con el criterio de correlación de ingresos y gastos, de la forma siguiente: el 70% de las adiciones a partir del 1 de enero de 1990 se amortiza linealmente en 5 años, el 10% linealmente en los 5 años siguientes y el 20% restante, de manera también lineal, en un periodo de 20 años. El valor neto al 31 de diciembre de 1989 se amortiza linealmente en 15 años y se aproxima al periodo medio de amortización de las adiciones descritas anteriormente. Para el resto de los activos, con carácter general, los años de vida útil estimados a efectos de su amortización son los que se muestran en el siguiente detalle

Años de vida útil

Estimada

Edificios y otras construcciones

25-50

Maquinaria, instalaciones y utillaje

12-25

Otro inmovilizado

5-12

f. Inmovilizaciones Financieras.-En el balance de situación consolidado adjunto, los conceptos que figuran registrados en este epígrafe se presentan de acuerdo con los siguientes criterios:

1) Participaciones en sociedades. Sociedades puestas en equivalencia.-Valor teórico contable de la participación al cierre de cada ejercicio, obtenido de las cuentas anuales auditadas. El resultado de estas sociedades correspondiente al Grupo se recoge en los epígrafes de participación en beneficios (pérdidas) de sociedades puestas en equivalencia de las cuentas de pérdidas y ganancias consolidadas adjuntas.

En el ejercicio 2005, las cuentas anuales consolidadas de aquellos grupos que se integran por puesta en equivalencia y tienen sus títulos admitidos a cotización, han sido formuladas de acuerdo con lo establecido en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) de conformidad con el Reglamento (CE) 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo. Otras inversiones.-Coste de adquisición o valor de aportación, o a su valor de mercado si este último fuese menor. El valor del mercado se determina en función del valor teórico contable de la participación, según se deduce del último balance de situación disponible. Para los títulos cotizados, el valor de mercado se define en función de la cotización media del último trimestre o la cotización al cierre del ejercicio, la que resulte inferior. Las minusvalías por diferencia entre el coste y el valor de mercado al cierre del ejercicio, se registran en la cuenta de «Provisiones» del epígrafe «Inmovilizaciones financieras» del balance de situación consolidado adjunto.

2) Otros créditos. En este epígrafe se incluyen fundamentalmente:

a) Derechos de cobro frente a instituciones públicas derivados de proyectos en curso, militares en su práctica totalidad (Subgrupo NAVANTIA).

b) Operaciones de aseguramiento.-Diversas sociedades del grupo (fundamentalmente del subgrupo COFIVACASA) procedieron en ejercicios anteriores al aseguramiento de aquellos compromisos laborales que no se encuadraban en el régimen previsto de exteriorización, relativos básicamente a complementos de cotización a la Seguridad Social y complementos a la Dirección General de Trabajo (Ayudas Previas), para su personal ya prejubilado. Para ello formalizaron diferentes pólizas de seguro colectivo en régimen de prima única cuya contraprestación consiste en el pago a la empresa, como beneficiaria de la póliza, de unas rentas temporales variables que le permitan asegurarse unos flujos futuros de caja que posibiliten el cumplimiento de las mencionadas obligaciones. Estos activos financieros están registrados por el efectivo depositado correspondiente a la prima única más los intereses devengados pendientes de liquidar el cierre del ejercicio y menos las primas consumidas, devengan un interés técnico de entre el 3,15% y el 5,78% anual, establecido de acuerdo en la T.I.R. de la cartera afecta de activos (bonos de referencia) según condiciones pactadas. c) Préstamos.-Se registran por el importe entregado o aplazado corregido, en su caso, por las provisiones necesarias en función del riesgo asociado al deudor. Asimismo se periodifican los intereses devengados y pendientes de cobro al cierre del ejercicio.

g. Gastos a distribuir.-Dentro de este capítulo del balance de situación se incluyen:

a) Los gastos de formalización de deudas que se valoran por su coste de adquisición, imputándose a resultados durante el plazo de vencimiento de las correspondientes deudas.

b) Los gastos con carácter plurianual, que se amortizan en un periodo de 5 años. c) Los gastos a distribuir en varios ejercicios correspondientes al importe derivado de la actualización, con una tasa de descuento del 2,5%, de la cuenta a pagar a largo plazo a Patrimonio Nacional por el canon de la concesión del Hipódromo. Este importe se imputa a resultados siguiendo un criterio financiero.

h. Existencias.-El capítulo existencias incluye el coste incurrido en la adquisición o producción de bienes destinados a la venta, que se determina mediante la aplicación de los siguientes criterios:

a) Materias primas, aprovisionamientos y existencias comerciales. El menor entre el precio de coste o el valor de mercado.

b) Producción en curso, productos terminados y semiterminados. Precio de coste, que incluye fundamentalmente:

Materias primas procedentes del almacén: según lo descrito en el apartado anterior.

Adquisición directa del material o servicios necesarios para el proyecto: coste de adquisición, que comprende el importe consignado en factura más todos los gastos adicionales que se producen hasta que los bienes se hallan en el almacén. Mano de obra y gastos generales de fabricación: se incorporan en función de las horas reales incurridas, valoradas según tasas horarias estándares que no difieren significativamente de su coste real.

Para aquellas existencias cuyo coste excede a su valor de mercado o cuando existen dudas de su recuperabilidad (materiales obsoletos, de lento movimiento o defectuosos), se realizan las oportunas provisiones por depreciación de existencias, para que el importe registrado no supere el valor de realización.

Para las obras de duración plurianual, se sigue el criterio de reconocer el resultado de las mismas en función del grado de avance que presenta a la fecha de balance, obtenido como cociente entre los costes incurridos y los costes totales estimados. En el caso de obras cuyo resultado final estimado es negativo, éste se contabiliza en el momento en que estima como tal, mediante la constitución de provisiones para operaciones de tráfico. Las existencias representadas por inmuebles pertenecientes a las sociedades del Grupo que integran el Subgrupo INFOINVEST, recogen en algún caso, determinados gastos incurridos para su puesta en explotación. Desde el ejercicio 2003, se capitalizan los gastos financieros devengados hasta la puesta en condiciones de funcionamiento de los activos, siempre que estén identificados y asociados a la financiación del activo, y que razonablemente el margen previsto permita la recuperabilidad de los mismos.

i. Deudores.-Los débitos originados por las operaciones de tráfico del Grupo figuran en el balance de situación consolidado por su valor nominal. No obstante, se han realizado las correcciones valorativas necesarias, dotándose las correspondientes provisiones en función del riesgo que presentan las posibles insolvencias con respecto al cobro de los diferentes activos.

j. Inversiones financieras temporales.-Las inversiones financieras a corto plazo se hallan valoradas al coste de adquisición o al valor de realización si este fuese inferior. k. Fondos de inversión.-Las participaciones en Fondos de Inversión se valoran a su precio de adquisición. Estos fondos se encuentran mayoritariamente dentro de la categoría FIM. No obstante, la política de inversión de los mismos ofrece garantías plenas de realización lo que hace que puedan asimilarse a activos financieros de renta fija muy líquidos. Por ello, se ha optado, en general, por aplicar el principio de devengo contenido en el Plan General de Contabilidad a los rendimientos obtenidos por los Fondos. Éstos, calculados como la diferencia entre el coste de adquisición y el valor liquidativo del mismo a 31 de diciembre para el primer ejercicio y como la diferencia entre los valores liquidativos a final y principio del ejercicio correspondiente, son imputados al resultado del mismo. l. Transacciones en moneda extranjera.-Los elementos patrimoniales cuyo precio de adquisición o coste de producción está expresado en moneda extranjera se contabilizan en euros, mediante conversión de los importes en moneda extranjera al tipo de cambio vigente en la fecha en que se produjo cada adquisición o en la fecha en que los bienes se incorporaron al patrimonio. La conversión en moneda nacional de los saldos expresados en moneda extranjera se realiza, en general, aplicando el tipo de cambio vigente en el momento de efectuar la correspondiente operación valorándose al cierre del ejercicio de acuerdo con el tipo de cambio vigente en ese momento, a excepción de aquellos casos que se encuentren cubiertos a través de seguros de cambio. Las diferencias de cambio que se producen entre el tipo de cambio en vigor a la fecha de inicio de la operación o al cierre del ejercicio precedente y el tipo de cambio en vigor, se contabilizan del siguiente modo:

1. Si son negativas con cargo a resultados del ejercicio.

2. Si son positivas con abono a la cuenta de «Diferencias positivas de cambio» del balance de situación, excepto en aquellas operaciones en las que previamente se hayan producido diferencias negativas de cambio. En este último supuesto, las diferencias positivas se imputan a resultados hasta cubrir el importe de las negativas.

Aquellas diferencias de cambio producidas en el ejercicio con motivo de los cobros y pagos efectuados se imputan directamente a la cuenta de pérdidas y ganancias.

m. Subvenciones.

a) De capital: Se incluye en este epígrafe fundamentalmente las subvenciones de capital destinadas a la financiación de inversiones y proyectos en diversos sectores (minero, naval...), imputándose a resultados en el mismo período en que se amortizan las inversiones o proyectos subvencionados y a partir de la fecha en que éstos entran en explotación. Si estas subvenciones tuviesen el carácter de subvenciones reintegrables se contabilizarían como deudas a LP transformables en subvenciones.

b) De explotación: Las subvenciones a la explotación se imputan a resultados en el momento en el que, tras su concesión, el Grupo estima que se han cumplido las condiciones establecidas en las correspondientes resoluciones individuales de concesión.

n. Provisiones para pensiones y obligaciones similares.-Determinadas sociedades del Grupo, como consecuencia de distintos procesos de reestructuración llevados a cabo en ejercicios anteriores, adquirieron diversos compromisos con su personal pasivo. A 31 de diciembre de 2005 y en base al contrato marco de 21 de enero de 1999 suscrito por SEPI y determinadas compañías de seguros, la práctica totalidad de dichos compromisos se encuentran exteriorizados mediante la suscripción de pólizas de seguros colectivos.

El criterio seguido por las empresas del Grupo para contabilizar dichos costes, en el momento del abono de las primas, ha sido generalmente su cargo a reservas de libre disposición, de acuerdo con la posibilidad contemplada en la Disposición Adicional 25.ª de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social. El saldo que presenta dicho epígrafe en las cuentas anuales asciende a 31 de diciembre de 2005 a 1.134.766 miles de euros y se corresponde fundamentalmente con las obligaciones con el personal de determinadas empresas del Grupo cuyos compromisos no han sido externalizados o son objeto de regularizaciones y revisiones. A continuación se detallan los más importantes:

1. Compromisos asumidos por IZAR, Construcciones Navales, S.A. en liquidación, con su personal (947.891 miles de euros). Fundamentalmente los costes sociales derivados del Expediente de Regulación de empleo 67/04, cuyo importe, en base a un estudio actuarial asciende a 31 de diciembre a 856.612 miles de euros. En el ejercicio 2004 se reflejaba en otras provisiones para riesgos y gastos.

2. Compromisos asumidos con el personal del Subgrupo COFIVACASA (126.277 miles de euros). Entre estas obligaciones se encuentran los complementos de cotización a la Seguridad Social y complementos a la Dirección General de Trabajo (ayudas previas) al personal prejubilado al amparo del Plan de Competitividad procedente de la filial AHV ENSIDESA Capital, S.A. cuyo importe a 31 de diciembre asciende a 94.232 miles de euros. 3. Compromisos asumidos por HUNOSA con su personal prejubilado. Fundamentalmente la cobertura del coste de revisión de los riesgos no asegurados (variaciones del índice de precios al consumo, de las cotizaciones a la Seguridad Social...) en relación con las pólizas correspondientes a los Planes de Empresa 1998/2001 y 2002/2005. Asimismo incluye los compromisos devengados a 31 de diciembre de 2005 con un colectivo de 13 personas cuya prejubilación no estaba inicialmente prevista para el ejercicio 2005. El saldo a 31 de diciembre asciende a 33.686 miles de euros.

o. Otras provisiones para riesgos y gastos.-En este epígrafe del balance de situación se incluyen, entre otras:

Aquellos importes previstos para hacer frente a responsabilidades probables o ciertas derivadas de indemnizaciones u otras obligaciones que se estime surgirán como consecuencia de contratos firmados o en trámite de firma al cierre del ejercicio como consecuencia de operaciones sobre acciones.

La provisión dotada por IZAR, Construcciones Navales, S.A. en liquidación por importe de 263.626 miles de euros correspondiente al valor liquidativo estimado del efecto económico que se pueda derivar del proceso de venta de activos iniciado durante el ejercicio 2005 como consecuencia del proceso de liquidación ordenado de dicha empresa.

p. Clasificación a corto y largo plazo.-En el balance de situación adjunto se clasifican a corto plazo los créditos y deudas cuyo vencimiento es inferior a doce meses y a largo plazo, los restantes.

q. Deudas.-Las deudas se presentan por su valor de reembolso, figurando los gastos diferidos pendientes de devengo en el epígrafe de «Gastos a distribuir en varios ejercicios» si se trata de operaciones a largo plazo y en «Ajustes por periodificación» si las mismas lo son a corto. Los gastos de emisión de nueva deuda se difieren a lo largo de la vida de las operaciones que los originan. El importe pendiente de devengo por este concepto se presenta dentro del epígrafe «Gastos a distribuir en varios ejercicios» de los balances de situación adjuntos. r. Impuesto sobre sociedades.-La mayor parte de las sociedades que componen el Grupo tributan en régimen consolidado dentro del Grupo Fiscal n.º 9/86, formado en su día por el Instituto Nacional de Industria como sociedad dominante (ahora SEPI) y las empresas en las que ésta participa. Al amparo de los dispuesto en el artículo 151.4 de la Ley 13/1996 de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, todas las sociedades residentes en territorio español que formen parte del grupo consolidado financiero podrán sujetarse al régimen de tributación consolidada integrando el Grupo Fiscal antes mencionado, en tanto no se haya amortizado íntegramente la deuda generada por el Instituto Nacional de Industria. La aplicación del régimen de declaración consolidada supone que se integran en la entidad dominante (SEPI) los créditos y débitos individuales por el Impuesto sobre Sociedades. Las filiales no incluidas en dicho Grupo tributan de manera individual. s. Productos financieros derivados.-Las operaciones que tienen por objeto y efecto eliminar o reducir significativamente los riesgos de cambio o de interés, existentes en posiciones patrimoniales o en otras operaciones, se consideran como de cobertura. El Grupo realiza sus coberturas a través de seguros de cambio y contratos de SWAP de divisas y tipos de interés. Los importes devengados y no pagados o cobrados al final del ejercicio se periodifican de forma simétrica a los ingresos o costes del elemento cubierto, registrándose las correspondientes periodificaciones activas o pasivas por este concepto. t. Ingresos y gastos.-Los ingresos y gastos se imputan en función del criterio de devengo, es decir, cuando se produce la corriente real de bienes y servicios que representan y con independencia del momento en que se produce la corriente monetaria o financiera derivada de ellos. No obstante, siguiendo el principio de prudencia, el Grupo únicamente contabiliza los beneficios realizados a la fecha del cierre del ejercicio, en tanto que los riesgos y las pérdidas previsibles, aún siendo eventuales, se contabilizan tan pronto son conocidos. u. Actividades Medioambientales.-Los gastos derivados de las actividades medioambientales se reconocen como gastos de explotación en el ejercicio de su devengo, siempre que los mismos no se produzcan como consecuencia de hechos acaecidos fuera de la actividad ordinaria del Grupo, en cuyo caso se presentan como gastos extraordinarios. Aquellos elementos susceptibles de ser incorporados al patrimonio del Grupo al objeto de ser utilizados de forma duradera en su actividad y cuya finalidad principal es la minimización del impacto medioambiental y la protección y mejora del medio ambiente, incluyendo la reducción o eliminación de la contaminación futura de las operaciones del Grupo, se contabilizan como inmovilizado material. El Grupo constituye asimismo provisiones para hacer frente a actuaciones medioambientales. Dichas provisiones se constituyen en base a la mejor estimación del gasto necesario para hacer frente a la obligación. Aquellas compensaciones a percibir, en su caso, por el Grupo relacionadas con el origen de la obligación medioambiental se reconocen como derechos de cobro en el activo del Balance de Situación consolidado, siempre que no existan dudas de que dicho reembolso será percibido, sin exceder del importe de la obligación registrada.

Fondo de comercio de consolidación

Miles de euros 2005

Saldo inicial

760

Adiciones (Retiros)

7

Amortización

(112)

Saldo final

655

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ACONTECIMIENTOS POSTERIORES AL CIERRE La Ley 20/2006, de 5 de junio, ha modificado el régimen patrimonial y financiero de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales y sus empresas.

La Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal establece en su disposición transitoria quinta que la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales asumirá la gestión, dirección y representación del Ente Público RTVE en liquidación. Alicesa/Ebro Puleva.-Con fecha 16 de febrero de 2006, Alicesa dispone en su cuenta de valores de las 9.627.465 acciones de Ebro Pu-leva, S.A. en cumplimiento de la sentencia del litigio que ha mantenido dicha Sociedad. La entrega del paquete accionarial ha supuesto la aplicación del importe consignado en el Juzgado de 1.ª Instancia n.º 21 de Madrid, al pago del precio a Grupo Torras. En septiembre de 2005, Alicesa, depositó en el Juzgado de 1.ª Instancia n.º 21 de Madrid un total de 256.694 miles de euros, destinados al pago del precio devengado en el litigio con Grupo Torras en el procedimiento de Ejecución de Títulos Judiciales 1141/05. En junio de 2006 Alimentos y Aceites, S.A. requiere a Grupo Torras para que en el plazo máximo de treinta días naturales le haga entrega, sin pago de precio alguno, de:

2.406.866 acciones de Ebro Puleva, S.A. que fueron recibidas por Grupo Torras con ocasión de una ampliación de capital liberada aprobada por Ebro Puleva el 11 de junio de 2002 y ejecutada en enero de 2003.

Todos los frutos de las acciones de Ebro Puleva, S.A. producidos, generados y recibidos por Grupo Torras desde la fecha en la que se ejercitó la opción de venta, con sus correspondientes intereses. Los frutos devengados con sus correspondientes intereses de 2.406.866 acciones de Ebro Puleva desde el 16 de enero de 2003, fecha de ejecución del Acuerdo de la Junta celebrado el 11 de junio de 2002 por el que se acordó la ampliación de capital liberada.

El total de la reclamación asciende a 2.406.866 acciones de Ebro Puleva (ampliación de capital de enero de 2003), 1.002.861 acciones de Puleva Biotech (dividendo en especie de julio de 2001), 16.069 miles de euros correspondientes a los dividendos devengados, más los dividendos e intereses que sigan generando.

En marzo de 2006 SEPI vende a Fertiberia el 49% del capital social de Química del Estroncio, S.A. por 5.100 miles de euros. En mayo de 2006, SEPI, Hunosa y los sindicatos firman el Plan de Empresa y el Convenio Colectivo de la empresa minera enmarcado en el Plan Nacional de la Minería 2006-2012. Dicho plan de empresa asegura el futuro de la actividad minera y asume los objetivos y líneas directrices del Plan Nacional de Reserva Estratégica de Carbón para el mismo periodo 2006-2012.

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