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Documento BOE-A-2006-17421

Resolución de 12 de septiembre de 2006, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se conceden becas de posgrado para la formación de profesorado universitario.

Publicado en:
«BOE» núm. 238, de 5 de octubre de 2006, páginas 34678 a 34678 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2006-17421

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación de 8 de septiembre de 2005 (BOE de 16 de septiembre), se convocaron becas en el marco del programa nacional de posgrado para la formación de profesorado universitario, corregida posteriormente por resolución de 10 de octubre de 2005 (BOE de 31 de octubre). Publicada por la Resolución de 30 de marzo de 2006 (BOE de 21 de abril) la concesión de las becas de la referida convocatoria, se interpusieron recursos de reposición que a la vista de las alegaciones formuladas se han estimado por lo que procede publicar la relación de los beneficiarios de la mismas. Por ello, en uso de la delegación otorgada por la Resolución de convocatoria, esta Dirección General, ha resuelto:

Primero.-Conceder las becas a los candidatos que se relacionan en el Anexo de esta Resolución, por haber sido estimados los recursos de reposición presentados en fecha y forma.

Segundo.-La concesión de estas becas se realiza con efectos de 1 de octubre de 2006 hasta 31 de diciembre de 2006, pudiéndose prorrogar anualmente hasta un máximo de cuarenta y ocho meses, de conformidad con lo establecido en la base I.3.1 de la Resolución de 8 de septiembre de 2005 (BOE de 16 de septiembre). Tercero.-La incorporación de los becarios a los centros de adscripción se realizará en el plazo máximo de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con el punto III.6.2 de la convocatoria. Las solicitudes de aplazamiento de incorporación se realizarán y presentarán de conformidad con lo establecido en el punto III.6.3 de la convocatoria y deberán presentarse ante la Dirección General de Universidades dentro del mes de plazo para la incorporación del beneficiario de la beca al centro de adscripción. Cuarto.-El alta en los centros de adscripción de los beneficiarios de becas concedidas por la presente Resolución, se tramitará a través de la entidad a la que pertenezca el centro, acompañada de la documentación a la que se refiere el apartado III.6.4 de la convocatoria. Las instrucciones para la tramitación de altas y los modelos de impresos se podrán obtener en la dirección de Internet indicada en el punto segundo de la presente Resolución. Quinto.-Los beneficiarios de las becas concedidas en esta Resolución quedan sujetos a las obligaciones, requisitos y condiciones que rigen este programa y que se indican en la mencionada Resolución de 8 de septiembre de 2005. Igualmente y de conformidad con la Disposición transitoria única del Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formación, los beneficiarios de becas concedidas por la presente resolución, tendrán los derechos y obligaciones recogidas en dicho Real Decreto. Sexto.-Por la Subdirección General de Formación y Movilidad en Posgrado y Posdoctorado, se notificará a las entidades de adscripción de las becas, la relación nominal de beneficiarios de las mismas en sus centros, con el fin de facilitar el proceso de altas y la tramitación de la documentación. Séptimo.-El gasto resultante de las concesiones, por importe máximo de 49.500,00 € (cuarenta y nueve mil quinientos euros), será imputado a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.781 de los Presupuestos Generales del Estado de 2006.

Esta resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de Julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Madrid, 12 de septiembre de 2006.-El Secretario de Estado de Universidades e Investigación, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Director General de Universidades, Javier Vidal García.

ANEXO

Relación de becas de posgrado concedidas para la formación de profesorado universitario por haber sido estimados recursos de reposición

(Convocatoria publicada por Resolución de 8 de septiembre de 2005)

Apellidos y nombre

DNI

Área ANEP

Organismo de adscripción

CANO GUTIERREZ, CARLOS

74686452

INF

UNIVERSIDAD DE GRANADA.

CANO SANCHIZ, JUAN MANUEL

44372814

8B

UNIVERSIDAD DE CORDOBA.

CASAS DELGADO, MARTA

28822333

TM

UNIVERSIDAD DE SEVILLA.

CASTRO VAZQUEZ, ANGEL

45303443

6B

UNIVERSIDAD DE GRANADA.

GALBIS FUSTER, ELSA

28630372

02

UNIVERSIDAD DE SEVILLA.

GARCIA DEL VALLE, PABLO

09039480

INF

UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID.

GOMEZ ROMERO, MARIA

74686504

02

UNIVERSIDAD DE GRANADA.

JIMENEZ PRANTEDA, MARIA LUJAN

74659608

TA

UNIVERSIDAD DE GRANADA.

LAHOZ BENGOECHEA, JOSE MARIA

75890380

08

UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID.

LOZANO LOPEZ, MARIA VICTORIA

80075359

TQ

UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA.

MARTIN CAMALICH, JORGE

78562363

01

UNIVERSIDAD DE VALENCIA.

MUÑOZ MARQUEZ, LUZ MA.

X5464047

06

UNIVERSIDAD DE BARCELONA.

RUIZ MONTES, PABLO

75135859

8B

UNIVERSIDAD DE GRANADA.

SALAET MADORRAN, IGNASI

47624317

04

UNIVERSIDAD DE BARCELONA.

SILVESTRE ALBERO, MARIA PILAR

53235390

1B

UNIVERSIDAD DE MURCIA.

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