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Documento BOE-A-2006-22919

Resolución de 7 de diciembre de 2006, de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, por la que se publica la Addenda al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad Autónoma de Galicia para incentivar la oferta de determinadas titulaciones de formación profesional.

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 29 de diciembre de 2006, páginas 46506 a 46507 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2006-22919

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad Autónoma de Galicia han suscrito una Addenda al Convenio de colaboración para incentivar la oferta de aquellas titulaciones de formación profesional que, por ser poco demandadas por el alumnado, no responden adecuadamente a la demanda creciente del sistema productivo en su ámbito territorial, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el Boletín Oficial del Estado, de dicho Convenio.

Madrid, 7 de diciembre de 2006.-El Director General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, José Luis Pérez Iriarte.

ADDENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA PARA INCENTIVAR LA OFERTA DE AQUELLAS TITULACIONES DE FORMACIÓN PROFESIONAL QUE, POR SER POCO DEMANDADAS POR EL ALUMNADO, NO RESPONDEN ADECUADAMENTE A LA DEMANDA CRECIENTE DEL SISTEMA PRODUCTIVO EN SU ÁMBITO TERRITORIAL

En Madrid, a 27 de noviembre de 2006.

REUNIDOS

De una parte, la Sra. Dña. Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, Ministra de Educación y Ciencia, en virtud del Real Decreto 464/2006, del 10 de abril, por el que se dispone su nombramiento, y actuando en el ejercicio de la competencia que le atribuye el artículo 13.3 de la ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado.

Y, de otra, la Excma. Sra. Dña. Laura Elena Sánchez Piñón, Conselleira de Educación y Ordenación Universitaria de la Xunta de Galicia, actuando en ejercicio de su cargo y en función de las atribuciones que le confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidente, en representación de la Comunidad Autónoma de Galicia (en adelante, la Comunidad Autónoma). Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutuamente plena capacidad jurídica para el otorgamiento de la presente Addenda al Convenio de colaboración para incentivar la oferta de aquellas titulaciones de formación profesional que, por ser poco demandadas por el alumnado, no responden adecuadamente a la demanda creciente del sistema productivo en su ámbito territorial, y

EXPONEN

1. Que con fecha 15 de junio de 2006 el Ministerio e Educación y Ciencia y la Comunidad Autónoma de Galicia suscribieron un Convenio de Colaboración para incentivar la oferta de aquellas titulaciones de formación profesional que, por ser poco demandadas por el alumnado, no responden adecuadamente a la demanda creciente del sistema productivo en su ámbito territorial (de la que se da publicidad mediante Resolución de 25 de julio de 2006, de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, en el BOE del 7 de agosto de 2006).

2. Que, durante el ejercicio 2006, y en el plazo de ejecución acordado en la cláusula quinta del citado Convenio de Colaboración, el Ministerio de Educación y Ciencia, de una parte, y la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de la Comunidad Autónoma de Galicia, de otra, se comprometían a incentivar la oferta de aquellas titulaciones de formación profesional que, por ser poco demandadas por el alumnado, no responden adecuadamente a la demanda creciente del sistema productivo, favoreciendo la integración profesional social y laboral de los jóvenes en mercado de trabajo, y, además, aunque no por ello menos importante, reducir el abandono escolar y auspiciar la formación a lo largo de la vida. 3. Para ello, La Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de la Comunidad Autónoma, por su parte, debía decidir sobre las titulaciones que, a su juicio, deban ser objeto del Plan de incentivación y realizar una campaña de promoción y difusión, entre otras actuaciones, justificando los trabajos a la fecha de 15 de octubre de 2006, conforme se detallaba en la cláusula cuarta del citado Convenio de Colaboración. 4. Siendo que, a fecha de hoy, los trabajos relativos al cumplimiento de los objetivos del citado Convenio de Colaboración no han podido cumplirse debido al escaso plazo de ejecución considerado y siendo que, a juicio de ambas Administraciones educativas, sigue subsistiendo la necesidad de ejecutar el Plan de difusión trazado para mejorar la orientación profesional y la inserción de los jóvenes, el Ministerio de Educación y Ciencia y la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de la Comunidad Autónoma, previa aprobación de la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica, acuerdan suscribir la presente Addenda al Convenio de colaboración con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-La Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de la Comunidad Autónoma de Galicia se compromete a ejecutar el Plan de incentivación y a realizar todos aquellas actuaciones encaminadas a la orientación e información sobre las titulaciones que deban ser objeto del plan y a poner en marcha los procedimientos que considere pertinentes para la promoción y difusión de las mismas.

Segunda.-El Ministerio de Educación y Ciencia ya realizó la correspondiente transferencia a la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de la Comunidad Autónoma de la cantidad de 547.614,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 18.10.322B.456 de los Presupuestos Generales del Estado para 2006. Por ello, la presente Addenda al convenio de colaboración no conlleva gasto presupuestario alguno. Tercera.-Se modifica la cláusula quinta del convenio, a los efectos de prorrogar el plazo para la ejecución de las actuaciones derivadas de la firma del citado convenio de colaboración, estableciéndose como fecha límite la del 20 de diciembre de 2006. Cuarta.-Dado que las actuaciones del citado convenio se inscriben entre las actuaciones que el Ministerio de Educación y Ciencia desarrolla en el marco del Programa Operativo 2000ES051PO014 cofinanciado por el Fondo Social Europeo, la Conselleira de Educación y Ordenación Universitaria, o persona en la que delegue, deberá presentar, a fecha de 30 de diciembre de 2006, un certificado firmado por el que se justifique que ha sido cumplida la finalidad para la cual se suscribió el convenio, y la elaboración de un dossier que contenga los oportunos documentos justificativos del gasto. Por otra parte, se compromete a incluir el logotipo del FSE y a hacer constancia explícita de dicha cofinanciación en los documentos, folletos y publicaciones que se realicen en el cumplimiento de los objetivos del mismo. Quinta.-La presente addenda al convenio de colaboración entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y tendrá duración hasta el 31 de diciembre de 2006.

Y en prueba de conformidad con todo lo estipulado, se firma la presente Addenda al Convenio por ambas partes en el lugar y fecha arriba indicados.-Por el Ministerio de Educación y Ciencia, la Ministra, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.-Por la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de la Comunidad Autónoma de Galicia, la Conselleira, Laura Elena Sánchez Piñón.

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