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Documento BOE-A-2006-21982

Decreto 205/2006, de 2 de noviembre, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de lugar de interés etnográfico, la aldea de Froxán, ayuntamiento de Folgoso de Caurel, provincia de Lugo.

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 14 de diciembre de 2006, páginas 44121 a 44124 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Referencia:
BOE-A-2006-21982

TEXTO ORIGINAL

La aldea de Froxán, perteneciente a la parroquia de San Vicente de Vilamor, representa un destacado ejemplo de la forma de vida tradicional en esta singular comarca de Quiroga en la montaña de Lugo. La dureza del clima y de la topografía, su aislamiento secular y su pobreza económica, que contrasta fuertemente con su riqueza natural y paisajística, permitieron el mantenimiento de unas formas de vida tradicionales que en muchos casos se acercaron más a la época medieval, en concreto, la arquitectura, la construcción, la tradición, el paisaje y sus costumbres. Froxán presenta un tipo de asentamiento en el que los caseríos se van instalando a los lados de los caminos, que dentro de la aldea se van ramificando. Las construcciones, generalmente de muros de fábrica de mampostería y cubierta de pizarra, se van adosando y colocando de forma que protegen el espacio público constituido por la calle. La aldea de Froxán es un conjunto urbano de reseñable interés y de un valor etnológico y arquitectónico desde el punto de vista de su configuración espacial, caracterizado por la fuerte adaptación y dependencia de la topografía. Y, además, un claro ejemplo de la arquitectura popular de las sierras orientales de Galicia. El conjunto edificado se complementa con los siguientes elementos que configuran la imagen de la aldea:

Dos o tres pequeñas eras en el borde de la aldea, entre las que destaca una de ellas por su posición, que la convierte en un inmejorable mirador sobre el conjunto, y una era principal, situada en su corazón, que constituye el principal espacio público de reunión.

Varios cobertizos, hornos y colmenares asociados a las viviendas. Los pajares que ocupan muchas veces la parte superior de los establos. La fuente y el lavadero. Los riegos de agua, caminos estrechos, senderos, muros y vallados que conforman una unidad especial, formal y funcional coherente que refuerza el carácter unitario del conjunto y su imbricación con el contorno natural. La pequeña capilla, anexa de la iglesia parroquial de Vilamaior, y la escuela, únicos edificios públicos de la aldea.

La Dirección Xeral de Patrimonio Cultural el 25 de abril de 2006 (Diario Oficial de Galicia del 9 de mayo) incoa expediente para la declaración de bien de interés cultural a favor de la aldea de Froxán y de su entorno.

La tramitación del expediente se llevó a cabo según lo establecido en la Ley 8/1995, del 30 de octubre, del Patrimonio Cultural de Galicia, y demás disposiciones vigentes. Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 8/1995, del 30 de octubre, del Patrimonio Cultural de Galicia, a propuesta de la Conselleira de Cultura y Deporte, y luego de la deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en la su reunión del día dos de noviembre de dos mil seis, dispongo:

Artículo 1.

Declarar bien de interés cultural, con la categoría de lugar de interés etnográfico, la aldea de Froxán, ayuntamiento de Folgoso do Caurel, provincia de Lugo.

Artículo 2.

La zona afectada por la declaración es la comprendida en la delimitación que se describe en el anexo I y que se recoge en el plano del anexo II.

Artículo 3.

El presente decreto será notificado al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Estado, al Registro de Bienes de Interés Cultural de Galicia, al ayuntamiento de Folgoso do Courel y a los demás interesados en el expediente.

Artículo 4.

El presente decreto será publicado en el Diario Oficial de Galicia y en el Boletín Oficial del Estado.

Disposición última.

El presente decreto entrará en vigor la el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 2 de noviembre de 2006.-El Presidente, Emilio Pérez Touriño.-La Consejera de Cultura y Deporte, Ánxela Bugallo Rodríguez.

ANEXO I

El área de protección de la aldea de Froxán queda definida de la siguiente forma:

Lugar de interés etnográfico: Punto 1. En el lugar conocido como «A Canda», sobre pista asfaltada que une Folgoso do Caurel con Froxán, en el punto de intersección del camino conocido como «Camiño de Castiñeiras».

Punto 2. El centro geométrico de la capilla de Froxán. Trazando una circunferencia de radio r = 100 m., se define un perímetro de protección del contorno inmediato de la capilla. Punto 3. En el eje de la pista asfaltada que une Folgoso do Caurel con Froxán, frente a la intersección con la pista que desde la carretera conduce a Castro Portela.

Desde los puntos 1 y 3 se trazan sendas líneas tangentes a la circunferencia de radio r, anteriormente definido, abarcando el perímetro de protección de la capilla. La delimitación se cierra uniendo el punto 1 con el punto 3 con una línea paralela al eje de la carretera asfaltada de Folgoso do Caurel a Froxán, trazada a 50 m. del borde norte de la misma. Área de protección del entorno:

La línea que define la delimitación del entorno exterior de protección se traza uniendo los puntos situados en las cimas de los montes que rodean la aldea, con base en la cartografía 1:5.000, de la siguiente forma: 1.007 (Alto do Barreiro)-807. Línea recta por la dorsal coincidiendo con la línea del cortafuego.

807-734 (Cabeza de Meda). Línea recta cruzando el río Lor. 734-991 (Alto da Saleira). Línea ascendente por la dorsal coincidiendo con el cortafuego. 991 (Alto da Saleira)-1.125 (Os Conventos). Línea coincidente con el límite municipal. 1.125 (Os Conventos)-1.080 (Cruz das Lastras). Línea por las dorsales coincidiendo con el límite municipal e de los cortafuegos. 1.080 (Cruz das Lastras)-1.000. Línea descendente por la dorsal hasta encontrar la pista que lleva a la ermita de San Roque (coincidente en su mayor parte con el cortafuego), cruza el río Lor y asciende por la dorsal coincidiendo en la parte alta con el cortafuego. 1.000-1.007 (Alto do Barreiro). Línea recta coincidiendo con el cortafuego.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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