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Documento BOE-A-2006-3258

Resolución de 2 de enero de 2006, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se concede la aprobación de modelo del cinemómetro fijo destinado a medir la velocidad de los vehículos a motor, marca Gatso, modelo Digital Camera Radar System (DCRS), fabricado por Gatsometer B.V.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 23 de febrero de 2006, páginas 7606 a 7606 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-2006-3258

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero.-Se presenta solicitud de D. Pedro García Relaño, en nombre y representación de la Entidad «Telvent Tráfico y Transporte, S.A.», con domicilio social en la C. Valgrande, 6 28018 Madrid, e inscrita en el Registro de Control Metrológico con n.º 16-I-078, de aprobación de modelo del cinemómetro fijo marca Gatso, modelo Digital Camera Radar System (DCRS), fabricado en Holanda por Gatsometer B.V. Segundo.-Adjunta a dicha solicitud se aporta la documentación exigida y memoria descriptiva del modelo y de su funcionamiento. Se realiza el estudio de dicha documentación, y comprobado que el diseño cumple los requisitos establecidos, se insta a la entidad a ensayar el instrumento en un laboratorio autorizado. Tercero.-Aportando la entidad, el certificado emitido por el Centro Español de Metrología, con referencia CEM-CY-05/0012-7.2, se comprueba que este es favorable. Cuarto.-Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, estima que en la tramitación del expediente se han cumplimentado todos los trámites reglamentarios.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Es competente esta Dirección General de Industria, Energía y Minas de conformidad con la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, reformado por Leyes Orgánicas 10/1994, de 24 de marzo, y 5/1998, de 7 de julio, y el Decreto 114/2004, de 29 de julio que establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica. Segundo.-La Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, por el que se establece el Control Metrológico que realiza la Administración del Estado, así como la Orden de 11 de febrero de 1994 por la que se establece el control metrológico para los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor, establecen los requisitos reglamentarios para solicitar y obtener la aprobación de modelo de este tipo de instrumentos de medida. Tercero.-La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se tiene en cuenta en la tramitación del expediente, en todo lo no establecido en las disposiciones anteriores.

Vistos los preceptos y disposiciones legales mencionados, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, resuelve:

Primero.-Conceder aprobación de modelo del cinemómetro fijo destinado a medir la velocidad de vehículos a motor, marca Gatso, modelo Digital Camera radar System, a favor de la empresa «Telvent Tráfico y Transporte, S.A.», con registro de control metrológico n.º 16-I-078.

Segundo.-El signo de aprobación de modelo asignado será:

16-I-078

06001

Tercero.-Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución llevarán, como mínimo, de manera visible e indeleble, legible en las condiciones normales de instalación, una placa que contenga las siguientes inscripciones:

Marca de identificación del fabricante o distribuidor.

Denominación del modelo del instrumento. Número de serie. Signo de aprobación de modelo.

Cuarto.-Para garantizar un correcto funcionamiento de los instrumentos se procederá a su precintado una vez realizada la verificación primitiva, según se describe y representa en el anexo al Certificado de Aprobación de Modelo.

Quinto.-Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución deberán cumplir todos los condicionamientos contenidos en el anexo al Certificado de Aprobación de Modelo. Sexto.-De conformidad con lo establecido en el artículo 2.º del Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, la presente aprobación de modelo tiene validez hasta la fecha de 1 de enero de 2011, pudiendo ser prorrogada por periodos sucesivos, que no podrán exceder cada uno de diez años, previa solicitud presentada por el titular de la misma tres meses antes de la fecha de vencimiento.

Contra esta Resolución se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación, ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero del mismo año, al no poner fin este acto a la vía administrativa.

Madrid, 2 de enero de 2006.-El Director General, Carlos López Jimeno.

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