La necesidad de contar con una mínima presencia española en un país interesado en el desarrollo de su sector turístico y que ha manifestado repetidas veces su interés por la recepción de inversiones españolas en el sector, hace necesaria la creación de un Consulado Honorario en Lilongwe con el fin de contar con una representación oficial entre la República de Malawi y España. Por ello, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Harare y previo informe favorable de la Dirección General de Asuntos y Asistencia Consulares y de la Dirección General de Política Exterior para el Mediterráneo, Oriente Próximo y Africa, he tenido a bien disponer:
Primero.-Sea crea una Oficina Consular Honoraria en Lilongwe (República de Malawi), con categoría de Consulado Honorario, con jurisdicción en la República de Malawi y dependiente de la Embajada de España en Harare.
Segundo.-El Jefe de esta Oficina Consular Honoraria tendrá, de conformidad con el Artículo 9 del Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares de 24 de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario.
Lo que comunico para su conocimiento y efectos.
Madrid, 24 de febrero de 2006.
MORATINOS CUYAUBÉ
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