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Documento BOE-A-2006-15257

Resolución de 12 de julio de 2006, del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas del Programa de Becas Predoctorales para la formación de personal investigador, en el Marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007.

Publicado en:
«BOE» núm. 208, de 31 de agosto de 2006, páginas 31428 a 31436 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2006-15257

TEXTO ORIGINAL

En el Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+I), para el período 2004-2007, aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 7 de noviembre de 2003; se prevé la potenciación de recursos humanos, con el fin de fortalecer la capacidad investigadora y tecnológica de los grupos de I+D+I, tanto del sector público como del privado; promoviéndose la formación a diferentes niveles atendiendo a las necesidades detectadas en las diferentes áreas prioritarias, por medio de becas de formación de investigadores. El Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA), se configura como un Organismo Público de Investigación, de acuerdo con la Ley 13/1986, de 14 de abril, y al amparo de lo previsto en el artículo 3 del Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del INIA, ha venido realizando convocatorias de becas dirigidas al fomento y mejora de la formación en el ámbito de sus competencias. Esta convocatoria como consecuencia de la publicación del Estatuto del Personal Investigador en Formación introduce un nuevo régimen de ayudas para la formación del personal investigador, que se divide en dos fases claramente diferenciadas. La primera fase, que tendrá una duración mínima de dos años, consiste en la concesión de una beca para la obtención del Diploma de Estudios Avanzados (DEA) y tiene como fin la formación del aspirante a investigador. En la segunda fase, de una duración máxima de dos años, el personal investigador en formación debe desarrollar actividades de investigación conducentes a la presentación de su tesis doctoral, para obtener el Grado de Doctor antes de finalizar la misma. Durante esta fase, el personal investigador en formación debe incorporase plenamente en el grupo de investigación de su tutor, realizando las actividades de un trabajador investigador que le permitan realizar su tesis doctoral y deberá estar protegido por un régimen de contratación laboral con la institución en la que realiza su trabajo, con el beneficio de todos los derechos sociales que otorga la legislación laboral vigente en España. De conformidad con lo anterior y con lo dispuesto en el Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la Orden CTE/835/2002, de 5 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas por el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA), se hace pública la presente convocatoria de becas de Formación de Investigadores, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (2004-2007) y concretamente en el Subprograma Nacional de Recursos y Tecnologías Agrarias en Coordinación con las Comunidades Autónomas. Asimismo, esta convocatoria se ha adecuado a lo establecido en el Real Decreto 63/2006 de 27 de enero (BOE de 3 de febrero), por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formación. Esta convocatoria, será difundida por «Internet», a través de la página «Web» del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria: www.inia.es. En su virtud, dispongo:

Primero. Objeto.-La presente Resolución tiene por objeto convocar, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva: 72 ayudas del Programa de Becas Predoctorales del INIA, financiadas por el INIA (Anexo I), con el fin de facilitar la formación por medio de especialización y la realización de tesis doctorales en temas prioritarios para el Subprograma Nacional de Recursos y Tecnologías Agrarias en Coordinación con las Comunidades Autónomas.

Segundo. Requisitos de los solicitantes.-Para optar a las ayudas de formación de personal investigador, convocadas por la presente Resolución, serán necesarios los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española, o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o ser extranjero residente en España en el momento de solicitar la beca.

b) Haber superado todas las materias exigidas para la obtención del título de Licenciado o de Ingeniero por una Escuela Técnica Superior, incluidas las del proyecto fin de carrera o acreditar el abono de los derechos para su expedición, antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria. c) Para los solicitantes de estas ayudas la fecha de finalización de los estudios debe ser posterior al 1 de enero de 2002. d) Los títulos conseguidos en el extranjero o en centros españoles no estatales, deberán estar homologados o reconocidos, o en trámite de homologación o reconocimiento, debiendo quedar este hecho justificado documentalmente en el momento de solicitar la ayuda. El beneficiario, en este último supuesto, estará obligado a notificar al INIA, con carácter inmediato, la resolución que recaiga en el procedimiento. La denegación de la homologación solicitada dará inicio al procedimiento de reintegro de la ayuda. A efectos de solicitar una ayuda, se considerará que el título está reconocido cuando el solicitante acredite reunir los requisitos para ser admitido en los programas de doctorado de una universidad española, para lo cual deberá presentar un certificado de la universidad correspondiente. e) No estar incapacitado físicamente o padecer enfermedad que pueda impedir el desarrollo de la actividad formativa que constituya el objeto de la ayuda.

Tercero. Derechos del personal investigador en formación.

1. De manera general el personal investigador en formación tendrá los siguientes derechos: a) Obtener de los organismos, centros o instituciones que les acojan, la colaboración y apoyo necesarios para el desarrollo normal de sus estudios y programas de investigación; de acuerdo con las disponibilidades de aquellos.

b) Percibir las ayudas económicas contempladas en el apartado Séptimo para la matriculación en «cursos de doctorado» y «ayuda paralela» para realizar actividades de investigación. Así como, la financiación de «estancias en el extranjero», previa solicitud de autorización al INIA. c) Los restantes derechos establecidos en el artículo quinto del Real Decreto 63/2006, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formación.

2. Durante el periodo de beca disfrutarán de los siguientes derechos:

a) Percibir la ayuda económica que corresponda a la ayuda, en la forma establecida en la presente convocatoria, que no tendrá, en ningún caso, naturaleza de salario.

b) Cobertura del Régimen General de la Seguridad Social en los términos establecidos en la Disposición adicional primera del Real Decreto 63/2006 de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formación.

3. Durante el periodo de contrato, tendrán del mismo modo derecho a todos los beneficios laborales y sociales inherentes al contrato laboral que suscriban en prácticas.

Cuarto. Obligaciones del personal investigador en formación.

1. De manera general, el personal investigador en formación tendrá las siguientes obligaciones: a) Llevar a cabo la actividad de investigación científica para lo que le ha sido concedida la ayuda con el fin de realizar una tesis doctoral. Los adjudicatarios deberán incorporarse en el plazo máximo de un mes, desde la fecha en que le sea comunicada su concesión; salvo que, en su caso, exista autorización de aplazamiento con el visto bueno del tutor, previa solicitud del becario y comunicación al Servicio de Seguimiento y Control de la Promoción Científica del INIA. Esta prórroga tendrá un período máximo de tres meses. La incorporación dentro de los plazos establecidos será condición necesaria para su perfeccionamiento de la condición de becario y para la percepción, en consecuencia, de la ayuda correspondiente. Entendiéndose la no incorporación en estos plazos como una renuncia a la ayuda.

b) Acreditar ante el INIA o, en su caso ante la entidad colaboradora, la realización de la actividad de investigación, así como, el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determina la concesión y disfrute de la ayuda. Asimismo, los becarios deberán cumplir fielmente los objetivos del programa de investigación y las directrices establecidas por el tutor. c) De acuerdo con el artículo 11, apartado 3, del Real Decreto 56/2005 de 21 de enero, por el que se regulan los estudios universitarios oficiales de Postgrado, el personal investigador en formación contratado por el Centro de I+D al que esté adscrito, deberá enviar a la Secretaría General del INIA, en el penúltimo mes antes de la finalizar dicho contrato, fotocopia del documento que acredite haber efectuado el depósito de la tesis en las condiciones que determine la universidad, salvo que exista fuerza mayor o causas ajenas a la voluntad del trabajador, que habrán de ser documentalmente justificadas. d) Atenerse al régimen interno del INIA o de la entidad colaboradora de acogida. e) Poner en conocimiento del INIA, con carácter inmediato, la obtención de cualquier resultado susceptible de protección conforme a la normativa en materia de propiedad industrial. Además, deberá hacer constar su condición de beneficiario de una ayuda del INIA, en cualquier publicación que sea consecuencia directa de la actividad desarrollada con motivo de la ayuda concedida. f) El sometimiento a las actuaciones de comprobación susceptibles de ser efectuadas por el INIA, o en su caso por la entidad colaboradora, o las de control financiero que correspondan a la Intervención General de la Administración del Estado, en relación con la ayuda concedida, y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas. g) Comunicar al INIA, o en su caso a la entidad colaboradora, la obtención de cualquier otra ayuda o subvención para la misma finalidad procedente de cualquiera de las Administraciones, entes públicos nacional o internacionales o entidades privadas. h) Enviar al Servicio de Seguimiento y Control de la Promoción Científica de la Secretaría General del INIA, antes del 15 de noviembre de cada año, informes de la labor realizada y del grado de cumplimiento del programa establecido, que deberá llevar el conforme del tutor y el visto bueno del Director del Centro de Investigación correspondiente. i) En el caso de que deseen renunciar a la ayuda, los beneficiarios están obligados a comunicarlo por escrito al Director del Centro en el que desarrollan su actividad y al Servicio de Seguimiento y Control de la Promoción Científica de la Secretaría General del INIA, con la mayor antelación que les sea posible. Si se generaran percepciones indebidas, el becario quedará obligado a reembolsarlas en el plazo máximo de diez días, contados a partir del día siguiente del asiento en su cuenta corriente y a comunicar documentalmente su devolución a la Habilitación General del INIA. En caso de que no se hubiera realizado el reembolso, el INIA podrá instar la incoación del correspondiente expediente para el cobro del pago indebido. j) Las restantes obligaciones establecidas en el artículo sexto del Real Decreto 63/2006, por el que se aprueba el estatuto del personal investigador en formación.

Quinto. Régimen de incompatibilidades.

1. La adjudicación de estas ayudas crea incompatibilidad con otras ayudas o becas y con la percepción de toda clase de remuneración, prestación o subsidio de desempleo procedentes de los Presupuestos Generales del Estado, Comunidades Autónomas o, en general, con la percepción de cualquier tipo de ingreso proveniente del sector público o privado.

2. En todo caso, las ayudas serán compatibles con bolsas de viaje destinadas a sufragar los gastos de desplazamiento o estancias, que el becario haya de realizar debido a las necesidades del proyecto en el que desarrolle su actividad formativa; siempre que sea por tiempo limitado y previa la correspondiente autorización del INIA, y con lo establecido en el punto 8 del apartado Séptimo de la presente Resolución.

Sexto. Suspensión de las ayudas.

1. Durante el periodo de beca, el personal investigador en formación tendrá derecho a la interrupción temporal de la misma, únicamente en los supuestos de baja por incapacidad temporal (enfermedad o accidente), riesgo durante el embarazo y descanso por maternidad o paternidad, de acuerdo con la normativa aplicable. Durante todo el tiempo de permanencia en dicha situación, el INIA complementará la prestación económica de la Seguridad Social hasta alcanzar el 100% de la cuantía mensual de la beca. En este caso, el tiempo interrumpido podrá recuperarse siempre que sea por periodos de, al menos, 30 días y que la disponibilidad presupuestaria lo permita.

2. Durante el periodo de contrato, la suspensión del mismo en virtud de las causas previstas en los artículos 45 y 46 del Estatuto de los Trabajadores no comportará la ampliación de la duración de la ayuda.

Séptimo. Obligaciones de los Centros de Investigación.-El desarrollo de las becas se realizará en los Centros de Investigación de las Comunidades Autónomas que para cada beca se indican en el correspondiente anexo.

1. De manera general los Centros tendrán las siguientes obligaciones: a) Designar como tutor a un doctor para que coordine y oriente las actividades del personal investigador en formación, que forme parte de un grupo de investigación con vinculación al Centro de I+D durante el periodo de desarrollo de la beca.

b) Comunicar a la Secretaría General del INIA la obtención del Diploma de Estudios Avanzados o documento que lo sustituya de acuerdo con la nueva estructura de enseñanzas adaptada al espacio Europeo de Educación Superior del personal investigador en formación adscrito al Centro, en el plazo máximo de 5 días desde la fecha de su obtención. c) Comunicar a la Secretaría General del INIA la obtención del grado de doctor del personal investigador en formación incorporado al Centro, en el plazo máximo de 5 días desde la fecha de su obtención. d) Comunicar a la Secretaría General del INIA las renuncias interrupciones y demás incidencias de las becas y contratos financiados con cargo a este Programa en el plazo máximo de cinco días desde la fecha en que se produzcan. e) Cumplir los requisitos recogidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y las obligaciones que para los perceptores de ayudas y subvenciones establece el artículo 14 de la citada Ley. f) Facilitar cuanta información les sea requerida por la Intervención General de la Administración del Estado, por el Tribunal de Cuentas y por el INIA. g) En los contratos entre los Centros de I+D y el personal investigador en formación y en las publicaciones y otros resultados a los que pueda dar lugar las investigaciones realizadas al amparo de este Programa de ayudas, deberá hacerse referencia a la financiación del contrato por parte del INIA. h) Las restantes obligaciones establecidas en el artículo séptimo del Real Decreto 63/2006, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formación.

2. Durante los dos últimos años de la ayuda, los Centros de I+D tendrán la obligación de contratar laboralmente en prácticas de acuerdo con la legislación laboral vigente y con la duración, retribuciones y demás requisitos que se indiquen en esta Resolución, al personal investigador en formación, que tras haber finalizado los dos primeros años de beca haya obtenido el Diploma de Estudios Avanzados o documento equivalente que lo sustituya de acuerdo con la nueva estructura de enseñanza adaptada al Espacio Europeo de Educación Superior.

3. De acuerdo con el artículo 11, apartado 3, del Real Decreto 56/2205 de 21 de enero, por el que se regulan los estudios universitarios oficiales de Postgrado, los Centros de I+D que contraten al personal investigador en formación que tengan adscrito, deberán enviar, en el penúltimo mes antes de la finalizar el dicho contrato, fotocopia del documento que acredite haber efectuado el depósito de la tesis en las condiciones que determine la universidad, salvo que exista fuerza mayor o causas ajenas a la voluntad del trabajador, que habrán de ser documentalmente justificadas.

Octavo. Características del desarrollo de la beca.

1. Los becarios predoctorales podrán realizar «Estancias en el extranjero», siempre que lo autorice previamente el INIA, por un período máximo de tres meses anuales, con el fin de ampliar conocimientos en técnicas y metodologías de equipos pioneros, porque el desarrollo de la beca así lo aconseje y el informe del tutor sea favorable. Los tutores deberán pedir autorización previa a la Secretaría General del INIA, con vistas a la planificación económica y administrativa, de estas estancias de formación. Estas actividades en el extranjero estarán dotadas con la cantidad de 600 euros mensuales o 20 euros por día. Esta ayuda podrá ser actualizada en cuanto a su duración y dotación económica mediante la Resolución anual de renovación de las becas y si la disponibilidad presupuestaria lo permite.

2. Así mismo, los becarios podrán asistir, a congresos y reuniones científicas de corta duración, cursos de perfeccionamiento y realizar estancias no superiores a tres meses en centros nacionales. El INIA mediante la «Ayuda paralela», colaborará con la cantidad máxima de 1.375 euros por becario y año o la parte proporcional a los meses de duración de la beca. Esta ayuda podrá ser actualizada, tanto económicamente como por la incorporación de nuevas actividades, mediante la Resolución anual de renovación de las becas y si la disponibilidad presupuestaria lo permite. 3. El INIA les reintegrará a los becarios el desembolso por ellos realizado, en concepto de la matriculación en Universidades y Escuelas Técnicas Superiores de los cursos necesarios para obtener su doctorado, siempre que el pago se hubiera realizado después de obtener la condición de becario INIA. 4. Las dotaciones reseñadas en los tres puntos anteriores serán abonadas a los becarios, una vez realizado el gasto, tras la presentación de los justificantes originales del mismo. 5. Si durante el primer año, contando desde la fecha de la resolución de concesión, el beneficiario causara baja o renunciase a la misma, el suplente situado en primer lugar podrá acceder a la condición de titular y disfrutará igualmente de 48 meses de ayuda desde la fecha de su incorporación al Centro de I+D de adscripción, con independencia de los meses que hubiesen disfrutado el anterior o anteriores beneficiarios. 6. Los resultados científicos y posibles invenciones, que sean obtenidos como consecuencia de la actividad desarrollada por el beneficiario durante el período de disfrute de la beca, serán de propiedad exclusiva de la Administración, sin perjuicio del reconocimiento de los derechos de propiedad intelectual e industrial que pudieran corresponder al becario, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 63/2006, de 27 de enero. No obstante, podrá corresponder al becario la participación en los beneficios que se determine, de acuerdo con los criterios del Consejo Rector del Organismo, conforme a lo previsto en el Apartado 1 c) del Artículo 4 del Real Decreto 55/2002, de 18 de enero, sobre explotación y cesión de invenciones realizadas por los Entes Públicos de Investigación, de conformidad con lo establecido en el Artículo 20 de la Ley 11/1986 de 20 de marzo, de patentes de invención y modelos de utilidad.

Noveno. Duración de las ayudas.-La duración de las ayudas serán de cuarenta y ocho meses, contando a partir de la fecha de incorporación del personal investigador en formación al Centro de I+D de adscripción, y se estructuran en dos periodos diferenciados:

a) Un primer periodo de beca con una duración mínima de 24 meses. Esta ayuda tendrá las características de una beca y durante la misma, el personal investigador en formación deberá alcanzar la suficiencia investigadora mediante la obtención del Diploma de Estudios Avanzados (DEA), o documento administrativo que lo sustituya de acuerdo con la nueva estructura de enseñanzas adaptada al Espacio Europeo de Educación Superior.

El investigador en formación que hubiera obtenido el DEA con anterioridad a la finalización de los dos primeros años de beca, no accederá a la fase de contrato hasta que complete el periodo mínimo de dos años de beca. Los periodos de suspensión de la ayuda por causas de incapacidad temporal (enfermedad o accidente), riesgo durante el embarazo y descanso por maternidad o paternidad debidamente acreditados podrán ampliar el cómputo de duración de la fase de beca. b) Un segundo periodo de contrato laboral en prácticas, que comprenderá como máximo dos años. El Centro de I+D de adscripción, formalizará con el personal investigador en formación, que esté en posesión del DEA o documento administrativo que lo sustituya de acuerdo con la nueva estructura de enseñanza adaptada al Espacio Europeo de Educación Superior y haya superado el tiempo mínimo de dos años del periodo de beca, un contrato de trabajo en prácticas en virtud del cual el investigador quedará vinculado al Centro de I+D donde desarrolle su tesis doctoral, asumiendo ambas partes las obligaciones contractuales que del mismo se deriven, y que en todo caso se adecuarán al contenido de la solicitud de ayuda.

Décimo. Dotación de las ayudas.

1. Durante el periodo de beca la cuantía de las ayudas será de 1.100 euros mensuales brutos, de la que se deducirá la cuota de la seguridad social que está obligado a cotizar el investigador beneficiario y serán abonada por meses vencidos y en función del número de días que el personal investigador en formación esté de alta, considerando en todos los casos meses de 30 días. De acuerdo con lo establecido en el artículo 1 de la Ley 62/2003 de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, estas ayudas para la formación de personal investigador en su periodo de beca están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

De acuerdo con el Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formación, durante el periodo de beca, los becarios quedarán asimilados a trabajadores por cuenta ajena, a efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social. La solicitud de alta en el Régimen General de la Seguridad Social será efectuada por el INIA con efectos del día de incorporación del investigador beneficiario al Centro de I+D adscrito, de acuerdo con lo indicado en la disposición cuarta, punto 1, apartado a). Sin perjuicio de anterior, los becarios disfrutarán de un seguro de accidentes. 2. En el periodo de contrato la cuantía del mismo, correspondiente a 14 mensualidades por año, para los contratos formalizados en organismos de la Administración General del Estado, será el 80% de lo establecido en Tabla Salarial del Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, para la contratación de un titulado superior de investigación y laboratorio, grupo profesional 1 (GP1). Los contratos laborales en prácticas formalizados por los Centros de I+D e instituciones de las Comunidades Autónomas, podrán ser de la misma cuantía que el establecido para los organismos de la administración general del estado, siempre que estén de acuerdo con lo establecido por el artículo 11.1 del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y su normativa de desarrollo, donde se establece que el importe del salario bruto no será inferior al 60% para el primer año, ni inferior al 75% en el segundo año de contrato, respecto a los valores de la tabla salarial vigente en la Comunidad Autónoma, para la contratación de un titulado superior de investigación y laboratorio, grupo profesional 1 (GP1) o categoría equivalente en la misma. La ayuda para cada uno de los contratos que se formalicen al amparo de este programa se destinará necesariamente a abonar el salario y la cuota empresarial de la seguridad Social de los investigadores contratados. La cuota empresarial de la Seguridad Social que se aporte se calculará de acuerdo a los tipos de cotización que correspondan cada año. Los Centros de I+D beneficiarios realizarán en su caso las correspondientes retenciones fiscales e ingresos por los pagos que realicen al personal investigador en formación. Los Centros de I+D adelantarán el importe de las ayudas para la contratación del personal de investigación en formación que tienen adscritos y el INIA transferirá en el último trimestre de la anualidad presupuestaria, hasta un máximo del 80% de lo establecido en la Tabla Salarial del Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, para la contratación de un titulado superior de investigación y laboratorio, grupo profesional 1 (GP1). En aquellos casos que sea exigible, los Centros de I+D beneficiarios deberán acreditar estar al corriente de sus obligaciones frente a la Seguridad Social, presentando el correspondiente certificado original o fotocopia compulsada expedida por la tesorería de la Seguridad Social, de acuerdo con las Órdenes del Ministerio de Economía y Hacienda de 28 de abril de 1986 y de 25 de noviembre de 1987.

Undécimo. Justificación de las ayudas en la fase de contrato por los Centros de I+D.

1. Los Centros de I+D deberán certificar los gastos efectuados en la ejecución de cada una de las ayudas que les hayan sido concedidas en función del personal investigador en formación adscrito al centro. Estas certificaciones serán anuales y deberán enviarse a la Secretaría General del INIA antes del 31 de enero de cada año, con los gastos efectuados hasta el 31 de diciembre del año anterior.

2. en caso de extinción o rescisión de las ayudas, una vez realizadas las transferencias por el INIA, los fondos no invertidos deberán ser ingresados en la cuenta del INIA del Banco Bilbao Vizcaya número 0182-2370-46-0200203535.

Duodécimo. Formalización de Solicitudes.

1. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

2. Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General de INIA o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. De Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e irán dirigidas al Ilmo. Sr. Director General del INIA (Ctra. de La Coruña Km. 7,5 28040 Madrid) 3. Las solicitudes se formularan por duplicado según el modelo de instancia que se incluye como Anexo IV y deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:

Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, para españoles, o fotocopia compulsada del pasaporte para los ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, o extranjeros residentes en España.

Fotocopia del Título académico o pago de los derechos para su expedición. Fotocopia de la Certificación académica oficial, en la que figuren las calificaciones obtenidas y fechas de las mismas. En el momento de la solicitud, los títulos conseguidos en el extranjero o en Centros españoles no estatales, deberán estar homologados o reconocidos, o en trámite de homologación o reconocimiento, lo que deberá estar justificado documentalmente. «Currículum vitae», con mención de las becas disfrutadas con anterioridad y resultados obtenidos. Titulaciones o documentos acreditativos de conocimiento de idiomas. Otros documentos acreditativos de méritos relevantes a la selección de los aspirantes.

4. Los interesados podrán solicitar hasta un máximo de dos becas, presentando cada solicitud por duplicado.

5. Si la documentación aportada fuera incompleta o presentara errores subsanables, se requerirá al solicitante para que, en el plazo máximo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la advertencia de que si no lo hiciese, se le tendrá por desistido en su solicitud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42.1 y 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común Decimotercero. Instrucción.-El órgano competente para la instrucción será la Secretaría General del INIA, la cual solicitará de oficio cuantos informes estime necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución.

Decimocuarto. Evaluación de las solicitudes.

1. La evaluación y selección de la solicitudes se realizará en concurrencia competitiva, y tomando en consideración exclusivamente la documentación aportada en las mismas.

2. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Secretaría General del INIA enviará a cada uno de los tutores las solicitudes que les afecten, para que las ordenen según los criterios de prioridad aplicables. Los tutores deberán devolver a la Secretaría General del INIA, en el plazo de quince días naturales desde la fecha de recepción en la institución a la que pertenezca, la documentación enviada y una relación priorizada de todos los solicitantes y las razones de dicha priorización, mediante un informe. La elaboración de la relación priorizada deberá basarse en los siguientes criterios:

a) Nota media del expediente académico del candidato (hasta un máximo de 3 puntos).

b) Nota media de las calificaciones de las asignaturas que tienen mayor relación con el tema de la beca (hasta un máximo de 3 puntos). c) Experiencia adecuada al tema de la beca, publicaciones, cursos y otros méritos (hasta un máximo de 4 puntos).

3. Una Comisión de Selección, designada al efecto por el Director General del INIA, integrada por un mínimo de cinco miembros, entre ellos expertos científicos, presididos por el Subdirector General de Prospectiva y Coordinación de Programas, efectuará la selección de los candidatos y elevará al Director General la correspondiente propuesta de Resolución.

4. La Comisión de Selección evaluará las solicitudes de acuerdo con los siguientes criterios:

a) El informe del tutor (hasta un máximo de 5 puntos).

b) «Currículum vitae» del candidato (hasta un máximo de 5 puntos).

Decimoquinto. Trámite de audiencia y Resolución.

1. Con carácter previo a la Resolución de concesión de becas, se evacuará el trámite de audiencia a los interesados durante el plazo de quince días para que formulen alegaciones y aporten cuantos documentos estimen pertinentes. A estos efectos, se expondrá en el tablón de anuncios del INIA (Carretera A Coruña, Km. 7,5, Madrid), así como en la dirección de Internet www.inia.es, la relación de candidatos seleccionados y, en su caso, una relación complementaria de suplentes por orden de prelación para los supuestos de renuncia de los beneficiarios o de incumplimiento de las condiciones necesarias para la percepción de la beca.

2. Sustanciado el trámite de audiencia, la propuesta de resolución se elevará al órgano competente para resolver, que dictará en el plazo máximo de quince días a partir de la fecha de elevación de aquélla, la resolución estimatoria o desestimatoria de concesión de ayuda, previa tramitación del expediente de gasto en caso de resolución de otorgamiento. 3. El plazo máximo para dictar resolución y notificarla a los interesados será de seis meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la correspondiente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución expresa, se podrán entender desestimadas las solicitudes.

Decimosexto. Notificación.

1. La resolución de concesión de becas será notificada a los beneficiarios de las mismas. Asimismo y conforme a lo establecido por el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se expondrá en los tablones de anuncios relacionados anteriormente y en la página web www.inia.es la lista con los nombres y apellidos de los beneficiarios y suplentes seleccionados.

2. Contra esta Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Presidente del INIA, en los términos y plazos previstos en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Decimoséptimo. Forma y plazo de justificación de la ayuda.-El beneficiario de la ayuda deberá haber obtenido, al menos durante el tercer año, el Diploma de Estudios Avanzados o documento administrativo que lo sustituya de acuerdo con la nueva estructura de enseñanzas adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior.

Antes del penúltimo mes previo a la finalización del contrato laboral en prácticas, el personal investigador en formación enviará fotocopia del documento que acredite haber efectuado el deposito de la tesis doctoral en las condiciones que determine la universidad, salvo que exista fuerza mayor o causas ajenas a la voluntad del trabajador, que habrán de ser documentalmente justificadas. Decimoctavo. Incumplimiento.-La constatación del incumplimiento de los requisitos necesarios o de las obligaciones asumidas como consecuencia de la concesión de la ayuda, resoluciones de renovación y demás normas aplicables, dará lugar, previo el oportuno expediente de incumplimiento, a la extinción del derecho de su disfrute o a la modificación de la Resolución de concesión, al reintegro de las cantidades percibidas más los intereses de demora correspondientes de conformidad a lo dispuesto en el Título II (reintegro de subvenciones), Título III (control financiero) y Título IV (infracciones y sanciones) de la Ley General de Subvenciones. Decimonoveno. Financiación.

1. La financiación de las ayudas convocadas por la presente Resolución (ANEXO I), se efectuará con cargo a las aplicaciones presupuestarias 18.204.467D.780, 18.204.467D.131 y 18.204.467D.160.00 del presupuesto de gastos del INIA, aprobado por la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2006, publicada en el Boletín Oficial del Estado del día 30.

2. La financiación de las becas, convocadas para las comunidades autónomas de: Andalucía, Aragón y Cataluña (Anexo II), serán cofinanciadas al 50 por 100 por el INIA y por la Comunidad Autónoma correspondiente. El INIA adelantará sólo durante el periodo de beca (dos primeros años), las cantidades necesarias para atender estos gastos con fondos de la aplicación presupuestaria 18.204.467D.780.

Vigésimo. Normativa aplicable.-En lo no previsto en la presente Resolución, serán de aplicación:

La Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica.

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La Ley 47/2003 de 26 de noviembre, General Presupuestaria. El Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria. El Real Decreto 55/2002, de 18 de enero, sobre explotación y cesión de invenciones realizadas en los entes públicos de investigación. La Orden CTE 835/2002, de 5 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas por el INIA. El Real Decreto 56/2005, de 21 de enero por el que se regulan los estudios oficiales de postgrado. La Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva, modificada por la Orden ECI/3831/2005, de 24 de noviembre. El Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formación. Y las demás normas vigentes que sean de aplicación.

Vigésimo primero. La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 12 de julio de 2006.-El Director General del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, Mario Gómez Pérez.

ANEXO I

Becas financiadas por el INIA

N.º

Título de la Beca

Tutor

Centro

1

Caracterización ampelográfica y genética de variedades de vid del Principado de Asturias.

M.ª Dolores Loureiro Rodríguez.

SERIDA-Villaviciosa (Asturias).

2

Caracterización agronómica y molecular de líneas mejoradas y germoplasma español de judía común (Phaseolus vulgaris L).

Juan José Ferreira Fernández

Prof. Ramón Giradlez-Universidad de Oviedo.

SERIDA-Villaviciosa (Asturias).

3

Utilización de los composts producidos en las Islas Baleares para la mejora del ecosistema suelo-planta en plantaciones de almendro.

Isabel Sastre Conde.

Conselleria d'Agricultura i Pesca (Palma de Mallorca).

4

Insectos potencialmente peligrosos para palmeras nativas o cultivadas en Canarias.

Estrella Hernández Suárez.

ICIA (Tenerife).

5

Racionalización y organización del trabajo en invernaderos hortícolas en zonas de invierno suave.

Manuel Caballero Ruano.

ICIA (Gran Canaria).

6

Caracterización de la calidad de la carne de las razas bovinas autóctonas de Cantabria, Tudanca y Monchina.

Amelia Martínez Penagos.

CIFA. Muriedas (Cantabria).

7

Estudio prenormativo del polen apícola.

Amelia Virginia González Porto.

Centro Agrario de Marchamalo (Guadalajara).

8

Programación de riego y relaciones hídricas en Pistachero.

José Francisco Couceiro López.

Centro de Mejora Agraria «El Chaparrillo». Ciudad Real.

9

Aplicación de nuevas técnicas enológicas para la mejora de la calidad de los vinos de Castilla y León.

Domingo Carlos González Huerta.

ITACYL. Estación Enológica de Castilla y León. Rueda (Valladolid).

10

Aplicaciones de nuevas tecnologías para la revalorización de residuos orgánicos (gallinaza, purines, aguas residuales agroalimentarias, etc.) y subproductos procedentes de las actividades agroalimentarias y ganaderas.

M.ª Cruz García González.

ITACYL. Zamadueñas (Valladolid).

11

Desarrollo de Tecnologías para la elaboración de nuevos productos cárnicos cocidos.

M.ª Dolores García Cachán.

ITACYL. Estación Tecnológica de la Carne de Castilla y León. Guijuelo (Salamanca).

12

Enfermedades causadas por hongos telúricos en cultivos.

M.ª del Carmen Rodríguez Molina.

Centro de Investigación «La Orden»-Valdesequera (Badajoz).

13

Polinización y cuajado en ciruelo japonés.

Margarita López Corrales.

Centro de Investigación «La Orden»-Valdesequera (Badajoz).

14

Evaluación de los sistemas sostenibles de producción de leche a través de la aplicación de sistemas de soporte de decisiones y de metodologías prácticas de la estimación de nutrientes en explotaciones comerciales de Galicia.

Antonio González Rodríguez.

Centro de Investigaciones Agrarias de Mabegondo, (A Coruña).

15

Estudio del comportamiento de diferentes columnas de destilación en la elaboración de aguardientes de orujo y de las características analíticas y sensoriales de los destilados. Definición según norma ISO 11035 de los descriptores organolépticos de los mismos.

Ignacio Orriols Fernández.

Estación de Viticultura y Enología de Galicia, Leiro (Ourense).

16

Evaluación nutricional del cultivo guisante-triticale y su potencialidad para la producción de carne y leche.

Jaime Zea Salgueiro.

Centro de Investigaciones Agrarias de Mabegondo, (A Coruña).

17

Optimización de la nutrición de la vid (Vitis vinifera L.) para la producción de u va de calidad.

Ignacio Martín Rueda.

Servicio de Investigación y Desarrollo Tecnológico (CIDA). Finca Valdegón. Agoncillo (La Rioja.

18

Genómica funcional aplicada a la mejora del proceso de toma de espuma en la elaboración de espumosos por el método tradicional.

Dra. Eva M.ª Valero Blanco.

IMIDRA «Finca El Encín». Alcalá de Henares (Madrid).

19

Mejora de la calidad aromática de los vinos ecológicos mediante la reducción de aromas de oxidación.

Dra. Margarita Aznar Ramos.

IMIDRA «Finca El Encín». Alcalá de Henares (Madrid).

20

Prospección, recolección y conservación de germoplama, caracterización química, selección, estudio de propagación y cultivo ecológico de poblaciones silvestres de plantas aromáticas y medicinales de la flora española.

José Antonio Sotomayor Sánchez.

IMIDA. La Alberca (Murcia).

21

Influencia del sistema de explotación sobre las características estructurales y funcionales de las fibras musculares de la raza chato murciano.

Begoña Peinado Ramon.

IMIDA. La Alberca (Murcia).

22

Reutilización de residuos ganaderos mediante biofumigación con solarización para el control de Phytophthora capsici en cultivos de pimiento: efecto sobre las esporas de resistencia del patógeno y la salud del suelo.

Santiago Larregla del Palacio.

NEIKER-Derio (Vizcaya).

23

Detección y caracterización de genes involucrados en estreses bióticos abióticos como marcadores de selección en programas de mejora de Pinus radiata.

Santiago Espinel Marzo.

NEIKER-Derio (Álava).

24

Diversidad genética asociada a marcadores moleculares moleculares.

Ernesto Gomez/Manuel Lainez.

IVIA-Centro de Investigación y Tecnología Animal de Segorbe (Castellón).

25

Factores físico-químicos que afectan a la corteza de los frutos cítricos.

Antonio Cano/ Salvador Zargoza.

IVIA-Moncada (Valencia).

26

Estructura y dinámica de poblaciones de virus fitopatogenos en cultivos horticolas.

Luis Rubio.

IVIA-Moncada (Valencia).

27

Genomica de la calidad del fruto de los cítricos.

Francisco Tadeo.

IVIA-Moncada (Valencia).

28

Determinación de la programacion de riego basado en medidas en planta en frutales.

Juan Ramón Castel.

IVIA-Moncada (Valencia).

29

Evaluación en campo de distintas estrategias de control de la mosca del olivo y su efecto sobre artrópodos beneficiosos.

Manuel González Núñez.

INIA. Proteccion Vegetal. Madrid.

30

Cuajadas congeladas de leche de oveja. Efectos sobre las características bioquímicas y sensoriales del queso.

Manuel Núñez Gutierrez.

INIA.Tecnologia de Alimentos. Madrid.

31

Determinación de contaminantes en alimentos infantiles.

Antonio Martín Esteban.

INIA. Medio Ambiente. Madrid.

32

Estrategias de vacunación frente al virus del PRRS basadas en la fusión de antígenos a quimioquinas.

Fernando Alonso Moreno.

INIA. Biotecnología. Madrid.

33

Efectos de genes candidatos sobre caracteres de composición corporal en cerdos en tres cruces experimentales y validación en poblaciones comerciales.

Luis Silio López.

INIA. Mejora Genética Animal. Madrid.

34

Modelización del comportamiento del fuego en matorrales: aplicación a la selvicultura preventiva de incendios.

Carmen Hernando Lara.

INIA-CIFOR. Madrid.

35

Creación de la colección nuclear española de trigo duro.

M.ª Magdalena Ruiz Valcarcel.

INIA-CRF. Alcala de Henares (Madrid).

36

Tecnologías reproductivas y control endocrino del trofeo para la conservación y gestión de la cabra montés como recurso cinegético renovable.

Julián Santiago Moreno.

INIA. Reproduccion Animal. Madrid.

37

Estudio del papel de las quimioquinas en la infección frente al virus de la septicemia hemorrágica viral (VHSV) y determinación de su posible uso como adyuvantes en vacunas DNA.

Carolina Tafalla Piñeiro.

INIA-CISA. Valdeolmos (Madrid).

38

Generación de vectores virales para el desarrollo de vacunas frente al virus de la Lengua Azul.

Fco. Javier Ortego Alonso.

CISA. INIA.VALDEOLMOS (Madrid).

ANEXO II

Becas Cofinanciadas INIA-Comunidades Autónomas

N.º

Título de la Beca

Tutor

Centro

39

Diagnóstico genético preimplantacional: Genotipado de genes candidatos de interés económico (ETLs) en ovino.

Jorge Hugo Calvo Lacosta.

CITA-Zaragoza.

40

Técnicas de evaluación, análisis genético y molecular de los compuestos responsables del carácter picante en pimiento (Capsicum sp.).

M.ª Soledad Arnedo Andrés.

CITA-Zaragoza.

41

Desarrollo de técnicas para la selección precoz de caracteres de ínterés en frutales.

Ana Wünch Blanco /Pilar Errea Abad .

CITA-Zaragoza.

42

Dinámica y procesos de contaminación difusa de las aguas superficiales por el fósforo en los regadíos de Aragón.

Farida Dechmi.

CITA-Zaragoza.

43

El impacto de la PAC sobre los sectores agroalimentarios en Aragón: Un análisis multisectorial.

George Philippidis.

CITA-Zaragoza.

44

Biología y etología del género Calliptamus (Serville, 1831) y el control de sus plagas por medio de feromonas.

Milagros Coca Albia.

CITA-Zaragoza.

45

Influencia del manejo de suelo en olivar sobre sus propiedades químicas.

Juan Castro Rodríguez.

Camino del Purchil (Granada).

46

Nematología agrícola.

Miguel Francisco Talavera Rubia.

Camino del Purchil (Granada).

47

Desarrollo de dietas artificiales para dos especies de moluscos cefalópodos: chocos (Sepia officinalis) y pulpo (Octopus vulgaris).

Pedro Miguel Rodrigues dos Santos Domingues.

Agua del Pino (Huelva).

48

Análisis económico y evaluación de costes ambientales en sistemas de producción agroenergética.

Javier Calatrava Requena.

Camino del Purchil (Granada).

49

Paquetes tecnológicos para cultivos protegidos en el área mediterránea.

Nicolás Castilla Prados.

Camino del Purchil (Granada).

50

Control de calidad en alimentos mediterráneos. Aplicación de técnicas no destructivas y no invasivas.

Francisco Peña Rodríguez.

Alameda del Obispo (Córdoba).

51

Interpretación estocástica de variables espacio-temporales para optimizar el uso del agua en la agricultura.

José Luis Muriel Fernández.

Las Torres (Sevilla).

52

Empleo de herramientas moleculares para la mejora de cultivos no alimentarios.

M.ª Teresa Moreno Yanguela.

Alameda del Obispo (Córdoba).

53

Evaluación y selección de leguminosas forrajeras para las condiciones del secano andaluz.

Salvador Nadal Moyano.

Alameda del Obispo (Córdoba).

54

Análisis sistémico e institucional en productos agroalimentarios de calidad diferencial .

Pedro Ruíz Avilés.

Alameda del Obispo (Córdoba).

55

Composición y calidad del aceite de oliva. Análisis de compuestos de interés nutricional y sensorial.

José Antonio García Mesa .

Venta del Llano (Jaén).

56

Tratamiento post-cosecha y envasado de hortícolas.

Víctor Ortíz Somovilla.

Las Torres (Sevilla).

57

Desarrollo de líneas doble haploides en tomate y caracterización molecular.

R. Dolcet.

IRTA-Centre de Cabrils, Cabrils (Barcelona).

58

Método no destructivo para la determinación en continuo de parámetros superficiales, durante el secado de productos crudos-curados.

J. Comaposada.

IRTA-Centre de Tecnoogía de la Carn, Monells (Girona).

59

Determinación del avance genético de la mejora del trigo harinero. Caracterización de genes que influyen en la calidad harinera. .

G. Briceño/J.A.º Martín-Sánchez.

Centre UdL-IRTA, Lleida.

60

Aplicación de microarrays de ADN y geonómica funcional en el estudio de genes asociados a deposición y composición de grasas en cerdo.

Romi Pena.

Centre UdL-IRTA, Lleida.

61

Necesidades nutricionales y de manejo de la ternera de reposición.

A. Bach.

IRTA-Unitat de Regugants, UAB, Bellaterra (Barcelona).

62

Identificación y caracterización de vibrios potencialmente diarreicos provenientes de bivalvos marinos.

Ana Roque.

IRTA-Centre d'Aqüicultura, Sant Carles de la Rápita (Tarragona).

63

Aplicación de diferentes estrategias de estrés hídrico (intensidad, momento, duración) en plantaciones leñosas (fruta dulce, fruta seca, olivo, viña).

J. Girona.

Centre UdL-IRTA, Lleida.

64

Bases para el establecimiento de un programa de Control Integrado de Plagas en industria agroalimentaria mediante

el uso combinado de control biológico y dióxido de carbono.

J. Riudavets.

IRTA-Centre de Cabrils, Cabrils (Barcelona).

65

Estudios de comportamiento reproductivo del lenguado senegalés (Solea senegalensis).

N. Duncan.

IRTA-Centre d'Aqüicultura, Sant Carles de la Rápita (Tarragona).

66

Mejora de la estabilidad microbiana, física y química de alimentos mínimamente procesados por tecnologías emergentes.

P. Picouet.

IRTA-Centre de Tecnoogía de la Carn, Monells (Girona).

67

Técnicas de gestión de fertirrigación, de recirculación,y de tratamiento de lixiviados en viveros de plantas ornamentales de exterior cultivadas en contenedor para la optimización del uso del agua y nutrientes.

R. Cáceres/O. Marfá.

IRTA-Centre de Cabrils, Cabrils (Barcelona).

68

Efecto de la alta presión en la calidad sensorial y microbiológica de la carne de vacuno fresca y de productos minimamente procesados como la carne marinada y los preparados de carne.

Carolina Realini.

IRTA-Centre de Tecnoogía de la Carn, Monells (Girona).

69

Biología y ecología de la mosca mediterránea de la fruta (Ceratitis capitata Wied) en el NO peninsular y optimización del sistema de captura masiva.

Adriana Escudero/J. Avilla.

IRTA-Fundació Mas Badía-Centre UdL-IRTA, La Tallada (Girona).

70

Desarrollo de sistemas de simulación, predicción y prevención de alteraciones fisiológicas en pera.

Ch. Larrigaudiere.

Centre UdL-IRTA (Lleida).

71

Estudio genético de la fertilidad y de los caracteres de producción y calidad seminal en conejo.

Miriam Piles.

IRTA-D. de Cunicultura, E.Exp. Torre Marimón. Caldes de Montbui (Barcelona).

72

Aplicación de técnicas proteomicas en la determinación de la calidad sensorial del jamón curado.

Maria Hortós.

IRTA-Centre de Tecnoogía de la Carn, Monells (Girona).

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