Visto el expediente de indulto de don Mamady Keita, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección segunda, en sentencia de 30 de mayo de 2005, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 827 euros, por hechos cometidos en el año 2004, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de noviembre de 2006,
Vengo en conmutar a don Mamady Keita la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 21 de noviembre de 2006.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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