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Documento BOE-A-2006-2232

Resolución de 17 de enero de 2006, de la Universidad de Jaén, por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir plaza de personal laboral (Grupo I).

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 10 de febrero de 2006, páginas 5214 a 5216 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2006-2232

TEXTO ORIGINAL

La provisión de puestos de trabajo del personal laboral fijo de la Universidad de Jaén, se realiza de conformidad con lo dispuesto en el Título II Capítulo 3 del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía. Finalizados los procesos de traslado y promoción interna y acordadas las plazas vacantes que se pueden ofertar para su cobertura con personal de nuevo ingreso, se hace necesario por parte de este Rectorado, al amparo de lo establecido en el Decreto 230/2003, de 29 de julio, de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, por la que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Jaén (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 152, de 8 de agosto de 2003); y de conformidad con lo establecido en el art. 22 del antedicho Convenio Colectivo y en el artículo 75.2 de la Ley Orgáni- ca 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, resuelve convocar oposición libre para cubrir mediante contrato en régimen laboral de duración indefinida, las plazas de personal laboral que se indican en la norma 1.1 de esta convocatoria, vacantes en la relación de puestos de trabajo del personal laboral de esta Universidad, con arreglo a las siguientes:

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza de la categoría de Titulado Superior, grupo I.

1.2 La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; en el vigente Convenio Colectivo (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, n.º 36 de 23 de febrero de 2004) y las bases de la convocatoria. 1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo I. 1.4 El sistema de selección de los aspirantes será el de oposición, con arreglo a las pruebas y ejercicios que se especifican en el anexo I. 1.5 Las pruebas selectivas se desarrollarán quedando garantizado, en todo momento, la igualdad de condiciones de los candidatos y el respeto a los principios constitucionales de publicidad, capacidad y mérito. La fecha, hora y lugar en que se realizará el primer ejercicio se fijará en la Resolución del Rectorado en que se apruebe la lista de admitidos y excluidos. 1.6 Las funciones que, con carácter general, corresponden a las plazas en relación con la categoría y grupo que se convoca, así como la jornada de trabajo y horario de la misma, se ajustarán a lo que determine el Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas Andaluzas, así como lo determinado en las cláusulas que figuren en el contrato de trabajo. 1.7 Las retribuciones y demás derechos de contenido económico se ajustarán a lo que determina el citado Convenio Colectivo y demás normas de carácter general en materia de retribuciones de personal laboral al servicio de los Organismos Públicos. 1.8 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre en materia de incompatibilidades.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Para ser admitido en las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener cumplidos los 18 años de edad, y no haber alcanzado la edad de jubilación.

b) Estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, o título equivalente reconocido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones propias de las plazas objeto de esta convocatoria. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio en cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones.

2.2 Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo constar mediante instancia en el modelo que será facilitado en el Negociado de Información de la Universidad de Jaén o en los modelos normalizados para ingresar en la Administración Pública que se facilitan en las Subdelegaciones del Gobierno.

3.2 Las solicitudes se dirigirán al Excelentísimo y Magnífico Sr. Rector de la Universidad de Jaén en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al del anuncio de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». 3.3 La presentación de solicitudes podrá realizarse en el Registro General de la Universidad de Jaén o en la forma establecida en el art. 38 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A la instancia se acompañará necesariamente:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad.

b) Justificante de haber abonado los derechos de examen. c) Acreditación de la titulación académica o equivalente exigible.

3.4 Los derechos de examen de esta oposición serán de 28,00 euros, que se ingresarán en la Caja Rural de Jaén, Oficina Universidad, número de cuenta 3067.0109.33.1150653028 a nombre de la Universidad de Jaén: oposición personal laboral; o bien mediante transferencia bancaria a dicha cuenta.

En ningún caso la presentación y pago en el banco supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado anteriormente. 3.5 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Jaén dictará Resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de la Universidad de Jaén, situado en el edificio B-1 del Campus de las Lagunillas, en la que además de declarar aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos se recogerá el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación de aspirantes excluidos con mención expresa, en todo caso, de los apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad y motivo de la exclusión. Serán excluidos aquellos aspirantes que no aporten copia del documento nacional de identidad, no abonen derechos de examen, no acrediten la formación académica exigida o presente solicitud fuera de plazo. 3.6 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Contra dicha resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación. 3.7 Los derechos de examen serán reintegrados a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de las pruebas selectivas. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Tribunal calificador

4.1 Composición: El Tribunal calificador de estas pruebas estará formado por el Gerente de la Universidad de Jaén, por delegación del Rector, que actuará como Presidente; dos miembros en representación de la Universidad, nombrados por el Rector; dos miembros designados por el Comité de

Empresa, nombrados por el Rector; actuando como Secretario, con voz pero sin voto, un miembro del Servicio de Personal nombrado por el Rector a propuesta del Gerente. Debido a la urgente necesidad de la publicación de la convocatoria para la provisión de las vacantes, resulta conveniente hacer uso de la posibilidad prevista en el artículo 11 del Real Decreto 364/1995, acordándose que los nombres y demás datos de los miembros del Tribunal se harán públicos mediante resolución del Rector al mismo tiempo que se exponga la lista de excluidos a que se refiere la base 3.5. 4.2 La Universidad, a propuesta del Tribunal, podrá designar asesores especiales, que se limitarán a informar de las pruebas y méritos relativos a su área profesional. 4.3 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 4.4 Los Tribunales no podrán actuar sin la presencia de al menos, tres de sus miembros con derecho a voto y, en todo caso, el Presidente y el Secretario (o sus suplentes). 4.5 Previa convocatoria del Presidente de cada Tribunal, éste celebrará la sesión de constitución en el plazo mínimo de cuarenta y ocho horas de antelación antes de la realización del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas. 4.6 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Sección de Personal de Administración y Servicios, edificio B-1 del Campus de las Lagunillas, de la Universidad de Jaén, teléfono 953-212277. 4.7 Los aspirantes serán convocados por orden alfabético para el desarrollo del primer y tercer ejercicio. El segundo ejercicio se realizará en llamamiento único, debiendo de ir provistos del documento nacional de identidad o acreditación equivalente para cada una de las pruebas. 4.8 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posea la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Jaén. 4.9 El Presidente de cada Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que el ejercicio sea corregido sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

5. Relación de aprobados. Presentación de documentos y posterior firma del contrato

5.1 El Tribunal hará pública la lista de aspirantes que hayan superado el ejercicio en el mismo lugar donde éste se realizó y en el tablón de anuncios de la Universidad de Jaén.

5.2 Finalizadas las pruebas, el Tribunal hará público el candidato que haya obtenido plaza. En el plazo de tres días desde que se haga pública dicha relación, el presidente del Tribunal correspondiente elevará propuesta de contratación al Excelentísimo y Magnífico Sr. Rector de la Universidad de Jaén, sin que en ningún caso excedan las propuestas del número de plazas convocadas. 5.3 Los aspirantes que superen las presentes pruebas selectivas para su contratación como personal laboral fijo presentarán en el Servicio de Personal y Organización Docente de esta Universidad, dentro de los veinte días naturales a aquel en que se hizo pública la relación de aprobados, los siguientes documentos:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad acompañada del original para su comprobación.

b) Fotocopia, debidamente compulsada, de los títulos académicos. c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio, expedido por el facultativo de la Seguridad Social que corresponda al interesado.

5.4 Quienes, dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la referida documentación no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud.

5.5 En el contrato que se suscriba se fijará el período de prueba que determina el Convenio Colectivo y tendrá los efectos que el ordenamiento jurídico laboral dispone.

6. Norma final

6.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en esta oposición, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal está facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas en todo lo no previsto en las bases, así como para su interpretación.

6.2 La convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Jaén, 17 de enero de 2006.-El Rector, Luis Parras Guijosa.

ANEXO I Ejercicios y valoración

Consistirá en la celebración de una prueba de aptitud desglosada en tres ejercicios:

Primer ejercicio: Consistirá en la realización de una entrevista en inglés y francés con cada uno de los candidatos, versando la misma sobre las relaciones internacionales en el ámbito universitario español, debiendo demostrar: a) Fluidez y corrección en la expresión oral en ambos idiomas. Nivel mínimo requerido: B2 (intermedio superior) *.

b) Conocimiento básico del funcionamiento de las Oficinas de Relaciones Internacionales en las universidades públicas españolas, con especial referencia a la Universidad de Jaén.

Los candidatos serán calificados con apto o no apto.

Segundo ejercicio: Consistirá en la redacción de un tema propuesto por el Tribunal sobre las materias que se relaciona a continuación:

Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

Decreto 230/2003, de 29 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Jaén. Las Oficinas de Relaciones Internacionales en el sistema universitario español:

Sectoriales: CEURI y AUPA.

Programas de intercambio: ERASMUS, PIMA y convenios bilaterales. Programas de prácticas internacionales: ARGO y FARO. Programas de cooperación: ALBAN, AECI, MAE y Fundación Carolina. Estrategias de incorporación de estudiantes internacionales. Postgrado «in situ».

Los candidatos serán calificados con apto o no apto.

Tercer ejercicio: Incluirá una entrevista, consistente en una conversación básica en un tercer idioma: chino o árabe. Los candidatos serán calificados con apto o no apto.

Cada ejercicio tendrá carácter eliminatorio, teniendo, al tal efecto, el Tribunal capacidad para determinar el mínimo exigido en cada uno de ellos. Asimismo, la duración de los mismos será acordada por el Tribunal.

* Los niveles pertenecen al Marco Común de Referencia Europeo para los Idiomas publicados por el Consejo de Europa en el documento Common European Framework of Reference for Languages (Strasbourg, 2001). También puede consultarse en www.culture2.coe.int/portfolio/documents/0521803136txt.pdf.

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