Visto el expediente de indulto de doña María del Rosario Fernández Fernández, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenada por la Audiencia Provincial, sección segunda, de Almería, en sentencia de 1 de febrero de 2005, como autora de un delito electoral, a la pena multa de 28 días con una cuota diaria de seis euros y otra de tres meses con una cuota diaria de seis euros, e inhabilitación especial para cargo público relacionado con la Administración Local por tiempo de seis meses, por hechos cometidos en el año 1999, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2006,
Vengo en indultar a doña María del Rosario Fernández Fernández la pena de inhabilitación especial para cargo público relacionado con la Administración Local pendiente de cumplimiento, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 1 de diciembre de 2006.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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