De conformidad con lo establecido en los artículos 385.2, 387 y 388 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el artículo 28, 2. c) y 3. e) del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado y demás disposiciones concordantes, por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial adoptado en su reunión del día 26 de julio del corriente año 2006,
Vengo en declarar la jubilación forzosa por incapacidad permanente para el ejercicio de sus funciones judiciales, del Magistrado don Pedro de San Pastor Ortiz, Titular del Juzgado de Instrucción número 19 de los de Madrid, con efectos del día 26 de julio de 2006 y con los derechos pasivos que le correspondan por esta causa.
Dado en Palma de Mallorca, el 28 de agosto de 2006.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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