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Documento BOE-A-2006-2448

Resolución de 20 de enero de 2006, de la Secretaría General de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se da publicidad al Acuerdo de la Junta de Castilla y León por el que se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, el Palacio de San Martín, o de Enrique IV, o de la Reina Doña Juana, en Segovia.

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 13 de febrero de 2006, páginas 5734 a 5734 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2006-2448

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 28 de julio de 2005 acuerda declarar Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, El Palacio de San Martín, o de Enrique IV, o de la Reina Doña Juana, en Segovia En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 13 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo que figura con anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Valladolid, 20 de enero de 2006.-El Secretario General, José Rodríguez Sanz-Pastor.

ANEXO

El edificio también denominado Casa de los Mercado Peñalosa, forma parte el palacio mandado construir por Enrique IV en el barrio de San Martín. Su construcción obedece al deseo del Rey de habitar en una mansión en el centro de Segovia, más cómoda y accesible que el alcázar. La edificación responde al tipo de palacio urbano del siglo XV. Con un carácter típicamente mudéjar se organiza de forma bastante anárquica en varios palacios comunicados e independientes entre sí, principalmente el del Rey y el de la Reina. La Dirección General de Patrimonio Artístico y Cultural, por resolución de 5 de julio de 1976, acordó incoar procedimiento para la declaración de Monumento Histórico Artístico con carácter Nacional, y en la actualidad considerado Bien de Interés Cultural, en aplicación de la Disposición Adicional Primera, de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León. Con fecha 13 de marzo de 1976, la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando informó favorablemente la pretendida declaración. Asimismo, emiten informe favorable las Universidades de Valladolid y S.E.K. de Segovia, con fecha 4 de septiembre de 2003 y 4 de junio de 2004, respectivamente. Cumplidos los preceptivos trámites de Información Pública y Trámite de Audiencia, dentro del plazo concedido al efecto, se presentan alegaciones al expediente que han sido estudiadas y valoradas según consta en el expediente. La Consejera de Cultura y Turismo ha propuesto proceder a la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, de dicho inmueble, y a tal efecto ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la delimitación y los documentos gráficos correspondientes. El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, en virtud de las competencias que le son propias, en su reunión del día 28 de julio de 2005, adopta el siguiente acuerdo:

Primero.-Se declara Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, el Palacio de Enrique IV, que comprende las parcelas catastrales 58406-03, 05 y 06.

Segundo.-Se delimita como entorno de protección el ámbito definido por la línea de fachadas de las siguientes calles y plazas con frente a la manzana 58406 en que se ubica el Palacio: C/Arias Dávila, C/ Ildefonso Rodríguez, Plaza de la Reina Doña Juana, Plaza de los Espejos y C/Gobernador Llasera y Plazuela Bellas Artes. La descripción complementaria del bien a que se refiere el presente Acuerdo, así como la zona afectada por la delimitación, son los que constan en el plano y demás documentación que obra en el expediente de su razón. Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquél.

Valladolid, 28 de julio de 2005.-El Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera Campo.-La Consejera de Cultura y Turismo, Silvia Clemente Municio.

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