Está Vd. en

Documento BOE-A-2006-21596

Orden EHA/3755/2006, de 7 de noviembre, de autorización de la cesión general de la cartera de seguros de la entidad Euler Hermes Crédito, Compañia de Seguros y Reaseguros, S. A, a favor de la entidad Euler Hermes SFAC, S. A. y de revocación de la autorización administrativa y extinción de la entidad cedente.

Publicado en:
«BOE» núm. 295, de 11 de diciembre de 2006, páginas 43406 a 43407 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2006-21596

TEXTO ORIGINAL

La entidad española Euler Hermes Crédito, Compañía de Seguros y Reaseguros, S. A., y Euler Hermes SFAC, S. A. han presentado en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, solicitud de autorización para la cesión general de la cartera de seguros de la primera entidad a favor de la sociedad francesa Euler Hermes SFAC, S. A., que afectará con carácter simultáneo, el total de activos y pasivos de la cedente a su sucursal en España, acordándose asimismo la disolución sin liquidación de la entidad cedente. De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se desprende que las citadas entidades han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en los artículos 23 y 50 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, y en el artículo 70 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre. En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:

Primero.-Autorizar la cesión general de la cartera de seguros de la entidad española Euler Hermes Crédito, Compañía de Seguros y Reaseguros, S. A., a favor de la sociedad francesa Euler Hermes SFAC, S. A. que afectará con carácter simultáneo, el total de activos y pasivos recibidos a su sucursal en España.

Segundo.-Revocar a la entidad Euler Hermes Crédito, Compañía de Seguros y Reaseguros, S. A. la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora, de conformidad con lo previsto en el artículo 26.1.b) del citado Texto Refundido y 81.1.3.º del citado Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados. Tercero.-Declarar la extinción de la entidad aseguradora cedente Euler Hermes Crédito, Compañía de Seguros y Reaseguros, S. A., condicionada a que se lleve a efecto, en los términos previstos, la cesión global de activos y pasivos a la cesionaria Euler Hermes SFAC, S. A.

De acuerdo con lo previsto en los artículos 70.7 y 97.2 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, los tomadores de los contratos de seguros que cubran riesgos localizados en España podrán ejercitar el derecho de resolución de dichos contratos, en el plazo de un mes contado desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la presente Orden Ministerial, teniendo derecho además al reembolso de la parte de prima no consumida.

Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1 a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 7 de noviembre de 2006.-El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, P. D. (Orden EHA/3923/2004, de 22 de octubre), el Secretario de Estado de Economía, David Vegara Figueras.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid