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Documento BOE-A-2006-20754

Resolución de 8 de noviembre de 2006, del Fondo Español de Garantía Agraria, por la que se publica la prórroga del Convenio de encomienda de gestión suscrito entre la Secretaría General de Agricultura y Alimentación y el Fondo Español de Garantía Agraria en relación con las ayudas a los planes de mejora de frutos secos y a las agrupaciones de productores prerreconocidas.

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 28 de noviembre de 2006, páginas 41715 a 41716 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2006-20754

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 15.3. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se da publicidad a la prórroga del Convenio de Encomienda de Gestión suscrito entre el Sr. Secretario General de Agricultura y Alimentación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Presidencia del Fondo Español de Garantía Agraria en relación con las ayudas a los planes de mejora de frutos secos y a las agrupaciones de productores prerreconocidas.

Madrid, 8 de noviembre de 2006.-El Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria, Fernando Miranda Sotillos.

Prórroga del Convenio de encomienda de gestión entre la Secretaría General de Agricultura y Alimentación y el Fondo Español de Garantía Agraria en relación con las ayudas a los planes de mejora de frutos secos y a las agrupaciones de productores prerreconocidas

En Madrid, a 18 de octubre de 2006.

REUNIDOS

De una parte, don Josep Puxeu Rocamora en su calidad de Secretario General de Agricultura y Alimentación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, cargo para el que fue nombrado por el Real Decreto 1171/2005, de 30 de septiembre (BOE de 5 de octubre). De otra parte, don Fernando Miranda Sotillos, Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria, en representación del mismo, en virtud del Real Decreto 127/2006, de 3 de febrero (BOE de 4 de febrero) por el que se dispone su nombramiento, actuando conforme a las atribuciones que le confiere el artículo 4 del Estatuto del FEGA aprobado por el Real Decreto 1441/2001, de 21 de diciembre.

Se reconocen la competencia suficiente para suscribir la presente prórroga del Convenio, y a tal efecto

EXPONEN

Primero.-Que, con fecha 21 de octubre de 2004, se firmó un Convenio de Encomienda de Gestión entre las partes, que continúa surtiendo efectos, con el objeto de encomendar el Fondo Español de Garantía Agraria, a la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, las funciones de tramitación, previas a la de resolución y pago, así como la realización ó propuesta en su caso, de las inspecciones de control que fueran necesarias para la verificación de los hechos, en base a las cuales son realizados pagos con cargo al FEOGA-Garantía (ayudas FEAGA, a partir del ejercicio 2007, en aplicación del R (CE) n.º 1290/2005, del Consejo), concepto 470 del presupuesto del FEGA, respecto de las solicitudes de ayudas destinadas a los planes de mejora de los frutos secos y a las Agrupaciones de Productores prerreconocidas. Dicho Convenio de Encomienda de Gestión se publicó en el BOE de 22 de diciembre de 2004. Segundo.-Que el acuerdo séptimo del mencionado Convenio estableció la duración del mismo para un periodo de dos años. Asimismo su acuerdo octavo prevé que las partes podrán prorrogar la duración de este Convenio para campañas sucesivas. Tercero.-Que próxima a finalizar la efectividad del Convenio de Encomienda de Gestión, y a la vista de los resultados obtenidos, las partes están interesadas en prorrogarlo de acuerdo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-Se prorroga, a partir del día 22 de octubre de 2006, y por un periodo que abarcará las campañas 2006-2007 y 2007-2008, el Convenio de Encomienda de Gestión suscrito el 21 de octubre de 2004, entre la Secretaría General de Agricultura y Alimentación del MAPA y el Fondo Español de Garantía Agraria, en relación con las solicitudes de ayudas destinadas a los planes de mejora de los frutos secos y a las agrupaciones de productores prerreconocidas.

Segunda.-Ante posibles irregularidades y en su caso, recuperación de los pagos indebidos, se estará a lo establecido en el Reglamento (CEE) n.º 595/1991, de 4 de marzo del Consejo, relativo a Irregularidades y recuperación de las sumas indebidamente pagadas en el marco de la financiación de la política agraria común.

Y en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, se firma la presente prórroga de Convenio por triplicado ejemplar en el lugar y fecha al principio indicado.-La Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, P. D. el Secretario General de Agricultura y Alimentación (Orden APA/1603/2005, de 17 de mayo), Josep Puxeu Rocamora.-El Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria, Fernando Miranda Sotillos.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 08/11/2006
  • Fecha de publicación: 28/11/2006
Referencias anteriores
  • PRORROGA el Convenio publicado por Resolución de 11 de noviembre de 2004 (Ref. BOE-A-2004-21489).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
Materias
  • Encomienda de gestión
  • Fondo Español de Garantía Agraria
  • Frutos secos
  • Secretaría General de Agricultura y Alimentación

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