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Documento BOE-A-2006-265

Orden CUL/4193/2005, de 23 de diciembre, por la que se aprueba la lista definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo para cubrir plazas de personal laboral fijo en la categoría de Auxiliar de Servicios Generales (Vigilancia de Museos), mediante contratación laboral fija, por el turno de promoción interna en el Ministerio de Cultura, convocado por Orden CUL/201/2005, de 1 de febrero.

Publicado en:
«BOE» núm. 7, de 9 de enero de 2006, páginas 900 a 900 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2006-265

TEXTO ORIGINAL

Finalizadas las pruebas selectivas para proveer plazas de personal laboral fijo, en la categoría de Auxiliar de Servicios Generales (Vigilancia de Museos), mediante contratación laboral fija, por el turno de promoción interna, en el Ministerio de Cultura, convocadas por Orden CUL/201/2005, de 1 de febrero (BOE n.º 33, de 8 de febrero), este Ministerio, a la vista de la propuesta efectuada por el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas, ha resuelto:

Primero.-Adjudicar a los aspirantes que han obtenido, al menos, la calificación mínima exigida para superar el proceso selectivo, según establece la base 7.1. de la convocatoria, las plazas que figuran en el anexo I de esta Orden con indicación de apellidos y nombre, documento nacional de identidad, puntuación final obtenida y los datos de la plaza adjudicada.

Segundo.-No adjudicar plaza a los aspirantes que se indican en el anexo II de esta Orden, con indicación de apellidos y nombre, documento nacional de identidad y causa de no adjudicación. Tercero.-Publicar las relaciones mencionadas en los tablones de anuncios de la sede del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas, Ministerio de Cultura, plaza del Rey, 1, de Madrid, y en la página web del Ministerio de Cultura (www.mcu.es). Cuarto.-Los aspirantes aprobados cesarán en las plazas que actualmente ocupan, en el plazo de los tres días hábiles siguientes al de publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado. Los ceses serán formalizados utilizando para ello el documento L.1.R. Las habilitaciones de origen acreditarán las retribuciones correspondientes hasta el día en que se produzca el cese. Quinto.-Los aspirantes aprobados tomarán posesión de las plazas que les han sido adjudicadas en el plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al del cese, si no implica cambio de residencia, o de un mes si implica cambio de la misma. Las tomas de posesión se formalizarán utilizando para ello el documento L.2.R. La habilitación del nuevo destino acreditará las retribuciones desde el día en que se produzca el alta efectiva en el nuevo destino. Cuando los actos de cese y toma de posesión sean formalizados por la misma autoridad, deberá utilizarse el documento L.3.R. Sexto.-El cómputo de los plazos de cese y toma de posesión, se iniciará cuando finalicen las vacaciones oficiales que se estén disfrutando y los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados. En el supuesto de trabajadores de baja por incapacidad temporal, el cómputo de los plazos se iniciará a partir del día siguiente al que se produzca el alta médica. Séptimo.-Todas las modificaciones de las condiciones de trabajo que se produzcan, serán recogidas en el contrato de trabajo mediante la correspondiente novación, que pasará a formar parte integrante del mismo. Dicha novación será realizada por el Ministerio donde radica la nueva plaza adjudicada al trabajador.

Octavo.-Contra esta Orden se podrá interponer demanda ante la jurisdicción social, previa reclamación ante el Ministro de Economía y Hacienda, de conformidad con lo establecido en el artículo 69 de la Ley de Procedimiento Laboral, y en el artículo 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 23 de diciembre de 2005.-La Ministra, P. D. (Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio, BOE del 31), el Subsecretario, Antonio Hidalgo López.

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