Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría de Estado, dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 1 de marzo de 2006.-La Secretaria de Estado, Ana Leiva Díez.
ANEXO Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en relación con la Ley de Castilla-La Mancha 10/2005, de 15 de diciembre, de horarios comerciales de Castilla-La Mancha.
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en su reunión celebrada el día 28 de febrero de 2006, ha adoptado el siguiente Acuerdo:
1. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas sobre el artículo 6 de la Ley de Castilla-La Mancha 10/2005, de 15 de diciembre, de Horarios Comerciales de Castilla-La Mancha.
2. Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda. 3. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, antes del próximo día 20 de marzo, por cualquiera de los órganos mencionados en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, a los efectos que en el propio precepto se contemplan, así como insertar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
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