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Visto el expediente de indulto de don Javier Jesús García Román, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Vizcaya, sección segunda, en sentencia de 24 de enero de 2005, resolutoria del recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 6 de Bilbao, de 5 de octubre de 2004, como autor de tres delitos contra la hacienda pública, a la pena de un año de prisión, por cada uno, y multas de 278.809 euros, 272.261,58 euros, 187.327 euros y pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la seguridad social durante un periodo de tres años, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos durante los años 1998 a 2000, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de octubre de 2006, Vengo en conmutar a don Javier Jesús García Román las penas privativas de libertad impuestas por otra de dos años de prisión, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 20 de octubre de 2006.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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