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Documento BOE-A-2006-18201

Resolución de 26 de septiembre de 2006, del Banco de España, por la que se acuerda dar publicidad a las sanciones por la comisión de infracciones muy graves, impuestas a Valencia Terra VT Sociedad de Tasaciones Inmobiliarias, S. A.; a doña Rosario Boix Rocafort; a don José Esteban Peiró Alonso; a doña Patricia Peiró Boix, y a don Juan José Peiró Boix, previstas en la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito.

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 18 de octubre de 2006, páginas 36293 a 36293 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2006-18201

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 12 de enero de 2006, el Secretario de Estado de Economía, por delegación del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, dictó Orden resolviendo el expediente de referencia IE/ST-1/2005, incoado por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de 8 de febrero de 2005, a Valencia Terra VT Sociedad de Tasaciones Inmobiliarias, S. A., y a doña Rosario Boix Rocafort, a don José Esteban Peiró Alonso, a doña Patricia Peiró Boix y a don Juan José Peiró Boix, y siendo firme en vía administrativa, procede, de conformidad con el artículo 27.5 de la Ley 26/1988, de 29 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 30), sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» de las siguientes sanciones por infracciones muy graves, impuestas en dicha Orden, que dispuso, entre otras sanciones, las siguientes:

«I. Imponer a la entidad Valencia Terra VT, Sociedad de Tasaciones Inmobiliarias, S. A., las siguientes sanciones, previstas en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, con las modificaciones que para las sociedades de tasación contempla el apartado 3 de la disposición adicional décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril, por la que se adapta la legislación española en materia de entidades de crédito a la Segunda Directiva de Coordinación Bancaria y se introducen otras modificaciones relativas al sistema financiero: Sanción de multa por importe de trece mil euros (13.000 euros), por la comisión de la infracción muy grave, tipificada en el apartado 2.a).1.ª de la disposición adicional décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril, relativa al incumplimiento del requisito de homologación para ejercer la actividad de tasación, consistente en disponer de una organización, medios y sistemas de control interno exigidos en el artículo 3.1.e) del Real Decreto 775/1997, de 30 de mayo, sobre el Régimen Jurídico de Homologación de los Servicios y Sociedades de Tasación.

II. Imponer a doña Rosario Boix Rocafort, con DNI número 019.436.380-T, en su condición de presidente del consejo de administración y consejero delegado mancomunado de Valencia Terra VT, Sociedad de Tasaciones Inmobiliarias, S. A., cada una de las siguientes sanciones, previstas en los artículos 12 y 13 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, con las modificaciones introducidas por el apartado 3 de la disposición adicional décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril:

Sanción de multa por importe de seis mil euros (6.000 euros), por la comisión de la infracción muy grave, tipificada en el apartado 2.a).1.ª de la disposición adicional décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril, relativa al incumplimiento del requisito de homologación para ejercer la actividad de tasación, consistente en disponer de una organización, medios y sistemas de control interno exigidos en el artículo 3.1.e) del Real Decreto 775/1997, de 30 de mayo.

III. Imponer a don José Esteban Peiró Alonso, con DNI número 019.505.379-E, en su condición de miembro del consejo de administración y consejero delegado Valencia Terra VT, Sociedad de Tasaciones Inmobiliarias, S. A., cada una de las siguientes sanciones, previstas en los artículos 12 y 13 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, con las modificaciones introducidas por el apartado 3 de la disposición adicional décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril:

Sanción de multa por importe de ocho mil euros (8.000 euros), por la comisión de la infracción muy grave, tipificada en el apartado 2.a).1.ª de la disposición adicional décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril, relativa al incumplimiento del requisito de homologación para ejercer la actividad de tasación, consistente en disponer de una organización, medios y sistemas de control interno exigidos en el artículo 3.1.e) del Real Decreto 775/1997, de 30 de mayo.

IV. Imponer a doña Patricia Peiró Boix, con DNI número 024.364.328-Z, en su condición de miembro del consejo de administración y consejero delegado mancomunado de Valencia Terra VT, Sociedad de Tasaciones Inmobiliarias, S. A., cada una de las siguientes sanciones, previstas en los artículos 12 y 13 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, con las modificaciones introducidas por el apartado 3 de la disposición adicional décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril:

Sanción de multa por importe de seis mil euros (6.000 euros), por la comisión de la infracción muy grave, tipificada en el apartado 2.a).1.ª de la disposición adicional décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril, relativa al incumplimiento del requisito de homologación para ejercer la actividad de tasación, consistente en disponer de una organización, medios y sistemas de control interno exigidos en el artículo 3.1.e) del Real Decreto 775/1997, de 30 de mayo.

V. Imponer a don Juan José Peiró Boix, con DNI núme- ro 024.374.201-C, en su condición de miembro del consejo de administración y consejero delegado mancomunado de Valencia Terra VT, Sociedad de Tasaciones Inmobiliarias, S. A., cada una de las siguientes sanciones, previstas en los artículos 12 y 13 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, con las modificaciones introducidas por el apartado 3 de la disposición adicional décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril:

Sanción de multa por importe de seis mil euros (6.000 euros), por la comisión de la infracción muy grave, tipificada en el apartado 2.a).1.ª de la disposición adicional décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril, relativa al incumplimiento del requisito de homologación para ejercer la actividad de tasación, consistente en disponer de una organización, medios y sistemas de control interno exigidos en el artículo 3.1.e) del Real Decreto 775/1997, de 30 de mayo.»

En consecuencia, en cumplimiento del artículo 27 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, se ordena la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las referidas sanciones disciplinarias.

Madrid, 26 de septiembre de 2006.-El Secretario General, José Antonio Alepuz Sánchez.

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