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Documento BOE-A-2006-2164

Resolución de 16 de enero de 2006, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se certifica un captador solar, marca «Marenostrum», modelo COL-2, fabricado por Schüco Internacional K.G.

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 9 de febrero de 2006, páginas 5038 a 5039 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2006-2164

TEXTO ORIGINAL

El captador solar COL-2 fabricado por Schüco Internacional K.G. fue certificado por Resolución de fecha 10 de noviembre de 2004 con la contraseña de certificación NPS-7004. Recibida en la Dirección General de Política Energética y Minas la solicitud presentada por Compañía Energías Renovables Marenostrum, S.L., con domicilio social en P.º Porta de la mar, 4, 3.º, 8.ª, 46004 Valencia, para la certificación de un captador solar con una denominación comercial diferente pero con las mismas características técnicas. Habiendo sido presentado acuerdo entre Schüco Internacional K.G y Compañía Energías Renovables Marenostrum, S.L. en dicho sentido y habiendo certificado Schüco Internacional K.G. que la empresa Compañía Energías Renovables Marenostrum, S.L. distribuye este producto bajo la propia marca: Marenostrum. Esta Dirección General ha resuelto certificar el citado producto, con la contraseña de certificación NPS-0106, y con fecha de caducidad el día 15 de septiembre de 2007, definiendo como características técnicas del modelo o tipo certificado las que se indican a continuación, debiendo el interesado presentar, en su caso, el certificado de conformidad de la producción antes del 15 de septiembre de 2007. Esta certificación se efectúa en relación con la disposición que se cita y por tanto el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, el recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de notificación de esta Resolución, ante el Secretario General de Energía, previo al contencioso-administrativo, conforme a lo previsto en el artículo 116.1 de la Ley 4/1999 de 14 de enero, que modifica la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Marca: «Marenostrum».

Modelo: COL-2. Características:

Material absorbente: Cobre.

Tratamiento superficial: Capa selectiva. Superficie de apertura: 2,13 m2. Superficie de absorbente: 2,13 m2.

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Madrid, 16 de enero de 2006.-El Director general, Jorge Sanz Oliva.

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