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Documento BOE-A-2006-4298

Resolución de 8 de febrero de 2006, de la Secretaría General de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Junta de Castilla y León por el que se declara bien de interés cultural, con categoría de zona arqueológica, la Villa Romana en Paraje «Los Villares», en Santervás del Burgo, Fuentearmegil (Soria).

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 9 de marzo de 2006, páginas 9644 a 9644 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2006-4298

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 2 de febrero 2006 acuerda declarar la Villa Romana en Paraje «Los Villares», en Santervás del Burgo, Municipio de Fuentearmegil (Soria). En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 13 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo que figura con anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Valladolid, 8 de febrero de 2006.-El Secretario General de la Consejería de Cultura y Turismo, José Rodríguez Sanz-Pastor.

ANEXO Acuerdo 12/2006, de 2 de febrero, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara la villa romana en paraje «Los Villares», en Santervás del Burgo, Municipio de Fuentearmegial (Soria), como bien de interés cultural, con categoría de Zona Arqueológica

La villa de «Los Villares» se ubica al sur de la localidad de Santervás del Burgo, en el término municipal de Fuentearmegil (Soria), en la margen derecha del camino de Valdealbín, muy próxima a la zona de influencia de las ciudades de Clunia y Uxama, con las que pudo estar conectada a través de vías secundarias. Los valores fundamentales de la villa son sus dimensiones y estructura que definen una explotación agropecuaria de importancia. La Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural, por resolución de 24 de noviembre de 2003, acordó incoar procedimiento para la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Zona Arqueológica, de la Villa Romana en Paraje «Los Villares», en Santervás del Burgo, municipio de Fuentearmegil (Soria). De acuerdo con lo dispuesto en el art. 11.2 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, la Universidad de Burgos y la Universidad Internacional SEK de Segovia informaron favorablemente la pretendida declaración. Cumplidos los trámites preceptivos de Información Pública y Trámite de Audiencia, dentro del plazo concedido al efecto no se presentan alegaciones al expediente. De conformidad con lo dispuesto en el art. 12.1 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, la Consejera de Cultura y Turismo ha propuesto declarar Bien de Interés Cultural dicho inmueble con la categoría de Zona Arqueológica, y a tal efecto ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes. En su virtud, a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 2 de febrero de 2006 ha adoptado el siguiente

ACUERDO

Primero.-Se declara la Villa Romana «Los Villares», en Santervás del Burgo, municipio de Fuentearmegil (Soria), Bien de Interés Cultural con categoría de Zona Arqueológica

Segundo.-Delimitación del entorno de protección:

El área afectada por la declaración de zona arqueológica comprende las fincas 48 a 58, 10159 y 20159 del polígono 7 de Santervás del Burgo, Fuentearmegil.

La documentación complementaria del bien a que se refiere el presente Acuerdo, así como la zona afectada por la declaración, son los que constan en el plano y demás documentación que obra en el expediente de su razón.

Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquel.

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