A la vista del expediente administrativo obrante en esta Dirección General de Patrimonio y Museos para la declaración como Bien de Interés Cultural, del Conjunto Histórico de Hellín (Albacete). Visto el plazo transcurrido desde su incoación. Teniendo en cuenta lo prevenido al respecto por el artículo 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo:
Declarar la caducidad del procedimiento administrativo para la declaración como Bien de Interés Cultural, del Conjunto Histórico de Hellín, con los efectos previstos en el artículo 92 de la Ley 30/1992.
Toledo, 14 de septiembre de 2006.-El Director General de Patrimonio y Museos, Enrique Lorente Toledo.
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