Advertidos errores en la Resolución citada, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 299, de 15 de diciembre de 2005, se transcriben a continuación las siguientes rectificaciones:
En la página 40975, en el puesto de trabajo con N.º de Orden 1, «Jefe de servicio especial», en la columna «Centro Directivo/puesto de trabajo» donde dice «S.G. de operaciones», debe decir «S.G. de Logística».
En la página 40975, en el puesto de trabajo con N.º de Orden 4, este queda sustituido en su totalidad por «Centro directivo/puesto de trabajo: Área de Aduanas/Jefe Dependencia de Aduanas e II.EE.; N.º Puestos: 1; Localidad: Toledo; Grupo: B; Nivel: 26; C. Específico: 11.796,96€; Observaciones: Cuerpo Técnico de Hacienda. Especialidad de Gestión Aduanera. Reservado empleado público de nacionalidad española».
Las nuevas solicitudes de participación, así como las modificaciones que pudieran producirse en las ya presentadas, como consecuencia de la presente corrección de errores, se presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación, en los mismos términos y condiciones que establecía la Resolución de 5 de diciembre de 2005.
Esta ampliación del plazo de presentación de instancias se entenderá a esos únicos efectos, siendo la fecha de referencia para cualquier valoración de méritos o requisitos la establecida en la inicial publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de 15 de diciembre de 2005.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.
Madrid, 15 de diciembre de 2005.-P. D. (Resolución de 24 de junio de 1999, BOE de 9 de julio), el Director General, Luis Pedroche y Rojo.
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