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Documento BOE-A-2006-2406

Resolución de 20 de enero de 2006, de la Secretaría General de Transportes, de homologación del curso de Manipulación de Mercancías Peligrosas para los componentes de organizaciones portuarias, a impartir por la Fundación Instituto Portuario de Estudios y Cooperación de la Comunidad Valenciana.

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 13 de febrero de 2006, páginas 5651 a 5651 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2006-2406

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose presentado por la Fundación Instituto Portuario de Estudios y Cooperación de la Comunidad Valenciana (FEPORTS), con domicilio en Valencia, calle La Paz, n.º 2, segundo, 46003 Valencia, solicitud para la homologación del curso de Manipulación de Mercancías Peligrosas para los componentes de organizaciones portuarias; Visto el Real Decreto 145/1989, de 20 de enero (B.O.E. de 13 de febrero), que aprueba el Reglamento de Admisión, Manipulación y Almacenamiento de Mercancías Peligrosas en los Puertos de Interés General; Vista la Orden de 30 de mayo de 1990 (B.O.E. de 5 de junio), por la que se establecen las condiciones para los cursos de capacitación para manipulación de mercancías peligrosas en los puertos de interés general; Visto el informe favorable del Ente Público Puertos del Estado, esta Secretaría General ha resuelto:

La homologación del curso de Manipulación de Mercancías Peligrosas para los componentes de organizaciones portuarias, a impartir por la Fundación Instituto Portuario de Estudios y Cooperación de la Comunidad Valenciana (FEPORTS), con arreglo a las siguientes condiciones: Primera.-El titular de la solicitud deberá solicitar por escrito a Puertos del Estado autorización para efectuar cada curso, con una antelación mínima de dos semanas previas al comienzo del mismo.

Segunda.-Antes de haber concluido un período de quince días transcurridos tras la finalización del curso, se remitirá a Puertos del Estado un informe final del mismo, en el que se aportarán los resultados de los exámenes efectuados. Tercera.-En caso de ser solicitado por los interesados, se remitirán al Ente Público Puertos del Estado los certificados extendidos a nombre de cada uno de los alumnos que hayan pasado satisfactoriamente el curso, aprobando el examen correspondiente, para su refrendo por el Ministerio de Fomento.

Esta homologación tendrá validez por dos años, contados a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», pudiendo ser solicitada por el interesado su prórroga para poder continuar su vigencia, si procede, una vez transcurrido dicho plazo.

Madrid, 20 de enero de 2006.-El Secretario General de Transportes, Fernando Palao Taboada.

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