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Documento BOE-A-2006-17947

Resolución de 21 de septiembre de 2006, del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, por la que se publica las cuentas anuales del ejercicio 2005.

Publicado en:
«BOE» núm. 245, de 13 de octubre de 2006, páginas 35496 a 35500 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2006-17947

TEXTO ORIGINAL

En aplicación de lo dispuesto en el apartado tercero de la Orden EHA/777/2005, por la que se regula el procedimiento de obtención, aprobación y rendición de cuentas anuales para los organismos públicos a los que sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, se hace público el resumen de las cuentas anuales del ejercicio 2005 del Organismo Autónomo Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Madrid, 21 de septiembre de 2006.-El Director General del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, Ángel Rubio Ruiz.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO

El INSHT actúa como centro de referencia nacional, garantizando la coordinación y transmisión de la información con las Instituciones de la Unión Europea, en particular respecto a la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo y su Red. El INSHT ejerce la Secretaría General de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, presentándole la asistencia técnica y científica necesaria para el desarrollo de sus competencias. Estructura Organizativa básica:

Dirección (Ángel Rubio Ruiz).

Consejería Técnica (Antonio Morales Sánchez). Inspección de Servicios (Vacante). Subdirección Técnica (Mario Grau Ríos). Consejería Técnica de Asistencia Técnica y Normas (Beatriz Losada Crespo). Consejería Técnica de Investigación y Promoción (F: Javier Pinilla García).

Área Planificación y Control (Cristina Cuenca Sánchez).

Área Normas y Cooperación (José L. Castellá López). Secretariado Comisión de Seguridad y Salud (José Yanes Coloma). Servicio de Ediciones y Publicaciones (Ángel Real Peredo).

C.N. Condiciones de Trabajo (Barcelona) (Juan Guash Farrás).

C.N. Nuevas Tecnologías (Madrid) (Antonio Rodríguez de Prada). C.N. Medios Protección (Sevilla) (Antonio Carmona Benjumea). C.N. Verificación Maquinaria (Vizcaya) (Alejo Fraile Cantalejo).

Secretaría General (Vacante).

Consejería Técnica (Vacante).

Servicio de Personal (José Luis Ramis Abril). Servicio de Administración (Casilda Sanz Gil de Vergara). Servicio de Auditoría, Control y Calidad (Luis M. Urban Fernández). Oficina Presupuestaria (Domingo Fernández Rodríguez). Centro Proceso de Datos (Juan Luis Gómez Cuenca). Servicio de Contabilidad (Ángel López Fernández).

El Instituto aplica el modelo contable centralizado tal como establece la regla 3 apartado c) de la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, lo que implica el registro de todas las operaciones en el Servicio de Contabilidad, con independencia del lugar físico donde se genere o capture la información. Actividad.

El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo «INSHT» fue creado por el Real Decreto-Ley de 16 de noviembre de 1978 como Organismo Autónomo de carácter administrativo adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

La Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, define al INSHT como órgano científico técnico especializado de la Administración General del Estado que tiene como misión el análisis y estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como la promoción y apoyo a la mejora de las mismas. Para el cumplimiento de ésta misión, el Instituto desarrollará las siguientes funciones:

a) Asesoramiento técnico en la elaboración de la normativa legal.

b) Promoción y realización de actividades de formación, información, investigación, estudio y divulgación en material de prevención de riesgos laborales. c) Apoyo técnico y colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el cumplimiento de su función de vigilancia y control. d) Colaboración con organismos internacionales y desarrollo de programas de cooperación internacional. e) Cualesquiera otras que sean necesarias y le sean encomendadas en el ámbito de sus competencias, de acuerdo con la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Para el desarrollo de estas funciones el INSHT velará por la coordinación, intercambio de información y experiencias entre las distintas Administraciones Públicas y especialmente fomentará y prestará apoyo a la realización de actividades de promoción de la Seguridad Social y de la salud laboral por las Comunidades Autónomas

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