Está Vd. en

Documento BOE-A-2006-16899

Orden ECI/2943/2006, de 7 de septiembre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones a Confias, Fundación para una Infancia y Adolescencia Saludables.

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 27 de septiembre de 2006, páginas 33805 a 33805 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2006-16899

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de doña María Estíbaliz Echániz Salgado, solicitando la inscripción de Confias, Fundación para una Infancia y Adolescencia Saludables, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo, así como la inscripción de la delegación de facultades en doña María Teresa Echániz Salgado,

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Francisco Javier San Sebastián Cabasés, don Francisco Javier Quintero Gutiérrez del Álamo, doña María Teresa Echániz Salgado, don Javier Correas Lauffer y la entidad mercantil Strgo, Empresa y Sociedad, S. L., en Madrid, el 14 de junio de 2006, según consta en la escritura pública número mil doscientos doce, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid don Manuel González-Meneses García-Valdecasas.

El Patronato de la Fundación que se constituye acordó la delegación de facultades a que antes se ha hecho referencia. Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Segre, número 5, distrito postal 28002 del Municipio de Madrid, y su ámbito es estatal. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido desembolsada inicialmente en un 54,4466 por 100, mediante la aportación de la cantidad de dieciséis mil trescientos treinta y cuatro euros (16.334 euros) ingresada en entidad bancaria, y el resto será desembolsado en un plazo no superior a cinco años. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: La defensa de los derechos del menor. El fomento de una educación del menor dirigida hacia el civismo, la tolerancia y los hábitos saludables. La promoción de la salud, especialmente de la salud mental, en la infancia y en la adolescencia. La asistencia sanitaria y social de menores afectados o con factores de riesgo para desarrollar trastornos psiquiátricos. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado. Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: don Francisco Javier San Sebastián Cabasés, Vocales: Don Francisco Javier Quintero Gutiérrez del Álamo, doña María Teresa Echániz Salgado, don Javier Correas Lauffer, Secretario no patrono: Doña María Estíbaliz Echániz Salgado. En la escritura de constitución consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente: El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre. El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo. La Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, (B.O.E. del 28) de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, en virtud de la cual se delegan en el Secretario General Técnico del Departamento las competencias relativas al Protectorado de Fundaciones que corresponden al mismo.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 b) del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según las Disposiciones Transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y única del Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de Confias, Fundación para una Infancia y Adolescencia Saludables en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia.

Por todo lo cual, resuelvo:

Primero.-Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la denominada Confias, Fundación para una Infancia y Adolescencia Saludables, de ámbito estatal, con domicilio en la calle Segre, número 5, distrito postal 28002 del Municipio de Madrid, así como del Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Segundo.-Inscribir la delegación de facultades en la patrono doña María Teresa Echániz Salgado, según consta en la escritura otorgada el 14 de junio de 2006 ante el notario de Madrid don Manuel González-Meneses García-Valdecasas, número mil doscientos doce.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 7 de septiembre de 2006.-La Ministra de Educación y Ciencia, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación y Ciencia, Aurelio Pérez Giralda.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid