Está Vd. en

Documento BOE-A-2006-1995

Resolución de 12 de enero de 2006, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y los Departamentos de Salud y de Justicia de la Generalidad de Cataluña, para la puesta en marcha y la evaluación de actividades para prevenir la infección por VIH en centros penitenciarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 7 de febrero de 2006, páginas 4744 a 4745 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2006-1995

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 12 de diciembre de 2005, Convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y los Departamentos de Salud y de Justicia de la Generalidad de Cataluña, para la puesta en marcha y la evaluación de actividades para prevenir la infección por VIH en centros penitenciarios, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 12 de enero de 2006.-El Secretario General, José Martínez Olmos.

ANEXO QUE SE CITA Convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y los Departamentos de Salud y de Justicia de la Generalidad de Cataluña, para la puesta en marcha y la evaluación de actividades para prevenir la infección por VIH en centros penitenciarios

Madrid, 12 de diciembre de 2005.

REUNIDOS

De una parte, doña Elena Salgado Méndez, Ministra de Sanidad y Consumo, nombrada por R.D. 558/2004, de 17 de abril (BOE n.º 94, de 18 de abril de 2004), quien actúa en virtud de las facultades conferidas por el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración del Estado.

De otra parte, la Hble. Sra. doña Marina Geli i Fàbrega, Consejera de Salud de la Generalidad de Cataluña y el Hble. Sr. don Josep María Vallès i Casadevall, Consejero de Justicia de la Generalidad de Cataluña, ambos nombrados por Decreto 298/2003, de 20 de diciembre (DOGC n.º 4035, de 22 de diciembre de 2003), quienes actúan en virtud de las facultades conferidas por el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña. Ambas partes, reconociéndose mutua capacidad para obligarse y convenir de acuerdo con la Constitución, el Estatuto de Autonomía de Cataluña, la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y legislación concordante, en ejercicio de sus competencias respectivas.

MANIFIESTAN

I. Que después de más de veinte años de pandemia a causa de la infección por el VIH continua siendo esencial en la lucha contra esta enfermedad potenciar y ampliar todos los programas y acciones que se hayan demostrado eficaces en el campo de la prevención, constituyendo los centros penitenciarios, por sus particularidades, el marco donde la acción preventiva tiene más posibilidades de éxito inmediato.

II. En el marco de las competencias de la Secretaria del Plan Nacional sobre el Sida del Ministerio de Sanidad y Consumo se encuentra la coordinación de los diferentes programas desarrollados por las administraciones públicas para la prevención y control del VIH/Sida, según lo dispuesto en el Real Decreto 592/1993, de 23 de abril. En este sentido, el Plan Multisectorial de Lucha contra el VIH/Sida, aprobado por la Comisión Nacional de Coordinación y Seguimiento de Programas de Prevención del Sida, prioriza los acuerdos interinstitucionales para potenciar los ámbitos de prevención en entornos específicos como el penitenciario. III. Que por haber asumido la Generalidad de Cataluña las competencias en materia penitenciaria en su territorio, la colaboración establecida entre la Administración Penitenciaria y la Administración Sanitaria de la Administración General del Estado no alcanza a los centros penitenciarios de Cataluña, por lo que parece conveniente vehiculizar la aportación de la Administración Sanitaria a través de este Convenio de colaboración. IV. Este Convenio se circunscribe al desarrollo conjunto de actividades de prevención del VIH y enfermedades transmisibles asociadas en los siguientes ámbitos de actuación:

Diseño, ejecución y evaluación de programas de formación en prevención y vigilancia epidemiológica del VIH dirigidos a los profesionales penitenciarios y/o voluntarios de organizaciones no gubernamentales implicados en la ejecución de los programas.

Diseño, ejecución y evaluación de programas de prevención del VIH y enfermedades asociadas a desarrollar en los centros penitenciarios con la colaboración del personal penitenciario destinado en los sectores de sanidad, educación y trabajo social, en coordinación con las organizaciones no gubernamentales que trabajan en centros penitenciarios. Seguimiento, ejecución y evaluación de los programas de intercambio de jeringuillas, cuya implantación se ha demostrado viable en el ámbito penitenciario y eficaz en la prevención de la transmisión del VIH por vía parenteral.

En consecuencia, siendo el desarrollo de las actividades citadas competencia de las instituciones firmantes, resulta necesario formalizar este Convenio de colaboración para el desarrollo y evaluación de actividades de prevención del VIH/Sida en los centros penitenciarios de Cataluña con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-Objeto.

1. El Ministerio de Sanidad y Consumo, a través de la Secretaría del Plan Nacional sobre el Sida -Dirección General de Salud Pública-, desarrollará conjuntamente con la Generalidad de Cataluña, a través de la Dirección General de Salud Pública del Departamento de Salud y la Secretaria de Servicios Penitenciarios, Rehabilitación y Justicia Juvenil del Departamento de Justicia, las actividades preventivas de la infección por VIH que se especifican en la cláusula segunda.

2. La ejecución de dichas actividades se realizará desde el día siguiente a la firma de este Acuerdo hasta el 31 de diciembre de 2005, aunque a efectos de evaluación de resultados se deberá tener en cuenta lo establecido en la cláusula quinta. Segunda. Actividades.-El Ministerio de Sanidad y Consumo, a través de la Secretaria del Plan Nacional sobre el Sida, facilitará a la Generalidad de Cataluña -Dirección General de Salud Pública del Departamento de Salud y Secretaria de Servicios Penitenciarios, Rehabilitación y Justicia Juvenil del Departamento de Justicia- cuanta información, asesoramiento y colaboración solicite para la ejecución de las siguientes actividades, la responsabilidad del desarrollo de las cuales corresponderá a la Generalidad de Cataluña:

1. Actividades de Formación. 1.1 Curso sobre los efectos secundarios a los antirretrovirales.

1.2 Curso sobre recursos de acogida presencial y telefónica. 1.3 Jornada sobre alteraciones hormonales en mujeres VIH+ y su impacto sobre el estado emocional y la sexualidad. 1.4 Grupo de seguimiento y actualización de la Guía de Recursos y Propuestas de intervención en la mejora de la adhesión a los tratamientos antirretrovirales. 1.5 Seminario de formación, apoyo y motivación de los funcionarios de prisiones para fomentar la creación de un entorno favorable a la prevención del VIH en los centros penitenciarios, adaptados específicamente a las necesidades de cada centro. 1.6 Curso de educación para la salud y prevención de VIH dirigidos a dos colectivos diferenciados, funcionarios que presten sus servicios en centros penitenciarios y voluntariado de las Entidades Colaboradoras inscritas en el Registro especial de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, que desarrollen actividades y programas de asistencia a los reclusos. 1.7 Jornadas de formación en VIH para personal de enfermería de los centros penitenciarios, sobre metodología de trabajo para la prevención y el seguimiento del VIH y las toxicomanías.

2. Programas de prevención.

2.1 Programas de educación sanitaria e información sobre el VIH/Sida a internos/as VIH+ y VIH-promocionando la adopción y mantenimiento de prácticas sexuales más seguras, tanto en las relaciones homosexuales como en las heterosexuales y facilitando el acceso a los instrumentos de prevención.

2.2 Actividades de promoción de la participación de los internos en el diseño, ejecución y evaluación de las intervenciones preventivas. 2.3 Puesta en marcha y evaluación de programas de mediadores de salud en centros penitenciarios. 2.4 Apoyo emocional, atención psicológica a los internos/as VIH+. 2.5 Actividades de mejora de la adhesión al tratamiento antirretroviral. 2.6 Coordinación con otros dispositivos asistenciales extrapenitenciarios. Estas intervenciones preventivas se realizarán en los siguientes centros penitenciarios:

C.P. de Hombres de Barcelona (La Modelo)

C.P. Brians, hombres y mujeres. C.P. de Jóvenes de Barcelona (La Trinitat). C.P. Gerona. C.P. Figueras.

3. Programas de intercambio de jeringuillas. 3.1 Implementación, extensión y evaluación de los programas de intercambio de jeringuillas en todos los centros penitenciarios de Cataluña.

La Generalidad de Cataluña deberá mencionar la colaboración de la Secretaria del Plan Nacional sobre el Sida en los programas, materiales y actividades recogidos en el presente convenio interadministrativo. Tercera. Financiación.-Las actividades que se detallan en la cláusula anterior se financiarán de la siguiente forma:

1. El Ministerio de Sanidad y Consumo aporta, con cargo a la aplicación presupuestaria 26.07.313B.226.16, la cantidad de 64.000 euros como importe máximo de las obligaciones a adquirir financiadas por el Ministerio de Sanidad y Consumo para la ejecución de las actividades citadas.

2. Dicho importe será transferido a la cuenta de la Generalidad de Cataluña en la Dirección General del Tesoro. 3. Por su parte, la Generalidad de Cataluña aportará la organización, recursos humanos y medios necesarios para la ejecución de las actividades objeto de este Acuerdo.

Cuarta.-Ejecución de las actividades y justificación de gastos.

1. La Generalidad de Cataluña -Dirección General de Salud Pública del Departamento de Salud y la Secretaría de Servicios Penitenciarios, Rehabilitación y Justicia Juvenil del Departamento de Justicia- se responsabilizará de la ejecución de las actividades, objeto de este Convenio, que se especifican en la cláusula segunda. Los suministros de material, asistencias técnicas o servicios externos necesarios para el desarrollo de las mencionadas actividades se contratarán con arreglo a la legislación vigente establecida al efecto.

2. La fiscalización de los gastos derivados de este Convenio se realizará por la Intervención de la Generalidad de Cataluña sin perjuicio de las competencias del Tribunal de Cuentas. 3. Los gastos derivados de este convenio se justificarán remitiendo a la Secretaría del Plan Nacional sobre el Sida del Ministerio de Sanidad y Consumo, antes del 20 de diciembre de 2005, un estado comprensivo de las obligaciones reconocidas a través de factura única que emitirá la Dirección General de Salud Pública del Departamento de Salud de la Generalidad de Cataluña. La factura presentada será certificada y conformada por la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad y Consumo. Quinta. Evaluación.-Para el seguimiento y evaluación de este Convenio se constituirá en el primer mes de vigencia del mismo una Comisión de Seguimiento compuesta, al menos, por un representante de cada parte firmante que tendrá por misión diseñar el sistema de evaluación de las actividades objeto de este acuerdo, que serán evaluadas con arreglo a dicho sistema por la comunidad autónoma el primer trimestre del año 2006. Los resultados detallados de la evaluación, junto con un informe o memoria sobre el desarrollo de las actividades ejecutadas, se remitirán a la Dirección General de Salud Pública/Secretaría del Plan Nacional sobre el SIDA antes del 1 de abril de 2006. Sexta. Vigencia.-Este Convenio de colaboración entrará en vigor al día siguiente del de su firma por ambas partes y extenderá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2005, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula anterior para la evaluación de resultados y la presentación del informe o memoria de actividades. Ambas partes podrán denunciar anticipadamente la vigencia de este Convenio en el supuesto incumplimiento por la otra parte de las obligaciones establecidas. Séptima. Publicación.-El presente Convenio se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña. Octava. Naturaleza y jurisdicción.-Este convenio tiene naturaleza administrativa, y se tramita al amparo de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 3.1.c) del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Las dudas que puedan plantearse sobre su interpretación se resolverán de mutuo acuerdo entre las partes. No obstante, en caso de persistencia del desacuerdo, corresponderá a la jurisdicción contencioso-administrativa, resolver las cuestiones litigiosas que puedan surgir de su interpretación y cumplimiento. En prueba de conformidad, ambas partes firman por triplicado ejemplar este Convenio de colaboración en el lugar y fecha indicados. Firmado.-La Ministra de Sanidad y Consumo, Elena Salgado Méndez.-La Consejera de Salud de la Generalidad de Cataluña, Marina Geli i Fàbrega.-El Consejero de Justicia de la Generalidad de Cataluña, Josep María Vallès i Casadevall.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid