En el «Boletín Oficial del Estado» de 7 de abril de 2003, se publicó la Orden SCO/790/2003, de 10 de enero de 2003, por la que se convocaron becas de formación y perfeccionamiento de la Agencia Española del Medicamento, cuyas bases quedan reguladas en la misma. Por Resolución de 1 de agosto de 2003 (BOE 27-8-2003), se adjudicaron 13 becas, por un periodo de tiempo, hasta el 31 de diciembre de 2003, pudiendo prorrogarse hasta un máximo de cuatro años y previa fiscalización del gasto correspondiente. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de prórroga, el pasado 1 de diciembre, de acuerdo a los apartados y requisitos exigidos en la citada Orden de convocatoria, a propuesta de la Comisión de evaluación, esta Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios dicta Resolución con arreglo a los siguientes
Hechos
Primero.-Por Orden SCO/790/2003, de 10 de enero de 2003 publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 7 de abril de 2003, se convocaron 13 becas de iniciación y perfeccionamiento en la Agencia. Segundo.-Las 13 becas adjudicadas por Resolución de 1 de agosto de 2003 tenían una duración hasta el 31 de diciembre de 2003. Tercero.-Por Resolución de 30 de diciembre de 2003 se procedió a la renovación de trece becas solicitadas por el periodo comprendido entre el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2004. Cuarto.-Por Resolución de 30 de diciembre de 2004, se procedió a la renovación de doce becas solicitadas por el periodo comprendido entre el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2005. Quinto.-Dentro del plazo de presentación de solicitudes de prórroga, que ha finalizado el pasado 1 de diciembre de 2005, la Comisión de Evaluación ha admitido siete (7) solicitudes, previo examen y evaluación conforme a los requisitos exigidos para la renovación en la citada Orden de convocatoria, como así se hace constar en el acta de la reunión de la citada Comisión de fecha 5 de diciembre de 2005 a la que se acompaña relación de solicitudes admitidas.
Fundamentos de derecho
1. Competencia.-Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1 del Estatuto de la Agencia, aprobado por Real Decreto 520/1999, de 26 de marzo, la Directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios ostenta la representación legal de la misma y le corresponde, dentro de sus competencias, la decisión y firma de los acuerdos o resoluciones que hayan de adoptarse por la Agencia. 2. Motivación.-Las becas adjudicadas por Resolución de 1 de agosto de 2003 tenían una duración hasta el 31 de diciembre de 2003, habiéndose procedido a su última renovación por Resolución de 30 de diciembre de 2004, por el periodo comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2005. 3. Conforme a los apartados 2.3, 6.1 y 6.2 de la mencionada Orden de convocatoria procede, mediante la presente resolución, a la renovación de las becas propuestas por la Comisión de evaluación por el periodo de tiempo comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2006. 4. Concesión.-Procede, por tanto, la renovación de siete (7) solicitudes de prórroga propuestas por la Comisión de Evaluación.
En consecuencia, y según lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, a los efectos establecidos en la disposición transitoria segunda y en la Orden SCO/790/2003 de 10 de enero y demás disposiciones aplicables, y previo informe de la Comisión de evaluación, resuelvo:
Renovar siete (7) becas de formación y perfeccionamiento de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, adjudicadas por Resolución de 1 de agosto de 2003, en la cuantía de 1.489,03 euros para la beca de perfeccionamiento y 846,03 euros para la beca de iniciación (incluido, respectivamente, el incremento del 2% previsto para el sector publico conforme a la Ley de Presupuestos para el año 2006), de acuerdo con la citada Orden de convocatoria y a los solicitantes admitidos que se relacionan en el Anexo a esta Resolución.
Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Director de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999, modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo, en los términos previstos en la Ley Reguladora de dicha Jurisdicción.
En caso de interponerse recurso potestativo de reposición, no podrá impugnarse la Resolución ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 30 de diciembre de 2005.-La Directora, María del Val Díez Rodrigálvarez.
Anexo Renovación becas año 2005-2006 Convocatoria por Orden SCO/790/2003, de 10 de enero |
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Nombre |
División de destino |
Código |
Modalidad |
Importe mes 2005 - Euros |
Incremento 2 % - Euros |
Importe mes 2006 - Euros |
Daniel Romero Dutrey |
Servicio Jurídico |
SJ3 |
Perfec. |
1459,84 |
29,19 |
1489,03 |
Ignacio Moreno Fernandez |
Farmacología y Evaluación Clínica |
CL9 |
Perfec. |
1459,84 |
29,19 |
1489,03 |
Jorge Camarero Jimenez |
Farmacología y Evaluación Clínica |
CL10 |
Perfec. |
1459,84 |
29,19 |
1489,03 |
Marta Maria Gonzalez Elias |
Farmacología y Evaluación Clínica |
CL10 |
Perfec. |
1459,84 |
29,19 |
1489,03 |
Carmen Ruiz Villar-ferdz Bravo |
Farmacología y Evaluación Clínica |
CL11 |
Iniciación. |
829,45 |
16,58 |
846,03 |
Magdalena Bellido Samaniego |
Evaluación de Medicamentos de Uso Veterinario |
MV7 |
Perfec. |
1459,84 |
29,19 |
1489,03 |
Laura Oliveira Santamaria |
Unidad CPMP |
CEF1 |
Perfec. |
1459,84 |
29,19 |
1489,03 |
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