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Documento BOE-A-2006-16721

Resolución de 13 de septiembre de 2006, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se adjudica subvención para el fomento de la movilidad de estudiantes de universidades españolas en el marco de proyectos que hayan obtenido financiación del programa Leonardo da Vinci II de la Unión Europea en la convocatoria de 2006 (Proyecto FARO).

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 23 de septiembre de 2006, páginas 33559 a 33560 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2006-16721

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 26 de junio de 2006, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación («BOE» de 1 de agosto), se hizo pública la convocatoria de una subvención para el fomento de la movilidad de estudiantes de universidades españolas en el marco de proyectos que hayan obtenido financiación del Programa Leonardo da Vinci II de la Unión Europea en la convocatoria de 2006 (Proyecto FARO). De conformidad con la propuesta efectuada por la Comisión de Selección, a la que se refiere el apartado 6 de la Resolución de convocatoria, he resuelto:

Primero.-Conceder la subvención a la Fundación General de la Universidad de Valladolid, CIF G-47382056, entidad beneficiaria del proyecto financiado por la convocatoria 2006 del Programa Leonardo da Vinci II de la Unión Europea titulado «Becas de capacitación profesional de estudiantes universitarios en Europa», para la realización del Proyecto FARO.

Segundo.-La cuantía de la subvención es de 2.521.000,00 euros, distribuidos en dos anualidades, 1.008.400,00 euros (40 por 100, con cargo al ejercicio 2006) y 1.512.600,00 euros (60 por 100, con cargo al ejercicio 2007), de la aplicación presupuestaria 18.07.463A.781 del Presupuesto de gasto del Ministerio de Educación y Ciencia. Tercero.-La vigencia del proyecto será de dos años, contados a partir de la fecha de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Cuarto.-El beneficiario está obligado a cumplir el programa y actuaciones contenidos en el proyecto presentado y demás normas que sobre justificación y seguimiento se mencionan en la Resolución de convocatoria.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero. Asimismo, podrá interponerse recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición, en el supuesto de haberse presentado, sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 13 de septiembre de 2006.-El Secretario de Estado de Universidades e Investigación, P. D. (Orden ECI/1898/2006, de 5 de junio), el Director General de Universidades, Javier Vidal García.

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