De conformidad con lo establecido en el artículo 80.4 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, se pone en conocimiento del público en general y de los asegurados en particular que el órgano de control de Alemania ha comunicado la apertura con fecha 1 de septiembre de 2006 del procedimiento judicial de insolvencia a la entidad Ancora Versicherungsaktiengesellschaft, que estaba habilitada para operar en España en régimen de libre prestación de servicios en los ramos de vehículos marítimos, lacustres y fluviales, mercancías transportadas, incendio y elementos de la naturaleza, otros daños a los bienes y pérdidas pecuniarias diversas. De dicho acuerdo se extracta lo siguiente:
El procedimiento se ha iniciado en virtud de la solicitud el órgano de control alemán de 15.08.2006, por exceso de endeudamiento (insolvencia) de la entidad aseguradora.
Se designa como administrador al abogado Burckhardt Reimer con domicilio en Domstrasse 15, 20095 Hamburgo. El procedimiento de insolvencia se regirá por la normativa alemana y el Juzgado competente es el tribunal municipal de Hamburgo, domiciliado en Sievenplatz, 1, 20355 Hamburgo, 4.ª planta, Sala B 405 (Edificio de la jurisdicción civil). Se acuerda que las reclamaciones de los acreedores se remitan al administrador judicial antes del 27.10.2006. Asimismo los acreedores habrán de comunicar a dicho administrador los derechos de garantía que tengan frente a la deudora. Las obligaciones que debieran haberse cumplido frente a la deudora deberán prestarse ante el administrador judicial. El plazo para la celebración de la asamblea de acreedores se fija el 27.11.2006 y para el examen de las reclamaciones presentadas el 18.12.2006. El administrador habrá de realizar las correspondientes notificaciones a los deudores de la entidad así como a los acreedores.
Por otra parte, el órgano de control alemán ha comunicado la revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora a la entidad alemana Ancora Versicherungsaktiengesellschaft, por lo que se acuerda prohibir a la citada entidad la contratación de nuevos seguros en España, de conformidad con lo previsto en el artículo 80.1 del citado Texto Refundido.
Madrid, 2 de octubre de 2006.-El Director General de Seguros y Fondos de Pensiones, Ricardo Lozano Aragüés.
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