Habiéndose declarado firmes en vía administrativa las sanciones impuestas a Dogi International Fabrics, S. A.; don José Doménech Jiménez; don Francesc Cunill Izquierdo, y doña Mercè Barbé Mundet, por la comisión de una infracción grave tipificada en el artículo 100, letra w), de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, se procede a dar publicidad, conforme a lo establecido en el artículo 103 de dicho texto legal, a las sanciones impuestas mediante Resolución del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, de fecha 17 de enero de 2006 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente fallo:
«a) Imponer a Dogi International Fabrics, S. A., por la comisión de una infracción grave del artículo 100, letra w), de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, por el incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 83 ter del mismo texto legal, al haber realizado, durante el primer semestre de 2004, operaciones sobre sus propias acciones constitutivas de manipulación de mercado, una sanción consistente en multa por importe de 100.000 euros (cien mil euros).
b) Imponer a don José Doménech Jiménez, por la comisión de una infracción grave del artículo 100, letra w), de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, por el incumplimiento de lo dispuesto en el ar-tículo 83 ter del mismo texto legal, al haber realizado, durante el primer semestre de 2004, operaciones sobre el valor Dogi International Fabrics, S. A., constitutivas de manipulación de mercado, una sanción consistente en multa por importe de 25.000 euros (veinticinco mil euros). c) Imponer a don Francesc Cunill Izquierdo, por la comisión de una infracción grave del artículo 100, letra w), de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, por el incumplimiento de lo dispuesto en el ar-tículo 83 ter del mismo texto legal, al haber realizado, durante el primer semestre de 2004, operaciones sobre el valor Dogi international Fabrics, S. A., constitutivas de manipulación de mercado, una sanción consistente en multa por importe de 18.000 euros (dieciocho mil euros).
d) Imponer a doña Mercè Barbé Mundet, por la comisión de una infracción grave del artículo 100, letra w), de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, por incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 83 ter del mismo texto legal, al haber realizado, durante el primer semestre de 2004, operaciones sobre el valor Dogi International Fabrics, S. A., constitutivas de manipulación de mercado, una sanción consistente en multa por importe de 12.000 euros (doce mil euros).»
Madrid, 17 de noviembre de 2006.-El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Manuel Conthe Gutiérrez.
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