Visto el expediente de indulto de don Juan Javier Nicolás Valls, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial, sección tercera, de Valencia, en sentencia de 29 de octubre de 2002, como autor de un delito de falsificación de documento mercantil, a la pena de un año de prisión y multa de nueve meses con una cuota diaria de 1,20 euros, y de un delito de estafa, a la pena de dos años de prisión y multa de ocho meses con una cuota diaria de 1,20 euros, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1995, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de noviembre de 2006,
Vengo en conmutar a don Juan Javier Nicolás Valls las penas privativas de libertad impuestas por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria, el 24 de noviembre de 2006.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid