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Documento BOE-A-2006-21987

Resolución de 27 de octubre de 2006, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se concede la aprobación de modelo del contador de agua fría, marca Elster o Iberconta, modelo M 170, calibres 25 y 30 mm, fabricado por «Elster Iberconta, S.A.».

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 14 de diciembre de 2006, páginas 44128 a 44128 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-2006-21987

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero.-Se presenta solicitud de aprobación de modelo del contador de agua fría, marca Elster o Iberconta, modelo M 170, calibres 25 y 30 mm, por parte de don Pedro María Egaña Mañanos en nombre y representación de la entidad «Elster Iberconta, S.A.», con domicilio social en C. Alcalá, 95 6.º dcha. 28009 Madrid e inscrita en el Registro de Control Metrológico con el número 16-A-001-R. Segundo.-Adjunta a dicha solicitud se aporta una memoria descriptiva del instrumento de medida y de su funcionamiento, así como informe de ensayos favorable del Physikalisch Technische Bundesanstalt (PTB) alemán. Esta Dirección General considera cumplidos todos los trámites reglamentarios y el modelo de contador, susceptible de aprobación.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Es competente esta Dirección General de Industria, Energía y Minas de conformidad con la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, reformado por Leyes Orgánicas 10/1994, de 24 de marzo, y 5/1998, de 7 de julio, y el 115/2004, de 29 de julio que establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica. Segundo.-La Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, el Real Decreto Legislativo 1296/1986, de 28 de junio, por el que se modifica la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, y se establece el control metrológico CEE, el Real Decreto 597/1988, de 10 de junio, por el que se regula el Control Metrológico CEE, así como la Orden de 28 de diciembre de 1988 por la que se regulan los contadores de agua fría establecen los requisitos reglamentarios para solicitar y obtener la aprobación de modelo CEE de este tipo de instrumentos de medida. Tercero.-La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se tiene en cuenta en la tramitación del expediente, en todo lo no establecido en las disposiciones anteriores.

Vistos los preceptos y disposiciones legales mencionados, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, resuelve:

Primero.-Conceder aprobación de modelo del contador de agua fría marca Elster o Iberconta, modelo M 170, calibres 25 y 30 mm, a favor de la entidad «Elster Iberconta, S.A.», inscrita en el registro de control metrológico con el número 16-A-001-R.

Las denominaciones y características son:

Marca: Elster o Iberconta.

Modelo: M 170. Características metrológicas:

Caudal nominal

3,5

6

10

Clase metrológica

B

Posición de funcionamiento

Horizontal

Diámetro nominal (mm)

25

25

30

Caudal nominal (Qn) (m3/h)

3,5

6

10

Caudal máximo (Qmáx) (m3/h)

7

12

20

Caudal transición (Qt) (m3/h)

0,28

0,48

0,80

Caudal mínimo (Qmín) (m3/h)

0,07

0,12

0,20

Presión máxima de servicio (bar)

10

Grupo de pérdida de presión (bar)

< 1

Temperatura de servicio (ºC)

De 0 a 30 ºC

Capacidad del totalizador (m3)

9.999

99.999

Segundo.-El signo de aprobación de modelo CEE asignado será:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

Tercero.-Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución llevarán, como mínimo, de manera visible e indeleble, agrupadas o distribuidas en la caja, el dial del dispositivo indicador o la placa descriptiva, las indicaciones siguientes:

a) El nombre o la razón social del fabricante o su marca de fábrica.

b) La clase metrológica. c) El caudal nominal Qn. d) El año de fabricación y el número de serie del contador, separados inequívocamente. e) Una o dos flechas que indiquen el sentido del flujo. f) El signo de aprobación de modelo CEE.

Además, habrá un espacio reservado para la etiqueta de verificación primitiva CEE.

Cuarto.-Para garantizar un correcto funcionamiento de los instrumentos se procederá a su precintado una vez realizada la verificación primitiva CEE, según se describe y representa en el anexo al Certificado de Aprobación de Modelo. Quinto.-Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución deberán cumplir todos los condicionamientos contenidos en el anexo al Certificado de Aprobación de Modelo CEE. Sexto.-De conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Real Decreto 597/1988, de 10 de junio, la presente aprobación de modelo tiene validez hasta el próximo 27 de octubre del año 2016 pudiendo ser prorrogada por periodos sucesivos de diez años, previa solicitud presentada por el titular de la misma.

Contra esta Resolución, podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación, ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 114 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999.

Madrid, 27 de octubre de 2006.-El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno

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