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Documento BOE-A-2006-18274

Decreto 166/2006, de 7 de septiembre, por el que por el que se delimita el entorno de protección del Monasterio de Santa María de Armenteira, en el ayuntamiento de Meis, provincia de Pontevedra.

Publicado en:
«BOE» núm. 250, de 19 de octubre de 2006, páginas 36628 a 36629 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Referencia:
BOE-A-2006-18274

TEXTO ORIGINAL

El monasterio cisterciense de Santa María de Armenteira se encuentra en la rica comarca vinícola del Salnés, en la ladera norte del monte Castrove.

Aunque la tradición atribuye su fundación al caballero Ero de Armentáriz o de Armenteira, que fue abad del monasterio, no existe ninguna documentación al respecto, por lo que se desconoce la fecha de su origen. La primera referencia existente corresponde a una donación que Diego Obéquiz hace al abad Ero el 6 de marzo del 1151. Se incorpora a la Orden del Císter en el 1162, y con este motivo se construye la actual iglesia abacial. Después de un período de auge y aumento de propiedades, se sume en una grave crisis que se repite a lo largo de varios siglos. Después de la desamortización y la consiguiente exclaustración el monasterio fue abandonado y expoliado, siendo restaurado posteriormente en distintas etapas. La antigua iglesia abacial constituye un valioso ejemplo de la arquitectura románica de la segunda mitad del siglo XII, probablemente rematada hacia 1212, mas extraordinario si cabe porque es de las pocas iglesias cistercienses que conservan sus fachadas originales románicas, además en buen estado de conservación. Tiene planta basilical, con tres naves longitudinales de cuatro tramos, la central más ancha, una transversal formando el crucero, y tres ábsides semicirculares del mismo ancho que las naves longitudinales. Ilumina su interior el gran rosetón de la fachada, así como las ventanas de medio punto de las naves, de la cúpula y de los ábsides, amén de unos pequeños óculos situados sobre estos. El acceso al monasterio se realiza a través de un arco de entrada coronado por una fornela plana con un frontón partido superior, que da paso a un grano atrio alargado, de forma irregular, con un crucero al que dan las fachadas de la iglesia y del monasterio. La fachada principal o septentrional del monasterio forma ángulo recto, según las formas tradicionales, con la de la iglesia, con una sencilla portada compuesta por una puerta adintelada coronada por un arco carpanel que alberga el escudo del monasterio, centrada bajo cinco balcones situados hacia la iglesia. El elemento principal del monasterio lo constituye el claustro Regular o de las Procesiones, de planta cuadrada, pegado la el lado sur de la iglesia y comunicado con ella a través de una portada situada a la altura del cuarto tramo de la nave principal. Obra comenzada a finales del siglo XVI, en estilo renacentista, no fue rematada hasta finales del siglo XVIII, ya en estilo neoclásico. Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido por la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y la propia Ley 8/1995, de 30 de octubre, de Patrimonio Cultural de Galicia, respecto de la obligación de definir y delimitar el área territorial y los accidentes geográficos y naturales que conforman el entorno de los bienes inmuebles declarados de interés cultural en atención a su adecuada protección, la Dirección Xeral de Patrimonio Cultural, por Resolución del 14 de abril de 2005 (Diario Oficial de Galicia del 19 de mayo), incoó expediente para la declaración de delimitación del entorno de protección del Monasterio de Santa María de Armenteira, en el ayuntamiento de Meis, Pontevedra (declarado Bien de Interés Cultural por Decreto del 3 de junio de 1931 (Gaceta de Madrid del 4 de junio) La tramitación del expediente se llevó a cabo según lo establecido en la Ley 8/1995, del 30 de octubre, del Patrimonio Cultural de Galicia, y demás disposiciones vigentes. Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 8/1995, del 30 de octubre, del Patrimonio Cultural de Galicia, a propuesta de la Conselleira de Cultura y Deporte, y luego de la deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en la su reunión del día siete de septiembre de dos mil seis, dispongo:

Artículo 1.

Delimitar el entorno de protección del Monasterio de Santa María de Armenteira, en el ayuntamiento de Meis, Pontevedra.

Artículo 2.

La zona afectada por la declaración es la comprendida en la delimitación que se describe en el anexo I y que se recoge en el plano del anexo II.

Artículo 3.

El presente decreto será notificado al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Estado, al Registro de Bienes de Interés Cultural de Galicia, al ayuntamiento de Armenteira y a los demás interesados en el expediente.

Artículo 4.

El presente decreto será publicado en el Diario Oficial de Galicia y en el Boletín Oficial del Estado.

Disposición última.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de la su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 7 de septiembre de 2006.-Emilio Pérez Touriño, Presidente.-Ánxela Bugallo Rodríguez, Consejera de Cultura y Deporte.

ANEXO I

El Monasterio de Santa María de la Armenteira está formado por la iglesia, su plaza, el crucero, la edificación del propio monasterio y las demás construcciones relacionadas con la tradición del Monasterio y el su mantenimiento y actividades productivas, así como los caminos tradicionales que de él parten.

Forman también parte de esta declaración los bienes muebles que figuran en el Inventario Mueble de la Iglesia Católica, que definen en detalle retablos, esculturas, tallas, rejas, escudos, lienzos, orfebrería, vestimentas, limosneros y otros enseres. El entorno de protección del Monasterio de Santa María de Armenteira, Meis (Pontevedra) queda definido por la línea que une los puntos 1-2-3-4-5-6-7-8-9, y cuya descripción es la siguiente:

Comienza en la cumbre del Outeiro da Bouza (punto 1), sigue en línea recta unos 700 m. en dirección sudeste, hasta la cumbre de la Ventosa, al este del núcleo de Vilar (punto 2); sigue en línea recta unos 350 m hasta la cumbre del Outeiro Novo, situado al este del monasterio (punto 3); continúa en línea recta en dirección sudoeste unos 650 m hasta la cumbre del Outeiro da Pedreira (punto 4); desde aquí, en línea recta en dirección sur unos 250 m hasta la cumbre del Outeiro de Valdedeus (punto 5); avanza en línea recta y dirección sudoeste unos 850 m hasta la carretera de Pontevedra a Armenteira, en el núcleo de Valboa, justo en el cruce del camino a la Vacariza (punto 6), desde aquí sigue por este camino hasta pasar el caserío de la Vacariza unos 300 m, donde nace una pista forestal hacia la Castiñeira (punto 7); sigue por la citada pista forestal unos 700 m hasta un punto situado a la altura de San Mamede (punto 8) y desde aquí en línea recta unos 1.150 m hasta el punto de partida, atravesando la carretera de la Armenteira a unos 350 m (punto 9); quedando así cerrada la delimitación del entorno del monasterio.

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