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Documento BOE-A-2006-15004

Orden AEC/2694/2006, de 18 de julio, por la que se crea la Oficina Técnica de Cooperación de la Agencia Española de Cooperación Internacional en la República Democrática de Timor Oriental.

Publicado en:
«BOE» núm. 200, de 22 de agosto de 2006, páginas 30878 a 30879 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2006-15004
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2006/07/18/aec2694

TEXTO ORIGINAL

La Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, establece, en su artículo 26, que las Oficinas Técnicas de Cooperación son unidades adscritas orgánicamente a las Embajadas de España que, bajo la dirección de su Jefe de Misión y la dependencia funcional de la Agencia Española de Cooperación Internacional, aseguran la coordinación y, en su caso, la ejecución de los recursos de cooperación en su demarcación. Por su parte, el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional, aprobado por el Real Decreto 3424/2000, de 15 de diciembre, desarrolla en sus artículos 15 y 16, el contenido de las funciones desempeñadas por estos órganos en el exterior, así como su dependencia orgánica, funcional y su régimen de creación, modificación y supresión. La intensificación de las acciones de cooperación con la República Democrática de Timor Oriental, país incluido en el grupo de Países Menos Avanzados por el vigente Plan Director de la Cooperación Española (2005-2008) y que, por tanto, es objeto de una Plan de Atención Especial y la necesidad de un seguimiento más estrecho de las mismas que, en la actualidad, se atienden en condiciones difíciles e inadecuadas, desde la Oficina Técnica de Cooperación en Manila, justifican la creación de una Oficina Técnica de Cooperación en Dili, de tal forma que, con la oportuna dotación de recursos materiales y humanos, se posibilite un mejor cumplimiento de los compromisos de la Cooperación Española con este país. En su virtud y, de acuerdo con la habilitación prevista en el apartado 2 del artículo 16 del Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional, a propuesta de su Presidenta, previa aprobación del Ministro de Administraciones Públicas y con autorización del Ministro de Economía y hacienda, dispongo:

Primero. Creación de Oficina Técnica de Cooperación.-Se crea la Oficina Técnica de Cooperación de la Agencia Española de Cooperación Internacional en la República Democrática de Timor Oriental.

Segundo. Funciones.-La Oficina Técnica de Cooperación que se crea por la presente Orden desempeñará las funciones previstas en el apartado 2 del artículo 15 del Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional, aprobado por el Real Decreto 3424/2000, de 15 de diciembre. Tercero. Dependencia.-La Oficina Técnica de Cooperación objeto de la presente Orden se integrará orgánicamente en la Misión Diplomática Permanente de España en la República de Indonesia que es donde, en régimen de acreditación múltiple, radica la representación de España en la República Democrática de Timor Oriental. Dependerá funcionalmente de la Agencia Española de Cooperación Internacional, sin perjuicio de las facultades de dirección y coordinación del Jefe de la Misión. Cuarto. Estructura.-Los puestos de trabajo de la Oficina Técnica de Cooperación creada por la presente Orden, serán los que se determinen por la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones, imputándose su coste al presupuesto de Gastos de la Agencia Española de Cooperación Internacional sin que ello suponga incremento del gasto público. Quinto. Apertura, instalación y funcionamiento.-Los gastos de apertura, instalación y funcionamiento del órgano a que se refiere la presente Orden, serán imputados al Presupuesto de Gastos de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

Disposición Derogatoria.

Queda derogada, parcialmente, la Orden AEX/3132/2003, de 10 de octubre, en lo que se refiere a la competencia territorial en la República Democrática de Timor Oriental, de la Oficina Técnica de Cooperación de la Agencia Española de Cooperación Internacional en la Misión Diplomática Permanente de España en Manila.

Disposición Final.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 18 de julio de 2006.-El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Miguel Ángel Moratinos Cuyaubé.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 18/07/2006
  • Fecha de publicación: 22/08/2006
  • Fecha de entrada en vigor: 23/08/2006
Referencias anteriores
  • DEROGA lo indicado de la Orden AEX/3132/2003, de 10 de octubre (Ref. BOE-A-2003-20696).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 16.2 del Estatuto aprobado por Real Decreto 3424/2000, de 15 de diciembre (Ref. BOE-A-2000-22723).
Materias
  • Agencia Española de Cooperación Internacional
  • Cooperación técnica
  • Embajadas
  • Indonesia
  • Misiones Diplomáticas
  • Timor Oriental

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