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Vista la instancia del Notario de Lugo, don José María Bescos Badia, en la que al amparo del artículo 57 del Reglamento Notarial, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, solicita se le conceda la jubilación voluntaria por haber cumplido la edad de sesenta y cinco años.
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 4.1 f) del Real Decreto 1475/2004, de 18 de junio, ha acordado la jubilación voluntaria solicitada por el Notario de Lugo, don José María Bescos Badia, por haber cumplido la edad de sesenta y cinco años.
Madrid, 15 de diciembre de 2006.-La Directora General de los Registros y del Notariado, Pilar Blanco-Morales Limones.
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