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Documento BOE-A-2006-4228

Orden APU/656/2006, de 6 de marzo, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso o acceso en Cuerpos de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección.

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 9 de marzo de 2006, páginas 9522 a 9556 (35 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2006-4228

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 96/2006, de 3 de febrero («Boletín Oficial del Estado» del 8), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2006, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, de conformidad con la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso o acceso en los siguientes Cuerpos y Escalas, indicándose el número de plazas y anexo correspondiente para cada uno de ellos:

Total plazas

Sistema general

Reserva discapacitados

Anexos

Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado (Ingreso libre)

1.530

1.393

137

I

Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado (Promoción Interna para personal funcionario)

15

14

1

II

Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado (Promoción interna para personal laboral fijo)

250

230

20

III

Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado (Promoción horizontal para personal laboral fijo)

392

372

20

IV

Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado (Promoción interna para personal funcionario)

1.600

1.520

80

V

Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado (Promoción horizontal para personal laboral fijo)

180

171

9

VI

Cuerpo Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado (Ingreso Libre)

72

67

5

VII

Cuerpo Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado (Promoción interna para personal funcionario)

11

10

1

VIII

Cuerpo Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado (Promoción Horizontal para personal laboral fijo)

25

23

2

IX

Cuerpo Gestión de la Administración Civil del Estado (Ingreso Libre)

235

223

12

X

Cuerpo Gestión de la Administración Civil del Estado (Promoción interna para personal funcionario)

156

148

8

XI

Cuerpo Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado (Ingreso Libre)

100

95

5

XII

Cuerpo Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado (Promoción interna para personal funcionario)

15

14

1

XIII

Total

4.581

4.280

301

Las bases específicas de la convocatoria a la que se refiere esta Orden serán comunes para todos los Cuerpos y Escalas, a excepción de los aspectos específicos que vendrán recogidos en el correspondiente anexo para cada uno de ellos.

Bases específicas

1. Bases comunes

Los procesos selectivos previstos en esta orden se rigen por la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado (BOE del 25).

2. Superación de ejercicios de esta convocatoria de los aspirantes por promoción interna

Los aspirantes que en el turno de promoción interna hubieran superado la fase de oposición, pero, al no reunir méritos suficientes en la fase de concurso, no hubieran aprobado, quedarán exentos de la realización de las pruebas en la siguiente convocatoria. En la promoción del grupo D al C, siempre que no existan convocatorias de acceso libre, y en los términos que se recojan en los futuros Acuerdos Administración-Sindicatos, esta exención podrá extenderse a las dos siguientes convocatorias.

No obstante lo anterior, si los aspirantes optan por realizar las pruebas de las que hubieran quedado exentos, quedará sin efecto el resultado obtenido en la anterior fase de oposición. Lo dispuesto en esta base será igualmente de aplicación a aquellos aspirantes que hubieran superado la fase de oposición, pero no hubieran aprobado en la convocatoria de 2005, y en su caso, 2004. En todo caso, los aspirantes exentos de realizar las pruebas deberán presentar la solicitud de participación en el proceso selectivo correspondiente, así como el certificado de méritos, de acuerdo con lo previsto en el apartado duodécimo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero.

3. Programas

Los programas que han de regir las pruebas de la fase de la oposición, en su caso, son los que figuran en las normas específicas recogidas en el Anexo correspondiente a cada proceso selectivo.

4. Calendario de la fase de oposición

Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con el calendario determinado en el Real Decreto 96/2006, de 3 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2006. En todo caso, el primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes del 1 de julio de 2006.

5. Solicitudes

5.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la página web del Ministerio de Administraciones Públicas (www.map.es)

5.2 La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». La solicitud se dirigirá al Director del Instituto Nacional de Administración Pública.

La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

a) Los interesados podrán presentar solicitudes ante el Registro Telemático del Ministerio de Administraciones Públicas a través de la dirección de internet www.map.es

La presentación de solicitudes por esta vía conllevará igualmente el pago telemático de la tasa de derechos de examen. En aquellos casos que deba presentarse documentación adicional junto con la solicitud de participación telemática, esta deberá ser aportada presencialmente en los lugares previstos en la letra siguiente. b) Igualmente, podrán presentarse en el Registro del Instituto Nacional de Administración Pública (C/ Atocha, n.º 106, 28012-Madrid), así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado Octavo.2 de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

5.3 Las instrucciones para cumplimentar la solicitud son las siguientes:

En el recuadro correspondiente a «Centro gestor» se consignará «Subsecretaría».

En el recuadro 18 «Ministerio/Organo/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Administraciones Públicas». En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la presente convocatoria. En el recuadro 20, relativo a «Provincia de examen», los aspirantes, a excepción de los que participen por ingreso libre al Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado, que deberán atenerse a lo dispuesto en su anexo específico, harán constar la ciudad en la que desean realizar los ejercicios de la fase de oposición de entre las siguientes:

Albacete, Barcelona, Burgos, Cáceres, Ceuta, Córdoba, A Coruña, Granada, León, Logroño, Madrid, Melilla, Murcia, Oviedo, Palma de Mallorca, Las Palmas de Gran Canaria, Pamplona, Pontevedra, Salamanca, Santa Cruz de Tenerife, Santander, Sevilla, Toledo, Valencia, Valladolid, Vitoria, Zaragoza.

Los aspirantes quedan vinculados al lugar solicitado, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.

En el caso de que el número de aspirantes no justificase la realización de exámenes en alguna de las ciudades citadas, la Comisión Permanente de Selección convocará a los opositores afectados a los oportunos lugares de examen. En cualquier caso, de no especificarse en la solicitud el dato del lugar de examen por el que se opta, se entenderá que el aspirante desea realizar los ejercicios en Madrid.

En el recuadro 21 los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas por el cupo de reserva de personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22. 5.4 Los aspirantes extranjeros o aquellos que tengan la condición de funcionarios en Organismos Internacionales actuarán de acuerdo con lo previsto en los puntos 13 y 14 del apartado Octavo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero. 5.5 Los aspirantes no podrán presentar más de una solicitud para cada uno de los procesos selectivos convocados ni solicitar la realización de las pruebas por más de un lugar de examen. Quienes solicitasen participar por el cupo reserva de personas con discapacidad únicamente podrán presentarse por ese cupo. La contravención de alguna de estas normas determinará la exclusión de los aspirantes que no la hubiesen observado. 5.6 El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

En aquellos supuestos en los que se haya optado por realizar una presentación de solicitudes a través del Registro Telemático del Ministerio de Administraciones Públicas, el ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministro de Hacienda, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182-2370-49-0200203962 (código Iban: ES06, código Bic: BBVAESMMXXX) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Administraciones Públicas. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria. Estarán exentas del pago de esta tasa las personas con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, y los demandantes de empleo debiendo aportar la documentación prevista en los puntos 8, 9 y 10 del apartado Octavo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

6. Comisión Permanente de Selección

6.1 El órgano encargado de la selección será la Comisión Permanente de Selección.

El procedimiento de actuación de la Comisión Permanente de Selección se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la Orden APU/313/2005, de 7 de febrero, por la que se regula la Comisión Permanente de Selección y demás disposiciones vigentes. La Comisión Permanente de Selección velará, de acuerdo con lo previsto en el artículo 14 de la Constitución Española, por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre sexos. 6.2 Si en algún momento la Comisión Permanente de Selección tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, o de la certificación acreditada resultara que su solicitud adolece de errores o falsedades, que imposibilitaran su acceso al Cuerpo correspondiente en los términos establecidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Director del Instituto Nacional de Administración Pública, comunicándole las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas. 6.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión Permanente de Selección o de sus Comisiones Delegadas cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 6.4 La Comisión Permanente de Selección adoptará las medidas precisas para que las personas con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad (BOE del 17). Las personas que como consecuencia de su discapacidad presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán solicitar las adaptaciones de tiempo y medios oportunos. Los interesados deberán formular la petición correspondiente al solicitar la participación en la convocatoria. Con el fin de que la Comisión Permanente de Selección pueda resolver con objetividad la solicitud planteada, el interesado deberá adjuntar dictamen técnico facultativo emitido por el Organo Técnico de Valoración que dictaminó el grado de minusvalía. La Comisión Permanente de Selección podrá convocar la realización de los ejercicios correspondientes a cada una de las pruebas selectivas atendiendo a los principios de celeridad y eficacia, de forma tal que puedan celebrarse en el mismo día y a la misma hora diversos ejercicios correspondientes a diferentes procesos selectivos. 6.5 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión Permanente de Selección tendrá su sede en el Instituto Nacional de Administración Pública, calle Atocha 106, teléfono 901.81.00.10, fax 91.273.91.05 y dirección de correo electrónico cps@inap.map.es Igualmente, se incluirá en las páginas web del Ministerio de Administraciones Públicas (www.map.es) y del Instituto Nacional de Administración Pública (www.inap.map.es) información relacionada con cada una de las convocatorias que incluya, entre otras, las relaciones de admitidos y excluidos, las fechas y lugar de celebración de los ejercicios o las relaciones de aprobados de éstos y valoraciones de concurso, en su caso. De manera complementaria, los interesados podrán recibir información administrativa sobre el desarrollo de los procesos selectivos en los que estén interesados mediante mensajes a los números de móvil y/o direcciones de correo que éstos señalen. Este servicio podrá suscribirse gratuitamente en la página web del Ministerio de Administraciones Públicas (www.map.es). En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación y publicidad previstos en estas bases. 6.6 En cada una de las pruebas selectivas, la Comisión Permanente de Selección tendrá la categoría que corresponda al grupo del Cuerpo correspondiente, de acuerdo con lo recogido en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.

7. Desarrollo de los ejercicios

7.1 Los exámenes se realizarán en las ciudades señaladas en la base específica 5.3 y en las normas específicas correspondientes.

7.2 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra U, según lo establecido en resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 25 enero de 2006 (BOE del 8 de febrero) 7.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán en los locales donde se haya celebrado el anterior, en la sede de la Comisión Permanente de Selección señalada en la base específica 6.5, y en las direcciones de internet señaladas en la misma base, así como por cualquier otro medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación. 7.4 La Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación necesaria para superar cada uno de los ejercicios.

8. Norma final

A estas pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, el Real Decreto 96/2006, de 3 de febrero por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2006, la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad convocante en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones de la Comisión Permanente de Selección, conforme a lo previsto en la citada Ley.

Madrid, 6 de marzo de 2006.

SEVILLA SEGURA

Sres. Secretario General para la Administración Pública, Director del Instituto Nacional de Administración Pública y Presidente de la Comisión Permanente de Selección.

ANEXO I Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso libre en el Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado por el sistema general de ingreso libre será de 1.530 plazas.

Del total de las plazas convocadas se reservarán 137 para ser cubiertas por personas con discapacidad con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. 2. El aspirante deberá hacer constar en su solicitud el lugar de examen por el que opta entre las provincias y ciudades siguientes: A Coruña, Álava, Albacete, Alicante, Almería, Asturias, Ávila, Badajoz, Barcelona, Burgos, Cáceres, Cádiz, Cantabria, Castellón, Ceuta, Ciudad Real, Córdoba, Cuenca, Girona, Granada, Guadalajara, Guipúzcoa, Huelva, Huesca, Illes Balears, Jaén, Las Palmas de G.C., La Rioja, León, Lleida, Lugo, Madrid, Málaga, Melilla, Murcia, Navarra, Ourense, Palencia, Pontevedra, S. C. de Tenerife, Salamanca, Segovia, Sevilla, Soria, Tarragona, Teruel, Toledo, Valencia Valladolid, Vizcaya, Zamora, Zaragoza. Este ámbito, vincula al aspirante para la realización del primer ejercicio de las pruebas del proceso selectivo, sin perjuicio de lo establecido en la base específica 5.3. 3. Las plazas convocadas en las presentes pruebas selectivas se desglosan de acuerdo con la siguiente distribución territorial:

Ámbito territorial

Plazas convocadas

Ámbito general

1.344

Ceuta

5

Illes Balears

60

Las Palmas de G.C

67

Melilla

11

S.C. Tenerife

43

Total

1.530

Únicamente para los aspirantes que hayan optado por los ámbitos territoriales de Illes Balears, Las Palmas de G.C, S.C de Tenerife, Ceuta y Melilla, en caso de ser aprobados, obtendrán necesariamente destino en ese ámbito territorial. Los demás aspirantes optarán al resto de las plazas del ámbito general.

En todo caso, si en alguno de los ámbitos territoriales señalados en este punto los aspirantes que superen las pruebas selectivas no llegasen a cubrir las plazas de cada ámbito territorial, la Comisión Permanente de Selección, teniendo en cuenta la puntuación total obtenida por cada uno de los aspirantes, procederá a ofrecer las plazas vacantes a quienes hayan obtenido mayor puntuación total y no se les haya adjudicado plaza, y en su caso, a la adjudicación correspondiente. En caso de empate entre distintos aspirantes, se aplicará lo dispuesto en el punto 6.3.5 de este Anexo I. 4. Si los aspirantes que superen las pruebas selectivas no llegasen a obtener la condición de funcionarios, por renuncia u otras causas imputables a los interesados, la Comisión Permanente de Selección, a instancia de la Dirección General de la Función Pública y en función de las plazas vacantes, podrá declarar que han superado el proceso selectivo aquellos candidatos con mayor puntuación total, siempre que hayan alcanzado, a estos efectos, el mínimo necesario determinado por la Comisión. 5. Además de los requisitos enumerados en el apartado Séptimo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado, los aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Enseñanza Secundaria Obligatoria-LOGSE, Formación Profesional de primer grado o equivalente. De acuerdo con lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 4 de noviembre de 1996, se consideran equivalentes los títulos académicos oficiales de Graduado Escolar y el Certificado de Estudios Primarios expedidos con anterioridad a la finalización del año académico 1975-1976. 6. Además de las instrucciones generales de cumplimentación de solicitudes que figuran el apartado 5.3 de las bases específicas de esta convocatoria, los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», los aspirantes harán constar «Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado», código «1146».

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «L». En el recuadro 20, «Provincia de examen», los aspirantes harán constar necesariamente la ciudad en que desean realizar el primer ejercicio de la fase de oposición, que se celebrará en los lugares señalados en el punto 2 del presente Anexo.

En el epígrafe 24, «Títulos académicos oficiales», en el recuadro «Exigido en la convocatoria», se indicará, de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo con la titulación académica superior que posea el aspirante, con independencia de la exigida para el ingreso en este Cuerpo:

Dígito «1»: Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

Dígito «2»: Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente. Dígito «3»: Título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, Título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, o tener aprobadas pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años. Dígito «4»: Título de Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Enseñanza Secundaria Obligatoria-LOGSE, Formación Profesional de primer grado o equivalente.

De conformidad con lo previsto en la Resolución de 2 de enero (BOE del 10), de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se determinan los criterios de aprobación y gestión de las listas de candidatos para seleccionar personal funcionario interino de los Cuerpos cuya selección se encomienda a la Comisión Permanente de Selección, la provincia de domicilio indicada en el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo, determinará las relaciones provinciales de aspirantes a funcionarios interinos.

Los derechos de examen serán 9,96 euros.

7. Proceso de selección.-El proceso de selección estará formado por una fase de oposición que constará de dos ejercicios, ambos de carácter obligatorio y eliminatorio.

El primer ejercicio de la fase de oposición se desarrollará en las ciudades señaladas en el punto 2 de este anexo. En el caso de que el número de aspirantes no justificase la realización de exámenes en alguna de las ciudades citadas, la Comisión Permanente de Selección convocará a los aspirantes afectados a los oportunos lugares de examen. El segundo ejercicio se realizará en el lugar que determine la Comisión Permanente de Selección al hacer públicas las relaciones de aspirantes que superen el primer ejercicio.

7.1 Primer ejercicio: Estará formado por dos partes, que a continuación se indican, siendo ambas obligatorias y eliminatorias. La Comisión Permanente de Selección realizará ambas partes conjuntamente. a) Primera parte: La primera prueba consistirá en contestar por escrito un cuestionario de un máximo de sesenta preguntas. De estas, treinta versarán sobre las materias previstas en el bloque I del programa recogido en el punto 8 del presente Anexo y treinta serán de carácter psicotécnico dirigidas a evaluar aptitudes administrativas, numéricas o verbales propias de las tareas a desempeñar por el Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado.

b) Segunda parte: La segunda prueba consistirá en contestar por escrito un cuestionario de treinta preguntas sobre las materias previstas en el bloque II del programa recogido en el punto 8 del presente Anexo.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de ochenta minutos. El cuestionario de ambas pruebas estará compuesto por preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación.

7.2 Segundo ejercicio: Constará de dos partes de carácter práctico, a realizar en una misma sesión:

a) Primera parte: Consistirá en la transcripción de un texto propuesto por la Comisión Permanente de Selección utilizando el procesador de textos Word 2000.

En esta parte se valorará el número de pulsaciones y su correcta ejecución, así como la detección y corrección de las faltas de ortografía que pudiera contener el texto facilitado. El tiempo máximo para la realización de esta parte será de diez minutos. b) Segunda parte: Consistirá en la elaboración de un documento a partir de otro que será facilitado al opositor, acompañado de las instrucciones correspondientes, utilizando el procesador de textos Word 2000. En esta parte se valorará la capacidad de los aspirantes para la composición, modificación y corrección de documentos escritos utilizando el citado procesador, así como el conocimiento de sus funciones y utilidades. El tiempo máximo para la realización de esta parte será de treinta minutos. En las dos partes de este ejercicio se facilitará a los aspirantes los medios técnicos necesarios para su realización, si bien en el procesador de textos Word 2000 se desactivará la función correspondiente a la corrección automática de textos.

7.3 Los ejercicios de la oposición se valorarán de la siguiente manera:

7.3.1 Primer ejercicio: Este ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos, calificándose hasta 35 puntos la primera parte y hasta 15 puntos la segunda.

La Comisión Permanente de Selección podrá determinar el mínimo necesario a alcanzar en la primera parte para que pueda evaluarse la segunda. Igualmente podrá determinarse el mínimo de puntuación a alcanzar en la segunda parte para superar el ejercicio. 7.3.2 Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 50 puntos, calificándose hasta 20 puntos la primera parte y hasta 30 puntos la segunda. En la primera parte de este ejercicio, los errores cometidos se valorarán negativamente. La Comisión Permanente de Selección podrá determinar el mínimo necesario a alcanzar en la segunda parte para que pueda evaluarse la primera. Igualmente podrá determinarse el mínimo de puntuación a alcanzar en la primera parte para superar el ejercicio. 7.3.3 En los dos ejercicios de la fase de oposición las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije la Comisión Permanente de Selección. 7.3.4 La Comisión Permanente de Selección determinará la puntuación mínima necesaria para superar cada uno de los ejercicios. 7.3.5 La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los distintos ejercicios. En el supuesto de que dos o más aspirantes obtuvieran la misma puntuación total se deshará el empate atendiendo a las puntuaciones obtenidas en el ejercicio primero, segunda parte del segundo ejercicio y primera parte del segundo ejercicio, por este orden.

8. Programa.

I. Organización Pública. 1. La Constitución Española de 1978: Características. Los principios constitucionales y los valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión.

2. El Tribunal Constitucional. Reforma de la Constitución. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y Regencia. 3. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento del Congreso y Senado. El Defensor del Pueblo. 4. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. La organización judicial española. 5. El Gobierno y la Administración. Designación, duración y responsabilidades del Gobierno. 6. Políticas de Igualdad de Género. Normativa vigente. 7. La Administración General del Estado. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Los Subsecretarios. La Administración Periférica del Estado. Órganos y competencias. Otros órganos administrativos. 8. La Organización territorial del Estado: Las Comunidades Autónomas: Constitución, distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. La Administración Local: La Provincia, el Municipio y otras entidades. 9. La organización de la Unión Europea. Instituciones: El Consejo, el Parlamento, la Comisión y el Tribunal de Justicia. 10. El procedimiento administrativo: Concepto, naturaleza y principios generales. Fases del procedimiento. Los recursos administrativos. La jurisdicción contencioso-administrativa. 11. El personal funcionario al servicio de las Administraciones públicas. El Registro Central de Personal. Programación de efectivos y Oferta de Empleo Público. Selección. Provisión de puestos de trabajo. Situaciones de los funcionarios. 12. Derechos y deberes de los funcionarios. Promoción profesional. Sistema de retribuciones e indemnizaciones. Régimen disciplinario. El régimen de la Seguridad Social de los funcionarios. 13. El presupuesto del Estado en España. Concepto y estructura. Fases del ciclo presupuestario.

II. Actividad administrativa y ofimática.

14. Atención al público: Acogida e información al ciudadano.

15. Los servicios de información administrativa. Información general y particular al ciudadano. Iniciativas. Reclamaciones. Quejas. Peticiones. 16. Concepto de documento, registro y archivo. Funciones del registro y del archivo. Clases de archivo y criterios de ordenación. 17. Informática básica: Conceptos fundamentales sobre el hardware y el software. Sistemas de almacenamiento de datos. Sistemas operativos. Nociones básicas de seguridad informática. 18. Introducción al sistema operativo: El entorno Windows. Fundamentos. Trabajo en el entorno gráfico de Windows: Ventanas, iconos, menús contextuales, cuadros de diálogo. El escritorio y sus elementos. El menú inicio. 19. El explorador de Windows. Gestión de carpetas y archivos. Operaciones de búsqueda. Mi Pc. Accesorios. Herramientas del sistema. 20. Procesadores de texto: Word. Principales funciones y utilidades. Creación y estructuración del documento. Gestión, grabación, recuperación e impresión de ficheros. Personalización del entorno de trabajo. 21. Hojas de cálculo: Excel. Principales funciones y utilidades. Libros, hojas y celdas. Configuración. Introducción y edición de datos. Fórmulas y funciones. Gráficos. Gestión de datos. Personalización del entorno de trabajo. 22. Bases de datos: Access. Principales funciones y utilidades. Tablas. Consultas. Formularios. Informes. Relaciones. Importación, vinculación y exportación de datos. 23. Correo electrónico: Conceptos elementales y funcionamiento. El entorno de trabajo. Enviar, recibir, responder y reenviar mensajes. Creación de mensajes. Reglas de mensaje. Libreta de direcciones. 24. La Red Internet: Origen, evolución y estado actual. Conceptos elementales sobre protocolos y servicios en Internet. Navegación, favoritos, historial, búsqueda. Los menús de internet explorer y sus funciones. 25. Administración electrónica y servicios al ciudadano. La información administrativa. Análisis de principales páginas web de carácter público. Servicios telemáticos. Oficinas integradas de Atención al Ciudadano. Ventanilla única empresarial.

ANEXO II Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna para personal funcionario, al Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado por el sistema de promoción interna de personal funcionario desde Cuerpos o Escalas del grupo E será de 15 plazas.

Del total de las plazas convocadas se reservará una para ser cubierta por personas con discapacidad con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. 2. Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con las siguientes fases:

2.1 Fase de oposición.

2.2 Fase de concurso.

3. Además de los requisitos enumerados en el apartado Séptimo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado, los aspirantes deberán reunir los siguientes:

3.1 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Enseñanza Secundaria Obligatoria LOGSE, Formación Profesional de primer grado o equivalente. De acuerdo con lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 4 de noviembre de 1996, se consideran equivalentes los títulos académicos oficiales de Graduado Escolar y el Certificado de Estudios Primarios expedidos con anterioridad a la finalización del año académico 1975-1976.

3.2 Estar incluido a efectos de promoción interna en el ámbito de aplicación del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado. 3.3 Pertenecer, como funcionario de carrera, a alguno de los Cuerpos o Escalas del grupo E incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto y relacionados en el punto 7 del presente Anexo. En el caso del Cuerpo correspondiente al Código 1451 sólo serán admitidos los funcionarios que pertenezcan a este Cuerpo y estén destinados en la Administración General del Estado. 3.4 Haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del Grupo E incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto y relacionados en el punto 7 del presente Anexo.

4. Además de las instrucciones generales de cumplimentación de solicitudes que figuran en el apartado 5.3 de las bases específicas de esta convocatoria, los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», los aspirantes harán constar «Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado», código «1146».

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «P».

La fase de oposición se realizará en Madrid. Los aspirantes harán constar esta circunstancia en el recuadro 20, relativo a la «Provincia de examen».

En el epígrafe 24, «Títulos académicos oficiales», en el recuadro «Exigido en la convocatoria», se indicará, de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo con la titulación académica superior que posea el aspirante, con independencia de la exigida para el ingreso en este Cuerpo:

Dígito «1»: Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

Dígito «2»: Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente. Dígito «3»: Título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, Título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, o tener aprobadas pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años. Dígito «4»: Título de Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Enseñanza Secundaria Obligatoria-LOGSE, Formación Profesional de primer grado o equivalente.

En el epígrafe 25, «Datos a consignar según las bases de la convocatoria», en el recuadro A), se especificará el código de cuatro dígitos del Cuerpo o Escala a que pertenece el aspirante, según se contiene en el punto 7 del presente Anexo. En el recuadro B) el Ministerio u Organismo de destino. En el C) el Centro Directivo. Los derechos de examen serán 4,98 euros. 5. Proceso de selección y valoración.-El sistema selectivo será el de concurso-oposición.

5.1 Fase de oposición.-La fase de oposición estará formada por un ejercicio que tendrá carácter obligatorio y eliminatorio y que constará de dos partes de carácter práctico, a realizar en una misma sesión: a) Primera parte: Consistirá en la transcripción de un texto propuesto por la Comisión Permanente de Selección utilizando el procesador de textos Word 2000

En esta parte se valorará el número de pulsaciones y su correcta ejecución, así como la detección y corrección de las faltas de ortografía que pudiera contener el texto facilitado. El tiempo máximo para la realización de esta parte será de diez minutos. b) Segunda parte: Consistirá en la elaboración de un documento a partir de otro que será facilitado al opositor, acompañado de las instrucciones correspondientes, utilizando el procesador de textos Word 2000. En esta parte se valorará la capacidad de los aspirantes para la composición, modificación y corrección de documentos escritos utilizando el citado procesador, así como el conocimiento de sus funciones y utilidades. El tiempo máximo para la realización de esta parte será de treinta minutos.

En las dos partes de este ejercicio se facilitará a los aspirantes los medios técnicos necesarios para su realización, si bien en el procesador de textos Word 2000 se desactivará la función correspondiente a la corrección automática de textos.

El ejercicio de la oposición se valorarán de la siguiente manera: Se calificará de 0 a 50 puntos, calificándose hasta 10 puntos la primera parte y hasta 40 puntos la segunda. En la primera parte de este ejercicio, los errores cometidos se valorarán negativamente. La Comisión Permanente de Selección podrá determinar el mínimo necesario a alcanzar en la segunda parte para que pueda evaluarse la primera. Igualmente podrá determinarse el mínimo de puntuación a alcanzar en la primera parte para superar el ejercicio y adicionar al candidato la fase de concurso. Las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije la Comisión Permanente de Selección. La Comisión Permanente de Selección determinará la puntuación mínima necesaria para superar cada una de las pruebas del ejercicio. 5.2 Fase de concurso.-En esta fase se valorarán de acuerdo con el certificado previsto en el apartado Duodécimo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado y que figura en el Anexo XIV de las bases específicas de esta convocatoria, los siguientes méritos:

a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad del funcionario en Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, a razón de 0,6 puntos por año completo de servicios, hasta un máximo de 11,5 puntos.

b) Grado personal consolidado y formalizado: Según el grado personal que se tenga consolidado el día de publicación de esta convocatoria y formalizado en la Administración General del Estado, a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente hasta la fecha de finalización del plazo de presentación del certificado a que se refiere el apartado Duodécimo de las bases comunes, se otorgará la siguiente puntuación:

Grados 7, 8, 9 y 10: 1 punto.

Grado 11: 2 puntos. Grados 12 y 13: 5 puntos. Grados 14 y superior: 7 puntos.

Asimismo, se otorgará un punto a aquellos funcionarios que en la fecha de publicación de la convocatoria no tengan ningún grado consolidado y formalizado en la Administración General del Estado, y hayan prestado servicios efectivos en la misma durante, al menos, dos años.

c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en la Administración General del Estado o en los órganos constitucionales el día de publicación de esta convocatoria como funcionario del Grupo E, se otorgará la siguiente puntuación:

Niveles 10 y 11: 2 puntos.

Niveles 12 y 13: 5 puntos. Niveles 14 o superior: 7 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por posteriores reclasificaciones de nivel, con independencia de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del Grupo E. A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del Estado u órganos constitucionales, y a los funcionarios en situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración General del Estado u órganos constitucionales, el nivel del puesto de trabajo que les correspondería al efectuar el reingreso. A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo en servicio activo en órganos constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a dicho puesto. d) Superación del ejercicio de la convocatoria de 2005: 3 puntos. Este mérito se valorará de oficio por la Administración a aquellos candidatos que en la fase de oposición de la citada convocatoria hubiesen alcanzado la puntuación fijada para su superación por la Comisión Permanente de Selección, y al no reunir méritos suficientes en la fase de concurso, no hubieran obtenido plaza, de acuerdo con lo establecido en la orden APU/669/2005, de 11 de marzo, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso o acceso en Cuerpos de la Administración General del Estado y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección (BOE del18).

6. Calificación final.-La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición, en la valoración del mérito de antigüedad, del grado personal consolidado y del trabajo desarrollado, por este orden. De persistir el empate, se atenderá a la antigüedad total en la Administración General del Estado, computándose los años, meses y días de servicio que consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de esta convocatoria. 7. Relación de Cuerpos o Escalas.

Código

Cuerpo/Escala

0137

SUBALTERNOS -LEY 23-1975- A EXTINGUIR.

0219

C. SUBALTERNO, A EXTINGUIR.

0332

C. SUBALTERNO DEL MUSEO DEL PRADO.

0440

C. OBREROS DE LA 3A. SECCIÓN DE LA MAESTRANZA ARMADA, A EXTINGUIR.

0442

C. CONSERJES -ARMADA Y EJERCITO DEL AIRE-, A EXTINGUIR.

1027

C. CELADORES COSTAS, A EXTINGUIR (LEY 33-1974).

1028

C. CONDUCTORES, A EXTINGUIR (LEY 33-1974).

1153

E. SUBALTERNA PROCEDENTE DE ORGANISMOS AUTONOMOS SUPRIMIDOS.

1155

AYUDANTES ARTES GRAFICAS, A EXTINGUIR.

1156

C. SUBALTERNO, A EXTINGUIR (REAL DECRETO-LEY 23-1977).

1157

C. SUBALTERNO DEL PATRIMONIO NACIONAL, A EXTINGUIR.

1158

C. GENERAL SUBALTERNO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO.

1159

PERSONAL CASA SU MAJESTAD EL REY GRUPO E, A EXTINGUIR.

1236

C. PERSONAL TECNICO AUXILIAR DE SANIDAD.

1237

C. AUXILIARES SANITARIOS, A EXTINGUIR.

1239

MOZOS AUXILIARES LABORATORIO, A EXTINGUIR.

1451

C. AYUDANTES POSTALES Y DE TELECOMUNICACIÓN.

1628

C. SUBALTERNO DE LA ADMINISTRACION DE LA S.S.-ESCALA GENERAL.

1629

C. SUBALTERNO ADMON. DE LA SEGURIDAD S. ESCALA DE OFICIOS VARIOS.

1645

E. SUBALTERNOS, A EXTINGUIR DE LA ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD S.

1646

E. OFICIOS VARIOS, A EXTINGUIR DE LA ADMINISTRACION DE SEGURIDAD S.

1705

E. SUBALTERNO DE LA MUNPAL.

5067

E. TELEFONISTAS DE ORGANISMOS AUTONOMOS DEL MAPA.

5068

E. CONDUCTORES DE ORGANISMOS AUTONOMOS DEL MAPA.

5069

E. CAPATACES DE ORGANISMOS AUTONOMOS DEL MAPA.

5070

E. MOZOS DE LABORATORIO DE ORGANISMOS AUTONOMOS DEL MAPA.

5073

SUBALTERNOS COFRADIAS, A EXTINGUIR.

5074

GUARDAS RURALES, A EXTINGUIR DEL IRA.

5075

MECANICOS, A EXTINGUIR DEL ICONA.

5220

E. TAQUILLERAS DE LOS TEATROS NACIONALES.

5222

E. MECANICO DE LA EDITORA NACIONAL.

5339

E. OFICIALES CANAL DE EXPERIENCIAS HIDRODINAMICAS DE EL PARDO.

5450

E. AYUDANTES DE SERVICIOS GENERALES DE ENSEÑANZAS INTEGRADAS.

5548

E. OPERADORES MECANICOS PATRONATO APUESTAS MUTUAS DEP. BENEF.

5549

E. CONDUCTORES DEL SERVICIO DE VIGILANCIA ADUANERA.

5552

E. TELEFONISTAS Y ALMACENEROS DEL PARQUE MOVIL MINISTERIAL.

5713

E. CONDUCTORES DE LA JEFATURA CENTRAL DE TRAFICO.

5995

SUBALTERNO A EXTINGUIR COMISION ADMVO. GR. PUERTOS.

5997

E. LABORANTES DEL INCE.

6039

E. SUBALTERNA DE ORGANISMOS AUTONOMOS.

6040

E. CONDUCTORES MECANICOS DE AISS, A EXTINGUIR.

6041

E. TELEFONISTAS DE AISS, A EXTINGUIR.

6042

E. SUBALTERNOS DE AISS, A EXTINGUIR.

6132

AUXILIAR PSIQUIATRICO, A EXTINGUIR DE AISNA.

6338

E. CONDUCTORES DE OO.AA. DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y S. SOCIAL.

6339

E. TELEFONISTAS DE OO.AA. DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y S. SOCIAL.

6340

E. SERVICIOS ESPECIALES DEL INST. NAL. SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO.

6341

AZAFATAS INST. NAL. DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO.

6468

ESCALA DE SUBALTERNOS DEL I.C.O.

ANEXO III Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna para personal laboral fijo, al Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado, de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional vigésimo quinta de la Ley 30/1984

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado por este sistema de promoción interna, del personal laboral fijo, será de 250 plazas. Del total de las plazas convocadas se reservarán 20 para ser cubiertas por personas con discapacidad con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. 2. Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con las siguientes fases:

2.1 Fase de oposición.

2.2 Fase de concurso.

3. Además de los requisitos enumerados en el apartado Séptimo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado, los aspirantes deberán reunir los siguientes:

3.1 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Enseñanza Secundaria Obligatoria LOGSE, Formación Profesional de primer grado o equivalente. De acuerdo con lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 4 de noviembre de 1996, se consideran equivalentes los títulos académicos oficiales de Graduado Escolar y el Certificado de Estudios Primarios expedidos con anterioridad a la finalización del año académico 1975-1976.

3.2 Estar incluido a efectos de promoción interna en lo previsto en la Disposición adicional vigésimo quinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y en el Real Decreto 96/2006, de 4 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2006. 3.3 Pertenecer, como personal laboral fijo, a la categoría profesional de Ordenanza del Grupo 7 del Convenio Único de la Administración del Estado, o a una categoría y grupo profesional equivalentes previstos en los restantes convenios colectivos de personal laboral al servicio de la Administración General del Estado. 3.4 Haber prestado servicios efectivos durante, al menos, dos años como personal laboral fijo en la categoría profesional de Ordenanza del Grupo 7 del Convenio Único o de otros convenios de la Administración General del Estado en situación equivalente, incluidos los servicios prestados en puestos que han sido encuadrados en esta categoría.

4. Además de las instrucciones generales de cumplimentación de solicitudes que figuran en el apartado 5.3 de las bases específicas de esta convocatoria, los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», los aspirantes harán constar «Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado», código «1146».

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará las letras «PV».

La fase de oposición se realizará en Madrid. Los aspirantes harán constar esta circunstancia en el recuadro 20, relativo a la «Provincia de examen».

En el epígrafe 24, «Títulos académicos oficiales», en el recuadro «Exigido en la convocatoria», se indicará, de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo con la titulación académica superior que posea el aspirante, con independencia de la exigida para el ingreso en este Cuerpo:

Dígito «1»: Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

Dígito «2»: Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente. Dígito «3»: Título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, Título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, o tener aprobadas pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años. Dígito «4»: Título de Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Enseñanza Secundaria Obligatoria-LOGSE, Formación Profesional de primer grado o equivalente.

En el epígrafe 25, «Datos a consignar según las bases de la convocatoria», en el recuadro A), se especificará grupo profesional, categoría y convenio del aspirante. En el recuadro B) el Ministerio u Organismo de destino. En el C) el Centro Directivo.

Los derechos de examen serán 4,98 euros.

5. Proceso de selección y valoración.-El sistema selectivo será el de concurso-oposición.

5.1 Fase de oposición.-La fase de oposición estará formada por un ejercicio que tendrá carácter obligatorio y eliminatorio y que constará de dos partes de carácter práctico, a realizar en una misma sesión: a) Primera parte: Consistirá en la transcripción de un texto propuesto por la Comisión Permanente de Selección utilizando el procesador de textos Word 2000.

En esta parte se valorará el número de pulsaciones y su correcta ejecución, así como la detección y corrección de las faltas de ortografía que pudiera contener el texto facilitado. El tiempo máximo para la realización de esta parte será de diez minutos. b) Segunda parte: Consistirá en la elaboración de un documento a partir de otro que será facilitado al opositor, acompañado de las instrucciones correspondientes, utilizando el procesador de textos Word 2000. En esta parte se valorará la capacidad de los aspirantes para la composición, modificación y corrección de documentos escritos utilizando el citado procesador, así como el conocimiento de sus funciones y utilidades. El tiempo máximo para la realización de esta parte será de treinta minutos.

En las dos partes de este ejercicio se facilitará a los aspirantes los medios técnicos necesarios para su realización, si bien en el procesador de textos Word 2000 se desactivará la función correspondiente a la corrección automática de textos.

El ejercicio de la oposición se valorarán de la siguiente manera: Se calificará de 0 a 50 puntos, calificándose hasta 10 puntos la primera parte y hasta 40 puntos la segunda. En la primera parte de este ejercicio, los errores cometidos se valorarán negativamente. La Comisión Permanente de Selección podrá determinar el mínimo necesario a alcanzar en la segunda parte para que pueda evaluarse la primera. Igualmente podrá determinarse el mínimo de puntuación a alcanzar en la primera parte para superar el ejercicio y adicionar al candidato la fase de concurso. Las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije la Comisión Permanente de Selección. La Comisión Permanente de Selección determinará la puntuación mínima necesaria para superar cada una de las pruebas del ejercicio. 5.2 Fase de concurso.-En esta fase se valorarán de acuerdo con el certificado previsto en el apartado Duodécimo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado y que figura en el Anexo XV de las bases específicas, los siguientes méritos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria:

a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad total del empleado público en la Administración General del Estado a razón de 0,6 puntos por año completo de servicios, hasta un máximo de 11,5 puntos.

b) Categoría profesional: Según el tiempo de pertenencia en la categoría se otorgará la siguiente puntuación.

Categoría de Ordenanza del Grupo 7 del Convenio Único u otras equivalentes previstas en los restantes convenios colectivos de personal laboral al servicio de la Administración General del Estado, incluidos los servicios prestados en puestos que han sido encuadrados en esta categoría:

1 punto por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 15 puntos. c) Superación del ejercicio de la convocatoria 2005: 3 puntos. Este mérito se valorará de oficio por la Administración a aquellos candidatos que en la fase de oposición de la citada convocatoria hubiesen alcanzado la puntuación fijada para su superación por la Comisión Permanente de Selección, y al no reunir méritos suficientes en la fase de concurso, no hubieran obtenido plaza, de acuerdo con lo establecido en la orden APU/669/2005, de 11 de marzo, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso o acceso en Cuerpos de la Administración General del Estado y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección (BOE del 18).

La certificación habrá de contener la acreditación de que se trata de personal laboral fijo perteneciente a la categoría profesional de ordenanza del Grupo 7 del Convenio único, o a categorías o grupos profesionales equivalentes previstos en los restantes convenios colectivos del personal laboral al servicio de la Administración General del Estado, así como la acreditación de haber prestado, al menos, dos años de servicios efectivos como personal laboral fijo en esta categoría, incluidos los prestados en puestos que han sido encuadrados en la misma. 6. Calificación final.-La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición, en la valoración del mérito de antigüedad, y de la categoría profesional, por este orden. De persistir el empate, se atenderá a la antigüedad total en la Administración General del Estado, computándose los años, meses y días de servicio que consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de esta convocatoria.

ANEXO IV Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso, por promoción horizontal para personal laboral fijo, al Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado por el sistema de promoción horizontal del personal laboral fijo será de 392. Su distribución será la siguiente:

50 plazas corresponden a lo establecido en el apartado 3 del artículo 22 de la Ley 30/84, de 2 de agosto.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 6.5 b) del Real Decreto 96/2006, de 4 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2006, 342 plazas tendrán destino necesariamente en el Servicio Público de Empleo Estatal.

1.1 Del total de las plazas convocadas se reservarán 20 para ser cubiertas por personas con discapacidad con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

1.2 La elección de destinos de esta convocatoria se efectuará según la puntuación obtenida en el proceso selectivo. Las 342 plazas con destino en el Servicio Público de Empleo Estatal serán provistas por los últimos aspirantes aprobados, en la medida en la que no se hayan adjudicado a los anteriores aspirantes.

2. Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con las siguientes fases:

2.1 Fase de oposición.

2.2 Fase de concurso.

3. Además de los requisitos enumerados en el apartado Séptimo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado, los aspirantes deberán reunir los siguientes: 3.1 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Enseñanza Secundaria Obligatoria LOGSE, Formación Profesional de primer grado o equivalente. De acuerdo con lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 4 de noviembre de 1996, se consideran equivalentes los títulos académicos oficiales de Graduado Escolar y el Certificado de Estudios Primarios expedidos con anterioridad a la finalización del año académico 1975-1976.

3.2 Estar incluido a efectos de promoción interna de carácter horizontal en lo previsto en el apartado 3.º del artículo 22 de la Ley 30/84, de 2 de agosto, y en el Real Decreto 96/2006, de 3 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2006. 3.3 Pertenecer como personal laboral fijo a los grupos profesionales 5 ó 6 del Area de Administración del Convenio Único, o a una categoría y grupo profesional en situación equivalente de otros Convenios de la Administración General del Estado y desempeñar funciones sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico a las del Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado 3.4 Haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años como personal laboral fijo en los grupos profesionales 5 ó 6 del Area de Administración del Convenio Unico o en una categoría y grupo profesional en situación equivalente de otros Convenios de la Administración General del Estado, incluidos los servicios prestados en puestos que han sido encuadrados en ellos.

4. Además de las instrucciones generales de cumplimentación de solicitudes que figuran en el apartado 5.3 de las bases específicas de esta convocatoria, los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», los aspirantes harán constar «Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado», código «1146».

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará las letras «PH».

La fase de oposición se realizará en Madrid. Los aspirantes harán constar esta circunstancia en el recuadro 20, relativo a la «Provincia de examen».

En el epígrafe 24, «Títulos académicos oficiales», en el recuadro «Exigido en la convocatoria», se indicará, de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo con la titulación académica superior que posea el aspirante, con independencia de la exigida para el ingreso en este Cuerpo:

Dígito «1»: Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

Dígito «2»: Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente. Dígito «3»: Título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, Título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, o tener aprobadas pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años. Dígito «4»: Título de Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Enseñanza Secundaria Obligatoria -LOGSE, Formación Profesional de primer grado o equivalente.

En el epígrafe 25, «Datos a consignar según las bases de la convocatoria», en el recuadro A), se especificará grupo profesional, categoría y convenio del aspirante. En el recuadro B) el Ministerio u Organismo de destino. En el C) el Centro Directivo.

Los derechos de examen serán 4,98 euros.

5. Proceso de selección y valoración.-El sistema selectivo será el de concurso-oposición con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican a continuación. 5.1 Fase de oposición: La fase de oposición estará formada por un ejercicio que tendrá carácter obligatorio y eliminatorio y que constará de dos partes de carácter práctico, a realizar en una misma sesión: a) Primera parte: Consistirá en la transcripción de un texto propuesto por la Comisión Permanente de Selección utilizando el procesador de textos Word 2000.

En esta parte se valorará el número de pulsaciones y su correcta ejecución, así como la detección y corrección de las faltas de ortografía que pudiera contener el texto facilitado. El tiempo máximo para la realización de esta parte será de diez minutos. b) Segunda parte: Consistirá en la elaboración de un documento a partir de otro que será facilitado al opositor, acompañado de las instrucciones correspondientes, utilizando el procesador de textos Word 2000. En esta parte se valorará la capacidad de los aspirantes para la composición, modificación y corrección de documentos escritos utilizando el citado procesador, así como el conocimiento de sus funciones y utilidades. El tiempo máximo para la realización de esta parte será de treinta minutos.

En las dos partes de este ejercicio se facilitará a los aspirantes los medios técnicos necesarios para su realización, si bien en el procesador de textos Word 2000 se desactivará la función correspondiente a la corrección automática de textos.

El ejercicio de la oposición se valorarán de la siguiente manera: Se calificará de 0 a 50 puntos, calificándose hasta 10 puntos la primera parte y hasta 40 puntos la segunda. En la primera parte de este ejercicio, los errores cometidos se valorarán negativamente. La Comisión Permanente de Selección podrá determinar el mínimo necesario a alcanzar en la segunda parte para que pueda evaluarse la primera. Igualmente podrá determinarse el mínimo de puntuación a alcanzar en la primera parte para superar el ejercicio y adicionar al candidato la fase de concurso. Las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije la Comisión Permanente de Selección. La Comisión Permanente de Selección determinará la puntuación mínima necesaria para superar cada una de las pruebas del ejercicio. 5.2 Fase de concurso: En esta fase se valorarán de acuerdo con el certificado previsto en el apartado Duodécimo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado y que figura en el Anexo XVI de las bases específicas, los siguientes méritos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria:

a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad total del empleado público en la Administración General del Estado a razón de 0,6 puntos por año completo de servicios, hasta un máximo de 11,5 puntos.

b) Según el tiempo de pertenencia a las categorías profesionales y grupos desempeñando funciones sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico a las del Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado, se otorgará la siguiente puntuación:

Grupo profesional 5 del Convenio Único del Area funcional de Administración u otros equivalentes previstos en los restantes convenios colectivos de personal laboral al servicio de la Administración General del Estado, incluidos los servicios prestados en puestos que han sido encuadrados en ellos: 1 punto por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 15 puntos.

Grupo profesional 6 del Convenio Único del Area funcional de Administración u otros equivalentes previstos en los restantes convenios colectivos de personal laboral al servicio de la Administración General del Estado, incluidos los servicios prestados en puestos que han sido encuadrados en ellos:

0,7 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 15 puntos. c) Superación del ejercicio de la convocatoria 2005: 3 puntos.: Este mérito se valorará de oficio por la Administración a aquellos candidatos que en la fase de oposición de la citada convocatoria hubiesen alcanzado la puntuación fijada para su superación por la Comisión Permanente de Selección, y al no reunir méritos suficientes en la fase de concurso, no hubieran obtenido plaza, de acuerdo con lo establecido en la orden APU/669/2005, de 11 de marzo, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso o acceso en Cuerpos de la Administración General del Estado y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección (BOE del 18).

La certificación habrá de contener la acreditación de que se trata de personal laboral fijo de los grupos profesionales 5 ó 6 del Área de Administración del Convenio Único, o de una categoría y grupo profesional en situación equivalente de otros Convenios de la Administración General del Estado y desempeñar funciones sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico a las del Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado, así como la acreditación de haber prestado, al menos, dos años de servicios efectivos como personal laboral fijo en estos grupos, incluidos los prestados en puestos que han sido encuadrados en los mismos.

A este respecto, no se considerarán en ningún caso, funciones sustancialmente coincidentes en su contenido profesional ni en su nivel técnico con las propias del Cuerpo General Auxiliar las siguientes: Realización de estudios de investigación sociológica y estudios estadísticos.

Traducción e interpretación directa e inversa de distintos idiomas. Clasificación, referenciación, sistematización y control de todo tipo de documentos, publicaciones y libros. Realización de trabajos de comunicación e información externa e interna, de carácter literario, gráfico y audiovisual, de relaciones públicas y publicitarias, así como campañas de información y proyección institucional. Diseño, análisis, implantación, mantenimiento y soporte de aplicaciones informáticas. Planificación y gestión técnica de programas de inserción laboral.

6. Calificación final.-La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición, en la valoración del mérito de antigüedad, y de la puntuación obtenida en el punto 5.2.b) del presente Anexo, por este orden. De persistir el empate, se atenderá a la antigüedad total en la Administración General del Estado, computándose los años, meses y días de servicio que consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de esta convocatoria.

ANEXO V Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna para personal funcionario, al Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado por el sistema de promoción interna desde Cuerpos o Escalas del Grupo D será de 1.600 plazas. Del total de las plazas convocadas se reservarán 80 para ser cubiertas por personas con discapacidad con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. 2. El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con las siguientes fases:

2.1 Fase de oposición.

2.2 Fase de concurso.

3. Además de los requisitos enumerados en el apartado Séptimo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado, los aspirantes deberán reunir los siguientes: 3.1 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de segundo grado o equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años, o alternativamente poseer una antigüedad de diez años en Cuerpos o Escalas del Grupo D incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, o de cinco años y haber superado el curso específico a que se refiere la disposición adicional novena del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en Cuerpos o Escalas del Grupo D, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984 de 2 de agosto, serán computables a efectos de la antigüedad referida en este apartado. 3.2 Estar incluido a efectos de promoción interna en el ámbito de aplicación del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado. 3.3 Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo D que se relacionan en el punto 8 del presente Anexo. En el caso de los Cuerpos y Escalas correspondientes a los códigos 1440, 1441, 1442, 1443, 1444 y 1445, sólo serán admitidos los funcionarios que pertenezcan a estos Cuerpos y estén destinados en la Administración General del Estado. 3.4 Haber prestado servicios efectivos durante, al menos, dos años como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del Grupo D incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto y relacionados en el punto 8 del presente Anexo.

4. Además de las instrucciones generales de cumplimentación de solicitudes que figuran en el apartado 5.3 de las bases específicas de esta convocatoria, los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», los aspirantes harán constar «Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado», código «1135».

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la clave PI.

En el epígrafe 24, «Títulos académicos oficiales», en el recuadro «Exigido en la convocatoria», se indicará, de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo con la titulación académica superior que posea el aspirante, con independencia de la exigida para el ingreso en este Cuerpo:

Dígito «1»: Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

Dígito «2»: Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente. Dígito «3»: Título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, Título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, o tener aprobadas pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años. Dígito «4»: Antigüedad superior a 10 años. Dígito «5»: Curso específico de la disposición adicional novena del Real Decreto 364/1995 y cinco años de antigüedad.

En el epígrafe 25, «Datos a consignar según las bases de la convocatoria», en el recuadro A), se especificará el código de cuatro dígitos del Cuerpo o Escala a que pertenece el aspirante, según se contiene en el punto 8 del presente Anexo. En el recuadro B) el Ministerio u Organismo de destino. En el C) el Centro Directivo.

Los derechos de examen serán de 6,64 euros.

5. Proceso de selección y valoración.-El sistema selectivo será el de concurso-oposición con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican a continuación. 5.1 Fase de oposición: La fase de oposición estará formada por un ejercicio único que constará de las dos partes que a continuación se indican, siendo ambas obligatorias y eliminatorias. La Comisión Permanente de Selección realizará ambas partes conjuntamente. 5.1.1 Primera parte: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas del programa contenido en estas normas específicas.

El número máximo de preguntas será de 50. 5.1.2 Segunda parte: Consistirá en la resolución de un supuesto de carácter práctico a escoger entre tres propuestos, correspondientes a cada uno de los bloques de materias del programa previsto en el punto 7 de este anexo, dirigido a apreciar la capacidad de los aspirantes para llevar a cabo las tareas administrativas relacionadas con las materias del programa de estas normas específicas. Cada supuesto se desglosará en 12 preguntas. El tiempo máximo de realización de este ejercicio será de noventa minutos. Los cuestionarios de ambas partes estarán compuestos por preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta. Para su realización, los aspirantes deberán señalar en la hoja de examen las opciones de respuesta que estimen válidas entre aquellas que se les propongan. 5.1.3 Calificación de la fase de oposición:

a) Primera parte: Se calificará de 0 a 50 puntos. La Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación mínima necesaria a alcanzar en esta primera parte para que pueda evaluarse la segunda.

b) Segunda parte: Se calificará de 0 a 50 puntos. La Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación mínima necesaria para superar esta segunda parte y adicionar al candidato la puntuación obtenida en la fase de concurso.

Las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije la Comisión Permanente de Selección.

Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán con el veinticinco por ciento de una contestación.

5.2 Fase de concurso: En esta fase se valorarán, de acuerdo con el certificado previsto en el apartado Duodécimo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado y que figura en el Anexo XIV de las bases específicas de esta convocatoria, los siguientes méritos: a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad del funcionario, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, en Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, a razón de 1 punto por año completo de servicios, hasta un máximo de 28 puntos.

b) Grado personal consolidado y formalizado: Según el grado personal que se tenga consolidado el día de publicación de esta convocatoria y formalizado en la Administración General del Estado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente hasta la fecha de finalización del plazo de presentación del certificado a que se refiere el apartado Duodécimo de las bases comunes, se otorgará la siguiente puntuación:

Grados 9 e inferiores, y 10, 11 y 12: 11 puntos.

Grado 13: 12 puntos. Grado 14: 13 puntos. Grado 15: 14 puntos. Grado 16: 16 puntos. Grado 17: 17 puntos. Grado 18: 18 puntos.

Asimismo, se otorgarán once puntos a aquellos funcionarios que en la fecha de publicación de la convocatoria no tengan ningún grado consolidado y formalizado en la Administración General del Estado, y hayan prestado servicios efectivos en la misma durante, al menos, dos años.

c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en la Administración General del Estado, excluidas las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Administración de la Seguridad Social, así como en los Organos Constitucionales el día de publicación de esta convocatoria como funcionario del Grupo D, se otorgara la siguiente puntuación:

Niveles 12 e inferiores: 15 puntos.

Nivel 13: 17 puntos. Nivel 14: 18 puntos. Nivel 15: 19 puntos. Nivel 16: 21 puntos. Nivel 17: 23 puntos. Niveles 18 o superior: 25 puntos

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por posteriores reclasificaciones de nivel, con independencia de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del Grupo D. A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del Estado u Organos Constitucionales, y a los funcionarios en situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración General del Estado u Organos Constitucionales, el nivel del puesto de trabajo en que les correspondería al efectuar el reingreso. A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo en situación de servicio activo en Organos Constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a dicho puesto. d) Titulación académica: Por estar en posesión de una titulación académica igual o superior a la exigida, en el punto 3.1 del presente Anexo el día de publicación de esta convocatoria: 7 puntos. e) Superación del ejercicio de la convocatorias de 2004 o 2005: 3 puntos. Este mérito se valorará de oficio por la Administración a aquellos candidatos que en la fase de oposición de la citada convocatoria hubiesen alcanzado la puntuación fijada para su superación por la Comisión Permanente de Selección, y al no reunir méritos suficientes en la fase de concurso, no hubieran obtenido plaza, de acuerdo con lo establecido en la orden APU/669/2005, de 11 de marzo, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso o acceso en Cuerpos de la Administración General del Estado y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección (BOE del 18).

6. Calificación final.-La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición, en la valoración del mérito de antigüedad, del grado personal consolidado y del trabajo desarrollado, por este orden. De persistir el empate, se atenderá a la antigüedad total en la Administración General del Estado, computándose los años, meses y días de servicio que consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de esta convocatoria.

7. Programa. I. Derecho Administrativo General:

1. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de las fuentes. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Revisión, anulación y revocación. El principio de legalidad en la actuación administrativa.

2. El procedimiento administrativo como garantía formal. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Contenido y ámbito de aplicación. La iniciación, ordenación, instrucción y terminación del procedimiento administrativo. 3. Los recursos administrativos: concepto y clases. Recursos de alzada, reposición y extraordinario de revisión. La jurisdicción contencioso-administrativa. 4. Los contratos administrativos: Concepto y clases. Estudio de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos administrativos. 5. Políticas de Igualdad de Género. Normativa vigente.

II. Gestión de Personal:

1. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen jurídico. El personal funcionario: Funcionarios de carrera y funcionarios de empleo. La selección de los funcionarios. Programación y Oferta de Empleo Público. El Registro Central de Personal.

2. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones de los funcionarios. Supuestos y efectos de cada una de ellas. 3. Provisión de puestos de trabajo en la Administración del Estado. Los deberes y derechos de los funcionarios. La promoción profesional. 4. Las incompatibilidades. Régimen disciplinario: Faltas, sanciones y procedimiento. El régimen de la Seguridad Social de los funcionarios. La MUFACE. 5. El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas. Selección. Derechos, deberes e incompatibilidades. El contrato laboral: Contenido, duración y suspensión. Negociación laboral, conflictos y Convenios Colectivos.

III. Gestión Financiera:

1. El presupuesto: concepto. Los principios presupuestarios. El Ciclo presupuestario. El Presupuesto por programas: concepto y fases. El presupuesto en base cero: Terminología y desarrollo del proceso presupuestario.

2. El presupuesto del Estado en España: concepto y estructura. Los créditos presupuestarios: características. Las modificaciones presupuestarias: créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Ampliaciones de crédito. Generaciones de crédito. Transferencias de crédito. Incorporaciones de crédito. 3. El procedimiento administrativo de ejecución del presupuesto de gasto. Organos competentes. Fases del procedimiento y sus documentos contables. Compromisos de gasto para ejercicios posteriores. La ordenación del pago: concepto y competencia. Realización del pago: Modos y perceptores. 4. Las retribuciones de los funcionarios públicos y del personal laboral al servicio de la Administración Pública. Nóminas: estructura y normas de confección. Altas y bajas: su justificación. Retribuciones básicas: sueldos, trienios, pagas extraordinarias. Retribuciones complementarias y otras remuneraciones. Devengo y liquidación de derechos económicos. El pago de las retribuciones del personal en activo. Formas de pago. 5. Contratos administrativos típicos y gestión de subvenciones. Procedimientos, formas de adjudicación. Relación con la ejecución presupuestaria.

8. Relación de Cuerpos o Escalas.

Código

Cuerpo/Escala

0129

C. Guardería Forestal.

0131

C. Auxiliares (Ley 23-1975) a Extinguir.

0213

C. Auxiliares, a Extinguir.

0326

Personal Técnico de Cabina, a Extinguir.

0423

C. Damas Auxiliares de Sanidad Militar del Ejercito.

0424

C. Oficiales de Arsenales de la Armada.

0425

C. Grabadores de la Armada, a Extinguir.

0426

C. Encargados 3.ª Sección Maestranza de la Armada.

0427

C. Maestros Primeros Primera Sección Maestranza Arm.

0433

C. Capataces Segundos 1.ª Sec. Maestranza Armada, a E .

0439

Cuerpo de Mecánicos Conductores.

0635

C. Auxiliar de Intervención de Puertos Francos de C.

1143

E. Auxiliar Procedente de Organismos Autónomos Sup.

1144

C. Aux. Cuerpo Intérpretes, Lenguas Procedentes de la Zona Norte de Marruecos.

1145

C. Auxiliar, a Extinguir (Real Decreto-Ley 23-1977).

1146

C. General Auxiliar de la Administración del Estado.

1440

C. Auxiliares Postales y de Telecomunicación, E. Oficiales Postales y de Telecomunicación.

1441

C. Auxiliares Postales y de Telecomunicación, E. Clasificación y Reparto.

1442

C. Subalterno de Correos, a Extinguir.

1443

C. Auxiliares Técnicos -Escala de Auxiliares Técnicos de Primera.

1444

C. Auxiliares Técnicos -Escala de Auxiliares Técnicos de Segunda.

1445

E. Radiotelegrafistas de Telecomunicación, a extinguir.

1622

C. Auxiliar de la Administración de la S.S.

1643

E. Auxiliar, a Extinguir de la Administración de la S.S.

1644

E. Telefonistas, A Extinguir de la Administración de la S.S .

1704

Subgrupo Auxiliar del Grupo de Administración General.

5011

Escala Auxiliar Técnico de Organismos Autónomos.

5052

E. Auxiliares de Laboratorio de Organismos Autónomos del MAPA.

5053

E. Maquinista del SENPA.

5055

E. Secretarios Cofradías Tercera Categoría, a Extinguir.

5056

E. Auxiliares Cofradías, a Extinguir.

5058

E. Secretarios Tercera Categoría Cámaras Agrarias del IRA.

5059

E. Guardas del ICONA.

5060

E. Proyectistas sin título y Maestros del INIA.

5061

E. Preparador de Primera y Segunda del INIA.

5150

E. Auxiliares de Investigación de OPIS del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

5329

E. Auxiliares Lab. Canal Experiencias Hidrodinámicas del Pardo.

5330

E. Calcadores del INTA «Esteban Terradas».

5331

E. Preparadores Laboratorio INTA «Esteban Terradas» .

5333

E. Fotógrafos de la Junta Admva. Fondo Atenciones de la Marina.

5442

E. Especialistas Servicios Generales de Enseñanzas Integradas.

5443

E. Auxiliar de Investigación del CSIC.

5444

E. Auxiliares Técnicos del Servicio de Publicaciones del MEC.

5538

E. Marineros del Servicio de Vigilancia Aduanera.

5539

E. Agentes Investigación del Servicio de Vigilancia Aduanera.

5550

E. Operadores Radiotelefonistas, Ext. Serv.Vigilancia Aduanera.

5551

Escala de Conductores y de Taller del PMM.

5627

E. Auxiliar Técnico del CIEMAT.

5628

E. Calcador del CIEMAT.

5629

E. Técnica Subalterna de Tercera, a Extinguir del INI.

5949

E. Delineantes Segunda Conf.Hidrografica del Guadalquivir.

5950

E. Patrones de Cabotaje de Organismos Autónomos del MOPU.

5953

E. Celadores Guardamuelles, a Extinguir J. Puerto Algeciras-La Linea.

5954

E. Celadores Guardamuelles, a Extinguir J.Puerto Gijon-Musel.

5956

E. Celadores Guardamuelles, a Extinguir Junta Puerto Ceuta.

5957

E. Celadores Guardamuelles, a Extinguir J.P. de A Coruña .

5960

E. Celadores Guardamuelles, a Ext. J.P. La Luz y Las Palmas.

5968

E. Encargado de Obras Mancomunidad Canales del Taibilla.

5969

E. Topógrafo Segundo Mancomunidad de Canales del Taibilla.

5970

E. Celadores Guardamuelles, a Extinguir Admva. de Grupos de Puertos.

5971

E. Auxiliar Topógrafo Confederación Hidrográfica del Ebro.

5972

E. Auxiliar Cartográfico Confederación Hidrográfica del Ebro.

5974

E. Calcador de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

5975

E. Fotógrafo del Servicio de Publicaciones.

5976

E. Auxiliar de Laboratorio del Servicio de Publicaciones.

5977

E. Ayudantes de Laboratorio del INCE.

6032

E. Auxiliar de Organismos Autónomos.

6033

E. Auxiliar de AISS, a Extinguir.

6124

E. Profesores de Educación Física de AISNA.

6125

E. Auxiliares de Investigación de Laboratorio de AISNA.

6349

E. Pers. a Ext. del Org.Regis.Entidades Autorizadas-Auxiliar.

6467

E. De Auxiliares del ICO.

-

Matronas de la Dirección General de la Guardia Civil. Plazas no escalafonadas.

ANEXO VI Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso, por promoción horizontal para personal laboral fijo, al Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado

1.1 El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado por el sistema de promoción horizontal del personal laboral fijo será de180. Su distribución será la siguiente:

50 plazas corresponden a lo establecido en el apartado 3 del art. 22 de la Ley 30/84, de 2 de agosto.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 6.5.a).1.º del Real Decreto 96/2006, de 3 de febero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2005, 130 plazas que tendrán destino necesariamente en el Servicio Público de Empleo Estatal.

Del total de las plazas convocadas se reservarán 9 para ser cubiertas por personas con discapacidad con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

1.2 La elección de destinos de esta convocatoria se efectuará según la puntuación obtenida en el proceso selectivo. Las 130 plazas con destino en el Servicio Público de Empleo Estatal serán provistas por los últimos aspirantes aprobados, en la medida en la que no se hayan adjudicado a los anteriores aspirantes. 2. El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con las siguientes fases:

2.1 Fase de oposición.

2.3 Fase de concurso.

3. Además de los requisitos enumerados en el apartado Séptimo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado, los aspirantes deberán reunir los siguientes: 3.2 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de segundo grado o equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años.

3.3 Estar incluido a efectos de promoción interna de carácter horizontal en lo previsto en el apartado 3.º del artículo 22 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y en el Real Decreto 96/2006, de 3 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2006. 3.4 Pertenecer como personal laboral fijo a los grupos profesionales 3 ó 4 del Area de Administración del Convenio Unico, o a una categoría y grupo profesional en situación equivalente de otros Convenios de la Administración General del Estado y desempeñar funciones sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico a las del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado. 3.5 Haber prestado servicios efectivos durante, al menos, dos años como personal laboral fijo en los Grupos Profesionales 3 ó 4 del Area de Administración del Convenio único, o en una categoría y grupo profesional en situación equivalente de otros convenios de la Administración general del Estado, incluidos los servicios prestados en puestos que han sido encuadrados en ellos.

4. Además de las instrucciones generales de cumplimentación de solicitudes que figuran en el apartado 5.3 de las bases específicas de esta convocatoria, los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», los aspirantes harán constar «Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado», código «1135».

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la clave que corresponda: PH.

En el epígrafe 24, «Títulos académicos oficiales», en el recuadro «Exigido en la convocatoria», se indicará, de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo con la titulación académica superior que posea el aspirante, con independencia de la exigida para el ingreso en este Cuerpo:

Dígito «1»: Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

Dígito «2»: Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente. Dígito «3»: Título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, Título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, o tener aprobadas pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

En el epígrafe 25, «Datos a consignar según las bases de la convocatoria», en el recuadro A), se especificará el grupo profesional, categoría y convenio del aspirante. En el recuadro B) el Ministerio u Organismo de destino. En el C) el Centro Directivo.

Los derechos de examen serán de 6,64 euros.

5. Proceso de selección y valoración.-El sistema selectivo será el de concurso-oposición con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican a continuación. 5.1 Fase de oposición: La fase de oposición estará formada por un ejercicio único que constará de las dos partes que a continuación se indican, siendo ambas obligatorias y eliminatorias. La Comisión Permanente de Selección realizará ambas partes conjuntamente. 5.1.1 Primera parte: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas del programa contenido en estas normas específicas.

El número máximo de preguntas será de 50. 5.1.2 Segunda parte: Consistirá en la resolución de un supuesto de carácter práctico a escoger entre tres propuestos, correspondientes a cada uno de los bloques de materias del programa previsto en el punto 7 de este anexo, dirigido a apreciar la capacidad de los aspirantes para llevar a cabo las tareas administrativas relacionadas con las materias del programa de estas normas específicas. Cada supuesto se desglosará en 12 preguntas. El tiempo máximo de realización de este ejercicio será de noventa minutos. Los cuestionarios de ambas partes estarán compuestos por preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta. Para su realización, los aspirantes deberán señalar en la hoja de examen las opciones de respuesta que estimen válidas entre aquellas que se les propongan. 5.1.4 Calificación de la fase de oposición:

a) Primera parte: Se calificará de 0 a 50 puntos. La Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación mínima necesaria a alcanzar en esta primera parte para que pueda evaluarse la segunda.

b) Segunda parte: Se calificará de 0 a 50 puntos. La Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación mínima necesaria para superar esta segunda parte y adicionar al candidato la puntuación obtenida en la fase de concurso.

Las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije la Comisión Permanente de Selección.

Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán con el veinticinco por ciento de una contestación.

5.2 Fase de concurso: En esta fase se valorarán, de acuerdo con el certificado previsto en el apartado Duodécimo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado y que figura en el Anexo XVII de las bases específicas, los siguientes méritos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria: a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad total del empleado público en la Administración General del Estado, a razón de 1 punto por año completo de servicios, hasta un máximo de 28 puntos.

b) Según el tiempo de pertenencia a las categorías profesionales y grupos desempeñando funciones sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico a las del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado se otorgará la siguiente puntuación:

Grupo profesional 3 del Convenio Único del Area funcional de Administración u otros equivalentes previstos en los restantes convenios colectivos de personal laboral al servicio de la Administración General del Estado, incluidos los servicios prestados en puestos que han sido encuadrados en ellos: 1 punto por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 14 puntos.

Grupo profesional 4 del Convenio Único del Area funcional de Administración u otros equivalentes previstos en los restantes convenios colectivos de personal laboral al servicio de la Administración General del Estado, incluidos los servicios prestados en puestos que han sido encuadrados en ellos:

0,7 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 14 puntos.

c) Superación del ejercicio de las convocatorias de 2004 o 2005: 3 puntos.

Este mérito se valorará de oficio por la Administración a aquellos candidatos que en la fase de oposición de la citada convocatoria hubiesen alcanzado la puntuación fijada para su superación por la Comisión Permanente de Selección y al no reunir méritos suficientes en la fase de concurso, no hubieran obtenido plaza, de acuerdo con lo establecido en la orden APU/669/2005, de11 de marzo, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso o acceso en Cuerpos de la Administración General del Estado y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección (BOE del 18).

La certificación habrá de contener la acreditación de que se trata de personal laboral fijo de los grupos profesionales 3 ó 4 del Area de Administración del Convenio Unico, o de una categoría y grupo profesional en situación equivalente de otros Convenios de la Administración General del Estado y desempeñar funciones sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico a las del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado así como la acreditación de haber prestado, al menos, dos años de servicios efectivos como personal laboral fijo en estos grupos, incluidos los prestados en puestos que han sido encuadrados en los mismos. A este respecto, no se considerarán en ningún caso, funciones sustancialmente coincidentes en su contenido profesional ni en su nivel técnico con las propias del Cuerpo General Administrativo las siguientes:

Realización de estudios de investigación sociológica y estudios estadísticos.

Traducción e interpretación directa e inversa de distintos idiomas. Clasificación, referenciación, sistematización y control de todo tipo de documentos, publicaciones y libros. Realización de trabajos de comunicación e información externa e interna, de carácter literario, gráfico y audiovisual, de relaciones públicas y publicitarias, así como campañas de información y proyección institucional. Diseño, análisis, implantación, mantenimiento y soporte de aplicaciones informáticas. Planificación y gestión técnica de programas de inserción laboral.

6. Calificación final.-La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición, en la valoración del mérito de antigüedad, y en la puntuación obtenida en el punto 5.2.b) del presente Anexo por este orden. 7. Programa.

I. Derecho Administrativo General: 1. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de las fuentes. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Revisión, anulación y revocación. El principio de legalidad en la actuación administrativa.

2. El procedimiento administrativo como garantía formal. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Contenido y ámbito de aplicación. La iniciación, ordenación, instrucción y terminación del procedimiento administrativo. 3. Los recursos administrativos: concepto y clases. Recursos de alzada, reposición y extraordinario de revisión. La jurisdicción contencioso-administrativa. 4. Los contratos administrativos: Concepto y clases. Estudio de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos administrativos. 5. Políticas de Igualdad de Género. Normativa vigente.

II. Gestión de Personal:

1. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen jurídico. El personal funcionario: Funcionarios de carrera y funcionarios de empleo. La planificación y selección de los funcionarios. La Oferta de Empleo Público. El Registro Central de Personal.

2. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones de los funcionarios. Supuestos y efectos de cada una de ellas. 3. Provisión de puestos de trabajo en la Administración del Estado. Los deberes y derechos de los funcionarios. La promoción profesional. 4. Las incompatibilidades. Régimen disciplinario: Faltas, sanciones y procedimiento. El régimen de la Seguridad Social de los funcionarios. La MUFACE. 5. El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas. Selección. Derechos, deberes e incompatibilidades. El contrato laboral: Contenido, duración y suspensión. Negociación laboral, conflictos y Convenios Colectivos.

III. Gestión financiera:

1. El presupuesto: concepto. Los principios presupuestarios. El Ciclo presupuestario. El Presupuesto por programas: concepto y fases. El presupuesto en base cero: Terminología y desarrollo del proceso presupuestario.

2. El presupuesto del Estado en España: concepto y estructura. Los créditos presupuestarios: características. Las modificaciones presupuestarias: créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Ampliaciones de crédito. Generaciones de crédito. Transferencias de crédito. Incorporaciones de crédito. 3. El procedimiento administrativo de ejecución del presupuesto de gasto. Organos competentes. Fases del procedimiento y sus documentos contables. Compromisos de gasto para ejercicios posteriores. La ordenación del pago: concepto y competencia. Realización del pago: Modos y perceptores. 4. Las retribuciones de los funcionarios públicos y del personal laboral al servicio de la Administración Pública. Nóminas: estructura y normas de confección. Altas y bajas: su justificación. Retribuciones básicas: sueldos, trienios, pagas extraordinarias. Retribuciones complementarias y otras remuneraciones. Devengo y liquidación de derechos económicos. El pago de las retribuciones del personal en activo. Formas de pago. 5. Contratos administrativos típicos y gestión de subvenciones. Procedimientos, formas de adjudicación. Relación con la ejecución presupuestaria.

ANEXO VII Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso libre, en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado.

1. El conjunto total de plazas a cubrir por el sistema general de ingreso libre será de 72 plazas. Del total de estas plazas se reservarán 5 para ser cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. De conformidad con lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005 por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, existe una infrarrepresentación de la mujer en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado. 2. Además de los requisitos enumerados en el apartado Séptimo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado, los aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, Título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, o tener aprobadas pruebas de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años. 3. Además de las instrucciones generales de cumplimentación de solicitudes que figuran en el apartado 5.3 de las bases específicas de esta convocatoria, los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15 «Cuerpo o Escala», los aspirantes harán constar «Técnico Auxiliar de Informática», código «1188».

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la clave «L» correspondiente a acceso libre.

En el epígrafe 24, «Títulos académicos oficiales», en el recuadro «Exigido en la convocatoria», se indicará, de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo con la titulación académica superior que posea el aspirante, con independencia de la exigida para el ingreso en este Cuerpo:

Dígito «1»: Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

Dígito «2»: Título de Diplomado universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente. Dígito «3»: Título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, Título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente o tener aprobadas pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

El importe de la tasa correspondiente a los derechos de examen será de 13,28 euros.

4. Proceso de selección.-El proceso de selección estará formado por un ejercicio único que constará de las dos partes que a continuación se indican, siendo ambas obligatorias y eliminatorias. La Comisión Permanente de Selección realizará ambas partes conjuntamente. Primera parte: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de hasta 100 preguntas basado en las materias del temario que figura en el programa de estas normas específicas.

Segunda parte: Consistirá en la resolución de tres supuestos de carácter práctico cuyos contenidos estarán relacionados con el Bloque II (Materias Informáticas) del temario que figura en el programa de estas normas específicas. Cada supuesto se desglosará en 18 preguntas.

Los ejercicios propuestos estarán orientados principalmente a tecnología básica, diseño y desarrollo, operaciones y comunicaciones.

El tiempo para la realización del ejercicio será de tres horas. El cuestionario de ambas pruebas estará compuesto por preguntas con respuestas alternativas, siendo solo una de ellas correcta. Para su realización, los aspirantes deberán señalar en la hoja de examen las opciones de respuesta que estimen válidas de entre aquellas que se les propongan. 5. Calificación del ejercicio.

Primera parte: Se calificará de 0 a 50 puntos. La Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación mínima necesaria a alcanzar en esta primera parte para que pueda evaluarse la segunda.

Segunda parte: Se calificará de 0 a 50 puntos. La Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación mínima necesaria par superar esta segunda parte. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación. En ambas partes, la calificación resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije la Comisión Permanente de Selección. La calificación final vendrá dada por la suma de la puntuación obtenida en las dos partes. Si existieran puntuaciones idénticas, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la primera parte y, de persistir el empate, atendiendo a la mayor puntuación obtenida en los supuestos primero, segundo y tercero, por este orden, de la segunda parte.

6. Programa.

I. Organización del Estado, Derecho Público y actuación administrativa 1. La Constitución española de 1978. Derechos y Deberes fundamentales. Su Garantía y Suspensión. La Jefatura del Estado. La Corona. Funciones constitucionales del Rey.

2. Las Cortes Generales. Atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado. El Tribunal Constitucional. Composición y atribuciones. El Defensor del Pueblo. 3. El Gobierno. Su composición. Nombramiento y cese. Las funciones del Gobierno. Las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. 4. La Administración Pública: Principios Constitucionales informadores. La Administración General del Estado: los órganos superiores de la Administración General del Estado. Órganos territoriales: Los Delegados y Subdelegados del Gobierno. Otros órganos periféricos. 5. Políticas de Igualdad de Género. Normativa vigente. 6. Las Comunidades Autónomas: Constitución, competencias, Estatutos de Autonomía. La Administración Local: La provincia, el municipio y otras entidades. 7. El personal al servicio de las Administraciones Públicas; Tipos de personal y su régimen jurídico. Derechos y deberes de los funcionarios. 8. El sistema retributivo de los funcionarios públicos. Retribuciones básicas, complementarias e indemnizaciones. 9. Concepto de documento, registro y archivo. Funciones del registro y del archivo. Clases de archivo y criterios de ordenación. Especial consideración del archivo de gestión. 10. Las técnicas de racionalización de la gestión administrativa. El proceso de informatización en la Administración pública.

II. Materias Informáticas

Bloque I. Tecnología Básica

1. Informática básica. Conceptos de datos e información. Concepto de sistema de información. Elementos constitutivos de un sistema. Características y funciones. Arquitectura de ordenadores. Elementos básicos. Funciones. La unidad central de proceso. La memoria principal.

2. Periféricos. Conectividad. Elementos de impresión. Elementos de almacenamiento. Elementos de visualización y digitalización. 3. Estructuras de datos. Organizaciones de ficheros. Algoritmos. Formatos de información y ficheros. 4. Sistemas operativos. Características y elementos constitutivos. Sistemas Windows. Sistemas Unix y Linux. 5. Sistemas de gestión de bases de datos relacionales. Características y componentes. Sistemas de gestión de bases de datos orientados a objetos.

Bloque II. Diseño y Desarrollo

6. Modelo conceptual de datos. Entidades, atributos y relaciones. Reglas de modelización. Diagramas de flujo de datos. Reglas de construcción. Descomposición en niveles. Flujogramas.

7. Diseño de bases de datos. Diseño lógico y físico. El modelo lógico relacional. Normalización. 8. Diseño del interfaz de usuario. Principios de diseño de interfaces. Presentación de la información y asistencia al usuario. 9. Lenguajes de programación. Representación de tipos de datos. Operadores. Instrucciones condicionales. Bucles y recursividad. Procedimientos, funciones y parámetros. Vectores y registros. Estructura de un programa. 10. Lenguajes de interrogación de bases de datos. Estándar ANSI SQL. 11. Lenguajes de programación. Características, elementos y funciones de Java, C, y C++,. Net. 12. Arquitectura cliente/servidor. Modelo de 2 capas. Modelo de 3 capas. Componentes y operación. 13. Programación orientada a objetos. Elementos: objetos, clases, herencia, métodos. Ventajas e inconvenientes.

Bloque III. Operaciones

14. Administración del Sistema operativo y software de base. Funciones y responsabilidades. Control de cambios de los programas de una instalación.

15. Administración de bases de datos. Funciones y responsabilidades. 16. Administración de redes de área local. Gestión de usuarios. Gestión de dispositivos. 17. Conceptos de seguridad de los sistemas de información. Seguridad física. Seguridad lógica. Amenazas y vulnerabilidades. 18. Organización de los departamentos de sistemas de información. Áreas de desarrollo, producción, sistemas y comunicaciones. Unidades de seguridad y calidad. 19. Derecho informático. Legislación de protección de datos. Legislación de propiedad intelectual del software. Legislación básica de telecomunicaciones.

Bloque IV. Comunicaciones

20. Comunicaciones. Medios de transmisión. Modos de comunicación. Equipos terminales y equipos de interconexión y conmutación.

21. Sistemas de comunicación. Frame Relay, ATM, RDSI, xDSL. Sistemas inalámbricos. 22. El modelo de referencia de interconexión de sistemas abiertos (OSI) de ISO. Protocolos TCP/IP. 23. Internet. Origen, evolución y estado actual. Servicios: correo electrónico, WWW, FTP, Telnet. Protocolos HTTP, HTTPS y SSL. Programación en Internet. Lenguajes HTML y lenguajes script. 24. Seguridad y protección en redes de comunicaciones. Sistemas de cortafuegos. Redes Privadas Virtuales (VPN).

ANEXO VIII Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna para personal funcionario, al Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado por el sistema de promoción interna desde Cuerpos o Escalas del Grupo D será de 11 plazas. Del total de las plazas convocadas se reservará una para ser cubierta por personas con minusvalía con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la Disposición adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. De conformidad con lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005 por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, existe infrarrepresentación de la mujer en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado. 2. El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con las siguientes fases:

2.1. Fase de oposición.

2.2 Fase de concurso.

3. Además de los requisitos enumerados en el apartado Séptimo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado, los aspirantes deberán reunir los siguientes: 3.1 Estar en posesión de la titulación exigida para ingreso en Cuerpos o Escalas del Grupo C en el artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto (título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de segundo grado o equivalente, o tener aprobadas pruebas de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años) o, alternativamente, poseer una antigüedad de diez años en los Cuerpos o Escalas del Grupo D incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, o de cinco años y haber superado el curso específico a que se refiere la disposición adicional novena del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en Cuerpos o Escalas del grupo D, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984 de 2 de agosto, serán computables a efectos de la antigüedad referida en este apartado. 3.2 Estar incluido a efectos de promoción interna en el ámbito de aplicación del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado. 3.3 Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo D que aparecen en el punto 8 del presente Anexo. En el caso de los Cuerpos o Escalas correspondientes a los códigos 1440, 1441, 1442, 1443, 1444 y 1445 sólo serán admitidos los funcionarios que pertenezcan a estos Cuerpos y estén destinados en la Administración General del Estado. 3.4 Haber prestado servicios efectivos durante, al menos, dos años como funcionario de carrera en los Cuerpos o Escalas del Grupo D incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto y relacionados en el punto 8 del presente Anexo.

4. Además de las instrucciones generales de cumplimentación de solicitudes que figuran en el apartado 5.3 de las bases específicas de esta convocatoria, los aspirantes deberán observar las siguientes: En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», los aspirantes harán constar «Técnico Auxiliar de Informática», código «1188».

En el recuadro 17 destinado a «Forma de acceso» los aspirantes consignarán PI.

En el epígrafe 24, «Títulos académicos oficiales», en el recuadro «Exigido en la convocatoria», se indicará, de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo con la titulación académica superior que posea el aspirante, con independencia de la exigida para el ingreso en este Cuerpo:

Dígito «1». Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

Dígito «2». Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente. Dígito «3». Título de Bachiller superior, Bachillerato Unificado Polivalente, Bachiller -LOGSE, Formación Profesional de segundo grado o equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años. Dígito «4». Antigüedad superior a diez años. Dígito «5». Curso específico de la disposición adicional novena del Real Decreto 364/1995 y cinco años de antigüedad.

En el epígrafe 25, «Datos a consignar según las bases de la convocatoria», en el recuadro A), se especificará el código de cuatro dígitos del Cuerpo o Escala a que pertenece el aspirante, según se contiene en el punto 8 del presente Anexo. En el recuadro B) el Ministerio u Organismo de destino. En el C) el Centro Directivo.

Los derechos de examen serán de 6,64 euros.

5. Proceso de selección y valoración.-El sistema selectivo será el de concurso-oposición con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican a continuación. 5.1 Fase de oposición: La fase de oposición estará formada por un ejercicio único que constará de las dos partes que a continuación se indican, siendo ambas obligatorias y eliminatorias. La Comisión Permanente de Selección realizará ambas partes conjuntamente. 5.1.1 Primera parte: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas del programa contenido en estas normas específicas.

El número máximo de preguntas será de 50. 5.1.2 Segunda parte: Consistirá en la resolución de un supuesto de carácter práctico a escoger entre tres propuestos, dirigido a apreciar la capacidad de los aspirantes para llevar a cabo las tareas administrativas relacionadas con las materias del programa de estas normas específicas. Cada supuesto se desglosará en 12 preguntas. El tiempo máximo de realización de este ejercicio será de noventa minutos. El cuestionario de ambas partes estará compuesto por preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta. Para su realización, los aspirantes deberán señalar en la hoja de examen las opciones de respuesta que estimen válidas entre aquellas que se les propongan. 5.1.3 Calificación de la fase de oposición:

a) Primera parte: Se calificará de 0 a 50 puntos. La Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación mínima necesaria a alcanzar en esta primera parte para que pueda evaluarse la segunda.

b) Segunda parte: Se calificará de 0 a 50 puntos. La Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación mínima necesaria para superar esta segunda parte y adicionar al candidato la puntuación obtenida en la fase de concurso.

Las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije la Comisión Permanente de Selección.

Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán con el veinticinco por ciento de una contestación. 5.1 Fase de concurso:

En esta fase se valorarán, de acuerdo con el certificado previsto en el apartado Duodécimo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado y que figura en el Anexo XIV de las bases específicas de esta convocatoria, los siguientes méritos: a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad del funcionario, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, en Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, teniendo en cuenta los servicios prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, asignándose a cada año completo de servicios una puntuación de 1 punto hasta un máximo de 28 puntos.

b) Grado personal consolidado y formalizado: Según el grado personal que se tenga consolidado el día de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y formalizado en la Administración General del Estado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación del certificado a que se refiere el apartado Duodécimo de las bases comunes, se otorgará la siguiente puntuación:

Grado 9 e inferiores, 10, 11 y 12: 11 puntos.

Grado 13: 12 puntos. Grado 14: 13 puntos. Grado 15: 14 puntos. Grado 16: 16 puntos. Grado 17: 17 puntos. Grado 18: 18 puntos.

Asimismo, se otorgarán once puntos a aquellos funcionarios que en la fecha de publicación de la convocatoria no tengan ningún grado consolidado y formalizado en la Administración General del Estado, y hayan prestado servicios efectivos en la misma durante, al menos, dos años.

c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en la Administración General del Estado y en la Administración de la Seguridad Social como funcionario del Grupo D el día de publicación de esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:

Niveles 12 e inferiores: 15 puntos.

Nivel 13: 17 puntos. Nivel 14: 18 puntos. Nivel 15: 19 puntos. Nivel 16: 21 puntos. Nivel 17: 23 puntos. Nivel 18 o superior: 25 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por posteriores reclasificaciones de nivel, con independencia de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del Grupo D. A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia por el cuidado de familiares, se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del Estado u órganos constitucionales y a los funcionarios en situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración General del Estado y órganos constitucionales, el nivel del puesto de trabajo en que les correspondería al efectuar el reingreso. A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo en situación de servicio activo en los órganos constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a dicho puesto. d) Titulación académica: Por estar en posesión de una titulación académica igual o superior a la exigida en el punto 3.1 del presente Anexo el día de publicación de esta convocatoria: 7 puntos. e) Superación de los dos ejercicios de la convocatoria de 2005: 3 puntos. Este mérito se valorará de oficio por la Administración a aquellos candidatos que en la fase de oposición de la citada convocatoria hubiesen alcanzado la puntuación fijada para su superación por la Comisión Permanente de Selección, y al no reunir méritos suficientes en la fase de concurso, no hubieran obtenido plaza, de acuerdo con lo establecido en la orden APU/669/2005, de 11 de marzo, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por promoción interna para personal funcionario, en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado y Escala de Operadores de Ordenador de Informática de la Administración de la Seguridad Social («Boletín Oficial del Estado» del 18).

6. Calificación final.-La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición, en la valoración del mérito de antigüedad, del grado personal consolidado y del trabajo desarrollado, por este orden. De persistir el empate, se atenderá a la antigüedad total en la Administración General del Estado, computándose los años, meses y días de servicio que consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de esta convocatoria 7. Programa.

I. Materias Informáticas

Bloque I. Diseño y Desarrollo

1. Modelo conceptual de datos. Entidades, atributos y relaciones. Reglas de modelización. Diagramas de flujo de datos. Reglas de construcción. Descomposición en niveles. Flujogramas.

2. Diseño de bases de datos. Diseño lógico y físico. El modelo lógico relacional. Normalización. 3. Diseño del interfaz de usuario. Principios de diseño de interfaces. Presentación de la información y asistencia al usuario. 4. Lenguajes de programación. Representación de tipos de datos. Operadores. Instrucciones condicionales. Bucles y recursividad. Procedimientos, funciones y parámetros. Vectores y registros. Estructura de un programa. 5. Lenguajes de interrogación de bases de datos. Estándar ANSI SQL. 6. Lenguajes de programación. Características, elementos y funciones de Java, C, y C++,.Net. 7. Arquitectura cliente/servidor. Modelo de 2 capas. Modelo de 3 capas. Componentes y operación. 8. Programación orientada a objetos. Elementos: objetos, clases, herencia, métodos. Ventajas e inconvenientes.

Bloque II. Operaciones

9. Administración del Sistema operativo y software de base. Funciones y responsabilidades. Control de cambios de los programas de una instalación.

10. Administración de bases de datos. Funciones y responsabilidades. 11. Administración de redes de área local. Gestión de usuarios. Gestión de dispositivos. 12. Conceptos de seguridad de los sistemas de información. Seguridad física. Seguridad lógica. Amenazas y vulnerabilidades. 13. Organización de los departamentos de sistemas de información. Áreas de desarrollo, producción, sistemas y comunicaciones. Unidades de seguridad y calidad. 14. Derecho informático. Legislación de protección de datos. Legislación de propiedad intelectual del software. Legislación básica de telecomunicaciones.

Bloque III. Comunicaciones

15. Comunicaciones. Medios de transmisión. Modos de comunicación. Equipos terminales y equipos de interconexión y conmutación.

16. Sistemas de comunicación. Frame Relay, ATM, RDSI, xDSL. Sistemas inalámbricos. 17. El modelo de referencia de interconexión de sistemas abiertos (OSI) de ISO. Protocolos TCP/IP. 18. Internet. Origen, evolución y estado actual. Servicios: correo electrónico, WWW, FTP, Telnet. Protocolos HTTP, HTTPS y SSL. Programación en Internet. Lenguajes HTML y lenguajes de script. 19. Seguridad y protección en redes de comunicaciones. Sistemas de cortafuegos. Redes Privadas Virtuales (VPN).

8. Relación de Cuerpos o Escalas:

Cod.

Cuerpo o Escala

0129

C. Guardería Forestal.

0131

C. Auxiliares (Ley 23-1975) a Extinguir.

0213

C. Auxiliares, a Extinguir.

0326

Personal Técnico de Cabina, a Extinguir.

0423

C. Damas Auxiliares de Sanidad Militar del Ejercito.

0424

C. Oficiales de Arsenales de la Armada.

0425

C. Grabadores de la Armada, a Extinguir.

0426

C. Encargados 3a. Sección Maestranza de la Armada.

0427

C. Maestros Primeros Primera Sección Maestranza Arm.

0433

C. Capataces Segundos 1a. Sec. Maestranza Armada, A E.

0439

C. de Mecánicos Conductores.

0635

C. Auxiliar de Intervención de Puertos Francos de C.

1143

E. Auxiliar Procedente de Organismos Autónomos Sup.

1144

C. Aux. Cuerpo Interpret. Lenguas Proc. Zona N.Marruecos.

1145

C. Auxiliar, A Extinguir (Real Decreto-Ley 23-1977).

1146

C. General Auxiliar de la Administración Del Estado.

1440

C. Auxiliares Postales y de Telecomunicación, E. Oficiales Postales y de Telecomunicación.

1441

C. Auxiliares Postales y de Telecomunicación, E. Clasificación y Reparto.

1442

C. Subalterno de Correos, a Extinguir.

1443

C. Auxiliares Técnicos, E. Auxiliares Técnicos de Primera.

1444

C. Auxiliares Técnicos, E. Auxiliares Técnicos de Segunda.

1445

E. Radiotelegrafistas de Telecomunicación, a Extinguir.

1622

C. Auxiliar de la Administración de la S.S.

1643

E. Auxiliar, A Extinguir de la Administración de la S.S.

1644

E. Telefonistas, a Extinguir de la Administración de la S.S.

1704

Subgrupo Auxiliar del Grupo de Administración General.

5011

Escala Auxiliar Técnico de Organismos Autónomos.

5052

E. Auxiliares de laboratorio de Organismos Autónomos del Mapa.

5053

E. Maquinista del Senpa.

5055

E. Secretarios Cofradías Tercera Categoría, a Extinguir.

5056

E. Auxiliares Cofradías, a Extinguir.

5058

E. Secretarios Tercera Categoría Cámaras Agrarias del Ira.

5059

E. Guardas del Icona.

5060

E. Proyectistas sin Titulo y Maestros del Inia.

5061

E. Preparador de Primera y Segunda del Inia.

5150

E. Auxiliares Investigación de OPIS del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

5329

E. Auxiliares Lab. Canal Experiencias Hidrodinámicas del Pardo.

5330

E. Calcadores del Inta Esteban Terradas.

5331

E. Preparadores Laboratorio Inta Esteban Terradas.

5333

E. Fotógrafos de la Junta Admva. Fondo Atenciones de la Marina.

5442

E. Especialistas Servicios Generales de Enseñanzas Integradas.

5443

E. Auxiliar de Investigacion del CSIC.

5444

E. Auxiliares Técnicos del Servicio de Publicaciones del MEC.

5538

E. Marineros del Servicio de Vigilancia Aduanera.

5539

E. Agentes Investigación del Servicio de Vigilancia Aduanera.

5550

E. Operadores Radiotelefonistas, Ext. Serv.Vigilancia Aduanera.

5551

E. de Conductores y de Taller del PMM.

5627

E. Auxiliar Técnico del Ciemat.

5628

E. Calcador del Ciemat.

5629

E. Técnica Subalterna de Tercera, a Extinguir del INI.

5949

E. Delineantes Segunda Conf.Hidrografica del Guadalquivir.

5950

E. Patrones de Cabotaje de Organismos Autonomos del MOPU.

5953

E. Celadores Guardamuelles, a Ext.J.Puerto Algeciras-la Linea.

5954

E. Celadores Guardamuelles, a Extinguir J.Puerto Gijon-Musel.

5956

E. Celadores Guardamuelles, a Extinguir Junta Puerto Ceuta.

5957

E. Celadores Guardamuelles, a Extinguir J.P. De A Coruña.

5960

E. Celadores Guardamuelles, A Ext. J.P. La Luz y Las Palmas.

5968

E. Encargado de Obras Mancomunidad Canales del Taibilla.

5969

E. Topógrafo Segundo Mancomunidad de Canales del Taibilla.

5970

E. Celadores Guardamuelles, a Ext. Admva. De Grupos de Puertos.

5971

E. Auxiliar Topógrafo Confederación Hidrográfica del Ebro.

5972

E. Auxiliar Cartográfico Confederación Hidrográfica del Ebro.

5974

E. Calcador de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

5975

E. Fotógrafo del Servicio de Publicaciones.

5976

E. Auxiliar de Laboratorio del Servicio de Publicaciones.

5977

E. Ayudantes de Laboratorio del INCE.

6032

E. Auxiliar de Organismos Autónomos.

6033

E. Auxiliar de AISS, a Extinguir.

6124

E. Profesores de Educación Física de AISNA.

6125

E. Auxiliares de Investigación de Laboratorio de AISNA.

6349

E. Pers. A Ext. del Org.Regis.Entidades Autorizadas-Auxiliar.

6467

E. de Auxiliares del I.C.O.

ANEXO IX

Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso, por promoción horizontal para personal laboral fijo, al Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estad.

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado por el sistema de promoción horizontal del personal laboral fijo, prevista en el apartado 3 del art. 22 de la Ley 30/84, de 2 de agosto, será de 25 plazas. Del total de las plazas convocadas se reservarán dos para ser cubiertas por personas con discapacidad con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. De conformidad con lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005 por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, existe infrarrepresentación de la mujer en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado. 2. El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con las siguientes fases:

2.1 Fase de oposición.

2.2 Fase de concurso.

3. Además de los requisitos enumerados en el apartado Séptimo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado, los aspirantes deberán reunir los siguientes: 3.1 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de segundo grado o equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años.

3.2 Estar incluido a efectos de promoción interna de carácter horizontal en lo previsto en el apartado 3.º del artículo 22 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y en el Real Decreto 121/2005, de 4 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2005. 3.3 Pertenecer como personal laboral fijo a los grupos profesionales 3 ó 4 del Area de Administración del Convenio Unico, o a una categoría y grupo profesional en situación equivalente de otros Convenios de la Administración General del Estado y desempeñar funciones sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico a las del Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado. 3.4 Haber prestado servicios efectivos durante, al menos, dos años como personal laboral fijo en los Grupos Profesionales 3 ó 4 del Area de Administración del Convenio único, o en una categoría y grupo profesional en situación equivalente de otros convenios de la Administración general del Estado, incluidos los servicios prestados en puestos que han sido encuadrados en ellos. 4. Además de las instrucciones generales de cumplimentación de solicitudes que figuran en el apartado 5.3 de las bases específicas de esta convocatoria, los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», los aspirantes harán constar «Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado», código «1188».

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la clave que corresponda: PH. En el epígrafe 24, «Títulos académicos oficiales», en el recuadro «Exigido en la convocatoria», se indicará, de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo con la titulación académica superior que posea el aspirante, con independencia de la exigida para el ingreso en este Cuerpo:

Dígito «1»: Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

Dígito «2»: Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente. Dígito «3»: Título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, Título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, o tener aprobadas pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

En el epígrafe 25, «Datos a consignar según las bases de la convocatoria», en el recuadro A), se especificará el grupo profesional, categoría y convenio del aspirante. En el recuadro B) el Ministerio u Organismo de destino. En el C) el Centro Directivo.

Los derechos de examen serán de 6,64 euros.

5. Proceso de selección y valoración. 5.1 Fase de oposición: La fase de oposición estará formada por un ejercicio único que constará de las dos partes que a continuación se indican, siendo ambas obligatorias y eliminatorias. La Comisión Permanente de Selección realizará ambas partes conjuntamente. 5.1.1 Primera parte: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas del programa contenido en estas normas específicas.

El número máximo de preguntas será de 50. 5.1.2 Segunda parte: Consistirá en la resolución de un supuesto de carácter práctico a escoger entre tres propuestos, dirigido a apreciar la capacidad de los aspirantes para llevar a cabo las tareas administrativas relacionadas con las materias del programa de estas normas específicas. Cada supuesto se desglosará en 12 preguntas. El tiempo máximo de realización de este ejercicio será de noventa minutos. Los cuestionarios de ambas partes estarán compuestos por preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta. Para su realización, los aspirantes deberán señalar en la hoja de examen las opciones de respuesta que estimen válidas entre aquellas que se les propongan. 5.1.3 Calificación de la fase de oposición:

a) Primera parte: Se calificará de 0 a 50 puntos. La Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación mínima necesaria a alcanzar en esta primera parte para que pueda evaluarse la segunda.

b) Segunda parte: Se calificará de 0 a 50 puntos. La Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación mínima necesaria para superar esta segunda parte y adicionar al candidato la puntuación obtenida en la fase de concurso. Las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije la Comisión Permanente de Selección. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán con el veinticinco por ciento de una contestación.

5.2 Fase de concurso: En esta fase se valorarán, de acuerdo con el certificado previsto en el apartado Duodécimo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado y que figura en el Anexo XVIII de las bases específicas, los siguientes méritos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria: a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad total del empleado público en la Administración General del Estado, a razón de 1 punto por año completo de servicios, hasta un máximo de 28 puntos.

b) Según el tiempo de pertenencia a las categorías profesionales y grupos desempeñando funciones sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico a las del Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado se otorgará la siguiente puntuación:

Grupo profesional 3 del Convenio Único del Area funcional de Administración u otros equivalentes previstos en los restantes convenios colectivos de personal laboral al servicio de la Administración General del Estado, incluidos los servicios prestados en puestos que han sido encuadrados en ellos: 1 punto por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 14 puntos. Grupo profesional 4 del Convenio Único del Area funcional de Administración u otros equivalentes previstos en los restantes convenios colectivos de personal laboral al servicio de la Administración General del Estado, incluidos los servicios prestados en puestos que han sido encuadrados en ellos: 0,7 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 14 puntos. c) Superación del ejercicio de la convocatoria 2005: 3 puntos. Este mérito se valorará de oficio por la Administración a aquellos candidatos que en la fase de oposición de la citada convocatoria hubiesen alcanzado la puntuación fijada para su superación por la Comisión Permanente de Selección, y al no reunir méritos suficientes en la fase de concurso, no hubieran obtenido plaza, de acuerdo con lo establecido en la Orden APU/669/2005, de 11 de marzo, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso o acceso en Cuerpos de la Administración General del Estado y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección (BOE del 18).

La certificación habrá de contener la acreditación de que se trata de personal laboral fijo de los grupos profesionales 3 ó 4 del Área de Administración del Convenio Único, o de una categoría y grupo profesional en situación equivalente de otros Convenios de la Administración General del Estado y desempeñar funciones sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico a las del Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado así como la acreditación de haber prestado, al menos, dos años de servicios efectivos como personal laboral fijo en estos grupos, incluidos los prestados en puestos que han sido encuadrados en los mismos. A este respecto, se considerarán funciones sustancialmente coincidentes en su contenido profesional y en su nivel técnico con las propias del Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado el diseño, análisis, implantación, mantenimiento y soporte de aplicaciones informáticas.

6. Calificación final.-La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición, en la valoración del mérito de antigüedad, y en la puntuación obtenida en el punto 5.2.b) del presente Anexo, por este orden. 7. Programa.

Bloque I. Diseño y Desarrollo

1. Modelo conceptual de datos. Entidades, atributos y relaciones. Reglas de modelización. Diagramas de flujo de datos. Reglas de construcción. Descomposición en niveles. Flujogramas.

2. Diseño de bases de datos. Diseño lógico y físico. El modelo lógico relacional. Normalización. 3. Diseño del interfaz de usuario. Principios de diseño de interfaces. Presentación de la información y asistencia al usuario. 4. Lenguajes de programación. Representación de tipos de datos. Operadores. Instrucciones condicionales. Bucles y recursividad. Procedimientos, funciones y parámetros. Vectores y registros. Estructura de un programa. 5. Lenguajes de interrogación de bases de datos. Estándar ANSI SQL. 6. Lenguajes de programación. Características, elementos y funciones de Java, C, y C++,. Net. 7. Arquitectura cliente/servidor. Modelo de 2 capas. Modelo de 3 capas. Componentes y operación. 8. Programación orientada a objetos. Elementos: objetos, clases, herencia, métodos. Ventajas e inconvenientes.

Bloque II. Operaciones

9. Administración del Sistema operativo y software de base. Funciones y responsabilidades. Control de cambios de los programas de una instalación.

10. Administración de bases de datos. Funciones y responsabilidades. 11. Administración de redes de área local. Gestión de usuarios. Gestión de dispositivos. 12. Conceptos de seguridad de los sistemas de información. Seguridad física. Seguridad lógica. Amenazas y vulnerabilidades. 13. Organización de los departamentos de sistemas de información. Áreas de desarrollo, producción, sistemas y comunicaciones. Unidades de seguridad y calidad. 14. Derecho informático. Legislación de protección de datos. Legislación de propiedad intelectual del software. Legislación básica de telecomunicaciones.

Bloque III. Comunicaciones

15. Comunicaciones. Medios de transmisión. Modos de comunicación. Equipos terminales y equipos de interconexión y conmutación.

16. Sistemas de comunicación. Frame Relay, ATM, RDSI, xDSL. Sistemas inalámbricos. 17. El modelo de referencia de interconexión de sistemas abiertos (OSI) de ISO. Protocolos TCP/IP. 18. Internet. Origen, evolución y estado actual. Servicios: correo electrónico, WWW, FTP, Telnet. Protocolos HTTP, HTTPS y SSL. Programación en Internet. Lenguajes HTML y lenguajes de script.

19. Seguridad y protección en redes de comunicaciones. Sistemas de cortafuegos. Redes Privadas Virtuales (VPN).

ANEXO X Normas específicas de la convocatoria de las pruebas selectivas para el ingreso libre al Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado por el sistema de acceso libre será de 235 plazas. Del total de estas plazas se reservarán 12 para ser cubiertas por personas con discapacidad con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública 2. Además de los requisitos enumerados en el apartado Séptimo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado, los aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente. 3. Además de las instrucciones generales de cumplimentación de solicitudes que figuran en el apartado 5.3 de las bases específicas de esta convocatoria, los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», los aspirantes harán constar «Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado», código «1122».

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «L».

En el epígrafe 24, «Títulos académicos oficiales», en el recuadro «Exigido en la convocatoria», se indicará, de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo con la titulación académica superior que posea el aspirante, con independencia de la exigida para el ingreso en este Cuerpo: Dígito «1»: Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

Dígito «2»: Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

Los derechos de examen serán 19,91 euros. 4. Proceso de selección y valoración.-El proceso selectivo consistirá en una fase de oposición y en un curso selectivo con las pruebas y puntuaciones que se especifican a continuación.

4.1 Fase de oposición: 4.1.1 La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios, obligatorios y eliminatorios: Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de un máximo de cien preguntas basado en las materias del temario que figura en el programa de estas normas específicas.

El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos. Segundo ejercicio: Estará formado por dos partes, que a continuación se indican, siendo ambas obligatorias y eliminatorias. La Comisión Permanente de Selección realizará ambas partes conjuntamente.

Primera parte: Consistirá en desarrollar por escrito un tema entre dos propuestos por la Comisión Permanente de Selección de los correspondientes del programa contenido en los bloques I, II, III y IV que figura en estas normas específicas.

Segunda parte: Consistirá en la resolución, por escrito de un supuesto práctico entre dos propuestos por la Comisión Permanente de Selección. Éste expondrá una serie de hechos relacionados con la actividad de la administración, planteando a continuación diferentes preguntas relacionadas con las materias incluidas en los bloques III, V y VI.

El tiempo para la realización del ejercicio será de dos horas para la primera parte y tres horas para la segunda.

Cada una de las partes del ejercicio será posteriormente leída ante la Comisión Permanente de Selección en sesión pública, pudiendo ésta realizar cuantas preguntas considere necesarias durante un período máximo de veinte minutos. En la primera parte se valorarán la formación y los conocimientos generales, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expresión. En la segunda parte la Comisión valorará la capacidad para ordenar y desarrollar los procesos de gestión administrativa propuestos, la sistemática, la capacidad de análisis y la capacidad de expresión escrita y oral del aspirante.

4.1.2 El primer ejercicio de la fase de oposición se calificará de 0 a 50 puntos. Cada una de las partes del segundo ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos.

La Comisión Permanente de Selección fijará la puntuaciones mínimas necesarias para superar el primer ejercicio, así como cada una de las partes del segundo ejercicio. Igualmente, la Comisión Permanente de Selección podrá determinar el mínimo necesario a alcanzar en la primera parte del segundo ejercicio para que pueda evaluarse la segunda. En ambos ejercicios las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije la Comisión Permanente de Selección. La calificación de la fase de oposición de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los diferentes ejercicios de dicha fase. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio y si esto no fuera suficiente, en la segunda y primera parte del segundo ejercicio, por este orden.

4.2 Curso selectivo: El curso selectivo, bajo la supervisión de la Secretaría General para la Administración Pública, será organizado por el Instituto Nacional de Administración Pública y tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de sus funciones.

Su calendario y programa, así como las normas internas que lo regulen, serán establecidos por el Director del Instituto Nacional de Administración Pública. El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los aspirantes de pruebas teóricas, prácticas o de ambos tipos en relación con las áreas básicas de formación que se impartan. El curso se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para superarlo obtener, como mínimo, 15 puntos. Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera mediante resolución motivada del Director del Instituto Nacional de Administración Pública, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo. El Director del Instituto Nacional de Administración Pública elevará al Secretario General para la Administración Pública las evaluaciones del curso selectivo, al objeto de que sean incorporadas a la calificación final de las pruebas selectivas.

5. Calificación final.-La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.

6. Programa.

I. Organización del Estado y de la Administración Pública. 1. La Constitución española de 1978: Estructura y contenido. La reforma de la Constitución.

2. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Defensor del Pueblo. 3. El Tribunal Constitucional. Organización, composición y atribuciones. 4. La Jefatura del Estado: La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo. 5. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado. 6. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. Designación, causas de cese y responsabilidad del Gobierno. El Código de Buen Gobierno. 7. El Poder Judicial. El principio de unidad jurisdiccional. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. El Ministerio Fiscal. La organización judicial española. 8. La Administración General del Estado. Principios de actuación. Órganos centrales. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Subsecretarios. Secretarios Generales. Secretarios Generales Técnicos. Directores Generales. Subdirectores Generales. Los Servicios comunes de los Ministerios. 9. La Administración General del Estado. Órganos territoriales. Los Delegados del Gobierno. Los Subdelegados del Gobierno. Los Directores Insulares. 10. Los organismos públicos. Creación, modificación y extinción. Los organismos autónomos. Las entidades públicas empresariales. Las Agencias Estatales. Las Administraciones independientes. El Sector público fundacional. La Administración consultiva: el Consejo de Estado. 11. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Naturaleza y tipología. Organización Política y Administrativa. 12. La delimitación de competencias entre el Estado y las Comunidades en la Constitución y en los Estatutos de Autonomía. Las potestades legislativas de las Comunidades Autónomas. 13. La Administración Local: La provincia y el municipio. Otras entidades de la Administración Local.

II. La Unión Europea.

1. La Unión Europea: Antecedentes. Objetivos y naturaleza jurídica. Los Tratados originarios y modificativos. La Constitución Europea.

2. El Tratado de la Unión Europea. Los tres pilares de la Unión: políticas comunitarias, política exterior y de seguridad común y cooperación en los asuntos de Justicia e Interior. El proceso de ampliación: Evolución y situación actual. 3. La regulación actual de las Instituciones de las Comunidades (I): El Consejo Europeo, el Consejo de Ministros y la Comisión. Composición y funciones. Su reforma ante la Constitución Europea. El procedimiento decisorio. La participación de los Estados miembros en las diferentes partes del proceso. 4. La regulación actual de las Instituciones de las Comunidades (II): El Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia. El Tribunal de Cuentas. Su reforma ante la Constitución Europea. 5. El presupuesto comunitario. Los fondos estructurales. La cohesión económica y social. 6. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Derecho originario. Derecho derivado: Reglamentos, directivas y decisiones. Otras fuentes. Las relaciones entre el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros. 7. Políticas de la Unión Europea: Mercado Interior. Funcionamiento. Competencia y Ayudas de Estado. Política Económica y Monetaria. Política Agrícola y Pesquera. Otras Políticas.

III. Derecho Administrativo General.

1. Las fuentes del Derecho Administrativo. Concepto. Clases de fuentes. La jerarquía de las fuentes.

2. La Ley. Tipos de leyes. Reserva de ley. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de ley: Decreto-ley y Decreto-legislativo. 3. El Reglamento: Concepto, clases y límites. La costumbre. Los principios generales del Derecho. Los Tratados Internacionales. El Derecho comunitario Europeo. 4. El acto administrativo: Conceptos, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y notificación. Revisión, anulación y revocación. 5. Los contratos administrativos: Concepto y clases. Estudio de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos administrativos. 6. Tipos de contratos: obras, gestión de servicios públicos, suministro, consultoría y asistencia técnica y de servicios, concesión de obras públicas. 7. La expropiación forzosa: Concepto, naturaleza y elementos. Procedimiento general de expropiación. Garantías jurisdiccionales. Idea general de los procedimientos especiales. 8. El régimen patrimonial de las Administraciones Públicas. 9. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Evolución histórica y situación actual. Procedimiento de responsabilidad patrimonial. La acción de responsabilidad. Responsabilidad del Estado-juez y del Estado-legislador. 10. El procedimiento administrativo: Concepto, naturaleza y caracterización. Procedimiento Administrativo común y su alcance: Iniciación, ordenación, instrucción y finalización. La obligación de resolver. El silencio administrativo. 11. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las garantías en el desarrollo del procedimiento. Revisión de actos en vía administrativa. Revisión de oficio. Los recursos administrativos. Reclamación administrativa previa a las vías civil y laboral. 12. La jurisdicción contencioso-administrativa: Significado y características. Evolución histórica. Organización jurisdiccional. El recurso contencioso-administrativo: Las partes, capacidad, legitimación y postulación. Actos impugnables. Fases del proceso. La sentencia.

IV. Políticas Públicas.

1. La gestión pública y la gestión privada. Nuevas formas de gestión pública. Técnicas de gestión pública: la administración por objetivos, la programación de proyectos y otros.

2. Las políticas públicas: análisis, ejecución y evaluación. Control estratégico, control de gestión y control externo. Indicadores de gestión. 3. La Administración Pública española: principios de organización y principios de actuación. La atención al ciudadano: los servicios de información administrativa. La administración prestadora de servicios: la calidad del servicio público. La Administración Electrónica. 4. Procedimientos y formas de la actividad administrativa. La actividad de limitación, arbitral, de servicio público y de fomento. Formas de gestión de los servicios públicos. Ayudas y subvenciones Públicas. 5. La actuación administrativa en el marco presupuestario: el déficit público. El gasto público: evolución y distribución actual. 6. Transportes y comunicaciones: desarrollo de las infraestructuras y política de transportes. Ordenación y liberación del sector de las comunicaciones. 7. El turismo: orígenes, evolución y características. Distribución de competencias. La Administración turística del Estado: organización y líneas de actuación. 8. Actuación administrativa relacionada con el medio ambiente: impacto ambiental y ordenación del territorio; gestión de residuos y reducción de la contaminación; conservación de la biodiversidad y de los espacios naturales protegidos. Distribución de competencias. 9. La Seguridad Social: estructura y financiación. Problemas actuales y líneas de actuación. El sistema sanitario: gestión y financiación. 10. El sistema educativo: estructura, gestión y financiación. La política científica y tecnológica. 11. La evolución del empleo en España. Los servicios públicos de empleo: régimen de prestaciones y políticas de empleo. 12. Política de inmigración. Régimen de los extranjeros en España. Derecho de asilo y condición de refugiado. 13. Políticas de Igualdad de Género. Normativa vigente.

V. Administración de Recursos Humanos.

1. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen jurídico. Normativa vigente. Las competencias en materia de personal.

2. Selección de personal. Los procesos selectivos en la Administración Pública y su conexión con la Oferta de Empleo Público. Principios constitucionales. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario público. 3. Situaciones administrativas. Provisión de puestos de trabajo en la Función Pública. La carrera administrativa. Promoción interna. Formación y perfeccionamiento. 4. Derechos y deberes de los funcionarios. Incompatibilidades. Régimen disciplinario. 5. El sistema de retribuciones de los funcionarios. Retribuciones básicas y retribuciones complementarias. Las indemnizaciones por razón del servicio. 6. La sindicación de los funcionarios públicos. La representación de los funcionarios. Los Acuerdos con las Organizaciones Sindicales. 7. El régimen especial de la Seguridad Social de los funcionarios civiles del Estado. MUFACE: Acción protectora. Concepto y clases de prestaciones. Derechos pasivos. 8. El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas. Su régimen jurídico. Los convenios colectivos en la Administración Pública y la determinación de las condiciones de trabajo. El convenio único para el personal laboral al servicio de la Administración General del Estado. 9. El contrato de trabajo en la Administración Pública. Modalidades. Suspensión. Extinción. Sus causas. El despido. Sindicación del personal Laboral. Comités de Empresa y Delegados de Personal. 10. El derecho de huelga y su ejercicio. La huelga en los servicios esenciales de la comunidad. Los conflictos colectivos y su solución: Especial referencia a las Administraciones Públicas.

VI. Gestión Financiera y Seguridad Social.

1. El presupuesto. Concepto y clases. La Ley General Presupuestaria: principios generales y estructura. Las leyes de estabilidad presupuestaria.

2. Las leyes anuales de presupuestos. Materias que deben contener según el Tribunal Constitucional. El presupuesto del Estado. Principios de programación y de gestión. Contenido, elaboración y estructura. Desglose de aplicaciones presupuestarias. 3. Gastos plurianuales. Modificaciones de los créditos iniciales. Transferencias de crédito. Créditos extraordinarios. Suplementos de crédito. Ampliaciones de créditos. Incorporaciones de créditos. Generaciones de créditos. 4. Contabilidad pública. Concepto. El Plan General de Contabilidad Pública: Fines, objetivos, ámbito de aplicación y características. La Cuenta General del Estado. 5. Control del gasto público en España. La Intervención General de la Administración del Estado. Función interventora, control financiero permanente y auditoría pública. El Tribunal de Cuentas. 6. Ordenación del gasto y ordenación del pago. Órganos competentes. Fases del procedimiento y su relación con la actuación administrativa. Especial referencia a la contratación administrativa y la gestión de subvenciones. Documentos contables que intervienen en la ejecución de los gastos y de los pagos. Gestión de la Tesorería del Estado. 7. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos de inversión. Gastos de transferencias: Corrientes y de capital. Anticipos de Caja fija. Pagos «a justificar». Justificación de libramientos. 8. Los ingresos públicos: concepto y clasificación. El sistema tributario español: Régimen actual. Especial referencia al régimen de Tasas y precios públicos. 9. Retribuciones de los funcionarios públicos. Nóminas: Estructura y normas de confección. Altas y bajas, su justificación. Ingresos en formalización. Devengo y liquidación de derechos económicos. 10. La Seguridad Social: Evolución. Caracteres generales del sistema español. El régimen general y los regímenes especiales. La acción protectora de la Seguridad Social. Tipos y características de las prestaciones. Régimen de incompatibilidades. Prescripción y caducidad. Reintegro de las prestaciones indebidas.

ANEXO XI Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna para personal funcionario, al Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado por el sistema de promoción interna desde Cuerpos o Escalas del Grupo C será de 156 plazas. Del total de las plazas convocadas se reservarán 8 para ser cubiertas por personas con discapacidad con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. 2. El proceso selectivo se desarrollará con arreglo a las siguientes fases:

2.1 Fase de oposición.

2.2 Fase de concurso.

3. Además de los requisitos enumerados en el apartado Séptimo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado, los aspirantes deberán reunir los siguientes:

3.1 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

3.2 Estar incluido, a efectos de promoción interna, en el ámbito de aplicación del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. 3.3 Pertenecer, como funcionario de carrera, a alguno de los Cuerpos o Escalas del grupo C, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, que aparecen relacionados en el punto 9 del presente Anexo. En el caso de los Cuerpos y Escalas correspondientes a los códigos 1431 y 1433, sólo serán admitidos los funcionarios que pertenezcan a estos Cuerpos y estén destinados en la Administración General del Estado. 3.4 Haber prestado servicios efectivos durante al menos, dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del Grupo C incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y relacionados en el punto 9 del presente Anexo.

4. Además de las instrucciones generales de cumplimentación de solicitudes que figuran en el apartado 5.3 de las bases específicas de esta convocatoria, los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», los aspirantes harán constar «Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado», código «1122».

En el recuadro 17, «Forma de Acceso», se consignarán las letras «PI».

En el epígrafe 24, «Títulos académicos oficiales», en el recuadro «Exigido en la convocatoria», se indicará, de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo con la titulación académica superior que posea el aspirante, con independencia de la exigida para el ingreso en este Cuerpo: Dígito «1»: Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

Dígito «2»: Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

En el epígrafe 25, «Datos a consignar según las bases de la convocatoria», en el recuadro A), se especificará el código de cuatro dígitos del Cuerpo o Escala a que pertenece el aspirante, según se contiene en el punto 9 del presente Anexo. En el recuadro B) el Ministerio u Organismo de destino. En el C) el Centro Directivo. Los derechos de examen serán de 9,96 euros. 5. Proceso de selección y valoración.-El proceso de selección será el de concurso-oposición al que seguirá un curso selectivo de formación.

5.1 Fase de oposición: La fase de oposición constará de los dos ejercicios que a continuación se indican, siendo ambos obligatorios y eliminatorios. Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de preguntas sobre las materias contenidas en el programa.

El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos. Este ejercicio se valorará de 0 a 50 puntos. La Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación mínima necesaria para acceder al segundo ejercicio. Segundo ejercicio: El aspirante deberá elegir entre desarrollar por escrito un tema entre dos propuestos o, alternativamente, resolver un supuesto práctico que expondrá una serie de hechos relacionados con la actividad de la administración, planteando a continuación diferentes preguntas. Tema y supuesto versarán sobre las materias del programa contenidas en estas normas específicas. El tiempo para la realización de este ejercicio será de tres horas. El ejercicio será posteriormente leído ante la Comisión Permanente de Selección en sesión pública. Una vez leído, la Comisión Permanente de Selección podrá realizar cuantas preguntas considere necesarias durante un período máximo de veinte minutos. En el tema, se valorará la formación y los conocimientos generales, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expresión. En el supuesto práctico, se valorará la capacidad para ordenar y desarrollar los procesos de gestión administrativa propuestos, la sistemática, la capacidad de análisis y la capacidad de expresión escrita y oral del aspirante. Este ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos. La Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación mínima necesaria para que se adicione al candidato la puntuación obtenida en la fase de concurso. En ambos ejercicios de la fase de oposición las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán de las puntuaciones trasformadas que se deriven de los baremos que fije la Comisión Permanente de Selección. La calificación de la fase de oposición de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los diferentes ejercicios de dicha fase.

5.2 Fase de concurso: En esta fase se valorarán, de acuerdo con el certificado previsto en el apartado Duodécimo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado y que figura en el Anexo XIV de las bases específicas de esta convocatoria, los siguientes méritos:

a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad del funcionario hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, en Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984 de 2 de agosto, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, a razón de 1 punto por año completo de servicios, hasta un máximo de 28 puntos.

b) Grado personal consolidado y formalizado: Según el grado personal que se tenga consolidado el día de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y formalizado en la Administración General del Estado, a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente hasta la fecha de finalización del plazo de presentación del certificado a que se refiere el apartado Duodécimo de las bases comunes se otorgará la siguiente puntuación:

Grados 11, 12, 13, y 14: 12 puntos.

Grados 15 y 16: 14 puntos. Grados 17 y 18: 16 puntos. Grados 19 y 20: 17 puntos. Grados 21, 22 y siguientes: 18 puntos.

Asimismo, se otorgarán 12 puntos a aquellos funcionarios que en la fecha de publicación de la convocatoria no tengan ningún grado consolidado y formalizado en la Administración General del Estado, y hayan prestado servicios efectivos en la misma durante, al menos, dos años.

c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en la Administración General del Estado o en los órganos constitucionales el día de publicación de esta convocatoria, como funcionario del Grupo C, se otorgara la siguiente puntuación:

Niveles 11, 12, 13 y 14: 14 puntos.

Nivel 15: 15 puntos. Nivel 16: 18 puntos. Nivel 17: 19 puntos. Nivel 18: 20 puntos. Nivel 19: 22 puntos. Nivel 20: 24 puntos. Nivel 21, 22 o superior: 25 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por posteriores reclasificaciones de nivel, con independencia de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del Grupo C. A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del Estado u Organos Constitucionales, y a los funcionarios en la situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración General del Estado u Organos Constitucionales, el nivel del puesto de trabajo en que les correspondería al efectuar el reingreso. A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo en situación de servicio activo en Organos Constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a dicho puesto. d) Superación de los dos ejercicios de la convocatoria de 2005: 3 puntos. Este mérito se valorará de oficio a aquellos candidatos que en la fase de oposición de la citada convocatoria hubiesen alcanzado la puntuación mínima fijada por la Comisión Permanente de Selección y al no reunir méritos suficientes en la fase de concurso, no hubieran obtenido plaza, de acuerdo con lo establecido en la orden APU/669/2005, de 11 de marzo, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso o acceso en Cuerpos de la Administración General del Estado y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección (BOE del 18).

6. Calificación del concurso-oposición.-La calificación vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a las puntuaciones obtenidas en el segundo ejercicio de la fase de oposición, en el primer ejercicio de la fase de oposición, en la valoración del mérito de antigüedad, del grado personal consolidado y del trabajo desarrollado, por este orden. De persistir el empate, se atenderá a la antigüedad total en la Administración General del Estado, computándose los años, meses y días de servicio que consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de esta convocatoria. 7. Curso selectivo.-Los aspirantes que superen el concurso-oposición deberán seguir un curso selectivo de formación organizado por el Instituto Nacional de Administración Pública. El Director del Instituto Nacional de Administración Pública establecerá el calendario, programa y normas internas que regulen el curso selectivo. El curso selectivo se calificará como apto o no apto. Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho de su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada del Director del Instituto Nacional de Administración Pública, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo. La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso. 8. Programa.

I. Comunidades Europeas. 1. La Unión Europea:. Antecedentes. Objetivos y naturaleza jurídica. Tratados originarios y modificativos. La Constitución Europea.

2. El Tratado de la Unión Europea. Los tres pilares de la Unión: políticas comunitarias, política exterior y de seguridad común y cooperación en los asuntos de Justicia e Interior. El proceso de ampliación: Evolución y situación actual. 3. La regulación actual de las Instituciones de las Comunidades (I): El Consejo Europeo, el Consejo de Ministros y la Comisión. Composición y funciones. Su reforma ante la Constitución Europea. El procedimiento decisorio. La participación de los Estados miembros en las diferentes partes del proceso. 4. Las regulación actual de las Instituciones de las Comunidades (II): El Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia. El Tribunal de Cuentas. Su reforma ante la Constitución Europea. 5. El presupuesto comunitario. Los fondos estructurales. La cohesión económica y social. 6. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Derecho originario. Derecho derivado: Reglamentos, directivas y decisiones. Otras fuentes. Las relaciones entre el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros. 7. Políticas de la Unión Europea: Mercado Interior. Funcionamiento. Competencia y Ayudas de Estado. Política Económica y Monetaria. Política Agrícola y Pesquera. Otras políticas.

II. Derecho Administrativo General.

1. Las fuentes del Derecho Administrativo. Concepto. Clases de fuentes. La jerarquía de las fuentes. La Ley. Tipos de leyes. Reserva de ley. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de ley: Decreto-ley y Decreto-legislativo.

2. El Reglamento: Concepto, clases y límites. La costumbre. Los principios generales del Derecho. Los Tratados Internacionales. El Derecho comunitario Europeo. 3. El acto administrativo: Conceptos, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y notificación. Revisión, anulación y revocación. 4. Los contratos administrativos: Concepto. Estudio de sus elementos. Cumplimiento e incumplimiento. Tipos de contratos. 5. Procedimientos y formas de la actividad administrativa. La actividad de limitación, arbitral, de servicio público y de fomento. Formas de gestión de los servicios públicos. Ayudas y subvenciones públicas. 6. La expropiación forzosa: Concepto, naturaleza y elementos. Procedimiento general de expropiación. Garantías jurisdiccionales. Idea general de los procedimientos especiales. 7. El régimen patrimonial de las Administraciones Públicas. 8. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Evolución histórica y situación actual. Procedimiento de responsabilidad patrimonial. La acción de responsabilidad. Responsabilidad del Estado-juez y del Estado-legislador. 9. El procedimiento administrativo: Concepto, naturaleza y caracterización. Procedimiento Administrativo común y su alcance. Iniciación, ordenación, instrucción y finalización. La obligación de resolver. El silencio administrativo. 10. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las garantías en el desarrollo del procedimiento. La Administración Electrónica. Revisión de actos en vía administrativa. Revisión de oficio. Los recursos administrativos. Reclamación administrativa previa a las vías civil y laboral. 11. La jurisdicción contencioso-administrativa: Significado y características. El recurso contencioso-administrativo: Las partes, capacidad, legitimación y postulación. Actos impugnables. Fases del proceso. La sentencia. 12. Políticas de igualdad de género. Normativa vigente.

III. Gestión Financiera y Seguridad Social.

1. El presupuesto. Concepto y clases. La Ley General Presupuestaria: principios generales y estructura. Las leyes de estabilidad presupuestaria

2. Las leyes anuales de presupuestos. Materias que deben contener según el Tribunal Constitucional. El presupuesto del Estado. Principios de programación y de gestión. Contenido, elaboración y estructura. Desglose de aplicaciones presupuestarias. 3. Gastos plurianuales. Modificaciones de los créditos iniciales. Transferencias de crédito. Créditos extraordinarios. Suplementos de crédito. Ampliaciones de créditos. Incorporaciones de créditos. Generaciones de créditos. 4. Contabilidad pública. Concepto. El Plan General de Contabilidad Pública: Fines, objetivos, ámbito de aplicación y características. La Cuenta General del Estado. 5. Control del gasto público en España. La Intervención General de la Administración del Estado. Función interventora, control financiero permanente y auditoría pública. El Tribunal de Cuentas. 6. Ordenación del gasto y ordenación del pago. Órganos competentes. Fases del procedimiento y su relación con la actividad administrativa. Especial referencia a la contratación administrativa y la gestión de subvenciones. Documentos contables que intervienen en la ejecución de los gastos y de los pagos. Gestión de la Tesorería del Estado. 7. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos de inversión. Gastos de transferencias: Corrientes y de capital. Anticipos de Caja fija. Pagos «a justificar». Justificación de libramientos. 8. Los ingresos públicos: concepto y clasificación. El sistema tributario español: Régimen actual. Especial referencia al régimen de tasas y precios públicos. 9. Retribuciones de los funcionarios públicos. Nóminas: Estructura y normas de confección. Altas y bajas, su justificación. Ingresos en formalización. Devengo y liquidación de derechos económicos. 10. La Seguridad Social: Evolución. Caracteres generales del sistema español. El régimen general y los regímenes especiales. La acción protectora de la Seguridad Social. Tipos y características de las prestaciones. Régimen de incompatibilidades. Prescripción y caducidad. Reintegro de las prestaciones indebidas. 9. Relación de Cuerpos o Escalas.

Código

Cuerpo/Escala

0010

Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera.

0122

Veedores Serv. Defensa contra el Fraude, a extinguir.

0207

C. Administrativo, a extinguir.

0314

C. Aux. Archivos, Bibliotecas y Museos, a extinguir.

0319

C. Ayudantes Cinematográficos, a extinguir.

0320

Traductores Gabinete Prensa, a extinguir.

0414

C. Traductores del Ejército del Aire.

0415

C. Delineantes del Ejército del Aire.

0416

C. Maestros de Arsenales de la Armada.

0417

C. Cartógrafos de la Armada, a extinguir.

0626

C. Contadores del Estado, a extinguir.

0627

C. Administrativo de Aduanas, a extinguir.

0628

C. Delineantes.

0629

C. Especialistas Electromecánicos de la Lotería Nacional.

0630

Estadísticos Técnicos a extinguir.

0918

Capellanes de Instituciones Penitenciarias.

0919

Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. Escala masculina.

0920

Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. Escala femenina.

1018

C. Técnicos Mecánicos de Señales Marítimas, a extinguir.

1020

Delineantes, a extinguir -Ley 33-1974.

1021

C. Delineantes de Obras Públicas y Urbanismo.

1128

E. Administrativa OO. AA. suprimidos, a extinguir.

1129

Personal de la Casa de su Majestad el Rey Grupo C.

1130

C. Técnicos de Interpret. Lengua Proc. Zona N. Marruecos.

1132

C. Administrativo, a extinguir (Real Decreto-Ley 23).

1133

C. Administrativo del Patrimonio Nacional, a extinguir.

1134

C. Técnicos Especialistas Reproducción Cartográfica.

1135

C. General Administrativo de la Administración del Estado.

1136

C. Delineantes.

1188

C. Técnicos Auxiliares de Informática de la Admón. del Estado.

1230

Ag. Insp. Proced. Serv. Ins. Dis. Mercado Exterior.

1427

Administrativos-Calculadores de Meteorología del Estado.

1428

C. Intérpretes Informadores.

1429

Observadores de Meteorología del Estado.

1430

Técnico de Telecomunicaciones Aeronáuticas.

1431

C. Ejecutivo Postal y de Telecomunicación.

1432

Técnico Especialistas Aeronáuticos.

1433

Técnicos Especializados.

1516

C. Capellanes de la Beneficencia General.

1616

C. Administrativo de Administración de la Seguridad Social.

1633

E. Operadores Ordenador Informática Admón. de la S. Social.

1640

E. Administrativa, a exting. de la Administración de la S. Social.

1641

E. Operadores Ordenador Informat., a extinguir Admón. de la S. Social.

1642

E. Delineantes Administración de la S. Social, a extinguir.

1654

Plazas Operadores Ordenador, a extinguir ISM.

1703

Subgrupo Admtvo. del Grupo de Administración General.

5023

E. Secret. Cofradías 2a. Categoría, a extinguir.

5024

Ayudantes de Investigación de OPIS del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

5027

E. Delineantes de Organismos Autónomos del MAPA.

5028

Contables, a extinguir del SENPA.

5029

E. Jefe de Silo, Centro de Selección y Almacenamiento.

5032

Trad.-Bibliot. Ser. Nal. Cul. y Ferm. Tab.

5033

E. Patrones de Embarc. del Inst. Español de Oceanografía.

5034

E. Preparadores Instituto Español de Oceanografía.

5036

E. Administrativos de Cofradías, a extinguir.

5037

E. Agentes Economía Domestica del Serv. de Extensión Agraria.

5038

E. Monitores de Extensión Agraria Serv. de Extensión Agraria.

5039

E. Secretarios Segunda Categoría de Cámaras Agrarias del IRA.

5040

E. Analista de Laboratorio del IRA.

5041

Auxiliar de Campo del ICONA.

5043

E. Operador de Restitución del IRYDA.

5044

E. Auxiliar Técnico del IRYDA.

5045

E. Inspector de Campos y Cosecha Inst. Semillas Plantas Vivero.

5046

E. Periodista Inst. Estudios Agrarios Pesqueros y Alimentarios.

5047

E. Técnica Comisaría Gral. de Abastec. y Transportes del SENPA.

5213

E. Técnico-Administrativo de la Editora Nacional.

5214

Delin. Patr. Alhambra y Generalife.

5317

E. Delineantes de Organismos Autónomos del M. Defensa.

5319

E. Especialistas Aviación INTA Esteban Terradas.

5320

E. Delineantes Proyect. INTA Esteban Terradas.

5321

E. Analistas y Operadores Laborat. INTA Esteban Terradas.

5322

Personal de Taller del INTA Esteban Terradas.

5430

Escala de Expertos de Servicios Generales de Enseñanzas Integradas.

5431

E. Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos de Org. Auton. Mec.

5432

E. Delineantes de Organismos Autónomos del Mec.

5433

Ayudantes de Investigación del CSIC.

5435

Aux. Ps. Inst. O. Educ. Prof. P. P. F. P. a extinguir.

5527

E. Inspectores del Servicio de Vigilancia Aduanera, a extinguir.

5528

E. Patrones del Servicio de Vigilancia Aduanera, a extinguir.

5530

E. Mecánicos Navales del Servicio de Vigilancia Aduanera, a extinguir.

5616

E. Delineantes Org. Autónomos Ministerio Industria y Energía.

5617

Escala de Especialistas Técnicos de Investigación del CIEMAT.

5619

E. Administrativos, a extinguir del INI.

5620

E. Técnicos Subalternos de Primera, a extinguir del INI.

5621

E. Técnica Subalterna de Segunda, a extinguir del INI.

5820

E.Delegados Tribunales de la Obra de Protección de Menores.

5821

Directores Instituc. Obra Protección de Menores.

5822

Educadores Instituciones de la Obra de Protección de Menores.

5933

Pat. Cab. y Fogon. Hab.(M. Naval.) N. Sent.

5934

E. Técnicos de Proyectos y Obras de Confed. Hidrograf. del MOPU.

5935

E. Delineantes de Organismos Autónomos del MOPU.

5936

E. Contramaestres de Puertos de OO.AA. del MOPU.

5940

E. Ayudante de Ingeniero Mancomunidad de Canales del Taibilla.

5941

E. Topógrafo 1 Mancomunidad de Canales del Taibilla.

5943

E. Ayudantes de Obras Confederación Hidrográfica Guadalquivir.

5944

E. Encargado Gral. Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

5945

E. Auxiliares Técnicos del CEDEX.

5946

C. Traductores Taquígrafos -Grupos 1, 2 y 3- del CEDEX.

5947

E. Programadores del CEDEX.

5948

E. Programadores Técnicos del INCE.

6025

E. Administrativa de Organismos Autónomos.

6026

E. Administrativos de AISS, a extinguir.

6115

E. Delineantes de AISNA.

6116

Terapeutas ocupacionales de AISNA.

6322

Técnicos-Admtvos., a extinguir del INAS.

6323

E. Delineación y Medios Audiovisuales del INEM.

6417

E. Única Cuerpo Admtivo. O.M. 4-7-81, a extinguir.

6466

E. de Oficiales Administrativos del ICO.

ANEXO XII Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas para ingreso libre al Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado por el sistema general de acceso libre será de 100 plazas.

Del total de estas plazas se reservarán 5 para ser cubiertas por personas con discapacidad con grado minusvalía de igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. De conformidad con lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005 por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, existe infrarrepresentación de la mujer en el Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado. 2. Además de los requisitos enumerados en el apartado séptimo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado, los aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente. 3. Además de las instrucciones generales de cumplimentación de solicitudes que figuran en el apartado 5.3 de las bases específicas de esta convocatoria, los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», los aspirantes harán constar «Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado», código «1177».

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «L».

En el epígrafe 24, «Títulos académicos oficiales», en el recuadro «Exigido en la convocatoria», se indicará, de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo con la titulación académica superior que posea el aspirante, con independencia de la exigida para el ingreso en este Cuerpo: Dígito «1». Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

Dígito «2». Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

Los derechos de examen serán de 19,91 euros. 4. Proceso de selección y valoración.-El proceso selectivo consistirá en una fase de oposición y en un curso selectivo con las pruebas y puntuaciones que se especifican a continuación.

4.1 Fase de oposición. 4.1.1 La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios obligatorios y eliminatorios: Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de un máximo de cien preguntas basado en las materias del temario que figura en el programa de estas normas específicas.

El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación. El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de noventa minutos. Segundo ejercicio: Estará formado por dos partes, que a continuación se indican, siendo ambas obligatorias y eliminatorias. La Comisión Permanente de Selección realizará ambas partes conjuntamente.

Primera parte: Consistirá en desarrollar por escrito un tema entre dos propuestos por la Comisión Permanente de Selección de los correspondientes del programa contenido en los bloques I, II, III y IV que figura en estas normas específicas.

Segunda parte: Consistirá en la resolución, por escrito de un supuesto práctico. Para la realización del supuesto, la Comisión Permanente de Selección podrá proponer a los aspirantes la posibilidad de elegir entre dos supuestos, relacionados con las materias incluidas en los bloques I, II, III, y IV.

El tiempo para la realización del ejercicio será de dos horas para la primera parte y tres horas para la segunda.

Cada una de las partes del ejercicio serán posteriormente leídas ante la Comisión Permanente de Selección en sesión pública, pudiendo ésta realizar cuantas preguntas considere necesarias durante un período máximo de veinte minutos. En la segunda parte se podrá disponer de una pizarra o elemento similar. En la primera parte se valorarán la formación y los conocimientos generales, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expresión. En la segunda parte la Comisión valorará calidad técnica de la solución propuesta, la sistemática, la capacidad de análisis y la capacidad de expresión escrita y oral del aspirante. Una vez transcurridos diez minutos desde el inicio de la lectura de cualquiera de las partes, el órgano de selección podrá decidir que el opositor abandone el mismo si estimara su ejercicio notoriamente insuficiente.

4.1.2 El primer ejercicio de la fase de oposición se calificará de 0 a 50 puntos.

Cada una de las partes del segundo ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos. La Comisión Permanente de Selección fijará la puntuaciones mínimas necesarias para superar el primer ejercicio, así como cada una de las partes del segundo ejercicio. Igualmente, la Comisión Permanente de Selección podrá determinar el mínimo necesario a alcanzar en la primera parte del segundo ejercicio para que pueda evaluarse la segunda. En ambos ejercicios las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije la Comisión Permanente de Selección. La calificación de la fase de oposición de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los diferentes ejercicios de dicha fase. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio y si esto no fuera suficiente, en la segunda y primera parte del segundo ejercicio, por este orden.

4.2 Curso selectivo.-El curso selectivo, bajo la supervisión de la Secretaría General para la Administración Pública, será organizado por el Instituto Nacional de Administración Pública y tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de sus funciones.

Su calendario y programa, así como las normas internas que lo regulen, serán establecidos por el Director Instituto Nacional de Administración Pública. El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los aspirantes de pruebas teóricas, prácticas o de ambos tipos en relación con las áreas básicas de formación que se impartan. El curso se calificará de cero a 30 puntos, siendo necesario para superarlo obtener, como mínimo, 15 puntos. Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera mediante resolución motivada del Director del Instituto Nacional de Administración Pública, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo. El Instituto Nacional de Administración Pública elevará al Secretario General para la Administración Pública las evaluaciones del curso selectivo, al objeto de que sean incorporadas a la calificación final de las pruebas selectivas.

5. Calificación final.-La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.

6. Programa.

Bloque I. Tecnología Básica

1. Tecnologías actuales de ordenadores: de los dispositivos PDA a los superordenadores y arquitecturas escalables (gris, cluster, MPP, SMP). Base tecnológica. Componentes, funcionalidades y capacidades. 2. Conceptos de sistemas operativos. Estructuras, componentes y funciones. Características y evolución. Administración de memoria. Procesos y subprocesos. Entrada/salida. Sistemas de archivo. Sistemas multiprocesador. 3. Lenguajes actuales de programación. Características técnicas. Especialidad funcional. Productividad. Estandarización. 4. Concepto y componentes de un entorno de bases de datos. Utilización de bases de datos en la Organización: sistemas OLTP, MIS, DSS, y almacenes de datos. 5. Sistemas de gestión de bases de datos relacionales. Antecedentes históricos. Características y elementos constitutivos. El lenguaje SQL. Estándares de conectividad: ODBC y JDBC. Tecnología ADO.NET. 6. Arquitecturas cliente-servidor. Tipología. Componentes. Interacción entre los componentes. Ventajas e inconvenientes. 7. Minería de datos. Aplicación a la resolución de problemas de gestión. Tecnología y algoritmos. Procesamiento analítico en línea (OLAP). 8. Características técnicas y funcionales de los sistemas operativos: Windows, Linux y Unix. 9. Estructuras de datos: Tablas, listas y árboles. Algoritmos: Ordenación, Búsqueda, Recursión, Grafos. Organizaciones de ficheros. 10. Lenguajes de marca o etiqueta. Características y funcionalidades. SGML, HTML, XML y sus derivaciones. Lenguajes de script.

Bloque II. Análisis y Desarrollo de Sistemas

1. Concepto del ciclo de vida de los sistemas y fases. Modelo en cascada, y modelo en espiral del ciclo de vida. Otros modelos. 2. Gestión del proceso de desarrollo. Objetivos del desarrollo. Actividades de gestión. Desarrollo en fases. Tareas y funciones de los distintos agentes. 3. Planificación del desarrollo. Técnicas de planificación. Metodologías de desarrollo: la metodología Métrica. 4. Estrategias de determinación de requerimientos: Entrevistas, Derivación de sistemas existentes, Análisis y Prototipos. 5. Diagramas de flujo de datos: Diagramas estructurados. Flujogramas de sistema. Flujogramas de Programa. 6. Modelización conceptual. Elementos: entidades, atributos, relaciones, identificadores, roles. Reglas de modelización. Validación y construcción de modelos de datos. 7. Diseño del interfaz de usuario. Interacción hombre-máquina. Concepto. Principios de diseño de interfaces. Presentación de la información. Asistencia y ayuda al usuario. Evaluación de interfaces. 8. Diseño de bases de datos. La arquitectura ANSI/SPARC. El modelo lógico relacional. Normalización. Diseño lógico. Diseño físico. Problemas de concurrencia de acceso: lectura sucia, lectura fantasma y bloqueo. Mecanismos de resolución de conflictos. 9. Diseño de programas. Diagramas estructurados. Análisis de transformación y de transacción. Cohesión y acoplamiento. 10. Construcción del sistema. Preparación de la instalación. Estándares de documentación. Manuales de usuario y manuales técnicos. Formación de usuarios y personal técnico: métodos y materiales. 11. Pruebas. Planificación y documentación. Pruebas de caja negra. Pruebas de caja blanca. Utilización de datos de prueba. Pruebas de software, hardware, procedimientos y datos. 12. Instalación y cambio. Estrategias de sustitución. Recepción e instalación. Evaluación post-implementación Mantenimiento. 13. Análisis y diseño orientado a objetos. Concepto. Elementos. El proceso unificado de software. El lenguaje de modelado unificado (UML). 14. La arquitectura J2EE. Características de funcionamiento. Elementos constitutivos. Productos y herramientas. 15. La plataforma. Net. Modelo de programación. Servicios. Herramientas. 16.-La calidad del software y su medida. Modelos, métricas, normas y estándares.

Bloque III. Gestión de Operaciones y Producción

1. Administración del Sistema operativo y software de base. Funciones y responsabilidades. Control de cambios. 2. Administración de Sistemas de Gestión de Bases de Datos. Funciones. Responsabilidades. Administración de datos. 3. Prácticas de mantenimiento de equipos e instalaciones. Mantenimiento preventivo, correctivo y perfectivo. Monitorización y gestión de capacidad. 4. Plan de seguridad. Plan de contingencias. Plan de recuperación. Políticas de salvaguarda. El método MAGERIT v2 de gestión de la seguridad. 5. Auditoría Informática. Objetivos, alcance y metodología. Técnicas y herramientas. Normas y estándares. 6. Estructura y organización de un departamento de sistemas de información. Planificación física de un centro de tratamiento de la información. Vulnerabilidades, riesgo y protección. Instalaciones. Dimensionamiento de equipos. Factores a considerar. 7. Gestión de la atención a clientes y usuarios: centros de contacto, CRM. Arquitectura multicanal. IVR. 8. Gestión de librerías de programas. Gestión de medios magnéticos. Controles de cambios. Los lenguajes de control de trabajos. Las técnicas y herramientas de operación automática. 9. Control de la ejecución de los trabajos. Evaluación del rendimiento. Planificación de la capacidad. Análisis de la carga. Herramientas y técnicas utilizables. 10. Seguridad física de un sistema de información. Riesgos, amenazas y vulnerabilidades. Medidas de protección y aseguramiento. Auditoría de seguridad física. 11. Seguridad lógica de un sistema de información. Riesgos, amenazas y vulnerabilidades. Medidas de protección y aseguramiento. Auditoría de seguridad lógica. 12. Técnicas de evaluación de alternativas y análisis de viabilidad. Personal, procedimientos, datos, software y hardware. Presupuestación y control de costes de un proyecto informático. 13. Documática. Archivo electrónico de documentos. Organización funcional de los sistemas documáticos. Optimización de consultas y recuperación de la información. 14. La protección de datos personales. La Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal. El Real Decreto 994/1999 de Medidas de Seguridad y normativa derivada. La Agencia de Protección de Datos: estructura, competencias y funciones.

Bloque IV. Telecomunicaciones

1. Medios de transmisión. Cables metálicos. Cable coaxial. Fibra óptica. Tipología de redes de cable. Medios inalámbricos. Sistemas de transmisión por satélite. 2. Redes locales. Tipología. Medios de transmisión. Métodos de acceso. Dispositivos de interconexión. 3. Administración de redes locales. Gestión de usuarios. Gestión de dispositivos. Monitorización y control de tráfico. Gestión SNMP. 4. El modelo OSI de ISO. El modelo TCP/IP. Comparación OSI con TCP/IP. Protocolo IP v.6. 5. La sociedad de la información. La Ley 59/2003 de firma electrónica. La Ley 34/2002 de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico. El Real Decreto 209/2003 de registros, notificaciones y uso de medios telemáticos. 6. Elementos básicos de telecomunicación. Características de canal. Codificación. Modulación. Multiplexación. Interfaces y protocolos. Jerarquías digitales. 7. Conmutación. Conmutación de circuitos y paquetes. X25. Frame Relay, ATM. Integración voz-datos sobre FR, IP, ATM. Protocolos de encaminamiento. Ethernet conmutada. MPLS. 8. La seguridad en redes. Control de accesos. Técnicas criptográficas. Mecanismos de firma digital. Intrusiones. Cortafuegos. Redes privadas virtuales. 9. La red Internet: arquitectura de red. Principios de funcionamiento. Servicios: evolución, estado actual y perspectivas de futuro. 10. La Ley 32/2003 general de telecomunicaciones. La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones: Organización, funciones y competencias. 11. Tecnología XDSL. Concepto. Características técnicas. Normativa reguladora. Telecomunicaciones por cable: características y normativa reguladora. 12. Telecomunicaciones de voz. Tecnologías VoIP. 13. Comunicaciones móviles. Telefonía sin hilos y DECT. Paging. Radiotelefonía privada. Sistemas celulares. Trunking. GSM, GPRS y UMTS. 14. Redes inalámbricas: protocolos 802.11x Wi-Fi y WiMAX. Características funcionales y técnicas. Sistemas de expansión del espectro. Sistemas de acceso. Modos de operación. Seguridad. Normativa reguladora. 15. Comunicaciones emergentes: IP móvil y PLC (Power Line Comunications). Características técnicas. Modos de operación. Seguridad. Normativa reguladora. Ventajas e inconvenientes.

Bloque V. Organización del Estado y Derecho Administrativo

1. La Constitución española de 1978. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. La Jefatura del Estado. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. 2. Las Cortes Generales. Atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado. El Tribunal Constitucional. Composición y atribuciones. El Defensor del Pueblo. 3. El Gobierno. Su composición. Nombramiento y cese. Las funciones del Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. 4. Políticas de igualdad de género. Normativa vigente. 5. La Administración Pública: principios constitucionales informadores. La Administración General del Estado: los órganos superiores de la Administración General del Estado. Órganos territoriales. Los Delegados y Subdelegados del Gobierno. 6. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Las potestades legislativas de las Comunidades Autónomas. La Administración Local: regulación constitucional. Provincias, municipios y otras entidades de la Administración Local. 7. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de las fuentes. La Ley. Las Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley: Decreto-Ley y Decreto Legislativo. El Reglamento: concepto, clases y límites. Otras fuentes del Derecho Administrativo. 8. Los contratos administrativos: concepto, procedimiento de adjudicación, tipos de contratos: obras, gestión de servicios públicos, suministro, consultoría y asistencia y de servicios. 9. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen Jurídico. Derechos y deberes de los funcionarios. Incompatibilidades de los funcionarios públicos. Régimen disciplinario. 10. Situaciones administrativas de los funcionarios públicos. Retribuciones básicas y complementarias de los funcionarios. La sindicación de los funcionarios públicos.

ANEXO XIII Normas específicas de la convocatoria de las pruebas selectivas para acceso, por promoción interna para personal funcionario, al Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado por el sistema de promoción interna desde Cuerpos o Escalas del Grupo C será de 15 plazas. Del total de estas plazas se reservará una para ser cubierta por personas con discapacidad con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. De conformidad con lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005 por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, existe infrarrepresentación de la mujer Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado. 2. El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con las siguientes fases:

2.1 Fase de oposición.

2.2 Fase de concurso.

3. Además de los requisitos enumerados en el apartado séptimo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado, los aspirantes deberán reunir los siguientes:

3.1 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

3.2 Estar incluido a efectos de promoción interna en el ámbito de aplicación del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. 3.3 Pertenecer, como funcionario de carrera, a alguno de los Cuerpos o Escalas del grupo C incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto que aparecen relacionados en el punto 9 del presente anexo. En el caso de los Cuerpos y Escalas correspondientes a los códigos 1431 y 1433, sólo serán admitidos los funcionarios que pertenezcan a estos Cuerpos y estén destinados en la Administración General del Estado. 3.4 Haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del Grupo C incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto y relacionados en el punto 9 del presente anexo.

4. Además de las instrucciones generales de cumplimentación de solicitudes que figuran en el apartado 5.3 de las bases específicas de esta convocatoria, los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», los aspirantes harán constar «Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado», código «1177».

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignarán las letras «PI».

En el epígrafe 24, «Títulos académicos oficiales», en el recuadro «Exigido en la convocatoria», se indicará, de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo con la titulación académica superior que posea el aspirante, con independencia de la exigida para el ingreso en este Cuerpo: Dígito «1». Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

Dígito «2». Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

En el epígrafe 25, «Datos a consignar según las bases de la convocatoria», en el recuadro A), se especificará el código de cuatro dígitos del Cuerpo o Escala a que pertenece el aspirante, según se contiene en el punto 9 del presente anexo. En el recuadro B) el Ministerio u Organismo de destino. En el C) el Centro Directivo.

Los derechos de examen serán de 9,96 euros.

5. Proceso de selección y valoración.-El proceso de selección será el de concurso-oposición al que seguirá un curso selectivo de formación.

5.1 Fase de oposición.-La fase de oposición constará de los dos siguientes ejercicios, obligatorios y eliminatorios: Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas sobre las materias contenidas en el programa de estas normas específicas.

El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación. El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de noventa minutos. Este ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos. La Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación mínima para acceder al segundo ejercicio. Segundo ejercicio: El aspirante deberá elegir entre desarrollar por escrito un tema o, alternativamente, resolver un supuesto práctico. Tema y supuesto versarán sobre las materias del programa contenidas en estas normas específicas. El tiempo para la realización de este ejercicio será de tres horas. El ejercicio será posteriormente leído ante la Comisión Permanente de Selección en sesión pública. Una vez leído, la Comisión Permanente de Selección podrá realizar cuantas preguntas considere necesarias durante un período máximo de veinte minutos. En el tema, se valorará la formación y los conocimientos generales, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expresión. En el supuesto práctico, se valorará la calidad técnica de la solución propuesta, la sistemática, la capacidad de análisis y la capacidad de expresión escrita y oral del aspirante. Este ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos. La Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación mínima necesaria para que se adicione al candidato la puntuación obtenida en la fase de concurso. En ambos ejercicios las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije la Comisión Permanente de Selección. La calificación de la fase de oposición de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los diferentes ejercicios de dicha fase.

5.2 Fase de concurso.-En esta fase se valorarán, de acuerdo con el certificado previsto en el apartado duodécimo de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado y que figura en el anexo XIV de las bases específicas de esta convocatoria, los siguientes méritos:

a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, se valorará teniendo en cuenta los servicios prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, asignándose a cada año completo de servicios una puntuación de 1 punto hasta un máximo de 28 puntos.

b) Grado personal consolidado y formalizado: Según el grado personal que se tenga consolidado el día de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y formalizado en la Administración General del Estado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación del certificado a que se refiere el apartado duodécimo de las bases comunes, se otorgará la siguiente puntuación:

Grados 11, 12, 13 y 14: 12 puntos.

Grados 15 y 16: 13 puntos. Grados 17 y 18: 16 puntos. Grados 19 y 20: 17 puntos. Grados 21, 22 o superior: 18 puntos.

Asimismo, se otorgarán doce puntos a aquellos funcionarios que en la fecha de publicación de la convocatoria no tengan ningún grado consolidado y formalizado en la Administración General del Estado, y hayan prestado servicios efectivos en la misma durante, al menos, dos años.

c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en la Administración General del Estado, Administración de la Seguridad Social y en los Órganos Constitucionales el día de publicación de esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:

Niveles 11, 12, 13 y 14: 14 puntos.

Nivel 15: 15 puntos. Nivel 16: 18 puntos. Nivel 17: 19 puntos. Nivel 18: 20 puntos. Nivel 19: 22 puntos. Nivel 20: 24 puntos. Niveles 21, 22 o superior: 25 puntos.

La valoración del nivel de complemento de destino corresponde al puesto desempeñado como funcionario del Grupo C.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por posteriores reclasificaciones de nivel, con independencia de los efectos económicos de las mismas. A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del Grupo C. A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del Estado u Órganos Constitucionales y a los funcionarios en la situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración General del Estado y Órganos Constitucionales, el nivel del puesto de trabajo en que les correspondería al efectuar el reingreso. A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo en situación de servicio activo en Organos Constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a dicho puesto. d) Superación de los dos ejercicios de la convocatoria de 2005: 3 puntos. Este mérito se valorará de oficio a aquellos candidatos que en la fase de oposición de la citada convocatoria hubiesen alcanzado la puntuación mínima fijada por la Comisión Permanente de Selección y al no reunir méritos suficientes en la fase de concurso, no hubieran obtenido plaza., de acuerdo con lo establecido en la orden APU/669/2005, de 11 de marzo, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso o acceso en Cuerpos de la Administración General del Estado y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección (BOE del 18).

6. Calificación del concurso-oposición.-La calificación del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y de oposición. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a las puntuaciones obtenidas en el segundo ejercicio de la fase de oposición, en el primer ejercicio de la fase de oposición, en la valoración del mérito de antigüedad, del grado personal consolidado y del trabajo desarrollado, por este orden.

De persistir el empate, se atenderá a la antigüedad total en la Administración General del Estado, computándose los años, meses y días de servicio que consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de la convocatoria. 7. Curso selectivo.-Los aspirantes que superen el concurso-oposición deberán seguir un curso selectivo de formación organizado por el Instituto Nacional de Administración Pública. El Director del Instituto Nacional de Administración Pública establecerá el calendario, programa y normas internas que regulen el curso selectivo. El curso selectivo se calificará como apto o no apto. Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho de su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada del Director del Instituto Nacional de Administración Pública, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo. La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso. 8. Programa.

Bloque I. Tecnología Básica

1. Características técnicas y funcionales de los sistemas operativos: Windows, Linux y Unix. 2. Estructuras de datos: Tablas, listas y árboles. Algoritmos: Ordenación, Búsqueda, Recursión, Grafos. Organizaciones de ficheros. 3. Lenguajes de marca o etiqueta. Características y funcionalidades. SGML, HTML, XML y sus derivaciones. Lenguajes de script.

Bloque II. Análisis y Desarrollo de Sistemas

1. Modelización conceptual. Elementos: entidades, atributos, relaciones, identificadores, roles. Reglas de modelización. Validación y construcción de modelos de datos. 2. Técnicas de evaluación de alternativas y análisis de viabilidad. Personal, procedimientos, datos, software y hardware. Criterios. 3. Diseño del interfaz de usuario. Interacción hombre-máquina. Concepto. Principios de diseño de interfaces. Presentación de la información. Asistencia y ayuda al usuario. Evaluación de interfaces. 4. Diseño de bases de datos. La arquitectura ANSI/SPARC. El modelo lógico relacional. Normalización. Diseño lógico. Diseño físico. Problemas de concurrencia de acceso: lectura sucia, lectura fantasma y bloqueo. Mecanismos de resolución de conflictos. 5. Diseño de programas. Diagramas estructurados. Análisis de transformación. Análisis de transacción. Cohesión y acoplamiento. 6. Construcción del sistema. Preparación de la instalación. Estándares de documentación. Manuales de usuario y manuales técnicos. Formación de usuarios y personal técnico: métodos y materiales. 7. Pruebas. Planificación y documentación. Pruebas de caja negra. Pruebas de caja blanca. Utilización de datos de prueba. Pruebas de software, hardware, procedimientos y datos. 8. Instalación y cambio. Estrategias de sustitución. Recepción e instalación. Evaluación post-implementación. Mantenimiento. 9. Análisis y diseño orientado a objetos. Concepto. Elementos. El proceso unificado de software. El lenguaje de modelado unificado (UML). 10. La arquitectura J2EE. La plataforma. Net. 11. Control de calidad en el desarrollo de software.

Bloque III. Gestión de Operaciones y Producción

1. Estructura y organización de un departamento de sistemas de información. Planificación física de un centro de tratamiento de la información. Vulnerabilidades, riesgo y protección. Instalaciones. Dimensionamiento de equipos. Factores a considerar. 2. Gestión de librerías de programas. Gestión de medios magnéticos. Controles de cambios. Los lenguajes de control de trabajos. Las técnicas y herramientas de operación automática. 3. Gestión de la atención a clientes y usuarios: Centros de contacto, CRM. Arquitectura multicanal. IVR. 4. Control de la ejecución de los trabajos. Evaluación del rendimiento. Planificación de la capacidad. Análisis de la carga. Herramientas y técnicas utilizables. 5. Seguridad física de un sistema de información. Riesgos, amenazas y vulnerabilidades. Medidas de protección y aseguramiento. Auditoría de seguridad física. 6. Seguridad lógica de un sistema de información. Riesgos, amenazas y vulnerabilidades. Medidas de protección y aseguramiento. Auditoría de seguridad lógica. 7. Presupuestación y control de costes de un proyecto informático. Técnicas de selección de proyectos alternativos: Payback, VAN y TIR. 8. Documática. Archivo electrónico de documentos. Organización funcional de los sistemas documáticos. Optimización de consultas y recuperación de la información. 9. La protección de datos personales. La Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal. El Real Decreto 994/1999 de Medidas de Seguridad y normativa derivada. La Agencia de Protección de Datos: estructura, competencias y funciones.

Bloque IV. Telecomunicaciones

1. Elementos básicos de telecomunicación. Características de canal. Codificación. Modulación. Multiplexación. Interfaces y protocolos. Jerarquías digitales. 2. Conmutación. Conmutación de circuitos y paquetes. X25. Frame Relay, ATM. Integración voz-datos sobre FR, IP, ATM. Protocolos de encaminamiento. Ethernet conmutada. MPLS. 3. La seguridad en redes. Control de accesos. Técnicas criptográficas. Mecanismos de firma digital. Intrusiones. Cortafuegos. Redes privadas virtuales. 4. La red Internet: arquitectura de red. Principios de funcionamiento. Servicios: evolución, estado actual y tendencias. 5. La Ley 32/2003 general de telecomunicaciones. La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones: Organización, funciones y competencias. 6. Tecnología XDSL. Concepto. Características técnicas. Normativa reguladora. Telecomunicaciones por cable: características y normativa reguladora. 7. Comunicaciones de voz. Tecnologías VoIP. 8. Comunicaciones móviles. Telefonía sin hilos y DECT. Paging. Radiotelefonía privada. Sistemas celulares. Trunking. GSM, GPRS y UMTS. 9. Redes inalámbricas: protocolos 802.11x Wi-Fi. Características funcionales y técnicas. Modos de operación. Seguridad. Normativa reguladora. 10. Comunicaciones emergentes: IP móvil y PLC (Power Line Communications). Características Técnicas. Modos de operación. Seguridad. Normativa reguladora. Ventajas e inconvenientes.

9. Relación de Cuerpos o Escalas:

Código

Cuerpo/Escala

0010

Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera.

0122

Veedores Serv. Defensa contra el fraude, a extinguir.

0207

C. Administrativo, a extinguir.

0314

C. Aux. Archivos, Bibliotecas y Museos, a extinguir.

0319

C. Ayudantes Cinematográficos, a extinguir.

0320

Traductores Gabinete Prensa, a extinguir.

0414

C. Traductores del Ejército del Aire.

0415

C. Delineantes del Ejército del Aire.

0416

C. Maestros de Arsenales de la Armada.

0417

C. Cartógrafos de la Armada, a extinguir.

0626

C. Contadores del Estado, a extinguir.

0627

C. Administrativo de Aduanas, a extinguir.

0628

C. Delineantes.

0629

C. Especialistas Electromecánicos de la Lotería Nacional.

0630

Estadísticos Técnicos a extinguir.

0918

Capellanes de Instituciones Penitenciarias.

0919

Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. Escala masculina.

0920

Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. Escala femenina.

1018

C. Técnicos Mecánicos de Señales Marítimas, a extinguir.

1020

Delineantes, a extinguir (Ley 33/1974).

1021

C. Delineantes de Obras Públicas y Urbanismo.

1128

E. Administrativa OO. AA. Suprimidos, a extinguir.

1129

Personal de la Casa de Su Majestad el Rey Grupo C.

1130

C. Técnicos de Interpret. Lengua Proc. Zona N. Marruecos.

1132

C. Administrativo, a extinguir (Real Decreto-Ley 23).

1133

C. Administrativo del Patrimonio Nacional, a extinguir.

1134

C. Técnicos Especialistas Reproducción Cartográfica.

1135

C. General Administrativo de la Administración del Estado.

1136

C. Delineantes.

1188

C. Técnicos Auxiliares de Informática de la Admón. del Estado.

1230

Ag. Insp. Proced. Serv. Ins. Dis. Mercado exterior.

1427

Administrativos-Calculadores de Meteorología del Estado.

1428

C. Intérpretes Informadores.

1429

Observadores de Meteorología del Estado.

1430

Técnico de Telecomunicaciones Aeronaúticas.

1431

C. Ejecutivo Postal y de Telecomunicación.

1432

Técnico Especialistas Aeronaúticos.

1433

Técnicos Especializados.

1516

C. Capellanes de la Beneficencia General.

1616

C. Administrativo de Administración de la Seguridad Social.

1633

E. Operadores Ordenador Informática Admón. de la S. Social.

1640

E. Administrativa, a extinguir de la Administración de la S. Social.

1641

E. Operadores Ordenador Informat., a extinguir Admón de la S. Social.

1642

E. Delineantes Administración de la S. Social, a extinguir.

1654

Plazas Operadores Ordenador, a extinguir ISM.

1703

Subgrupo Admtvo. del Grupo de Administración General.

5023

E. Secret. Cofradías 2.ª Categoría, a extinguir.

5024

Ayudantes de Investigación de OPIS del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

5027

E. Delineantes de Organismos Autónomos del MAPA.

5028

Contables, a extinguir del SENPA.

5029

E. Jefe de Silo, Centro de Selección y Almacenamiento.

5032

Trad.-Bibliot. Ser. Nal. Cul. y Ferm. Tab.

5033

E. Patrones de Embarc. del Inst. Español de Oceanografía.

5034

E. Preparadores Instituto Español de Oceanografía.

5036

E. Administrativos de Cofradías, a extinguir.

5037

E. Agentes Economía Doméstica del Serv. de Extensión Agraria.

5038

E. Monitores de Extensión Agraria Serv. de Extensión Agraria.

5039

E. Secretarios Segunda Categoría de Cámaras Agrarias del IRA.

5040

E. Analista de Laboratorio del IRA.

5041

Auxiliar de Campo del ICONA.

5043

E. Operador de Restitución del IRYDA.

5044

E. Auxiliar Técnico del IRYDA.

5045

E. Inspector de Campos y Cosecha Inst. Semillas Plantas Vivero.

5046

E. Periodista Inst. Estudios Agrarios Pesqueros y Alimentarios.

5047

E. Técnica Comisaría Gral. de Abastec. y Transportes del SENPA.

5213

E. Técnico-Administrativo de la Editora Nacional.

5214

Delin. Patr. Alhambra y Generalife.

5317

E. Delineantes de Organismos Autónomos del M. Defensa.

5319

E. Especialistas Aviación INTA Esteban Terradas.

5320

E. Delineantes Proyect. INTA Esteban Terradas.

5321

E. Analistas y Operadores Laborat. INTA Esteban Terradas.

5322

Personal de Taller del INTA Esteban Terradas.

5430

Escala de Expertos de Servicios Generales de Enseñanzas Integradas.

5431

E. Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos de Org. Auton. Mec.

5432

E. Delineantes de Organismos Autónomos del MEC.

5433

Ayudantes de Investigación del CSIC.

5435

Aux. Ps. Inst. O. Educ. Prof. P.P.F. a extinguir.

5527

E. Inspectores del Servicio de Vigilancia Aduanera, a extinguir.

5528

E. patrones del Servicio de Vigilancia Aduanera, a extinguir.

5530

E. Mecánicos Navales del Servicio de Vigilancia Aduanera, a extinguir.

5616

E. Delineantes Org. Autónomos Ministerio Industria y Energía.

5617

Escala de Especialistas Técnicos de Investigación del CIEMAT.

5619

E. Administrativos, a extinguir del INI.

5620

E. Técnicos Subalternos de Primera, a extinguir del INI.

5621

E. Técnica Subalterna de Segunda, a extinguir del INI.

5820

E. Delegados Tribunales de la Obra de Protección de Menores.

5821

Directores Instituc. Obra Protección de Menores.

5822

Educadores Instituciones de la Obra de Protección de Menores.

5933

Pat. Cab. y Fogón. Hab. (M. Naval) N. Sent.

5934

E. Técnicos de Proyectos y Obras de Confed. Hidrograf. del MOPU.

5935

E. Delineantes de Organismos Autónomos del MOPU.

5936

E. Contramaestres de Puertos de OO.AA. del MOPU.

5940

E. Ayudante de Ingeniero Mancomunidad de Canales del Taibilla.

5941

E. Topógrafo 1 Mancomunidad de Canales del Taibilla.

5943

E. Ayudantes de Obras Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

5944

E. Encargado Gral. Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

5945

E. Auxiliares Técnicos del CEDEX.

5946

C. Traductores Taquígrafos -Grupos 1, 2 y 3- del CEDEX.

5947

E. Programadores del CEDEX.

5948

E. Programadores Técnicos del INCE.

6025

E. Administrativa de Organismos Autónomos.

6026

E. Administrativos de AISS, a extinguir.

6115

E. Delineantes de AISNA.

6116

Terapeutas ocupacionales de AISNA.

6322

Técnicos-Admtvos., a extinguir del INAS.

6323

E. Delineación y Medios Audiovisuales del INEM.

6417

E. Única Cuerpo Admtivo. O. de 4 de julio de 1981, a extinguir.

6466

E. de Oficiales Administrativos del ICO.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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