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Documento BOE-A-2006-14521

Resolución de 31 de julio 2006, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se rectifica la de 13 de julio de 2006, por la que se convocó concurso para la provisión de puestos de trabajo en las áreas de Inspección Financiera y Tributaria, Recaudación y Aduanas e Impuestos Especiales.

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 10 de agosto de 2006, páginas 30005 a 30005 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2006-14521

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 13 de julio de 2006, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 172 de 20 de julio de 2006, se convocó concurso (2006 A 04) para la provisión de puestos de trabajo en las áreas de Inspección Financiera y Tributaria, Recaudación y Aduanas e Impuestos Especiales. Advertidos errores, se transcriben a continuación las siguientes rectificaciones:

En la página 27356, correspondiente al anexo I, el puesto de trabajo con n.º de orden 75, Inspector U.R.I. Aduanas II.EE. A. Algeciras, en la columna de funciones más importantes y requisitos, se añade como requisito: «Especialidad de Inspección de Aduanas e II.EE.».

En la página 27365, correspondiente al anexo I, el puesto de trabajo con n.º de orden 150, Jefe Equipo Regional de Recaudación. A Coruña, en la columna de funciones más importantes y requisitos, donde dice: «Especialidad de Inspección de Aduanas e II.EE.»; debe decir: «Especialidad de Inspección Financiera y Tributaria». En la página 27369, correspondiente al anexo I, el puesto de trabajo con n.º de orden 204, Jefe Equipo Regional de Recaudación. Alacant/Alicante, en la columna de funciones más importantes y requisitos, donde dice: «Especialidad de Inspección de Aduanas e II.EE.»; debe decir: «Especialidad de Inspección Financiera y Tributaria». En la página 27374, correspondiente al anexo I bis, el puesto de trabajo con n.º de orden 246, Inspector U.R.I. Aduanas II.EE. A. Algeciras, en la columna de funciones más importantes y requisitos, se añade como requisito: «Especialidad de Inspección de Aduanas e II.EE.».

Las nuevas solicitudes de participación, así como las modificaciones que pudieran producirse en las ya presentadas como consecuencia de los cambios efectuados por esta Resolución, se presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado, en los mismos términos y condiciones establecidos en las Bases aprobadas por la Resolución, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de 13 de julio de 2006 (Boletín Oficial del Estado de 20 de julio).

Las instancias presentadas con anterioridad a esta modificación serán válidas para todos los puestos de trabajo solicitados, aun cuando alguno de ellos haya podido sufrir alguna modificación en virtud de la presente Resolución, no siendo necesario, por tanto, presentar nueva instancia para optar a su provisión. No obstante, quienes deseen modificar su instancia inicial podrán hacerlo en los términos y condiciones establecidos en el párrafo anterior, debiendo para ello necesariamente presentar nueva instancia que sustituya en su totalidad a la inicialmente presentada. Esta ampliación del plazo de presentación de instancias se entenderá a estos únicos efectos, siendo la fecha de referencia para la valoración de méritos o cumplimiento de requisitos la establecida por la citada Resolución de 13 de julio de 2006 (Boletín Oficial del Estado de 20 de julio).

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Juzgado Central de lo Contencioso‑Administrativo, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 31 de julio de 2006.-El Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, P. D. (Resolución de 24 de junio de 1999), el Director de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Luis Pedroche y Rojo.

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