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Documento BOE-A-2006-3412

Resolución de 11 de enero de 2006, de la Dirección General de Industria y Comercio, del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, por la que se autoriza a la empresa Navarra Medio Ambiente Industrial, S. A. como Organismo de Control.

Publicado en:
«BOE» núm. 48, de 25 de febrero de 2006, páginas 7883 a 7883 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Foral de Navarra
Referencia:
BOE-A-2006-3412

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 22 de noviembre de 2005 don Eladio Llorente Ramos, en representación de Navarra Medio Ambiente Industrial, S.A., con C.I.F. A31586951, y domicilio social en Avda. Pío XII, n.º 18, oficina 3 de Pamplona, solicitó autorización para actuar como Organismo de Control. De la documentación presentada se desprende que la entidad cumple con las condiciones y requisitos exigidos por el artículo 43 apartados 2 y 3 del Reglamento de la Infraestructura de la Calidad y Seguridad Industrial, aprobado por el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre. La entidad solicitante dispone en la Comunidad Foral de Navarra de personal con adecuada formación, instalaciones y medios materiales para realizar las actuaciones cumpliendo con los requerimientos establecidos en los artículos 5 y 6 del Decreto Foral 326/1998, de 9 de noviembre, por el que se regulan las actuaciones en materia de seguridad industrial en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra. Asimismo, Navarra Medio Ambiente Industrial, S. A., posee el Certificado de Acreditación n.º 120/EI223, para las actividades de inspección en el área medio ambiental, otorgado por la Entidad Nacional de Acreditación con fecha de entrada en vigor 23 de septiembre de 2005, con alcance contenido en el Anexo Técnico Rev. 1 de fecha 23/09/05. Dicho Certificado mantiene su vigencia hasta notificación en contra. La competencia en materia de Industria corresponde al Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, conforme a lo establecido en el Real Decreto 1774/1985, de 1 de agosto, y en el Decreto Foral 189/1985, de 9 de octubre, resuelvo:

1. Autorizar a Navarra Medio Ambiente Industrial, S. A., para actuar como Organismo de Control para las actividades de inspección en el área medio ambiental, enmarcadas en los Reglamentos y normativa técnica especificada en el Certificado de Acreditación de la Entidad Nacional de Acreditación n.º 120/EI223, de fecha 23 de septiembre de 2005 y en el Anexo Técnico Rev. 1 de fecha 23/09/05, del siguiente ámbito reglamentario: Aguas Residuales.

2. Esta autorización tendrá validez mientras la acreditación otorgada por la Entidad Nacional de Acreditación se mantenga en vigor. 3. Navarra Medio Ambiente Industrial, S. A., queda autorizada para actuar en todo el territorio del Estado, en el ámbito reglamentario y periodo de vigencia establecidos en los puntos primero y segundo, respectivamente, debiendo, en todo caso, notificar a la Administración competente de la Comunidad Autónoma, distinta de la que lo autorizó, el inicio de su actividad. 4. Esta autorización queda supeditada a que Navarra Medio Ambiente Industrial, S. A., cumpla el siguiente condicionado:

1. Comunicar a la Dirección General de Industria y Comercio los datos actualizados para su inscripción en el Registro de Establecimientos Industriales, establecido por la Ley de Industria y regulado por el Real Decreto 697/1995, de 28 de abril.

2. Comunicar a la Dirección General de Industria y Comercio cualquier modificación de las condiciones o requisitos que dieron lugar a su autorización, acompañando en su caso el informe o certificado de la entidad de acreditación Enac. 3. Cumplir en su actuación en la Comunidad Foral de Navarra, con las condiciones suplementarias que establece el Decreto Foral 326/1998, de 9 de noviembre y el Decreto Foral 109/2003, de 12 de mayo, que modifica el anterior e incorpora las condiciones para la actuación en Navarra de los Organismos de Control Autorizados en materia medioambiental.

5. Notificar esta Resolución a la empresa Navarra Medio Ambiente Industrial, S. A., domiciliada en Avda. Pío XII n.º 8, oficina 3, 31008 Pamplona, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

6. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

Pamplona, 11 de enero de 2006.-El Director General, Enrique Díaz Moreno.

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