En aplicación de lo dispuesto en el apartado primero de la Orden del Ministerio de Hacienda, de 28 de junio de 2000, por la que se regula la obtención y rendición de cuentas a través de soporte informático para los organismos públicos a los que sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, se hace pública la información contenida en el resumen de las cuentas anuales del Fondo Español de Garantía Agraria, correspondientes al ejercicio 2005, que figura como anexo a esta Resolución.
Madrid, 4 de diciembre de 2006.-El Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria, Fernando Miranda Sotillos.
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Fondo Español de Garantía Agraria
IV. Memoria sobre organización ejercicio 2005
El Real Decreto 376/2003, de 28 de marzo, regula la estructura orgánica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el artículo 2.5 considera adscrito a este Departamento a través de la Subsecretaría, al FEGA, con las funciones y estructura actualmente vigentes.
De acuerdo con el Real Decreto 1441/2001 de 21 de Diciembre, corresponde al Fondo Español de Garantía Agraria las funciones, en primer lugar, de velar por la aplicación armonizada en el territorio español de las disposiciones comunitarias, derivada de su condición de Organismo de Coordinación y recogida en la letra b) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento (CE) 1258/1999 del Consejo, de 17 de Mayo; y en segundo lugar, la de velar por la coordinación y aplicación armonizada, asimismo en el territorio nacional, de los controles y sanciones que se deriven de la aplicación de la política agraria comunitaria. Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1441/2001 de 21 de Diciembre, sus funciones son las siguientes:
Actuar como interlocutor único ante la Comisión Europea para aquellas cuestiones relativas a la Sección Garantía del FEOGA.
Las derivadas de su condición de organismo pagador de ámbito nacional de las ayudas del FEOGA-Garantía en las que la Administración General del Estado tenga la competencia de gestión, resolución y pago. La gestión, resolución y pago de las restituciones a la exportación y ayudas similares que afecten al comercio con terceros países. La coordinación financiera del sistema de prefinanciación nacional de los gastos del FEOGA-Garantía, a los organismos pagadores y del proceso de liquidación de cuentas del FEOGA-Garantía. La determinación de las cantidades imputables por corresponsabilidad financiera a los organismos pagadores de las CC.AA. conforme a lo previsto en el artículo 44.2 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas, y del orden social. Las derivadas de su condición de autoridad nacional encargada de la coordinación de los controles que establece el Reglamento (CEE) 3508/92, del Consejo, de 27 de noviembre, por el que se establece el Sistema integrado de gestión y control de determinados regímenes de ayuda comunitarios en su artículo 8.3 La propuesta o, en su caso, la participación en la elaboración de la normativa estatal básica y de ejecución, que afecte al ejercicio de sus funciones. La gestión, control y recaudación de la tasa suplementaria en el sector de leche y productos lácteos. La auditoría interna de las actuaciones competencia del Organismo.
Antes de analizar más detenidamente la realización de estas medidas en el ejercicio, destacar la dificultad que entraña para el Organismo la previsión de las adquisiciones y ventas de productos en régimen de intervención, ya que su cuantía va a depender de lo dispuesto en los Reglamentos de la CEE, que obligarán a que dichas intervenciones deban ser realizadas con los requisitos, controles y plazos fijados en dicha normativa, sin que el Organismo pueda limitar su montante, ni modificar las condiciones fundamentalmente de su gestión.
Asimismo, se ha de tener en cuenta, que las precisiones de determinadas magnitudes deban realizarse a veces sobre la base de series estadísticas, ya que se tratan de actuaciones variables en relación con motivos concretos, como es el caso de que en el momento de la realización del presupuesto, no se conocen las fluctuaciones de la futura cosecha de cereales ni las actuaciones que se realizarán en los otros sectores de la producción, dificultando así las decisiones que deba tomar el gestor. En relación con las operaciones de Intervención, el Organismo realizó la compra y venta de
Productos |
Compras |
Ventas |
Arroz |
0,000 t |
74.123,190 t |
Mantequilla |
7.922,300 t |
7.948,450 t |
Leche desnatada en polv |
0,000 t |
484,175 t |
Azúcar. |
12.000,000 t |
0,000 t |
Alcohol art. 27 |
545.798,380 hl |
586.289,590 hl |
Alcohol art. 28 |
11,900 hl |
10,410 hl |
Alcohol art. 30 |
483.321,190 hl |
6.875,000 hl |
Durante el presente ejercicio se han realizado pagos con cargo al FEOGA-Garantía por un importe total de 6.267.903,09 miles de euros, a los que habría que descontar en concepto de liquidación de ejercicios anteriores 160.144,55 miles de euros, resultando un saldo neto de 6.107.758,54 miles de euros.
Si ordenamos los pagos por sectores, su distribución sería la siguiente:
Sectores |
Total |
|
Cultivos herbáceos |
1.571.576,14 |
|
Cereales |
-5.390,09 |
|
Arroz |
111.429,41 |
|
Leguminosas grano |
53.019,43 |
|
Cultivos energéticos |
230,35 |
|
Aceite de oliva |
985.858,51 |
|
Frutas y hortalizas |
484.569,91 |
|
Azúcar e isoglucosa |
34.954,36 |
|
Lino y cáñamo |
457,60 |
|
Algodón |
219.800,36 |
|
Gusanos de seda |
16,38 |
|
Almidón y fécula de patata |
2.020,89 |
|
Tabaco |
113.994,89 |
|
Semillas |
9.915,95 |
|
Lúpulo |
257,33 |
|
Forrajes |
56.016,12 |
|
Vinos y alcoholes |
521.174,75 |
|
Leche y productos lácteos |
146.847,97 |
|
Vacuno |
824.610,99 |
|
Ovino y caprino |
467.502,84 |
|
Porcino |
2.414,50 |
|
Huevos y aves |
368,12 |
|
Apicultura |
4.755,42 |
|
Productos agrícolas transformados |
11.055,53 |
|
Programa de ayudas personas desfavorecidas |
45.931,66 |
|
Poseicán |
89.918,35 |
|
Desarrollo rural |
522.255,85 |
|
Productos de la pesca |
8.107,48 |
|
Medidas de promoción |
2.622,40 |
|
Medidas de control y prevención del feoga |
5.295,24 |
|
Otras recuperaciones, irregularidades o fraudes |
-23.680,16 |
|
Ayudas agromonetarias |
0,02 |
|
Otros gastos |
-5,41 |
|
Total |
6.267.903,09 |
|
Liquidación ejercicios anteriores |
-160.144,55 |
|
Saldo neto |
6.107.758,54 |
Según la naturaleza del gasto, su agrupación sería la siguiente:
Euros |
|
Restituciones y régimen exportación aprovisionamiento canarias |
145.914,66 |
Ayudas directas a productores |
4.670.410,73 |
Ayudas al almacenamiento privado |
37.455,31 |
Transferencias a industrias y operadores |
785.591,33 |
Medidas de promoción y otras |
14.279,39 |
Distribución gratuita a personas desfavorecidas |
48.839,25 |
Almacenamiento público |
84.207,12 |
Desarrollo rural |
522.255,85 |
Otros gastos |
(-)41.050,55 |
Total |
6.267.903,09 |
Liquidación ejercicios anteriores |
160.144,55 |
Saldo neto |
6.107.758,54 |
Según la distribución por organismos pagadores:
Transferencias-FEOGA-Garantía por organismos pagadores año 2005:
Organismo pagador |
Miles de euros |
Porcentaje |
Andalucía |
1.682.054,28 |
26,84 |
Aragón |
495.940,37 |
7,91 |
Principado de Asturias |
85.760,13 |
1,37 |
Islas Baleares |
31.552,29 |
0,50 |
Canarias |
109.188,20 |
1,74 |
Cantabria |
44.988,26 |
0,72 |
Castilla-La Mancha |
844.369,56 |
13,47 |
Castilla y León |
913.396,41 |
14,57 |
Cataluña |
360.164,62 |
5,75 |
Comunidad Valenciana |
188.901,55 |
3,01 |
Extremadura |
622.028,09 |
9,92 |
Galicia |
168.594,55 |
2,69 |
Madrid |
40.273,60 |
0,64 |
Región de Murcia |
105.806,05 |
1,69 |
Comunidad Foral de Navarra |
122.145,86 |
1,95 |
País Vasco |
59.412,55 |
0,95 |
La Rioja |
33.551,29 |
0,54 |
FEGA |
357.121,44 |
5,70 |
FROM |
2.653,99 |
0,04 |
Total |
6.267.903,09 |
100,00 |
Liquidación ejercicios anteriores |
-160.144,55 |
|
Saldo neto |
6.107.758,54 |
Estructura orgánica
La estructura orgánica del FEGA, según se establece en el R.D. 1441/2001, de 21 de diciembre, responde al siguiente esquema:
Presidente, con rango de Director General, del que dependen los siguientes órganos con nivel de Subdirección General: Secretaría General.
Subdirección General de Auditoría Interna. Subdirección General de Intervención de Mercados y Gestión de la Tasa Suplementaria de la Cuota Láctea. Subdirección General Económico-Financiera. Subdirección General de Armonización Normativa y Sistema Integrado. Subdirección General de Coordinación y Relaciones con el FEOGA-Garantía. Subdirección General de Intercambios y Tráfico Intracomunitario.
La ejecución y tramitación de las funciones encomendadas al Organismo, a nivel provincial, corresponden a las áreas funcionales de agricultura en las subdelegaciones de Gobierno, en las que no hay encomienda de gestión.
A la Subdirección General Económico Financiera le corresponde la gestión presupuestaria, financiera, contable y patrimonial del Organismo, así como la preparación y elaboración del proyecto del presupuesto y el seguimiento y control de su ejecución; la liquidación y rendición de cuentas y la actualización permanente de su patrimonio; las actuaciones financieras y contables del FEGA en su condición de organismo pagador de ámbito nacional de las ayudas FEOGA-Garantía. Igualmente, le corresponde el seguimiento contable del movimiento y existencias de los productos de intervención y la gestión financiera de las actuaciones de intervención realizadas por las Comunidades Autónomas, de acuerdo con lo establecido en los convenios de encomienda de gestión suscritos con la mayoría de las comunidades autónomas. La contabilización de las operaciones del Organismo, se lleva a cabo en base a la documentación facilitada por los servicios centrales a través de la Subdirección General Económico Financiera, y que recogen las actuaciones mencionadas en el párrafo anterior, a la que se añade la documentación aportada por las distintas dependencias provinciales del MAPA y que se reflejan en un estado denominado « Resumen Mensual de Operaciones», consiguiendo de esta forma los objetivos siguientes:
Un enlace efectivo entre la contabilidad de productos y financiera.
La debida justificación de las distintas operaciones que aparecen en el mismo, en relación con saldos deudores y acreedores. Una concordancia estricta entre los datos financieros y la información bancaria tanto del Banco de España como de la banca concertada. Una vez comprobada en la Subdirección General Económico Financiera, la documentación citada previamente, así como los libramientos que le han servido de base, se procesan en el sistema de información contable (SIC-2) para la elaboración de la cuenta que se rinde por el Organismo.
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