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Documento BOE-A-2006-2560

Resolución de 30 de diciembre de 2005, de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, por la que se renuevan las becas convocadas por Orden SCO/790/2003, de 10 de enero, de formación y perfeccionamiento de la citada Agencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 14 de febrero de 2006, páginas 5950 a 5951 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2006-2560

TEXTO ORIGINAL

En el «Boletín Oficial del Estado» de 7 de abril de 2003, se publicó la Orden SCO/790/2003, de 10 de enero de 2003, por la que se convocaron becas de formación y perfeccionamiento de la Agencia Española del Medicamento, cuyas bases quedan reguladas en la misma. Por Resolución de 1 de agosto de 2003 (BOE 27-8-2003), se adjudicaron 13 becas, por un periodo de tiempo, hasta el 31 de diciembre de 2003, pudiendo prorrogarse hasta un máximo de cuatro años y previa fiscalización del gasto correspondiente. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de prórroga, el pasado 1 de diciembre, de acuerdo a los apartados y requisitos exigidos en la citada Orden de convocatoria, a propuesta de la Comisión de evaluación, esta Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios dicta Resolución con arreglo a los siguientes

Hechos

Primero.-Por Orden SCO/790/2003, de 10 de enero de 2003 publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 7 de abril de 2003, se convocaron 13 becas de iniciación y perfeccionamiento en la Agencia. Segundo.-Las 13 becas adjudicadas por Resolución de 1 de agosto de 2003 tenían una duración hasta el 31 de diciembre de 2003. Tercero.-Por Resolución de 30 de diciembre de 2003 se procedió a la renovación de trece becas solicitadas por el periodo comprendido entre el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2004. Cuarto.-Por Resolución de 30 de diciembre de 2004, se procedió a la renovación de doce becas solicitadas por el periodo comprendido entre el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2005. Quinto.-Dentro del plazo de presentación de solicitudes de prórroga, que ha finalizado el pasado 1 de diciembre de 2005, la Comisión de Evaluación ha admitido siete (7) solicitudes, previo examen y evaluación conforme a los requisitos exigidos para la renovación en la citada Orden de convocatoria, como así se hace constar en el acta de la reunión de la citada Comisión de fecha 5 de diciembre de 2005 a la que se acompaña relación de solicitudes admitidas.

Fundamentos de derecho

1. Competencia.-Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1 del Estatuto de la Agencia, aprobado por Real Decreto 520/1999, de 26 de marzo, la Directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios ostenta la representación legal de la misma y le corresponde, dentro de sus competencias, la decisión y firma de los acuerdos o resoluciones que hayan de adoptarse por la Agencia. 2. Motivación.-Las becas adjudicadas por Resolución de 1 de agosto de 2003 tenían una duración hasta el 31 de diciembre de 2003, habiéndose procedido a su última renovación por Resolución de 30 de diciembre de 2004, por el periodo comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2005. 3. Conforme a los apartados 2.3, 6.1 y 6.2 de la mencionada Orden de convocatoria procede, mediante la presente resolución, a la renovación de las becas propuestas por la Comisión de evaluación por el periodo de tiempo comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2006. 4. Concesión.-Procede, por tanto, la renovación de siete (7) solicitudes de prórroga propuestas por la Comisión de Evaluación.

En consecuencia, y según lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, a los efectos establecidos en la disposición transitoria segunda y en la Orden SCO/790/2003 de 10 de enero y demás disposiciones aplicables, y previo informe de la Comisión de evaluación, resuelvo:

Renovar siete (7) becas de formación y perfeccionamiento de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, adjudicadas por Resolución de 1 de agosto de 2003, en la cuantía de 1.489,03 euros para la beca de perfeccionamiento y 846,03 euros para la beca de iniciación (incluido, respectivamente, el incremento del 2% previsto para el sector publico conforme a la Ley de Presupuestos para el año 2006), de acuerdo con la citada Orden de convocatoria y a los solicitantes admitidos que se relacionan en el Anexo a esta Resolución.

Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Director de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999, modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo, en los términos previstos en la Ley Reguladora de dicha Jurisdicción.

En caso de interponerse recurso potestativo de reposición, no podrá impugnarse la Resolución ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 30 de diciembre de 2005.-La Directora, María del Val Díez Rodrigálvarez.

Anexo

Renovación becas año 2005-2006

Convocatoria por Orden SCO/790/2003, de 10 de enero

Nombre

División de destino

Código

Modalidad

Importe mes 2005

-

Euros

Incremento

2 %

-

Euros

Importe mes 2006

-

Euros

Daniel Romero Dutrey

Servicio Jurídico

SJ3

Perfec.

1459,84

29,19

1489,03

Ignacio Moreno Fernandez

Farmacología y Evaluación Clínica

CL9

Perfec.

1459,84

29,19

1489,03

Jorge Camarero Jimenez

Farmacología y Evaluación Clínica

CL10

Perfec.

1459,84

29,19

1489,03

Marta Maria Gonzalez Elias

Farmacología y Evaluación Clínica

CL10

Perfec.

1459,84

29,19

1489,03

Carmen Ruiz Villar-ferdz Bravo

Farmacología y Evaluación Clínica

CL11

Iniciación.

829,45

16,58

846,03

Magdalena Bellido Samaniego

Evaluación de Medicamentos de Uso Veterinario

MV7

Perfec.

1459,84

29,19

1489,03

Laura Oliveira Santamaria

Unidad CPMP

CEF1

Perfec.

1459,84

29,19

1489,03

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