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Documento BOE-A-2006-2172

Orden CUL/263/2006, de 18 de enero, por la que se otorga la garantía del Estado a cuarenta y cuatro obras para su exhibición en el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía de Madrid, en la exposición «Alberto Burri».

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 9 de febrero de 2006, páginas 5057 a 5058 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2006-2172

TEXTO ORIGINAL

A petición del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. De acuerdo con la disposición adicional novena de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y el Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, por el que se desarrolla dicha disposición adicional sobre garantía del Estado para obras de interés cultural, así como la disposición adicional sexta de la Ley 2/2004, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005. Vistos los informes favorables de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, del Servicio Jurídico y de la Oficina Presupuestaria del Departamento y, de conformidad con la propuesta de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, He tenido a bien disponer:

Primero.-Otorgar la garantía del Estado prevista en las indicadas disposiciones con el alcance, efectos y límites que más adelante se expresan y con total sujeción al Real Decreto 1680/1991.

Segundo.-Dicha garantía se circunscribe exclusivamente a los bienes culturales que figuran en el Anexo, que formarán parte de la exposición «Alberto Burri», que tendrá lugar en el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía entre el 14 de marzo y el 29 de mayo de 2006. La recogida de las piezas se realizará a partir del 1 de febrero de 2006, mientras que la entrega de las mismas tendrá lugar hasta el 10 de julio de 2006. El valor económico total de dichos bienes es de 53.434.000 euros. El valor individual de cada bien es el fijado en la solicitud. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 6.2 del Real Decreto 1680/1991, y del apartado cuarto de esta Orden. Tercero.-Previamente a la entrega de las obras garantizadas en sus lugares de recogida, personal técnico cualificado deberá elaborar un informe exhaustivo sobre el estado de conservación de cada una de las obras. Obtenida la conformidad escrita de cedente y cesionario sobre dicho informe, se procederá por parte de ambos a la firma del acta de entrega. En cualquier caso, e independientemente de cuándo se produzca la firma del acta, la garantía del Estado comenzará a surtir efecto a partir de la entrega de las obras en su lugar de origen a la empresa encargada de realizar el transporte de las mismas. Tras su exhibición en las salas del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, las obras serán entregadas a los cedentes en los lugares por ellos designados, firmándose en ese momento el acta de devolución del bien, en la que deberá constar la conformidad de cedente y cesionario con las condiciones en las que se encuentra la obra que es devuelta. En cualquier caso, e independientemente de cuándo se produzca la firma del acta, la garantía del Estado dejará de surtir efecto a partir de la devolución de las obras en su lugar de origen o en otro designado por el cedente por parte de la empresa encargada de realizar el transporte de las mismas. Cuarto.-El centro solicitante de la garantía o los cedentes del bien cultural, asegurarán las cantidades no cubiertas por esta garantía en virtud del artículo 6.2 del Real Decreto 1680/1991. Quinto.-Esta garantía se otorga a los bienes culturales descritos en el Anexo que se cita en el apartado segundo y comporta, según lo dispuesto en el artículo 3.4 del Real Decreto 1680/1991, el compromiso del Estado de indemnizar por la destrucción, pérdida, sustracción o daño de las obras mencionadas, de acuerdo con los valores reflejados en el Anexo y las condiciones expresadas en la documentación que obra en el expediente. Sexto.-Cualquier alteración de las condiciones expresadas en la solicitud deberá ser comunicada con antelación suficiente al Ministerio de Cultura, siendo necesaria la conformidad expresa del mismo para que la garantía surta efecto en relación con el término alterado. Séptimo.-El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía enviará a la Subdirección General de Protección del Patrimonio Histórico, en el plazo de cuarenta y ocho horas a partir de la devolución de las obras al cedente, certificado extendido por su Director acreditando el término de la garantía otorgada, así como cualquier circunstancia que afecte a la misma. Octavo.-La Institución cesionaria adoptará todas las precauciones necesarias para el estricto cumplimiento de lo previsto en esta Orden, así como las medidas que sean procedentes para la seguridad y conservación de los bienes garantizados. Noveno.-Se incorpora a esta Orden, formando parte de la misma, el Anexo que se cita en el apartado segundo.

Décimo.-La Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales del Ministerio de Cultura dará inmediata cuenta, por vía telemática, del otorgamiento del compromiso del Estado y del contenido del mismo a las Cortes Generales y al Ministerio de Economía y Hacienda.

Madrid, 18 de enero de 2006.-P. D. (Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio, BOE del 31), el Subsecretario, Antonio Hidalgo López.

ANEXO

N.º

Título

Año

Dimensiones

Materiales

Valoración

1

Catrame.

1949

57 × 64 cm

Catrame, olio, pietra, pomice su tela.

517.000 €

2

Bianco.

1949

90 × 110 cm

Olio, smalto, pietra pomice su tela.

517.000 €

3

Gobbo Bianco.

1952

100 × 86 cm

Stoffa, olio, pietra pomice, segatura, vinavil su tela.

1.033.000 €

4

Rosso.

1953

74,5 × 59,5 cm

Stoffa, tela, olio, vinavil su tela.

1.034.000 €

5

Nero SC 3.

1954

130 × 116 cm

Sacco, acrilico, vinavil su tela.

1.034.000 €

6

Sacco e verde.

1956

183 × 195 cm

Sacco, acrilico, tela su tela garza.

1.250.000 €

7

Combustione plastica.

1958

100 × 86 cm

Plastica, acrilico, stoffa, combustione su tela.

1.034.000 €

8

Legno SP.

1958

128 × 200 cm

Legno, acrilico, vinavil, combustione su tela.

1.550.000 €

9

Grande ferro.

1961

200 × 186 cm

Ferro su telaio ligneo.

1.034.000 €

10

Rosso plastica M3.

1961

120 × 180 cm

Plastica, combustione su tela.

2.000.000 €

11

Combustione.

1963

199 × 248 cm

Plastica, combustione su telaio di alluminio.

1.550.000 €

12

Nero plastica L.A. 3.

1963

205 × 197 cm

Plastica, combustione su tela.

2.500.000 €

13

Bianco plastica B5.

1965

150 × 150 cm

Plastica, vinavil, acrilico, combustione su cellotex.

1.034.000 €

14

Bianco plastica.

1967

155 × 200 cm

Plastica, acrilico, combustioni, vinavil.

2.000.000 €

15

Cretto G3.

1975

171 × 151 cm

Bianco de zinco, vinavil.

1.034.000 €

16

Cellotex.

1978

125 × 210 cm

Acrilico, vinavil su cellotex.

1.034.000 €

17

Cellotex.

1978

170 × 236 cm

Acrilico, vinavil, cellotex su telaio.

1.550.000 €

18

Cellotex.

1978

125 × 210 cm

Cellotex, vinavil su telaio.

1.034.000 €

19

Cellotex.

1979

170 × 150 cm

Cellotex, vinavil su telaio.

800.000 €

20

Cellotex Rivoli N2.

1991

240 × 360 cm

Acrilico, vinavil su cellotex.

1.550.000 €

21

Cellotex Rivoli N1.

1991

240 × 360 cm

Acrilico, vinavil su cellotex.

1.550.000 €

22

Cellotex Rivoli N4.

1991

240 × 360 cm

Acrilico, vinavil su cellotex.

1.550.000 €

23

Cellotex Rivoli N12.

1991

240 × 360 cm

Acrilico, vinavil su cellotex.

1.550.000 €

24

Cellotex Rivoli N11.

1991

240 × 360 cm

Acrilico, vinavil su cellotex.

1.550.000 €

25

Sacco e Nero.

1954

129 × 149 cm

Arpillera y cola vinílica sobre lienzo.

1.034.000 €

26

Cellotex Rivoli N19.

1991

240 × 360 cm

Acrilico, vinavil su cellotex.

1.550.000 €

27

Nero.

1951

52 × 64 cm

Óleo, cartón y alquitrán sobre lienzo.

517.000 €

28

Nero e oro.

1992

152,5 × 217 cm

1.034.000 €

29

Nero e oro.

1993

109,5 × 164,5 cm

Acrilico e oro in foglia su cellotex.

1.034.000 €

30

Nero e oro.

1993

109,5 × 164,5 cm

Acrilico e oro in foglia su cellotex.

1.034.000 €

31

Nero e oro.

1993

109,5 × 164,5 cm

Acrilico e oro in foglia su cellotex.

1.034.000 €

32

Nero.

1993

109,5 × 164,5 cm

Acrilico su cellotex.

1.034.000 €

33

Nero e oro.

1993

109,5 × 164,5 cm

Acrilico e oro in foglia su cellotex.

1.034.000 €

34

Nero.

1993

109,5 × 164,5 cm

Acrilico su cellotex.

1.034.000 €

35

Nero e oro.

1993

109,5 × 164,5 cm

Acrilico e oro in foglia su cellotex.

1.034.000 €

36

Nero e oro.

1993

109,5 × 164,5 cm

Acrilico e oro in foglia su cellotex.

1.034.000 €

37

Cretto.

1994

67,3 × 175,3 cm

Acrovinilico su cellotex.

1.034.000 €

38

Cretto nero e oro.

1994

67,5 × 175,5 cm

Acrovinilico e oro in foglia su cellotex.

1.034.000 €

39

Cretto nero e oro.

1994

67,5 × 175,5 cm

Acrovinilico e oro in foglia su cellotex.

1.034.000 €

40

Cretto nero e oro.

1994

67 × 175 cm

Acrovinilico e oro in foglia su cellotex.

1.034.000 €

41

Cretto nero e oro.

1994

67,4 × 175,5 cm

Acrovinilico e oro in foglia su cellotex.

1.034.000 €

42

Cretto nero e oro.

1994

67,5 × 175,5 cm

Acrovinilico e oro in foglia.

1.034.000 €

43

Tutto Nero.

1956

131,5 × 116,5 cm

Tela, acrílico, cola acrivinílica.

1.034.000 €

44

Grande Bianco Plastica.

1962

190 × 200 cm

Combustión de plástico sobre bastidor alum.

2.500.000 €

Todas las obras proceden de la Fondazione Palazzo Albizzini (Collezione Burri) de Perugia (Italia).

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